Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
DETALLE DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE ACUERDO A LA NECESIDAD |
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ÍTEM |
CÓDIGO DE CATÁLOGO |
DESCRIPCIÓN DEL BIEN |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACIÓN |
1 |
12181602-9997 |
Aceite comestible |
Aceites comestibles, obtenido de semillas, 100 % de girasol, sin mezclas. Contendrá solamente el componente propio del aceite que integra la composición de las semillas del que provienen. Deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, de aspecto líquido transparente amarillento brillante, libre de cuerpos extraños y sedimentos. Envasado adecuadamente libre de golpes o averías, en envases original, no recargado, con logo de la marca y con fecha de vencimiento legible. |
Unidad |
Botella de 900 centímetros cúbicos |
2 |
50171903-002 |
Aceitunas verdes descarozadas |
Aceitunas verdes de mesa; descarozadas, en estado de madurez adecuado, de buena calidad y conservación, firmes, sanas de color homogéneo, no tendrán otras manchas distintas de su pigmentación natural. De una sola variedad en el mismo envase. Exentas de materias extrañas o defectos que puedan afectar su inocuidad y/o valor nutricional. Deberá estar envasado, sellado, sin signos de avería y con la fecha de elaboración y vencimiento legible impreso en el envase. |
Unidad |
Paquete de 100 gramos |
3 |
50101538-003 |
Ajo |
Deberán ser presentadas en unidades de cabezas enteras limpias, sanas, de adecuada madurez, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición, sin contaminantes (plagas, insectos ni restos biológicos de los mismos), y que puedan mantenerse en buen estado durante un mínimo de 20 días. |
Unidad |
Unidad |
4 |
50101542-002 |
Almidón de mandioca |
Polvo fino, sin grumos, blanco característico de la mandioca, sin mezclas; de una misma especie. Libre de sustancias extrañas contaminantes. Deberá estar envasado, sellado, sin signos de avería y con la fecha de elaboración y vencimiento impreso por el envase. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
5 |
50171550-999 |
Anís |
Los productos deberán ser inocuos y adecuados para el consumo humano; y presentarse en forma de granos enteros. Deben ser genuinos, sanos y estar exentas de sustancias extrañas y de partes de la planta de origen que no posean cualidades de condimentos (tallos, pecíolos, etc.) Vencimiento: de manera clara y visible, día, mes y año. Envase: limpio, sano, inviolable, herméticamente cerrado. |
Unidad |
Paquete de 100 gramos |
6 |
50221101-001 |
Arroz |
El producto deberá corresponder a la característica del Arroz Largo Fino Tipo I, de granos enteros, duros, brillantes, de color blanco, sin puntos negros, sin perforaciones, procesados sin cáscara, libre de impurezas ni sustancias extrañas contaminantes (parásitos, plagas, insectos ni restos biológicos de los mismos). No contendrá polvo, ni fragmentos de granos inferiores al tamaño especificado, presentados en paquetes o bolsas perfectamente empaquetadas sin presencia de averías en las mismas que altere la calidad del producto; deberá tener la fecha de vencimiento legible impreso por el envase. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
7 |
50221001-003 |
Arveja |
Desgranadas de color verde oscuro brillante, enlatadas, sin sustancias extrañas contaminantes e insectos. Deberá estar envasado, sellado, sin abolladuras ni signos de avería que comprometa la inocuidad y valor nutricional del producto. Deberá contar con la fecha de elaboración y vencimiento legible impreso en el envase. |
Unidad |
Lata de 300 gramos |
8 |
50121538-001 |
Atún |
Filete desmenuzado, elaborado a partir de atún cocido, enlatado, sin mezcla de sustancias extrañas contaminantes. Deberá estar envasado, sellado, sin abolladuras ni signos de avería que comprometa la inocuidad y valor nutricional del producto. Deberá contar con la fecha de elaboración y vencimiento legible impreso en el envase. |
Unidad |
Lata de 170 gramos |
9 |
50161509-002 |
Azúcar blanca |
Producto sólido derivado de la caña de azúcar, constituido esencialmente por cristales sueltos de sacarosa. Deberá ser sacarosa natural purificada y cristalizada, de color blanco brillante, refinada sin grumos ni terrones, inocuo y adecuado para el consumo humano y no podrá contener sustancias extrañas ni contaminantes (plagas, insectos ni restos biológicos), con características organolépticas de color, sabor y olor propios del producto en buen estado. Deberá estar envasado, sellado, sin signos de avería y con la fecha de vencimiento legible impreso por el envase. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
10 |
50101634-002 |
Banana |
Deberán ser sanas, limpias, semi-maduras. Deberán estar enteras, sin fragmentos en estado de descomposición o deterioro que disminuya el tiempo de almacenamiento y conservación óptima para su consumo fresco, exentos de cualquier materia extraña visible (plagas, insectos o restos biológicos de los mismos). |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
