Consideraciones generales

Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la Convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.

La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.

Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.

Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. 

La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:

  1. Los riesgos a asegurar, incluyendo una descripción clara de los bienes, personas y/o locales, que serán asegurados y de las demás medidas de seguridad con que cuentan para mitigar los riesgos;
  2. El monto del capital o de los capitales a ser asegurados;
  3. La vigencia de cobertura solicitada (se determinará desde una fecha y hora de inicio hasta una fecha y hora de finalización).
  4. Tipo de cobertura que requiere (en cuanto corresponda a prorrata, o a primer riesgo absoluto).
  5. Base ocurrencia o base reclamo (en éste último caso se debe definir claramente el periodo de retroactividad de todo el contrato o de cada cobertura si es el caso).
  6. Formas de coparticipación que ofrece: limites globales de cobertura, franquicias, carencias, exclusiones toleradas.

Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “la cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.

La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.

Capital de cobertura

 

Contratación de Seguros para Vehículos de la Sindicatura General de Quiebras - Plurianual

BIENES ASEGURAR

TIPO DE COBERTURA

SUMA ASEGURADA

FRANQUICIA

Vehículo

Seguro contra todo riesgo de Vehículo

142.121.000

SIN FRANQUICIA

 

 

Ítem N°

 

Vehículo que será Objeto De Seguro

 

Características

 

Chasis

 

Chapa N°

 

Año       

 

Capital a Asegurar en Gs.

 

1

 

NISSAN PATROL

 

Camioneta Doble Cabina 4 x 4

JN1TCSY61Z0578256

BGF 152

 

2011

 

142.121.000

Monto total a asegurar del vehículo

Gs. 142.121.000

 

 

Resumen de los requisitos

Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:

  DETALLES DE LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS

Estas especificaciones son requerimientos para la Contratación de Seguro de este vehículo

SEGURO PARA VEHICULO.

  • Incendio del vehículo o daños por accidentes, vuelco, daños por temporales y/o granizo: 100%
  • Robo: 100%
  • Tumulto Popular: 100%
  • Daño Parcial: hasta 100 %

Observación: Para Cualquier conductor asignado al vehículo.

RESPONSABILIDAD CIVIL

  • Lesiones o muerte de 1 persona Gs. 50.000.000 (guaraníes cincuenta millones)
  • Lesiones o muerte de terceras personas, por 2 o más personas Gs. 100.000.000 (guaraníes cien millones)
  • Daños a cosas de terceros Gs. 40.000.000 (guaraníes cuarenta millones).

 

Accesorios

  • Accesorios, robo parcial (inclusive) Robo de radio con CD, antena, aire acondicionado. Se hace constar que el límite de indemnización por daños a los accesorios es del 10% (diez por ciento), de la suma asegurada para el vehículo.
  • Daños materiales mínimo 20% de la suma asegurada del amparo del robo total.

Ocupantes del vehículo

  • Muerte de 1 persona Gs. 50.000.000 (guaraníes cincuenta millones)
  • Muerte de 2 o más persona Gs. 100.000.000 (guaraníes cien millones)
  • Incapacidad permanente por persona Gs. 50.000.000 (guaraníes cincuenta millones). Hasta 5 personas.
  • Gastos por asistencia médica. Gs. 10.000.000 (guaraníes diez millones).

 

Beneficios adicionales

  • Asistencia Mecánica, Grúa en Asunción y Gran Asunción, por cualquier motivo, al solo requerimiento de la convocante, sin restricción de kilometraje, 24 Hs. y sin costo alguno para el asegurado.
  • Manejo de terceras personas
  • Cerrajería, Custodia y búsqueda de repuestos, 24 Hs.
  • Asistencia ambulancia, las 24 hs.
  • La reposición del logotipo es considerada como un objeto del contrato.
  • Provisión e instalación de alarma con sistema de rastreo satelital dentro de los diez días del inicio de vigencia de la póliza.

VIGENCIA DE LA POLIZA:

Desde las 00:00 Hs. de 02/12/2025 hasta el 08/10/2026 -  310 días

MODALIDAD DE LA PRESTACIÓN DE LA COBERTURA SOLICITADA

A PRIMER RIESGO ABSOLUTO.

