Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: el llamado ha sido realizado a requerimiento de Zalmy Arévalos, Jefa Interina del Dpto. de Administración y Bienestar del Personal dependiente de la Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas de la SEPRELAD.
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: Contar con un servicio de guardería para los hijos/as de funcionarios de la SEPRELAD, brindando apoyo y tranquilidad durante el horario requerido dentro de la institución para la ejecución de las tareas diarias y el logro de los objetivos institucionales.
Justificar la planificación: el proceso licitatorio que nos ocupa responde a una necesidad de trato sucesivo.
Justificar las especificaciones técnicas establecidas: En el presente llamado, las especificaciones han sido definidas en base a las normativas vigentes, contemplando las especificaciones, plazos y demás condiciones necesarias, con la mayor amplitud posible para fomentar una amplia participación y garantizar que se satisfagan las necesidades en términos de oportunidad, calidad y costo, asegurando así las mejores condiciones para el Estado Paraguayo, en consonancia con principios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
La cotización del precio unitario se establece por niño/a, considerando la educación, alimentación, cuidados, albergue, etc., de acuerdo a lo establecido en las especificaciones técnicas y en la siguiente planilla a ser utilizada como instructivo a los oferentes.
Contrato abierto por cantidad de niños:
Se tendrá en cuenta para el pago la cantidad de niños que asistieron en el mes. El Proveedor deberá presentar al efecto una planilla de asistencia de los niños beneficiarios.
A |
B |
C |
D |
E |
||
ÍTEM |
DESCRIPCIÓN DE SERVICIO |
PERIODO DE COBERTURA EN MESES |
CANTIDAD MÍNIMA DE NIÑOS/AS |
CANTIDAD MÁXIMA DE NIÑOS/AS |
PRECIO UNITARIO MENSUAL POR NIÑO/A |
PRECIO TOTAL (IVA INCLUÍDO) |
1 |
Servicio de espacio de desarrollo infantil |
24 (veinticuatro) |
6 (seis) |
19 (diecinueve) |
(E)= (A*C*D)
Precio unitario en el sistema, se obtiene de la siguiente manera: precio unitario cotizado por niño x 24 meses de servicio
Ejemplo (en base al precio referencial reflejado en SICP)
Precio unitario ofertado = G. 2.412.500 x 24 meses de servicio = G. 57.900.000
Monto total de la oferta= G. 57.900.000 x 19 (cantidad máxima de niños) = G. 1.100.100.000
Las siguientes especificaciones comprenden las condiciones básicas a ser contempladas por el potencial oferente, para la prestación de los servicios de espacios de desarrollo infantil para los hijos de funcionarios de la SEPRELAD, durante el tiempo en que los padres dependan laboralmente de la Institución.
Comprende la atención integral de los niños, educación, estimulación temprana, higiene, seguridad, alimentación adecuada, etc.,
Las actividades del año lectivo se desarrollarán en dos periodos
1. Periodo escolar:
a. Primera etapa del año escolar: desde el mes de febrero hasta fines de junio.
b. Segunda etapa del año escolar: desde agosto hasta primera quincena de diciembre.
Este plan educativo será conforme a las disposiciones emanadas por el Ministerio de Educación y Cultura en cuanto a la educación inicial.
2. Colonia de vacaciones durante los meses de enero, febrero, julio y segunda quincena de diciembre.
A los efectos del presente llamado se entenderá por:
Ubicación:
El proveedor adjudicado, deberá habilitar el lugar del espacio de desarrollo infantil, en un radio que no sobrepase de 2.000 metros, alrededor de la sede I de la SEPRELAD, ubicado sobre la calle Federación Rusa y Augusto Roa Bastos, de la ciudad de Asunción.
A los efectos, el potencial oferente deberá presentar con su oferta un compromiso del arrendador a favor del oferente, en el cual expresamente deberá estipular que el mismo se encuentra comprometido, a otorgar en alquiler el inmueble de su propiedad por el periodo de vigencia del contrato de prestación del servicio objeto del presente llamado, el cual debe estar debidamente identificado, y cuyos requisitos será detallado más adelante o en el caso de que el oferente posea el inmueble, copia del título de propiedad del mismo.
Educación:
El prestador del servicio se obliga a dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentaciones vigentes o futuras del Ministerio de Educación y Cultura, la Municipalidad de Asunción, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y cualquier otro organismo relacionado con la actividad.
Todas las dependencias deberán estar ambientadas acorde a crear un ambiente de convivencia armoniosa, placentera y estimulante para los niños, adecuado para el aprendizaje significativo; así como deberán estar debidamente equipadas para el correcto desempeño de las actividades.
Durante la permanencia de los niños, éstos recibirán un trato afectuoso, equitativo e integrador, mediante el diálogo y la reflexión adecuada para la edad de cada niño, con el fin de fomentar las condiciones de respeto, convivencia, buen relacionamiento social de los mismos y desarrollo académico.
Deberán realizar evaluaciones individuales y grupales a través de su personal para evaluar los procesos madurativos y cognitivos de los niños.
La agrupación de los niños se hará teniendo en cuenta las edades, personalidades y características de cada uno, que será obtenida de las entrevistas hechas a los padres previa iniciación de los servicios.
Se fomentará una comunicación constante, abierta y respetuosa con el núcleo familiar para lograr un servicio coordinado y continuo en la educación de los niños.
El niño debe ir aprendiendo reglas de sociabilidad, higiene y otras pautas de comportamiento que ayuden a su desarrollo integral.
Se promoverá la educación cívica e identidad nacional, respetando las costumbres, símbolos patrios y festividades nacionales.
Bajo ningún concepto, el prestador del servicio podrá inculcar ideologías religiosas o políticas a los niños.
Se debe fomentar en los niños el autoconocimiento y la autovaloración potenciando el desarrollo de la autonomía e identidad.
La política de aprendizaje debe ser de calidad en forma activa, creativa, placentera y participativa, utilizando el juego como metodología básica.
Alimentación:
La alimentación de los niños será elaborada y provista por la prestadora de los servicios, e indefectiblemente debe incluir media mañana, almuerzo completo (comida, bebida y postre) y merienda. Las dietas alimenticias serán elaboradas por la nutricionista designada, en base al historial médico de cada niño.
Deberán proveer de frutas y verduras en forma de puré a los bebés, ya listos para ser consumidos.
En casos excepcionales (dietas especiales por prescripción médica etc.) los niños podrán abstenerse al plan alimenticio, y en esos casos los padres podrán proveerlos previo acuerdo con el equipo de coordinación.
Se deberá priorizar siempre que el niño comparta con sus demás compañeros el momento de las comidas.
Para los efectos se establecerá y se presentará antes de la finalización del mes, el calendario alimenticio del mes siguiente.
El objetivo principal de la alimentación de los niños es, a más de su desarrollo físico, que los mismos al terminar el año lectivo, puedan consumir cualquier tipo de alimento sano, es decir que vayan adquiriendo una pauta de alimentación adecuada.
Lista de alimentos a ser utilizados:
Plan nutricional: el plan nutricional deberá ser presentado por la nutricionista a los padres. En caso de niños con necesidades alimenticias especiales, el niño por medio de su pediatra y/o nutricionista designado por los padres, establecerá un régimen especial para el mismo. Dicho plan nutricional deberá abarcar las distintas edades de los niños integrantes de la guardería. La empresa adjudicada deberá proveer los alimentos correspondientes al almuerzo y merienda.
Obs.: Los productos lácteos con sus derivados, y todos los productos envasados a ser proveídos, deberán contar con lote de elaboración, fecha de elaboración y/o vencimiento impresos en los diferentes envases los cuales deberán ser legibles a simple vista, además deberán ser conservados adecuadamente sin perder la cadena de frio según requiera el caso a fin de garantizar la conservación de las propiedades nutritivas de los alimentos.
