Etapas y Plazos (Datos cargados en el SICP)
Lugar de Visita Técnica: NO APLICA
DATOS DE LA CONVOCATORIA (PBC)
Visita al sitio de ejecución del contrato
La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones: No aplica
REMITIRSE AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
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ley 5424
En el Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado se establece que “El Oferente deberá estar habilitado para operar en el área de Seguridad Electrónica por una autoridad competente de conformidad a lo estipulado en la Ley N.º 5424/15, a fin de respaldar la seguridad de los bienes patrimoniales”.
Sin embargo, el objeto de la contratación corresponde a la provisión e instalación de cableado estructurado, actividad que no se encuentra comprendida en el ámbito de aplicación de la Ley N.º 5424/15, la cual regula la prestación de servicios de seguridad privada (Art. 1) y, dentro de esta, la instalación de sistemas electrónicos de seguridad tales como alarmas, CCTV, control de accesos, entre otros (Arts. 31 y 32).
En consecuencia, solicitamos se aclare:
La justificación técnica y legal para exigir la habilitación establecida en la Ley N.º 5424/15 en un procedimiento cuyo objeto no contempla la provisión ni instalación de sistemas de seguridad electrónica en el marco de servicios de seguridad privada.
Si dicha exigencia no podría restringir indebidamente la participación de empresas especializadas en cableado estructurado que, por no prestar servicios de seguridad privada, no están obligadas ni facultadas a obtener esta habilitación.
En el Pliego de Bases y Condiciones del presente llamado se establece que “El Oferente deberá estar habilitado para operar en el área de Seguridad Electrónica por una autoridad competente de conformidad a lo estipulado en la Ley N.º 5424/15, a fin de respaldar la seguridad de los bienes patrimoniales”.
Sin embargo, el objeto de la contratación corresponde a la provisión e instalación de cableado estructurado, actividad que no se encuentra comprendida en el ámbito de aplicación de la Ley N.º 5424/15, la cual regula la prestación de servicios de seguridad privada (Art. 1) y, dentro de esta, la instalación de sistemas electrónicos de seguridad tales como alarmas, CCTV, control de accesos, entre otros (Arts. 31 y 32).
En consecuencia, solicitamos se aclare:
La justificación técnica y legal para exigir la habilitación establecida en la Ley N.º 5424/15 en un procedimiento cuyo objeto no contempla la provisión ni instalación de sistemas de seguridad electrónica en el marco de servicios de seguridad privada.
Si dicha exigencia no podría restringir indebidamente la participación de empresas especializadas en cableado estructurado que, por no prestar servicios de seguridad privada, no están obligadas ni facultadas a obtener esta habilitación.
Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. La medida se justifica en que la infraestructura del objeto del contrato, lo constituyen el soporte para sistemas críticos de la institución, incluyendo redes y equipamientos que se integran y transmiten datos de sistemas de seguridad (CCTV, control de accesos, monitoreo), cuya instalación e intervención requiere dicha habilitación. Asimismo, la Ley N.º 7021/22 faculta a la convocante a establecer requisitos técnicos adicionales para garantizar la correcta ejecución del contrato y la protección de los bienes patrimoniales, aplicándose este criterio en igualdad de condiciones para todos los oferentes.
4
***En relación al ítem 5 ups del pliego donde
se solicita voltaje de batería de 96 VDC, solicitamos se considere la aceptación de equipos con voltaje de batería de 72 VDC (6×12 V), debido a que: El sistema de 72 VDC es utilizado en múltiples modelos de UPS de uso profesional y cumple con los requerimientos de autonomía y capacidad de respaldo solicitados. Permite optimizar el diseño del banco de baterías, reduciendo costos de mantenimiento y reposición, sin afectar la confiabilidad ni el tiempo de respaldo. Cumple con las normas de seguridad eléctrica y estándares de calidad internacionales para equipos de misión crítica. Por lo expuesto, solicitamos se considere como cumplimiento válido la provisión de UPS con banco de baterías de 72 VDC (6×12 V), siempre que cumpla con la autonomía y características técnicas generales requeridas en el pliego.
se solicita voltaje de batería de 96 VDC, solicitamos se considere la aceptación de equipos con voltaje de batería de 72 VDC (6×12 V), debido a que: El sistema de 72 VDC es utilizado en múltiples modelos de UPS de uso profesional y cumple con los requerimientos de autonomía y capacidad de respaldo solicitados. Permite optimizar el diseño del banco de baterías, reduciendo costos de mantenimiento y reposición, sin afectar la confiabilidad ni el tiempo de respaldo. Cumple con las normas de seguridad eléctrica y estándares de calidad internacionales para equipos de misión crítica. Por lo expuesto, solicitamos se considere como cumplimiento válido la provisión de UPS con banco de baterías de 72 VDC (6×12 V), siempre que cumpla con la autonomía y características técnicas generales requeridas en el pliego.
Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. El requisito de voltaje de batería de 96 VDC de la especificación técnica responde a criterios que se analizaron y dimensionaron para la infraestructura eléctrica definida para el proyecto, así como a las exigencias de desempeño y seguridad previstas. La reducción a 72 VDC implicaría modificaciones en el diseño, configuración y rendimiento del sistema, lo que podría afectar la interoperabilidad y los parámetros técnicos establecidos.
5
En relación al ítem 5 UPS donde se solicita salidas tipo Euroamericana,
solicitamos la aceptación de equipos que dispongan de 8× IEC C13 + 2× IEC C19, considerando que: Los conectores IEC C13 y C19 son estándar internacional ampliamente utilizados en entornos profesionales, especialmente en centros de datos, racks de servidores, switches, y equipos de telecomunicaciones. El conector IEC C13 es adecuado para la mayoría de equipos de TI de consumo medio (PCs, switches, almacenamiento). El conector IEC C19 está diseñado para equipos de alto consumo, como servidores blade, switches core o UPS de gran capacidad. Las tomas tipo Euroamericana (domésticas/comerciales) no son habituales ni recomendadas para instalaciones profesionales en racks o data centers, debido a que no garantizan la misma seguridad mecánica y estandarización para cables de alimentación de equipos críticos. Por lo expuesto, solicitamos se considere como cumplimiento válido la provisión de UPS con salidas 8× IEC C13 + 2× IEC C19, dado que estas cumplen con estándares internacionales para aplicaciones profesionales, optimizando la seguridad, compatibilidad y confiabilidad de la instalación.
11-08-2025
13-08-2025
En relación al ítem 5 UPS donde se solicita salidas tipo Euroamericana,
solicitamos la aceptación de equipos que dispongan de 8× IEC C13 + 2× IEC C19, considerando que: Los conectores IEC C13 y C19 son estándar internacional ampliamente utilizados en entornos profesionales, especialmente en centros de datos, racks de servidores, switches, y equipos de telecomunicaciones. El conector IEC C13 es adecuado para la mayoría de equipos de TI de consumo medio (PCs, switches, almacenamiento). El conector IEC C19 está diseñado para equipos de alto consumo, como servidores blade, switches core o UPS de gran capacidad. Las tomas tipo Euroamericana (domésticas/comerciales) no son habituales ni recomendadas para instalaciones profesionales en racks o data centers, debido a que no garantizan la misma seguridad mecánica y estandarización para cables de alimentación de equipos críticos. Por lo expuesto, solicitamos se considere como cumplimiento válido la provisión de UPS con salidas 8× IEC C13 + 2× IEC C19, dado que estas cumplen con estándares internacionales para aplicaciones profesionales, optimizando la seguridad, compatibilidad y confiabilidad de la instalación.
Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. La especificación definida de conectores de salida de la UPS responde a criterios de compatibilidad con la infraestructura eléctrica y de equipos activos existente. La modificación propuesta implicaría cambios en el diseño y en la compatibilidad con los equipos actualmente instalados, lo que podría afectar la interoperabilidad y la continuidad operativa prevista.
6
***En relación al ítem 5 ups del pliego que especifica autonomía de 15 minutos a media carga,
solicitamos se considere la aceptación de equipos con autonomía de aproximadamente 9,5 minutos a media carga, considerando que: 9,5 minutos a media carga es un valor estándar en modelos de UPS profesionales dentro de la misma gama de potencia requerida. Este tiempo de respaldo es suficiente para ejecutar procedimientos seguros de cierre de sistemas y asegurar la continuidad operativa en cortes breves. Equipos con autonomía de 15 minutos a media carga requieren bancos de baterías sobredimensionados, lo que incrementa considerablemente el costo y el peso del sistema, sin un beneficio proporcional en la mayoría de aplicaciones. Por lo expuesto, solicitamos se considere como cumplimiento válido la provisión de UPS con autonomía de aproximadamente 9,5 minutos a media carga, siempre que se cumplan las demás especificaciones técnicas establecidas en el pliego.
11-08-2025
13-08-2025
***En relación al ítem 5 ups del pliego que especifica autonomía de 15 minutos a media carga,
solicitamos se considere la aceptación de equipos con autonomía de aproximadamente 9,5 minutos a media carga, considerando que: 9,5 minutos a media carga es un valor estándar en modelos de UPS profesionales dentro de la misma gama de potencia requerida. Este tiempo de respaldo es suficiente para ejecutar procedimientos seguros de cierre de sistemas y asegurar la continuidad operativa en cortes breves. Equipos con autonomía de 15 minutos a media carga requieren bancos de baterías sobredimensionados, lo que incrementa considerablemente el costo y el peso del sistema, sin un beneficio proporcional en la mayoría de aplicaciones. Por lo expuesto, solicitamos se considere como cumplimiento válido la provisión de UPS con autonomía de aproximadamente 9,5 minutos a media carga, siempre que se cumplan las demás especificaciones técnicas establecidas en el pliego.
Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. Respecto a la autonomía mínima requerida de 15 minutos a media carga de UPS, responde a criterios de seguridad operativa, margen de maniobra ante contingencias y compatibilidad con los procedimientos institucionales de respaldo y conmutación. Una reducción en la autonomía podría limitar la capacidad de respuesta en eventos de interrupción prolongada y afectar la continuidad operativa prevista.
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***En relación al ítem 5 UPS del pliego donde se solicita
capacidad de sobrecarga del inversor de 105% – 150% por 30 segundos antes de transferir a modo bypass, solicitamos la aceptación de la siguiente especificación técnica: 105% – 125% de carga: Hasta 3 minutos antes de transferir a bypass. 125% – 150% de carga: Hasta 10 segundos antes de transferir a bypass. Esta configuración cumple con las normas internacionales aplicables a sistemas de alimentación ininterrumpida (UPS) y ofrece las siguientes ventajas: Mayor tolerancia en sobrecargas moderadas (105% – 125%), permitiendo hasta 3 minutos de funcionamiento antes de transferir a bypass, lo que supera el tiempo solicitado en el pliego. Protección eficiente frente a sobrecargas elevadas (125% – 150%), limitando a 10 segundos para preservar la integridad del inversor y prolongar su vida útil. Optimización operativa, al manejar picos temporales de carga sin comprometer la disponibilidad del sistema y manteniendo la seguridad de la instalación. Por lo expuesto, solicitamos se considere como cumplimiento válido la capacidad de sobrecarga indicada.
11-08-2025
13-08-2025
***En relación al ítem 5 UPS del pliego donde se solicita
capacidad de sobrecarga del inversor de 105% – 150% por 30 segundos antes de transferir a modo bypass, solicitamos la aceptación de la siguiente especificación técnica: 105% – 125% de carga: Hasta 3 minutos antes de transferir a bypass. 125% – 150% de carga: Hasta 10 segundos antes de transferir a bypass. Esta configuración cumple con las normas internacionales aplicables a sistemas de alimentación ininterrumpida (UPS) y ofrece las siguientes ventajas: Mayor tolerancia en sobrecargas moderadas (105% – 125%), permitiendo hasta 3 minutos de funcionamiento antes de transferir a bypass, lo que supera el tiempo solicitado en el pliego. Protección eficiente frente a sobrecargas elevadas (125% – 150%), limitando a 10 segundos para preservar la integridad del inversor y prolongar su vida útil. Optimización operativa, al manejar picos temporales de carga sin comprometer la disponibilidad del sistema y manteniendo la seguridad de la instalación. Por lo expuesto, solicitamos se considere como cumplimiento válido la capacidad de sobrecarga indicada.
Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. El requerimiento de capacidades de sobrecarga responde a criterios de estandarización, uniformidad de desempeño y compatibilidad con la infraestructura eléctrica definida para el proyecto. La modificación propuesta alteraría la respuesta del equipo ante condiciones de sobrecarga, lo que podría afectar la coordinación con otros elementos del sistema y los parámetros de operación establecidos.
8
***En relación al presente llamado,
solicitamos que la evaluación y adjudicación se realice por ítem y no por el total de la oferta, considerando que: La modalidad por ítem permite una mayor competencia, ya que posibilita la participación de más oferentes en aquellos productos o servicios en los que cuentan con mejor disponibilidad o condiciones, tambien Favorece la optimización de recursos para el comprador, al permitir adjudicar cada ítem a la propuesta más conveniente en términos de precio, calidad y cumplimiento técnico.
solicitamos que la evaluación y adjudicación se realice por ítem y no por el total de la oferta, considerando que: La modalidad por ítem permite una mayor competencia, ya que posibilita la participación de más oferentes en aquellos productos o servicios en los que cuentan con mejor disponibilidad o condiciones, tambien Favorece la optimización de recursos para el comprador, al permitir adjudicar cada ítem a la propuesta más conveniente en términos de precio, calidad y cumplimiento técnico.
Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. La modalidad definida responde a la necesidad de asegurar la compatibilidad, estandarización y correcta integración de todos los componentes del proyecto, así como a garantizar la responsabilidad integral de un único proveedor para la provisión, instalación y puesta en funcionamiento del sistema completo. Cambiar a adjudicación por ítem podría afectar la uniformidad técnica y la coordinación operativa requerida.
9
Autorización del Fabricante
En el pliego solicita Autorización del Fabricante: #Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: APLICA PARA LOS ITEM 03, 04 Y 05”, consultamos a la convocante si podría colocar como opcional este requisito ya que son equipos, en todo caso solicitamos que Sistema de Adjudicación se cambien por ítem, realmente esto posibilita la participación de más oferentes reduciendo inclusive el costo total sin eso implicar en reducción de calidad de los equipos o servicios.
En el pliego solicita Autorización del Fabricante: #Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: APLICA PARA LOS ITEM 03, 04 Y 05”, consultamos a la convocante si podría colocar como opcional este requisito ya que son equipos, en todo caso solicitamos que Sistema de Adjudicación se cambien por ítem, realmente esto posibilita la participación de más oferentes reduciendo inclusive el costo total sin eso implicar en reducción de calidad de los equipos o servicios.
Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. La autorización del fabricante es necesaria para asegurar la trazabilidad, garantía oficial, soporte técnico autorizado y disponibilidad de repuestos, lo que contribuye a la calidad y confiabilidad de los bienes a proveer. Asimismo, la adjudicación por la totalidad de la oferta responde a la necesidad de garantizar la compatibilidad, estandarización y correcta integración de todos los componentes del proyecto, así como la responsabilidad integral de un único proveedor.
10
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
En el apartado de Requisitos documentales, se solicita amablemente quitar el los puntos de 1.a y 1.b donde piden;
"i. El oferente deberá contar con al menos 1 (un) profesional con certificación PMP (Project Management Professional) del PMI (Project Management Institute) o similar y/o equivalente, siendo este parte del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año demostrable con planilla de IPS. No se aceptarán profesionales subcontratados.
ii. El oferente debe contar con al menos 1 (uno) técnico certificado en CompTIA Security + o superior, siendo este parte del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año demostrable con planilla de IPS. No se aceptarán profesionales subcontratados. El mismo deberá estar asignado al proyecto, asegurando así la calidad de la implementación y la conformidad con buenas prácticas internacionales."
Con ello lograr la mayor cantidad de mas oferentes.
12-08-2025
13-08-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
En el apartado de Requisitos documentales, se solicita amablemente quitar el los puntos de 1.a y 1.b donde piden;
"i. El oferente deberá contar con al menos 1 (un) profesional con certificación PMP (Project Management Professional) del PMI (Project Management Institute) o similar y/o equivalente, siendo este parte del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año demostrable con planilla de IPS. No se aceptarán profesionales subcontratados.
ii. El oferente debe contar con al menos 1 (uno) técnico certificado en CompTIA Security + o superior, siendo este parte del plantel del oferente con antigüedad de al menos 1 (un) año demostrable con planilla de IPS. No se aceptarán profesionales subcontratados. El mismo deberá estar asignado al proyecto, asegurando así la calidad de la implementación y la conformidad con buenas prácticas internacionales."
Con ello lograr la mayor cantidad de mas oferentes.
Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. Estos requisitos responden a la necesidad de asegurar la adecuada gestión del proyecto, la calidad de la implementación y el cumplimiento de buenas prácticas internacionales en materia de gestión y seguridad de la información. La participación directa de personal calificado del oferente es fundamental para garantizar la correcta ejecución, sin que se afecte la estandarización ni la seguridad de la solución.