Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N°1

Licitación por Menor Cuantía Nacional N.º 22/2025. Suscripción a la base de datos de jurisprudencia, doctrina, legislación online y revista jurídica Plurianual ID 472864 

 

Asunción, 12 de setiembre de 2025

Señores

OFERENTES

Presente

 

La Unidad Operativa de Contrataciones del Gabinete Civil de la Presidencia de la República, de conformidad a lo establecido en el Artículo 48 Modificaciones a la Convocatoria y a los Pliegos de Bases y Condiciones de la Ley 7021/22 De Suministro y Contrataciones Públicas procede a efectuar la Adenda al Pliego de Bases y Condiciones del llamado a Licitación por Menor Cuantía Nacional N° 22/2025, Suscripción a la base de datos de jurisprudencia, doctrina, legislación online y revista jurídica Plurianual ID 472864 ; quedando de la siguiente manera:

 

Formas y condiciones de pago

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

El pago se realizará dentro de los (60) sesenta días posteriores a la presentación de la solicitud correspondiente de conformidad al Plan de Caja y a los Fondos efectivamente transferidos por parte de la Tesorería General.

EL PROVEEDOR, solicitará el pago a través de la Dirección de Servicios Generales, y adjuntará a dicha solicitud la Factura, Nota de Remisión o el Acta de Recepción del bien, Certificado de Cumplimiento Tributario vigente, Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (I.P.S) vigente, Formulario del Fis y FIP y copia del último recibo emitido a favor de la Convocante (para los casos de desembolsos parciales). Las facturas deberán contener los siguientes datos: Presidencia de la Rca. - Gabinete Civil, RUC: 80020056-0. Descripción del bien, Número de Contrato, Si las facturas al momento de su presentación, no contienen algunos de los datos requeridos no serán recepcionadas para el procesamiento de pago correspondiente; PROVEEDORES CON FACTURAS ELECTRONICAS DEBEN SER REMITIDAS EN FORMA INMEDIATA AL SIGUIENTE CORREO: facturasdigitales.sg@presidencia.gov.py.

Una vez confirmada la transferencia de fondos a la cuenta bancaria del proveedor, el mismo deberá remitir el recibo correspondiente a dicho pago al Departamento de Contabilidad en un plazo perentorio de 05 (cinco) días hábiles. PROVEEDORES CON RECIBOS ELECTRONICOS DEBEN SER REMITIDAS AL CORREO: contabilidad@presidencia.gov.py

El Proveedor será responsable del pago de todos los impuestos y otros tributos o gravámenes sin excepción alguna. Del monto total facturado, serán pasibles las retenciones correspondientes al Impuesto a la Renta y al Impuesto al Valor Agregado, según lo establecido por las disposiciones legales de la República del Paraguay. Asimismo, independientemente de estas retenciones impositivas, se aplicará una Retención equivalente al 0,4% sobre el monto de las facturas pagadas, deducidos los impuestos reflejados en las mismas, en concepto de Contribución, de conformidad a la Ley 7021/22 De Suministros y Contrataciones Públicas reglamentado por el Decreto N.º 2264/2024.

El monto correspondiente de la factura, será acreditado dentro del plazo señalado, en la cuenta habilitada del proveedor adjudicado, en un Banco de Plaza, vía transferencia bancaria.

Por tratarse de una contratación con carácter plurianual, la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio fiscal 2026 y 2027 estarán supeditadas a la aprobación de la Ley del Presupuesto General de la Nación correspondiente.

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Condiciones contractuales
  • Formas y condiciones de pago

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/472864-suscripcion-base-datos-jurisprudencia-doctrina-legislacion-online-revista-juridica/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda