Remitirse a lo establecido en las especificaciones técnicas.
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34- Ductos para Cruce
Según EETT: Los ductos para cruce serán de plástico rígido o similar (a definir con la fiscalización). Se evaluará con la fiscalización la necesidad de construir una cámara de inspección en cada extremo del ducto para cruce. Favor indicar diámetro del ducto. Además para presupuestar en forma se debería definir la ejecución de las cámaras de inspección.
Según EETT: Los ductos para cruce serán de plástico rígido o similar (a definir con la fiscalización). Se evaluará con la fiscalización la necesidad de construir una cámara de inspección en cada extremo del ducto para cruce. Favor indicar diámetro del ducto. Además para presupuestar en forma se debería definir la ejecución de las cámaras de inspección.
Deberá ser del mismo diámetro de la Línea de alimentación proyectada (150mm) y del mismo material proyectado.
Las cámaras de inspección serán definidas al momento de la ejecución, el cual debe estar aprobada por la fiscalización.
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36- EQUIPAMIENTO DE GIMNASIO AL AIRE LIBRE
¿La unidad de medida del rubro es UNIDAD, se debe considerar como unidad el conjunto de equipos citados en el PBC o cada equipo en forma individual se computa?
¿La unidad de medida del rubro es UNIDAD, se debe considerar como unidad el conjunto de equipos citados en el PBC o cada equipo en forma individual se computa?
La unidad de medida UNIDAD para el ítem 6.11 - EQUIPAMIENTO DE GIMNASIO AL AIRE LIBRE corresponde a la provisión e instalación del conjunto completo de equipos descritos en las Especificaciones Técnicas.
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Puesto de Entrega ANDE
Solicitamos cordialmente proveer los planos de detalles del Puesto de Entrega ANDE, con el fin de identificar si será subterráneo o a nivel.
El puesto de Entrega (PE) TIE 240 con conductor hasta 240 mm2 ya fue construido en la Fase A de la Obra (Llamado 193/2019 - ID 371819).
En la presente licitación (FASE C) este ítem 10.4.3 de la planilla de precios, corresponde a la conexión de la alimentación de todas las instalaciones previstas en esta Fase C al PE existente.
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Experiencia Especifica en Construccion. Actividades Clave
Entendemos que la consideracion de contratos de 9km de pav. asfaltica se refiere a la ejecucion de tramos de una calzada, por lo que haber realizado una obra con doble calzada, por ejemplo de 5 km, cumpliria este requisito. Es correcto nuestro entendimiento?
11-09-2025
15-09-2025
Experiencia Especifica en Construccion. Actividades Clave
Entendemos que la consideracion de contratos de 9km de pav. asfaltica se refiere a la ejecucion de tramos de una calzada, por lo que haber realizado una obra con doble calzada, por ejemplo de 5 km, cumpliria este requisito. Es correcto nuestro entendimiento?
No es correcto el entendimiento, las obras viales con pavimentación asfáltica deberán tener una longitud mínima de 9km, independientemente al número de calzadas.
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PERSONALES Y COPIAS DE LA OFERTA
Por la presente solicitamos que el listado de personales no aplique la presentación en la apertura de ofertas y el mismo sea solicitado la empresa que resulte adjudicada. Asi mismo solicitamos presentar una (1) sola copia de la oferta y no dos (2) como figura en el pliego.-
Por la presente solicitamos que el listado de personales no aplique la presentación en la apertura de ofertas y el mismo sea solicitado la empresa que resulte adjudicada. Asi mismo solicitamos presentar una (1) sola copia de la oferta y no dos (2) como figura en el pliego.-
Se mantienen los criterios establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Prórroga para presentación de ofertas
Por la presente, se solicita amablemente una prórroga de 15 días para la presentación de ofertas del llamado de Pilar Fase C. El fundamento de este pedido se basa en la necesidad de analizar en detalle los presupuestos de los componentes del parque lineal, a fin de presentar una oferta competitiva.
Por la presente, se solicita amablemente una prórroga de 15 días para la presentación de ofertas del llamado de Pilar Fase C. El fundamento de este pedido se basa en la necesidad de analizar en detalle los presupuestos de los componentes del parque lineal, a fin de presentar una oferta competitiva.
Se solicita remitir a los plazos establecidos en el SICP
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48- Caminería
Según EETT: Podrá ejecutarse con pavimento de hormigón simple, empedrado o cualquier otro tipo de pavimento aprobado previamente, incluyendo todas las tareas preliminares como excavación, preparación del terreno, compactación, colocación de base, pavimentación y acabado.
Se debería definir que tipo de pavimento se utilizará, puesto que el análisis es distinto para cada tipo mencionado, y por ende el precio.
Según EETT: Podrá ejecutarse con pavimento de hormigón simple, empedrado o cualquier otro tipo de pavimento aprobado previamente, incluyendo todas las tareas preliminares como excavación, preparación del terreno, compactación, colocación de base, pavimentación y acabado.
Se debería definir que tipo de pavimento se utilizará, puesto que el análisis es distinto para cada tipo mencionado, y por ende el precio.
