Datos de la Verificación
                                    Usuario Verificador
                            
            mosorio
        
                                    Tipo de Verificación
                            
            Primera Comunicación
        
                                    Fecha de Solicitud
                            
            16-07-2025 - 13:34
        
                                    Fecha de Fin
                            
            21-07-2025 - 14:52
        
                                    Estado
                            
            
        Observaciones
                                            Tema
                                    
                CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
            
                            
                                            Sección
                                    
                Datos de Licitación
            
        
                                                Situación
                                        
                Cláusulas incompletas o datos insuficientes
            
                                                Descripción
                                        
                Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
            
                                                Comentario
                                        
                REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TECNICA
              * TRATANDOSE DE BIENES QUE CORRESPONDEN A MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MEDICOS, DEBERIAN REQUERIR DOCUMENTACIONES PARA CADA RUBRO QUE DEMUESTREN QUE ESOS BIENES PUEDEN SER COMERCIALIZADOS LEGALMENTE. 
              * ITEM 1: LOS BIENES QUE DEBEN CONFORMAR EL BOTIQUIN REQUERIDOS DEBEN DESCRIBIRSE DE MANERA CLARA Y OBJETIVA (DENOMINACION GENERICA, FORMA FARMACEUTICA Y CONCENTRACION ) ANTIGRIPAL NO CORRESPONDE A LA DESCRIPCION GENERICA ( ES LA ACCION DEL MISMO) DESCRIBIR POR DENOMINACION GENERICA Y ESTABLECER LA CONCENTRACION. DIPIRONA 500 GR, LA CONCENTRACION 500 GR ES INCONSISTENTE. ESTABLECER LA FORMA FARMACEUTICA.  PROPINOXATO ESTABLECER LA FORMA FARMACEUTICA. CURITAS ES MARCA, DESCRIBIR POR DENOMINACION GENERICA.//
            
                                            Tema
                                    
                CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
            
                            
                                            Sección
                                    
                Datos del SICP
            
        
                                                Situación
                                        
                No cumple con los plazos de difusion el llamado/adenda
            
                                                Descripción
                                        
                Atendiendo a la fecha establecida para la presentacion y apertura de ofertas, observamos que no cumple con el plazo minimo de difusion, conforme a la normativas vigentes.
            
                                                Comentario
                                        
                *Conforme al art 39 de la Resolución DNCP N° 230/2025.//
            
                                            Tema
                                    
                NOTA DE RESPONSABILIDAD
            
                            
                                            Sección
                                    
                Documentos del SICP
            
        
                                                Situación
                                        
                Nota de responsabilidad
            
                                                Descripción
                                        
                1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
             es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 
             inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
              La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. 
             Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. 
             Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3)  La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, 
             debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
              Consideración Normativa: Art. 4 inc. a)  de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
            
                                                Comentario
                                        
                 *Se recuerda que la estimación de los precios referenciales son realizados bajo la exclusiva responsabilidad de la convocante, las cuales deben velar porque los mismos sean acordes a los precios establecidos u obtenidos en el mercado.//
            
                                            Tema
                                    
                RECORDATORIO
            
                            
                                            Sección
                                    
                General
            
        
                                                Situación
                                        
                Responsabilidad de la Convocante
            
                                                Descripción
                                        
                La  verificación  que  realiza  la  DNCP  sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
             Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
            
                                            Tema
                                    
                RECORDATORIO
            
                            
                                            Sección
                                    
                General
            
        
                                                Situación
                                        
                Responsabilidad de la Convocante
            
                                                Descripción
                                        
                La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía  resolución,  es  quien  autoriza  cada  etapa  del  procedimiento  de  contratación. Consideración Normativa: 
	     Art.  28,  30,  33,  34  inc.  c)  de  la  Ley  N°  2051/03;  Art.  11,  33,  81,  84,  98  del  Decreto  N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
            
                                            Tema
                                    
                RECORDATORIO
            
                            
                                            Sección
                                    
                General
            
        
                                                Situación
                                        
                Responsabilidad de la Convocante
            
                                                Descripción
                                        
                La  verificación  que  realiza  la  DNCP  sobre  el  proceso  de  contratación,  en  sus  distintas  etapas,  no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los  términos
             y  condiciones  dadas,  es  exclusiva  responsabilidad  de  la  convocante.  Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
            
                                            Tema
                                    
                RECORDATORIO
            
                            
                                            Sección
                                    
                General
            
        
                                                Situación
                                        
                Responsabilidad de la Convocante
            
                                                Descripción
                                        
                La  Convocante  es  la  responsable  de  los  precios  obtenidos  y  ejecutados  en  las  distintas  etapas  del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
	     sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a)  de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
             Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
            