 

FORMA DE PAGO

LA FORMA DE PAGO DE LA POLIZA SERA:
DE 25 % COMO MINIMO A LA EMISION DE LA MISMA, LUEGO 30 % COMO MINIMO A LOS 10 MESES DE LASUSCRIPCION DEL CONTRATO, Y EL SALDO A LOS 18 MESES DE HABER TRANSCURRIDO LA VIGENCIA DEL CONTRATO. ESTO ESTÁ SUJETO A LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA DE LA INSTITUCION EN CADA PERIODO FISCAL. EL COMPROMISO DE PAGO NO EXIME DE LA RESPONSABILIDAD A LA ASEGURADORA AL CUMPLIMIENTO DE LA COBERTURA DE CUALQUIER SINIESTROS PACTADOS EN LASPOLIZAS CORRESPONDIENTES.

 

OTRAS CONDICIONES DE LA CONTRATACION DEL SEGURO

- Las aseguradoras se comprometen a entregar las Pólizas de Seguros y/o Certificado de Cobertura de riesgos dentro de las 48hs posteriores de la fecha solicitada por LA CONTRATANTE.

- Las aseguradoras deberán abonar en caso de siniestro, las indemnizaciones respectivas, dentro de los plazos
establecidos en el Código Civil Paraguayo, en el Capítulo que regula los Seguros en general. Una vez transcurrido dicho plazo sin que LA CONTRATANTE reciba el pago total de la indemnización correrá en contra de LA ASEGURADORA, una multa equivalente al 5% del valor del siniestro, por cada 15 días de retraso, hasta el día de pago efectivo de la indemnización en forma total, ya sea extrajudicial o judicialmente.

- Sin perjuicio de esta multa, transcurridos 60 días de ocurrido el siniestro, si aún LA CONTRATANTE no fue totalmente indemnizada, rescindirá el contrato (las pólizas) y remitirá los antecedentes a la DNCP a los efectos del Art. 72 de la Ley N° 7021/22, independientemente de la reclamación de daños y perjuicios que podría corresponder.

Observaciones:

Durante la vigencia de las pólizas, en caso de presentarse bajas o nuevas incorporaciones de los bienes patrimoniales de la Institución, estos podrían excluirse o incluirse dentro de la cobertura de los ítems.

Las modificaciones se realizarán a través de un endoso. Los casos que podrán presentarse son:

  • Endoso por Anulación parcial del riesgo asegurado: Se comunica a LA ASEGURADORA los bienes que fueron dados de baja, se realiza un prorrateo del monto de la prima y LA ASEGURADORA realizará la devolución de ese monto a través de un cheque a nombre de la Sindicatura General de Quiebras.
  • Endoso por Aumento del riesgo asegurado: en caso de que surjan nuevos bienes a ser asegurados, LA CONTRATANTE podrá realizar la modificación contractual hasta el límite previsto en el Artículo 67 de la Ley N° 7021/22 De Suministro y Contrataciones Publicas.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre,  cargo  y  la dependencia de la Institución de quien solicita el procedimiento de contratación a ser publicado: Lic. ALVARO QUEVEDO, Director Administrativo de la Sindicatura General de Quiebras.

 

  • Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: Para salvaguardar los bienes del estado.

 

  • Justificación de la planificación, si se trata de un procedimiento de contratación periódico o sucesivo,  o si el mismo responde a una necesidad temporal: Periódico.

 

  • Justificación de las especificaciones técnicas establecidas: La Sindicatura General de Quiebras busca que las empresas oferentes cumplan con los requisitos mínimos establecidos para la ejecución del mismo, que tengan capacidad legal y económica para el cumplimiento de las especificaciones requeridas. Además, que la oferta económica este dentro del rango establecido según los precios referenciales de este llamado.

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Inspecciones y pruebas.

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Capacitación.

La aseguradora que haya ganado el procedimiento de contratación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.

Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia)..

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA 

Acta de Recepción de
Pólizas
Acta de Recepción de Pólizas definitiva,
con el Informe de cumplimiento del Administrador del Contrato
A LA FIRMA DEL CONTRATO Y ENTREGA DE POLIZA
Informe  Informe
de cumplimiento del Administrador del  Contrato
A LOS 10 MESES DE LA FIRMA DE CONTRATO
Informe  Informe
de cumplimiento del Administrador del  Contrato
A LOS 18 MESES DE LA FIRMA DE CONTRATO

De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.