11 |
50101538-004 |
Batata |
Raíz entera, libre de tierra adherida, de tamaño y maduración adecuada, libre de daños y con características físicas de peso, forma, color y textura particulares del producto, inocuos y saludables para el consumo. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
12 |
50181905-002 |
Bizcochuelo |
Masa homogénea, esponjoso, libre de impurezas y materias extrañas. De color y olor característico. |
Unidad |
Paquete de 1 kilogramo |
13 |
50201706-005 |
Café concentrado instantáneo |
De café granulado tostado tipo exportación, envasado en frasco de vidrio de 200 grs., con la marca del bien impresa en cada envase. (Sin sodio) Deberá contar con la fecha de elaboración y vencimiento legible impreso en el envase, con un plazo mínimo de entrega de un año antes de su vencimiento. |
Kilogramos |
Frasco de 200 gramos |
14 |
50101538-001 |
Calabaza |
De tamaño mediano a grande, limpio, en buen estado de maduración, libre de tierra adherida, fresco de color naranja, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
15 |
50181901-006 |
Canela Molida / Canela en Polvo. |
Canela Molida / Canela en Polvo. Sobre o frasco con peso neto de 100 g. Polvo fino, homogéneo, de color marrón característico, sin grumos. Olor y sabor característicos a canela, intenso y sin sabores extraños. Sobre laminado hermético o frasco de plástico/vidrio con tapa hermética. Envase de grado alimentario, íntegro, sin perforaciones ni rasgaduras, que garantice la conservación del aroma y sabor. Etiqueta completa en español, que incluya denominación del producto, lista de ingredientes (si aplica para especias puras, se indica "canela"), peso neto, identificación del origen, nombre o razón social y dirección del fabricante/envasador/distribuidor, número de lote y fecha de vencimiento. Producto con Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) o Notificación Sanitaria de Alimentos (NSA) vigente emitido por INAN. Mínimo 6 meses de vida útil remanente a partir de la fecha de recepción en el sitio de entrega. |
Kilogramo |
Envase de 100 gramos |
16 |
50112001-017 |
Carnaza de primera |
Carne aseada de color rojo brillante correspondiente al corte y calidad especificada, envasada en bolsas que cuente con los requerimientos sanitarios vigentes, deberá ser limpia, fresca. Envasada higiénica y adecuadamente. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
17 |
50112002-001 |
Carne de cerdo |
La carne debe ser de color rosa perlado y de textura fina, de aspecto jugoso, pero no mojado o grasiento. La grasa debe ser de color blanco y firme, no amarillento. Si el corte de carne posee piel fina o grasa externa, debe tener aspecto fresco y húmedo. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
18 |
50112003-001 |
Carne de soja |
Concentrado de proteína que se obtiene a partir de la soja o soya, deshidratado. Deberá estar envasado, sellado, sin signos de avería, con la Información Nutricional e ingredientes bien detallados y con la fecha de elaboración y vencimiento impreso por el envase. |
Kilogramo |
Paquete de 500 gramos |
19 |
50112001-018 |
Carne molida de primera |
Molida de primera, fresca, si es posible ninguna grasa visible, siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajoso, con olor desagradable, coloración verduzca o negruzca. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
20 |
50112001-028 |
Carne vacuna enlatada |
Elaborado de carne vacuna, con sal, azúcar y conservante (nitrito de sodio), especias y condimentos, la provisión se hará por latas de 340 gramos. Con fecha de vencimiento de un año posterior a la fecha de entrega, la marca del bien y tabla de información nutricional impreso por cada envase. |
Unidad |
Lata de 340 gramos |
21 |
50101538-018 |
Cebolla |
Deberán ser sanas, limpias, en buen estado de maduración, de tamaño mediano, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición, deberán estar exentas de brotes. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
22 |
50101538-019 |
Cebollita de hoja |
Deberán ser frescas, enteras, sanas y limpias, de color verde oscuro, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición ni hojas secas, sin insectos y libre de material extraño al producto. |
Unidad |
Unidad |
23 |
50221001-004 |
Choclo |
Granos enteros de color amarillo brillante, enlatados, sin sustancias extrañas contaminantes e insectos. Deberá estar envasado, sellado, sin abolladuras ni signos de avería que comprometa la inocuidad y valor nutricional del producto. Deberá contar con la fecha de elaboración y vencimiento legible impreso en el envase. |
Unidad |
Lata de 300 gramos |
24 |
50161511-011 |
Chocolatada |
En polvo, obtenido a partir de la pulverización del cacao, enriquecida, con agregados de azucares y leche o productos lácteos, soluble, en buen estado de conservación, adecuado para el consumo humano. Deberá estar envasado, sellado, sin signos de averías, con la Información Nutricional e ingredientes bien detallados y la fecha de elaboración y vencimiento legibles impresos en el envase. |