Deberán cotizar de Hormigón simple fck 180, conforme al detalle de las especificaciones técnicas. El cual deberá ser aprobado por la fiscalización.
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TASA DE INTERÉS POR MORA
En el apartado de Tasa de Interés por mora, pagina 180 del pbc, menciona: Por un lado en el primer párrafo... En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del: 0,00; sin embargo; mas abajo en el segundo párrafo siguiente menciona... En caso de retrasos en los pagos por la Contratante, el Contratista tendrá derecho a percibir interés por mora por cada día de atraso en el pago, equivalentes al promedio de las tasas máximas activas nominales, anuales, percibidas en los bancos por los préstamos de consumo en moneda nacional al plazo de ciento ochenta días, determinada por el Banco Central del Paraguay para el mes anterior de la constitución de la obligación y publicado en diarios de difusión nacional. Si la mora fuera superior a 60 días, el proveedor, consultor o contratista tendrá derecho a la suspensión del contrato, por motivos que no le serán imputables, previa comunicación a la contratante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley N° 7021/22. Si la contratante, en virtud de causas establecidas en el contrato, está facultada para suspender la tramitación de un pago, las sumas correspondientes durante los atrasos resultantes no devengarán intereses por mora. Al respecto, consideramos que ambos párrafos son contradictorios y puede generar controversias durante la ejecución contractual. Por lo que solicitamos sea eliminado el primer párrafo y se aplique lo establecido en el segundo párrafo.
En el apartado de Tasa de Interés por mora, pagina 180 del pbc, menciona: Por un lado en el primer párrafo... En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del: 0,00; sin embargo; mas abajo en el segundo párrafo siguiente menciona... En caso de retrasos en los pagos por la Contratante, el Contratista tendrá derecho a percibir interés por mora por cada día de atraso en el pago, equivalentes al promedio de las tasas máximas activas nominales, anuales, percibidas en los bancos por los préstamos de consumo en moneda nacional al plazo de ciento ochenta días, determinada por el Banco Central del Paraguay para el mes anterior de la constitución de la obligación y publicado en diarios de difusión nacional. Si la mora fuera superior a 60 días, el proveedor, consultor o contratista tendrá derecho a la suspensión del contrato, por motivos que no le serán imputables, previa comunicación a la contratante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley N° 7021/22. Si la contratante, en virtud de causas establecidas en el contrato, está facultada para suspender la tramitación de un pago, las sumas correspondientes durante los atrasos resultantes no devengarán intereses por mora. Al respecto, consideramos que ambos párrafos son contradictorios y puede generar controversias durante la ejecución contractual. Por lo que solicitamos sea eliminado el primer párrafo y se aplique lo establecido en el segundo párrafo.
Se debe tener en cuenta el Anexo publicado entre los documentos del SICP "Tasa de interés por Mora"
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Capacidad del personal
En relación al Pliego de Bases y Condiciones, solicitamos la siguiente aclaración respecto a la definición de “obras similares” para la experiencia específica exigida a los profesionales clave:
Especialista en Geotécnica
El pliego establece: “5 (cinco) años de experiencia específica que incluya 2 (dos) contratos en obras de movimiento de suelos”.
Consultamos si para este profesional se aceptan indistintamente obras viales o civiles que contemplen movimiento de suelo (ej. urbanizaciones, plataformas, terraplenes, etc.)
Especialista en Arquitectura y Urbanismo
El pliego establece: “5 (cinco) años de experiencia específica donde por lo menos 1 (uno) de los contratos haya sido de una obra similar a la requerida (Avenida Costanera)”.
Solicitamos confirmar si dentro del concepto de “obra similar” pueden considerarse proyectos de corredores verdes, conjuntos habitacionales, parques lineales, plazas, o espacios abiertos de uso público, atendiendo a que se trata de intervenciones urbanas de características comparables a las de una avenida costanera.
En relación al Pliego de Bases y Condiciones, solicitamos la siguiente aclaración respecto a la definición de “obras similares” para la experiencia específica exigida a los profesionales clave:
Especialista en Geotécnica
El pliego establece: “5 (cinco) años de experiencia específica que incluya 2 (dos) contratos en obras de movimiento de suelos”.
Consultamos si para este profesional se aceptan indistintamente obras viales o civiles que contemplen movimiento de suelo (ej. urbanizaciones, plataformas, terraplenes, etc.)
Especialista en Arquitectura y Urbanismo
El pliego establece: “5 (cinco) años de experiencia específica donde por lo menos 1 (uno) de los contratos haya sido de una obra similar a la requerida (Avenida Costanera)”.
Solicitamos confirmar si dentro del concepto de “obra similar” pueden considerarse proyectos de corredores verdes, conjuntos habitacionales, parques lineales, plazas, o espacios abiertos de uso público, atendiendo a que se trata de intervenciones urbanas de características comparables a las de una avenida costanera.
Con relación a la consulta relacionada al especialista en geotécnica, es correcto el entendimiento.
Con relación al Especialista en Arquitectura y urbanismo, serán consideradas como establece el Pliego de Bases y Condiciones, obras similares a la Avenida Costanera.