Salud: durante la estadía de los niños en el recinto de prestación de los servicios se deberá vigilar permanentemente su estado de salud y se contará indefectiblemente con un servicio tercerizado o no, de ambulancia y respuesta rápida de emergencias.
Servicio de emergencias: la contratista deberá contar con algún seguro de servicio de emergencias para el traslado inmediato de los niños/as en caso de accidentes al centro Asistencial que será determinado previa consulta a los padres o encargados. Además, la empresa deberá proveer de un botiquín para primeros auxilios, el cual estará a disposición de la enfermería para los casos de emergencia, el mismo deberá contener básicamente lo siguiente:
Manual de primeros auxilios, gasa estéril, leucoplast, curitas de varios tamaños, venda elástica, toallas antisépticas, IOP, cabestrillo, algodón estéril, una pera de goma, tijera, termómetro, pinza, alcohol al 70%, guantes quirúrgicos, tapa boca, agua oxigenada, cuchara de medida, rifocina, anti diarreico, antiespasmódico, antihistamínico, analgésico antifebril, descongestionante nasal, antialérgico, crema para picadura de insectos y quemaduras como mínimo.
Se deberá comunicar a los padres cualquier síntoma de enfermedad en la brevedad posible.
Infraestructura edilicia:
- Contar con un mínimo, 4 (cuatro) dependencias cubiertas, y 1 (una) sala de descanso destinado exclusivamente a los niños.
- Deberá contar con un patio al aire libre de tamaño adecuado y un patio bajo techo donde puedan recrearse en días de lluvia con las protecciones necesarias.
- Las dependencias deben ser lo suficientemente cómodas y espaciosas para que los niños puedan desarrollar sus actividades.
- Una dependencia exclusiva para ser utilizada como comedor.
- Una dependencia exclusiva para la cocina.
- Debe contar con una dependencia en donde funcionará la dirección, secretaría, recepción y archivo del local debidamente equipada.
- Deberá contar con dos baños sexuados totalmente equipados para criaturas.
- Deberá contar con un baño para uso del personal y visitas ocasionales.
- Todas las instalaciones deben estar acondicionadas (pintadas, cielos rasos, etc.) acorde al servicio que se prestará.
Equipamiento del local:
- Todas las dependencias deben contar con equipos de climatización;
- La cocina debe estar equipada al menos con un refrigerador, una cocina, 1 licuadora, además de toda la vajillería necesaria para cubrir las necesidades de alimentación de los niños (Todos los utensilios deben ser de plástico resistente o metal, en ninguna circunstancia deben ser de vidrio u otro material frágil y con posibilidades de quebrarse y causar daño), y cualquier otro instrumento necesario para el desarrollo de las tareas de cocina, tales como ollas, jarras, compoteras, pírex entre otros;
- El comedor deberá estar debidamente equipado (Mesas y sillas, además de las sillas para bebés);
- El sistema eléctrico del local debe indefectiblemente contar con un cortacorriente automático, y todas las tomas eléctricas que no serán utilizadas deben estar debidamente bloqueadas, protegidas o anuladas;
- Todos los marcos de puertas, ventanas, paredes y todo lo que pueda convertirse en un potencial riesgo de accidente deben llevar protectores de goma si correspondiera;
- Las instalaciones deben contar con circuito cerrado de televisión para el acceso principal y en todas las dependencias (aulas) del local;
- Sistema de Incendio acorde a las exigencias legales;
- Bebedero eléctrico de agua mineral en frío y caliente;
- Botiquín de primeros auxilios;
- Casilleros para cada niño en la cantidad que se requiera;
- Juegos didácticos para los niños;
- Juguetes diversos para los niños.
Materiales:
Los padres de los niños usuarios, deberán proveer los útiles que los niños utilizarán durante el año lectivo.