Kilogramo |
Paquete de 400 gramos |
25 |
50171550-005 |
Comino |
Los productos deberán ser inocuos y adecuados para el consumo humano; y presentarse en forma de polvo molido. Deben ser genuinos, sanos y estar exentas de sustancias extrañas y de partes de la planta de origen que no posean cualidades de condimentos (tallos, pecíolos, etc.) |
Unidad |
Paquete de 100 gramos |
26 |
50181903-003 |
Coquito-palito- rosquita |
Elaborados con harina de trigo enriquecida. Unidades de tamaño adecuado mediano de corteza de color uniforme, sin mezclas ni restos de sustancias extrañas, con un periodo de elaboración no mayor a 2 (dos) días anterior a la fecha de entrega. No envasado en caliente. Debe ser de olor y color agradable. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
27 |
50131702-002 |
Crema de leche |
Crema artificial, Deberá estar envasado, sellado y con la fecha de elaboración y vencimiento legible impreso por el envase. |
Unidad |
Tetrapak de 200 gramos |
28 |
50192901-005 |
Disco para empanada |
Pasta fresca elaborada con harina de trigo enriquecida, fraccionadas en forma circular de tamaño grande. Para freír y para horno. Deberán expenderse en envases cerrados en cuyo rótulo se consignarán con caracteres bien visibles la denominación del producto y fecha de elaboración y vencimiento (día, mes y año). |
Unidad |
Paquete de 12 Unidades |
29 |
50161511-003 |
Dulce de leche |
Envasado, sin sabor ni olor desagradable, libre de sustancias extraños y mohos. Con la marca del bien, la descripción de ingredientes e información nutricional impresa en el contenido. |
Unidad |
Pote de 450 gramos |
30 |
50161509-004 |
Edulcorante liquido |
Aditivo alimentario. Edulcorante de mesa en envase de plástico con mezcla segura aprobada para el consumo humano. Apto para cocción. Debe ser o contener en sus ingredientes Ka’a he’e. Los mismos deberán de contar los registros de R.E. y R.S.P.A. |
Unidad |
Frasco de 600 mililitros |
31 |
50171550-003 |
Esencia Aromatizante de Vainilla / Aromatizante Artificial Sabor Vainilla. |
Esencia Aromatizante de Vainilla / Aromatizante Artificial Sabor Vainilla, Frasco de 120 ml. Frasco de PET o vidrio de grado alimentario, con tapa de seguridad (precinto de garantía) que garantice la hermeticidad y evite derrames. Envase en perfecto estado, limpio y sin daños. Etiqueta completa en español, que incluya denominación del producto, lista de ingredientes, volumen neto, identificación del origen, nombre o razón social y dirección del fabricante/envasador/distribuidor, número de lote y fecha de vencimiento. Mínimo 6 meses de vida útil remanente a partir de la fecha de recepción en el sitio de entrega. Producto con Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) o Notificación Sanitaria de Alimentos (NSA) vigente emitido por INAN. |
Unidad |
Frasco de 120 mililitros |
32 |
50171550-008 |
Extracto de tomate |
Concentrado de pulpa de tomate. Presentará caracteres organolépticos normales, sin alteraciones producidas por agentes físicos, químicos o biológicos; libres de cuerpos o substancias extrañas. Deberá estar envasado, sellado y con la fecha de elaboración y vencimiento legible impreso por el envase. |
Unidad |
Envase tetra pack de 140 gramos |
33 |
50192902-001 |
Fideos surtidos |
Deben ser elaborados con harina de trigo enriquecida tipo 000, o elaborado con harina mezcla permitido. El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, sin presencia de sustancias extrañas contaminantes y libres de insectos o gorgojos. Deberá estar envasado, sellado y con la fecha de elaboración y vencimiento impreso por el envase. |
Unidad |
Paquete de 400 gramos |
34 |
50181903-001 |
Galleta |
Elaborados con harina 000, de tamaño adecuado mediano a grande, de consistencia blanda por dentro y cobertura firme, sin mezclas de sustancias extrañas, sin signos de enmohecimiento, sin presentar abolladuras, no envasado en caliente y con un periodo de elaboración de 1(uno) día de la fecha de entrega. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
35 |
50181904-001 |
Galleta molida |
Producto resultante de la trituración industrial de pan de trigo. El pan rallado se elaborará únicamente en las fábricas de pan y se expenderá exclusivamente en envase original, con la rotulación correspondiente. Exentas de materias extrañas. Deberá estar envasado, sellado y con la fecha de elaboración y vencimiento impreso por el envase. Sin síntomas de alteración en el producto y envase que lo contiene. |
Unidad |
Paquete de 800 gramos |
36 |
50181909-002 |
Galletita Dulce |
Galletitas Dulces fortificadas, aquellos preparados alimenticios elaborados fundamentalmente por una mezcla de harina grasas comestibles, azúcar y agua y otros ingredientes permitidos por este PBC, tales como aditivos aromas, esencias, etc; y fortificados en el proceso de elaboración con hierro y vitamina B12, que es sometido a proceso caracterizado por su bajo contenido en agua y su textura crocante. El producto debe ser inocuo y adecuado para el consumo humano, debe ser procesado, envasado, almacenado y transportado en condiciones que no produzcan desarrollen o no agreguen sustancias, físicas, químicas o biológicas que pongan en riesgo la salud del consumidor. |
Unidad |
Paquete de 300 gramos |
37 |
50181909-003 |
Galletita salada craker |
Galletita salada craker Grasas/lípidos, proteínas, fibras alimentarias livianas y crocantes de gluten bajas en calorías. |
Unidad |
Paquete de 100 gramos |
38 |
50112001-023 |
Hamburguesa de carne vacuna |
Elaboradas con carne vacuna molida de primera calidad, libre de sustancias extrañas. Deberán estar congeladas, correctamente envasadas, sin presentar alteraciones de ningún tipo. Deberá estar envasado y con la fecha de elaboración y vencimiento impreso en el envase. |
Unidad |
Caja de 6 unidades |
39 |
50221102-003 |
Harina de maíz |
Deberá ser harina de maíz pre-cocida, elaborada a partir de la molienda de granos enteros de maíz, maduros, en buen estado, sin germinar y exentos de impurezas, mohos, semillas de malas hierbas y otros cereales, con características organolépticas de color, sabor y olor propios del producto fresco en buen estado. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
40 |
50221102-004 |
Harina de trigo |
Tipo 000, en paquete de 1 kilogramo. Libre de sustancias extrañas. Color y olor característicos. Registro de Establecimiento y Registro Sanitario de Productos Alimenticios al día. Información nutricional, lote, fecha de envasado y vencimiento impresos en el paquete. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
41 |
50221102-007 |
Harina de trigo leudante |
Harina de trigo leudante, paquete de 1 kg, fortificada según ley N° 2068/2003 (Ley de Enriquecimiento de la Harina de Trigo en Paraguay), con agentes leudantes incorporados. Envasado en bolsa de papel, de grado alimentario, hermética, resistente al manipuleo, al transporte y al almacenamiento, que proteja el producto de la humedad y la contaminación. Producto con Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) o Notificación Sanitaria de Alimentos (NSA) vigente emitido por INAN. Etiqueta completa en español, que incluya denominación del producto, lista de ingredientes, peso neto, identificación del origen, nombre o razón social y dirección del fabricante/envasador/distribuidor, número de lote. Mínimo 3 meses de vida útil remanente a partir de la fecha de recepción en el sitio de entrega. |
kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
42 |
50404102-001 |
Hojas de Laurel |
Deberán contener hojas sanas, enteras, deshidratadas, limpias, crujiente, de color verde homogéneo; sin hojas amarillas. Libres de lesiones, manchas, insectos o cualquier sustancia extraña. |
Unidad |
Paquete de 15 gramos |
43 |
50131606-002 |
Huevo |
De gallina, de tamaño adecuado mediano a grande, deberán ser enteros, sanos, limpios, sin alteraciones de ningún tipo, en perfecto estado de conservación, con cáscara seca, con forma normal, presentadas en cajas que aseguren el transporte. No presentarán alteraciones producidas por agentes físicos, químicos ni biológicos. |
Unidad |
Plancha de 30 unidades |
44 |
50112001-010 |
Jamón |
Deberá ser fresca, presentada en fetas, de consistencia semisólida elástica, de textura compacta, sin estar ni contener fragmentos en estado de descomposición, envasado correctamente, con recubrimientos adheridos que garanticen la inocuidad del producto. Con características organolépticas adecuadas. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
45 |
50202306-001 |
Jugo Elaborado en Polvo |
Jugo de frutas distintos sabores en sobre de 25 gramos como mínimo, que contengan carbohidratos, azucares, sodio y vitamina C. En caja de 24 unidades. Cotizar por sobres. |
Unidad |
Sobre de 25 gramos |
46 |
50131702-003 |
Leche en polvo |
Leche entera y descremada en polvo, sin grumos, de color blanco amarillento, fortificada con vitaminas y minerales. Correcta y herméticamente empaquetadas sin presencia de averías ni abolladuras en la envoltura que comprometa su valor nutricional e inocuidad. Libre de substancias extrañas (plagas, insectos o restos biológicos de los mismos). Deberá estar envasado, sellado y con la fecha de elaboración y vencimiento impreso por el envase. Los mismos deberán de contar los registros de R.E. y R.S.P.A. |
Unidad |
Paquete de 800 gramos |
47 |
50131702-011 |
Leche entera liquida |
Fortificada con vitaminas y minerales. Los envases deben ser Tetra Pack, contener la información nutricional correspondiente, la habilitación del INAM, R.S.P.A., fecha de Vencimiento, lote Nº, etc. Visible y legible. Los envases deben estar limpios y en perfecto estado sin averías ni abolladuras. |
Unidad |
Envase tetra pack de 1 litro |
48 |
50101538-008 |
Lechuga |
Deberán contener hojas sanas, frescas, limpias, crujiente en tallos, de adecuada madurez, sin hojas amarillas, deshidratadas o secas. Libres de lesiones, manchas, insectos o cualquier sustancia extraña. |