La empresa adjudicada se compromete a elaborar antes del inicio de las actividades, el listado de los materiales y elementos personales que los niños/as necesitarán durante el año, el cual deberá ser entregado a los padres junto con una ficha médica a ser llenada por los mismos conjuntamente con el pediatra de cada niño/a, la cual tendrá carácter de declaración jurada y deberá ser entregada a la Directora del Espacio de Desarrollo Infantil al inicio del año.
Es responsabilidad de los padres la provisión de elementos de uso y aseo personal, como ser: pañales, sabanitas, almohaditas y otros elementos necesarios para el buen pasar del niño asistente, así mismo del lavado de dichos elementos.
La empresa adjudicada deberá proveer de todos los demás materiales necesarios para el correcto desenvolvimiento de las tareas asignadas a cada niño/a dentro del Espacio de Desarrollo Infantil.
La calidad y seguridad de dichos materiales debe ser estrictamente controlada por la Dirección de la firma adjudicada.
Recreación:
Enseñanza acorde a la edad, además incluye; estimulación, custodia permanente, juegos recreativos, lectura de cuentos, y otras actividades que le ayuden a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad.
Educación física:
La enseñanza de la educación física colabora con el desarrollo infantil en tomar conciencia de las características de su cuerpo e imagen corporal, reconocer sus posibilidades y limitaciones y el control progresivo del movimiento, desarrollar confianza en sí mismos y en sus posibilidades corporales, comunicarse y expresarse, vivir el placer del movimiento, aprender a cuidar su cuerpo y el de los demás y conocer y cuidar su entorno.
La educación física del niño debe sustentarse sobre un conocimiento claro y concreto de sus características biológicas, psicomotrices y afectivas de la cual dependerá el acierto o fracaso en la proposición de objetivos, la elección de los contenidos y las tareas de movimientos a realizar.
Educación en valores:
Es muy importante que los niños aprendan a través de valores y hábitos, a ser ordenados, educados, obedientes y responsables. Estas son las virtudes que ayudaran a los niños a ser personas maduras y auténticamente felices.
Los niños estarán agrupados por edades, en los siguientes niveles que se citan a continuación. Se podrá tener en cuenta la madurez y el desarrollo del niño a fin de incluirlo en cada nivel.
GRUPO/KINDER 1: niño/a beneficiario/a que se integra una vez finalizada la licencia o permiso de maternidad de la madre, pudiendo iniciarse a partir de los 3 meses y hasta los doce (12) meses de edad (1 año cumplido).
GRUPO/KINDER 2: niño/a beneficiario/a desde los doce (12) meses de edad, hasta los veinticuatro (24) meses de edad (2 años cumplidos hasta el 31 de marzo);
GRUPO/KINDER 3: niño/a beneficiario/a desde los veinticuatro (24) meses de edad, hasta los treinta y seis (36) meses de edad (3 años cumplidos hasta el 31 de marzo);
GRUPO/KINDER 4: niño/a beneficiario/a desde los treinta y seis (36) meses de edad, hasta que cumplan los cuatro (4) años de edad, (cumplidos hasta el 31 de marzo);
GRUPO/KINDER 5: niño/a beneficiario/a desde los cuarenta y ocho (48) meses de edad, hasta que cumplan los cinco (5) años de edad, con posterioridad al treinta y uno (31) de marzo dentro del año lectivo.
Están excluidos los niños/as beneficiarios/as que cumplan seis (6) años antes del treinta y uno (31) de marzo.
El horario de atención y funcionamiento:
a. HORARIO REGULAR: Desde las 06:40 hasta las 16:30 horas, de lunes a viernes;
b. HORARIO EVENTUAL: Desde las 16:30 hasta las 18:30 horas, de lunes a viernes. Este horario está previsto para aquellos funcionarios que por cuestiones únicamente laborales no puedan retirar a sus niños en el horario regular.