Unidad |
Unidad |
49 |
50221001-005 |
Lenteja |
Deberán ser granos enteros, secos, en perfecto estado de conservación. El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano y debe responder a sus características organolépticas normales, estar exento de sustancias extrañas, parásitos, insectos o partes biológicas de los mismos. Deberá estar envasado, sellado, sin signos de avería y con la fecha de elaboración y vencimiento legible impreso por el envase. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
50 |
50101634-004 |
Limón |
De madurez adecuada, deberán ser sanas, de color verde brillante, limpias, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición, libre de sustancias extrañas y agentes contaminantes y que puedan mantenerse en buenas condiciones para su posterior consumo durante un periodo mínimo de 15 días. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
51 |
50101538-9992 |
Locote verde |
Deberán ser de tamaño mediano a grande, de color verde brillante, de adecuada madurez, no deberán estar ni contener fragmentos en estado de descomposición, deberán ser enteros, sanos, limpios, en perfecto estado de conservación, con piel firme, seca, bien formadas y desarrolladas. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
52 |
50221101-004 |
Locro |
Trozos pelados y fragmentados provenientes de granos limpios, sanos y bien conservados. El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano y debe responder a sus características organolépticas normales, estar exento de parásitos, insectos o partes biológicas de los mismos, libre de sustancias extrañas al maíz. Deberá estar envasado, sellado y con la fecha de elaboración y vencimiento legible impreso por el envase. |
Unidad |
Paquete de 400 gramos |
53 |
50101538-005 |
Mandioca |
Deberán ser sanas, limpias, razonablemente libres de tierra adherida, en buen estado de maduración, bien formadas y desarrolladas con un tamaño adecuado, no muy chico, en perfecto estado de conservación, no deberán estar ni contener fragmentos en estado de descomposición. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
54 |
50192110-002 |
Maní |
Granos enteros, tostados, descascarados. Deberá estar envasado, sellado, sin signos de averías y con la fecha de elaboración y vencimiento legibles impresos en el envase. |
Kilogramo |
Paquete de 300 gramos |
55 |
50101634-006 |
Manzana |
Deberán ser sanas, limpias, de color rojo brillante por fuera, en buen estado de maduración, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición, libre de materias extrañas ni contaminantes (plagas, insectos o restos biológicos de los mismos), y que puedan mantenerse en buenas condiciones de maduración durante un mínimo de 15 días. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
56 |
50201711-005 |
Manzanilla |
Manzanilla natural en Flor bien conservada en paquetes. Características: color y olor característico, libres de impurezas, molido fino homogéneo. |
Unidad |
Paquete de 50 gramos |
57 |
50201711-005 |
Manzanilla |
Manzanilla natural en TÉ, bien conservados en paquetes Características: color y olor característico, libres de impurezas, molido fino homogéneo. |
Unidad |
Caja de 25 unidades |
58 |
50131702-016 |
Margarina Vegetal |
Amarillo Suave y uniforme cremoso semisólido. Deberá ser apta para cocción, 100% de origen vegetal. El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano. Con características organolépticas, sabor y olor, agradables característicos del producto fresco. |
Unidad |
Pote de 500 gramos |
59 |
50201712-001 |
Mate Cocido Soluble |
Mate cocido soluble instantáneo. Extracto soluble de Yerba Mate mezclado con azúcar y leche entera en polvo. |
Unidad |
Paquete de 200 gramos |
60 |
50171832-001 |
Mayonesa |
Envasado en recipientes de sachet que garanticen la máxima conservación de sus propiedades nutritivas. El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, de consistencia semisólida pastosa; textura lisa, de color amarillo homogéneo, libre de sustancias extrañas contaminantes. Deberá estar envasado, sellado, con la Información Nutricional e ingredientes bien detallados y con la fecha de elaboración y vencimiento impreso por el envase. |
Unidad |
Sachet de 237 gramos |
61 |
50192401-003 |
Mermelada de guayaba |
Envasado, sin sabor ni olor desagradable, libre de sustancias extrañas y mohos. Con la marca del bien, la descripción de ingredientes e información nutricional impresa en el contenido. |
Unidad |
Pote de 500 gramos |
62 |
50111510-001 |
Muslo de pollo |
Muslo de pollo fresco con hueso, sin contaminantes ni partes en descomposición, envasado y refrigerado adecuadamente en su envoltura original y que en la misma aparezca impresa la marca. Siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajoso, con olor desagradable, o coloración verduzca. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
63 |
50101634-008 |
Naranja |
Deberán ser sanas, de color naranja brillante, libre de golpes, limpias, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición, sin contaminantes (plagas, insectos o restos biológicos de los mismos). Deberán poder mantenerse en buenas condiciones para su posterior consumo durante un mínimo de 15 días. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
64 |
50192901-001 |
Ñoquis |
Pasta fresca elaborada con harina de trigo enriquecida, fraccionadas en forma circular de tamaño mediano. Deberán expenderse en envases cerrados, original, en cuyo rótulo se consignarán con caracteres bien visibles la denominación del producto y fecha de elaboración y vencimiento (día, mes y año). |
Unidad |
Paquete de 500 gramos |
65 |
50171550-009 |
Orégano |
Los productos deberán ser inocuos y adecuados para el consumo humano; y presentarse en forma de fragmentos de hojas deshidratadas. Deben ser genuinos, sanos y estar exentas de sustancias extrañas y de partes de la planta de origen que no posean cualidades de condimentos (tallos, pecíolos, etc.) |
Unidad |
Paquete de 25 gramos |
66 |
50181901-002 |
Pan para hamburguesa |
Pan para hamburguesa, Paquete de 6 unidades. Pan redondo, de corteza blanda, miga suave y uniforme, sin grumos ni irregularidades, 9 cm diámetro como mínimo. Envasado en empaque de polietileno de baja densidad o material apto para alimentos, termosellado y hermético, que garantice la protección del producto hasta su consumo y con al menos 3 días de vida útil remanente a partir de la fecha de recepción en el sitio de entrega. Rótulo con fecha de elaboración y vencimiento visible, legible e indeleble. Producto con Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) o Notificación Sanitaria de Alimentos (NSA) vigente emitido por INAN. El establecimiento elaborador debe contar con Habilitación Sanitaria vigente de INAN. |
Unidad |
Paquete de 6 unidades |
67 |
50181901-002 |
Pan para pancho |
Pan para pancho tipo vienés o similar, de corteza blanda, miga suave y uniforme, sin grumos ni irregularidades, 150 a 180 g/paquete. Paquete de 12 unidades. Envasado en empaque de polietileno de baja densidad o material apto para alimentos, termosellado y hermético, que garantice la protección del producto hasta su consumo y con al menos 3 días de vida útil remanente a partir de la fecha de recepción en el sitio de entrega. Rótulo con fecha de elaboración y vencimiento visible, legible e indeleble. Producto con Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) o Notificación Sanitaria de Alimentos (NSA) vigente emitido por INAN. El establecimiento elaborador debe contar con Habilitación Sanitaria vigente de INAN. |
Unidad |
Paquete de 12 unidades |
68 |
50112001-021 |
Pancho |
Debe ser fresco y sin contaminantes ni partes en descomposición, envasado y refrigerado adecuadamente en su envoltura original y que en la misma aparezca impresa la marca. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
69 |
50101538-9994 |
Papa |
Deberán ser sanas, limpias, razonablemente libres de tierra adherida, bien formadas y desarrolladas con un tamaño adecuado mediano a grande, en perfecto estado de conservación, sin brotes, no deberán estar ni contener fragmentos en estado de descomposición ni contaminación de sustancias extrañas. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
70 |
50111510-003 |
Pechuga de pollo |
Pechuga de pollo fresco con hueso, sin contaminantes ni partes en descomposición, envasado y refrigerado adecuadamente en su envoltura original y que en la misma aparezca impresa la marca. Siempre garantizando la cadena de frio a temperatura adecuada y libre de insectos, polvo o sustancias extrañas, no deben estar en mal estado con aspecto pegajoso, con olor desagradable, o coloración verduzca. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
71 |
50171550-010 |
Pimienta |
Características: Polvo color y olor característico, libres de impurezas, molido fino homogéneo. Rotulado: En el cuerpo del envase, 100 % especie según corresponde, fecha de vencimiento año y mes, contenido peso neto. Envase: Limpio, sano, inviolable, herméticamente cerrado. |
Kilogramo |
Paquete de 15 gramos |
72 |
50181709-003 |
Polvo para hornear |
Polvo para hornear. Sobre o frasco con peso neto de 100 g. Polvo blanco leudante, blanco fino, homogéneo, sin grumos. Producto con Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) o Notificación Sanitaria de Alimentos (NSA) vigente emitido por INAN. Mínimo 6 meses de vida útil remanente a partir de la fecha de recepción en el sitio de entrega. Sobre laminado hermético (que proteja de la humedad) o frasco de plástico/vidrio con tapa hermética. Envase de grado alimentario, íntegro, sin perforaciones ni rasgaduras. Etiqueta completa en español, que incluya denominación del producto, lista de ingredientes, peso neto, identificación del origen, nombre o razón social y dirección del fabricante/envasador/distribuidor, número de lote y fecha de vencimiento. |
kilogramo |
Envase de 100 gramos |
73 |