Para los casos eventuales en que el funcionario por motivo estrictamente laboral no pueda retirar a su hijo en el horario regular, deberá informar dicha situación en forma verbal o por correo electrónico a la firma adjudicada, a fin de que se prevea una guardia rotativa de profesores y/o ayudantes con quienes quedarán los niños en dicho horario.
En los casos frecuentes y/o permanentes (funcionarios con horarios de laboral diferenciado, asistentes a capacitaciones u otros motivos) se deberá presentar con la debida anticipación al Departamento de Desarrollo y Bienestar del Personal de la SEPRELAD una constancia por escrito, suscripta por su Director o Jefe de área, en la cual conste el horario laboral diferenciado del mismo y el motivo.
En ambos casos, el personal o funcionario, el personal contratado y/o comisionado deberá:
Retirar a su hijo/a como máximo quince (15) minutos antes de finalizar el horario eventual.
Proveer a sus hijos/as de los alimentos necesarios a fin de cubrir la demanda de la merienda adicional.
c. HORARIO DE ADAPTACION DE LOS NIÑOS: Desde las 08:00 hasta las 10:30 horas, por el periodo de una semana o hasta su debida adaptación. Eventualmente el horario podrá extenderse hasta las 12:00 horas.
d. Durante las vacaciones de los padres, los niños podrán asistir regularmente al espacio de desarrollo infantil adjudicado, debiendo los padres respetar el horario de entrada y salida establecido.
e. El Proveedor registrará en un libro, la salida de los niños fuera del horario establecido, debiendo también firmar dicho registro, los padres de los mismos.
f. En caso que el horario general de trabajo de la institución sea modificado, los horarios de la firma adjudicada se modificarán acorde al nuevo horario general y el proveedor ajustará la prestación del servicio contratado al mismo. Esta modificación será comunicada por el Departamento de Administración y Bienestar del Personal de la SEPRELAD.
g. Para el desarrollo regular de las actividades (lunes a viernes) se deberá contar con el 100% del personal asignado, independientemente de la cantidad de niños asistentes.
La inscripción inicial en espacio de desarrollo infantil adjudicado se realizará en cualquier época del año, debiendo comunicar los padres al Departamento de Administración y Bienestar del Personal de la SEPRELAD con 10 (diez) días hábiles de anticipación a la fecha de asistencia del niño.
La inscripción dependerá de la capacidad cantidad total máxima de niños a ser prevista para el contrato.
Cuando la demanda de niños sea mayor a la cantidad máxima establecida en el contrato, el Departamento de Administración y Bienestar del Personal de la SEPRELAD registrará al niño en lista de espera, respetando el orden de prioridad que se indica más abajo.
El Departamento de Administración y Bienestar del Personal de la SEPRELAD deberá notificar debidamente por cualquier medio idóneo (Nota, memorándum, correo institucional) la aceptación o rechazo del pedido realizado por el funcionario.
En todos los casos, la inscripción se realizará sin costo alguno.
De acuerdo a la cantidad máxima de niños, la inscripción se realizará conforme a los siguientes criterios de prioridad:
a. Niños beneficiarios/usuarios en período de lactancia, hijos de funcionarios/as, personales contratados/as, funcionarios/as comisionados/as;
b. Niños beneficiarios/usuarios hijos de funcionarios/as permanentes, personal contratado, y funcionarios/as comisionados/as;
c. Niños beneficiarios/usuarios hijos del funcionario/a permanente, personal contratado, funcionario/a comisionado/a en lista de espera (por orden de solicitud presentada).
a. Recepción de niños: recibimiento de los niños (a la hora de entrada); los niños deberán ser recibidos en la puerta de la sala por sus respectivas profesoras y/o asistentes. La profesora deberá recibir y controlar diariamente los bolsos de sus alumnos, en cuanto a elementos de uso diario (biberones, ropas, pañales, alimentos en casos necesarios, etc.). Igual tarea debe realizar en el horario de salida.
b. Listado de asistencia: es responsabilidad del proveedor registrar diariamente la asistencia de los niños y del personal en las planillas a ser habilitadas para el efecto. Esta última planilla debe ser suscripta por el personal que asista.