50221101-002 |
Pororó |
Granos de maíz, entero tipo pororó, libre de impurezas ni sustancias extrañas contaminantes (parásitos, plagas, insectos ni restos biológicos de los mismos). Deberá estar envasado, sellado, sin signos de avería en la misma y con la marca y fecha de vencimiento legible impreso por el envase. |
Kilogramo |
Paquete de 800 gramos |
74 |
50221101-006 |
Poroto rojo |
De tipo San Francisco. Deberán ser granos enteros, libres de impurezas y sustancias extrañas (parásitos, plagas, insectos ni restos biológicos de los mismos), en perfecto estado de conservación y no hallarse alterados, averiados o fermentados. Presentados en envase limpio, sano, que mantenga su estado inocuo, seco sin rastros de alteraciones de ningún tipo físicos o atmosféricos. |
Unidad |
Paquete de 500 gramos |
75 |
50221201-002 |
Preparado de cereal/cereales |
Hojuelas de maíz escarchadas, Deberán expenderse en envases cerrados en cuyo rótulo se consignarán con caracteres bien visibles la denominación del producto y fecha de elaboración y vencimiento (día, mes y año). |
kilogramo |
Caja de 510 gramos |
76 |
50181901-006 |
Pre-pizza |
Pre-cocida. El producto deberá ser elaborado a partir de harina de trigo de calidad, con mezclas de ingredientes seleccionados, bien especificados en el envase. Deberán expenderse en envases cerrados en cuyo rótulo se consignarán con caracteres bien visibles la denominación del producto y fecha de elaboración y vencimiento (día, mes y año). |
Unidad |
Paquete de 260 gramos |
77 |
50112001-009 |
Puchero de Primera |
Corte de carne vacuna con cantidad adecuada de partes blandas y hueso, correspondiente a la calidad especificada; ser limpia, fresca, envasada en bolsas que cuente con los requerimientos sanitarios vigentes. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
78 |
50131802-007 |
Queso para sándwich |
Deberá ser fresco, presentadas en fetas, de consistencia semisólida elástica, de textura compacta lisa, no granulosa. Color blanco amarillento homogéneo. Ligeramente salado, y contenido graso moderado, sin estar ni contener fragmentos en descomposición, envasado adecuadamente. Con fecha de elaboración y vencimiento legible en el envoltorio que lo contiene. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
79 |
50131801-001 |
Queso Paraguay |
Deberá ser fresco, de humedad adecuada, de color blanco amarillento homogéneo. El producto no debe tener agregado de grasa y/o proteínas de origen no lácteo (ejemplo soja), procesado, envasado, almacenado y transportado en condiciones que no produzcan, desarrollen o agreguen sustancias físicas, químicas o biológicas que pongan en riesgo la inocuidad y el valor nutricional del producto. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
80 |
50101538-021 |
Remolacha |
Deberán ser frescas, sanas, limpias, de color rojo brillante, libre de golpes ni magulladuras, de adecuada madurez, enteras, redondas, tamaño mediano, en buen estado de conservación, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición ni contener sustancias extrañas contaminantes. |
Unidad |
Paquete de 1 kilogramo |
81 |
50101538-022 |
Repollo |
Fresco, de adecuada madurez, de tamaño mediano a grande, sin sustancias contaminantes, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
82 |
50171551-001 |
Sal fina |
Con la denominación de Sal yodada fina, cristales finos blancos, secos, sin signos de humedad; solubles en el agua y de sabor salino franco, exento de sustancias contaminantes (plagas, insectos o restos biológicos de los mismos). Deberá estar envasado, sellado, sin averías y con la fecha de vencimiento legible impreso por el envase. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
83 |
50171831-001 |
Salsa de soja |
Deberá estar envasado en recipientes que garanticen la máxima conservación de sus propiedades nutritivas. El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, de consistencia líquida; textura lisa sin grumos, de color oscuro y olor característico. Vencimiento: de manera clara y visible, día, mes y año. Envase: limpio, sano, inviolable, herméticamente cerrado, sin signos de avería. |
Unidad |
Frasco de 250 mililitros |
84 |
50121538-002 |
Sardina |
Producto en conserva, envasado en medio líquido de cobertura, en recipientes herméticamente cerrados. Las sardinas de cada envase deben ser de tamaño uniforme y no deben estar fragmentadas. Libre de sustancias extrañas contaminantes. Deberá estar envasado, sellado, con la Información Nutricional e ingredientes bien detallados y con la fecha de elaboración y vencimiento impreso por el envase. |
Unidad |
Lata de 125 gramos |
85 |
50181901-999 |
Tapa para Pascualina |
Pasta fresca elaborada con harina de trigo enriquecida, fraccionadas en forma circular de tamaño grande. Deberán expenderse en envases cerrados en cuyo rótulo se consignarán con caracteres bien visibles la denominación del producto y fecha de elaboración y vencimiento (día, mes y año). |
Unidad |
Paquete de 480 gramos |
86 |
50101538-023 |
Tomate |
Deberán ser sanos, limpios, de color rojo brillante, libre de golpes, de adecuada madurez, tipo perita, tamaño mediano, en buen estado de conservación, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición ni contaminación de sustancias extrañas. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
87 |
50171707-001 |
Vinagre de Manzana |
Deberá estar envasado en recipientes que garanticen la máxima conservación de sus propiedades nutritivas. El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, de consistencia líquida; textura lisa sin grumos, de color claro transparente y olor característico. Vencimiento: de manera clara y visible, día, mes y año. Envase: limpio, sano, inviolable, herméticamente cerrado. |
Unidad |
Frasco de 750 mililitros |
88 |
50171549-001 |
Yerba mate |
Formado exclusivamente por las hojas o mezclas con fragmentos de ramas jóvenes de la yerba mate. La yerba mate elaborada no debe contener productos extraños o estar ardida, alterada, agotada o coloreada artificialmente. Sin saborizantes ni agregados de menta boldo u otras hierbas ajenas a la yerba mate, con características organolépticas de color, sabor y olor propios del producto. Deberá estar envasado, sellado, sin signos de avería y con la marca y fecha de vencimiento impreso por el envase. |
Unidad |
Paquete de 1 kilogramo |
89 |
50131702-013 |
Yogurt |
Líquido cremoso natural al que se han añadido agentes aromáticos autorizados, con agregado de prebióticos envasado herméticamente cerrado y con cantidad adecuada de aire en su interior, sin presencia de averías ni abolladuras en la misma que comprometan la inocuidad o valor nutricional del producto, elaborado con leche entera, en buen estado, con fecha de vencimiento vigente por un mínimo de 20 días del momento de la entrega. Los envases deben contener la información nutricional correspondiente, marca y la habilitación del INAN, R.S.P.A., fecha de Vencimiento y elaboración legible. |
Unidad |
Sachet de 450 gramos |
90 |
50101538-024 |
Zanahoria |
Deberán ser sanas, de adecuada madurez, limpias, libre de tierra adherida, de tamaño mediano a grande, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
91 |
50101538-025 |
Zapallo |
Deberán ser sanas, limpias, libre de tierra adherida, de tamaño grande, en buen estado de maduración, de color verde oscuro por fuera, no deberá estar ni contener fragmentos en estado de descomposición. |
Kilogramo |
Paquete de 1 kilogramo |
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Tres (3) días hábiles posteriores a la recepción por el proveedor de la Orden de Compra. Los mismos deberán ser entregados en los Albergues del Ministerio de la Mujer (Trata de Mujeres, Casa Mercedes Sandoval y Albergue de Curuguaty) según corresponda, de conformidad a las solicitudes realizadas mediante las Órdenes de Compra.
Los insumos solicitados deberán ser entregados en el Albergue de Curuguaty, en caso de no poder ser trasladado a dicha ciudad se deberá establecer un nexo con supermercado o comercio de la zona para el retiro de los mismos en tiempo y forma establecido.
Observación: Los productos no perecederos deberán tener como mínimo su fecha de vencimiento no menor a 12 (doce) meses, a partir de la entrega de los productos adjudicados.
El potencial oferente, en caso de ser adjudicado, deberá considerar lo siguiente: de conformidad a la Ley Nº 5777/16 "De protección Integral a las Mujeres contra toda forma de Violencia" para lo cual, el oferente deberá tomar todas las medidas apropiadas y precauciones necesarias, para la guarda de la confidencialidad de la información, considerando el carácter estrictamente reservado, y, por lo tanto, no podrá ser divulgada a terceros, ni usada para ningún propósito diferente.
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
El proveedor está obligado bajo los términos del contrato y las especificaciones técnicas al respecto a transportar los bienes al lugar de destino final dentro del Paraguay, incluyendo seguro y almacenamiento, tal como se estipulará en el contrato, y todos los gastos relacionados estarán incluidos en el precio del contrato.
El administrador de contrato, realizará en forma aleatoria las inspecciones necesarias, pudiendo para el efecto solicitar el apoyo a otras áreas técnicas de conformidad a la naturaleza de los alimentos proveídos. Los alimentos proveídos deben ser y corresponder exactamente a lo ofertado por el Proveedor adjudicado. Esta inspección y prueba para su aprobación deberá cumplirse con la Emisión del Acta Final de Recepción, copia de la cual será proveída al Proveedor.
La CONTRATANTE se encargará de la inspección y revisión de los ítems proveídos a través del Administrador de Contrato y se tendrá en cuenta los siguientes criterios:
Cumplir con lo establecido en los apartados Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS y Plan de entrega de los servicios, solicitados en la sección Suministros requeridos especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.