Ambas planillas de asistencia llevarán la firma del/a Director/a como responsable del informe, serán verificadas por el coordinador y formarán parte del expediente al momento de la solicitud de pago.
c. Recreación y gateo:
d. Dormitorios:
e. Clases especiales:
f. Comedor: se deberá acompañar en forma personal a los niños acorde a su edad, brindar enseñanzas de normas de higiene y urbanidad en la mesa, otorgar cantidad de alimentación abundante acorde a la edad o desarrollo del niño, instruir y acompañar en el consumo diario de agua conforme a la exigencia de cada edad del niño.
g. Cumplimiento de disposiciones legales: el proveedor deberá dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentaciones vigentes o futuras del Ministerio de Educación y Ciencias, incluyendo el Reglamento de Educación Inicial y Preescolar, y de cualquier otro organismo relacionado con las actividades a desarrollar.
h. Vacaciones del plantel docente: el Proveedor deberá otorgar las vacaciones a su personal en forma escalonada y secuencial, sin que el servicio se encuentre afectado y previendo los remplazantes en caso de resultar necesario.
i. Otros servicios que deberán ser realizados por el proveedor:
Coordinadora del Espacio de Desarrollo Infantil: título profesional en educación inicial o educación parvularia, trabajo social o alguna carrera a fin al concepto de este llamado, con experiencia mínima 5 años de haber trabajado con niños/as. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la Cultura institucional y de la comunidad.
Maestras Parvularias: título profesional en educación inicial o educación parvularia, experiencia mínima de 3 años de haber trabajado con niños/as de 3 meses a 5 años de edad. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad.
Asistentes: estudiantes de ciencias de la educación, enfermería, psicología, psicopedagogía, terapia ocupacional, fonoaudiología, educación inicial o parvularia, cursando el segundo año como mínimo.
Auxiliar médico: Licenciado/a con título profesional, (exclusiva para la atención de niños y niñas en el puesto de enfermería de la guardería) experiencia mínima de 5 años (de preferencia en trabajo con pediatras). Deberá cumplir el horario de lunes a viernes de 06:40 a 16:30 hs. En caso de no contar con licenciado/a con título profesional, el personal a cargo de los niños deberá contar con capacitación o cursos de primeros auxilios comprobable mediante certificaciones.
Psicóloga: licenciado/a con título profesional en psicología (una o dos), con una experiencia mínimo de 3 años con niños/as de 2 a 5 años, que deberán prestar servicios una vez por semana por un espacio de 6 Hs (seis horas).
Nutricionista: título profesional, experiencia laboral mínima 2 años. Deberá realizar in situ el control de la preparación de las comidas, por lo menos 1 vez en la semana dentro del horario en que se preparan las comidas.
Cocinera: certificado laboral y experiencia mínima de 2 años en trabajos de la misma naturaleza.
Obs: Con la oferta se deberá presentar los currículums de cada uno de los profesionales, además de la carta de aceptación del mismo, donde acepte trabajar con la ofertante en caso que la misma sea adjudicada, dichos documentos serán evaluados por el Comité de Evaluación de Ofertas.
Sustitución: en caso de que la contratista quiera sustituir a sus empleados/funcionarios, prestadores de servicios, durante la vigencia del contrato, en primer lugar, deberá comunicar a la SEPRELAD por medio del Departamento de Administración y Bienestar del Personal de la SEPRELAD, a quien expondrá la justificación debida, no obstante, el currículum propuesto deberá cumplir con las exigencias originales del PBC.
Reemplazantes: durante la vigencia del contrato, en caso de que el personal deba ausentarse por motivos de fuerza mayor, el o los profesionales y empleados reemplazantes, deberán reunir los mismos requisitos del o los titulares a quienes van a reemplazar. Ante esta situación, la contratista deberá comunicar lo ocurrido indicando el cambio temporal o definitivo, duración de la situación, acompañado de los documentos que certifiquen su aptitud para el cargo.
Observación: el cambio de maestra o ayudante solo podrá darse durante el año lectivo por razones justificadas y excepcionales.
Responsabilidades: El personal deberá estar vestido acorde al tipo de servicio que prestará.
Es responsabilidad de la firma adjudicada velar por la seguridad de los niños, previendo y evitando que los mismos se expongan a situaciones de peligro, durante el periodo de horas que los niños se encuentren bajo su custodia.
Es obligatorio para el adjudicado presentar mensualmente por correo electrónico al Departamento de Administración y Bienestar del Personal de la SEPRELAD, la planilla de control de asistencia de los niños presentes durante el mes, la cual será rubricada por la Directora o responsable designado/a su efecto.
El oferente contratado deberá cumplir con los siguientes requisitos y obligaciones
a) En cuanto al personal asignado al servicio:
1. El plantel deberá estar inscripto por el oferente en el Instituto de Previsión Social.
2. Los profesionales deberán prestar servicios de lunes a viernes en el horario establecido de la Guardería, a diferencia de los que se detallen otros horarios.
3. Deberán demostrar equilibrio emocional.
4. Tendrán trato amable y deferente con los niños/as; las expresiones y vocabularios deberán ser siempre los correctos.
5. Capacidad de diálogo y personalidad creativa.
6. La empresa contratada deberá abonar los salarios a sus funcionarios conforme las leyes y normas laborales vigentes, independiente al pago que realice la institución por la prestación del servicio.
Coordinadora:
Tendrá la decisión y potestad para resolver cualquier problema que se presente con los niños bajo su custodia, ejercerá el control sobre todos los aspectos del servicio, y en caso de ser necesario ponerse en contacto con la Convocante o los padres. Así también debe realizar todas las tareas Administrativas y de apoyo a las profesoras. Deberá reemplazar a cualesquiera de las maestras en caso de ausencia de las mismas. Planificar y administrar los recursos de la Guardería. Evaluar el desempeño docente, remitiendo un informe mensual de evaluación al Departamento de Administración y Bienestar del Personal de la SEPRELAD, los parámetros de evaluación serán presentados por el Adjudicado con la firma del contrato. Mantener contacto con las familias de los niños.
Es la responsable de elaborar y desarrollar un calendario de actividades que serán desarrollados a lo largo del contrato, en el cual se establecerán los métodos de aprendizaje, el desarrollo de las clases, y los objetivos a los que una vez finalizado el contrato se deberán haber cumplido, esta planificación debe ser presentada con la firma del contrato.
Maestras Parvularias:
Asistentes de Parvularia:
Apoyar todas las gestiones de las maestras. Es responsable solidario por la educación y seguridad integral de los niños bajo su custodia.
Enfermera o Auxiliar de enfermería:
Es responsable de la salud integral de los niños, fundamentalmente de los niños de hasta 12 meses. Es la responsable de la elaboración y guarda de la ficha médica de los niños en coordinación con el Pediatra y el/la Psicólogo/a. Deberá brindar los primeros auxilios en caso de accidentes. Es la responsable de administrar el botiquín evitando que el mismo este desprovisto de la medicación necesaria.
Psicóloga:
Es la encargada del desarrollo psicológico del niño. Deberá asistir a los niños que requieran ayuda especial. Deberá seguir de cerca el trabajo de las maestras y asistentes. Su presencia es obligatoria una vez por semana. Reunirse con los padres de niños que requieran atención especial, a fin de coordinar las medidas a ser tornadas.
Nutricionista:
Es la encargada del plan alimenticio de los niños, estableciendo para ello un régimen alimentario, que debe ser presentado dentro del periodo de implementación del servicio. Debe controlar la preparación de los alimentos, corriendo por cuenta de la misma la elección de los productos a ser utilizados.
Deberá establecer régimen alimenticio especial (dieta) a aquellos niños que necesiten. Coordinar con los padres la alimentación de cada niño si así lo requiriese. Así también y en coordinación con el pediatra deberá llevar un registro de cada niño.
Cocinera/o:
Es responsable de recibir y cuidar los elementos, utensilios y provistas entregadas para la Elaboración del menú.
- Es responsable de cumplir con el Plan Nutricional asignado a los niños según su sala y edad, conforme al plan aprobado por la nutricionista.
- Es responsable de no permitir la entrada de personas no autorizadas a fin de evitar accidentes, contaminación alimentaria, entre otros.
- Es responsable de utilizar la vestimenta adecuada.
- Es responsable de dejar el lugar y los utensilios limpios diariamente luego de culminar con su labor.
Personal de Servicio:
Serán responsables de la limpieza e higiene del lugar, la elaboración de los alimentos y la seguridad del local.
a) El oferente se responsabiliza de las consecuencias emergentes del desarrollo del servicio en relación a su plantel de profesionales (en caso de enfermedad, accidentes y otros), así como también de los costos de los beneficios sociales (reposo, vacaciones, aguinaldo, etc.) por lo que deberá prever los recaudos necesarios para cumplir con las leyes laborales vigentes.
b) En caso de ausencia del personal asignado a cualquiera de las tareas, la prestadora de servicios deberá inmediatamente cubrir esas ausencias conforme a lo establecido anteriormente.
c) Durante la vigencia de duración del contrato de prestación de servicios, la SEPRELAD se reserva el derecho a realizar reestructuraciones internas de distribución y Variación de los niveles contratados (aumentar o disminuir la cantidad de usuarios) de acuerdo a las necesidades presentadas. Así mismo en relación a la prestación de servicio, la SEPRELAD se reserva el derecho de realizar verificaciones relacionadas a la higiene, calidad de productos y alimentos, variación del menú preestablecido, verificación de las condiciones de la infraestructura, y todo lo que conlleve la correcta ejecución del contrato. Estos controles se realizarán a través del administrador de contrato designado.
Obs: Indefectiblemente cualesquiera del personal destinado a cubrir los servicios permanentes (coordinadora, maestras, asistentes y personal de servicio) deben contar con certificado de haber hecho el curso de "Primeros Auxilios Avanzados".
Vestimenta, materiales y otros:
Los prestadores del servicio deben estar vestidos acorde al desempeño de su función con la identificación correspondiente de cada uno.
Así también deberá proveer todos los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades (cartulinas, pegamentos, pinceles, crayolas entre otros).
Dentro del periodo de implementación del servicio el adjudicado deberá presentar el contrato con una prestadora de servicios de emergencias rápidas (ambulancia y primeros auxilios) con cobertura durante las horas de prestación del servicio y por el tiempo de contrato.
Permisos, licencias y habilitaciones:
Todos los permisos, licencias y habilitaciones necesarias para el normal desarrollo de las actividades, se deberán presentar ante el administrador del contrato, como máximo dentro de los tres meses contados a partir de la firma del contrato, todos los gastos que deriven del mismo corren por cuenta exclusiva del adjudicado.
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
Ítem |
Descripción |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha final de ejecución de los servicios |
1 |
Servicio de guardería infantil
|
1 |
Unidad |
Sede del oferente adjudicado, que no deberá sobrepasar los 2000 mts. de distancia de la SEPRELAD |
El proveedor tendrá un plazo de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la emisión de la orden de ejecución de servicios para el inicio de la ejecución contractual (plazo a ser considerado sólo al inicio y por única vez). Una vez que el servicio se encuentre activo, no podrá ser interrumpido a falta de emisión de órdenes consecuentes. Fecha final de entrega de los servicios será a los 24 (veinticuatro) meses posteriores al inicio de la ejecución contractual efectivamente prestada (pudiendo ser ampliado conforme a normativas vigentes) |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica