COMPUTO MÉTRICO
Item | Descripción | Unidad de Medida | Cantidad |
1 | MANTENIMIENTO DE CAMINO TERRAPLENADO | m3 | 11200 |
2 | PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE TUBOS | ml | 40 |
3 | PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE TUBOS | ml | 80 |
4 | PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE TUBOS | m3 | 16 |
5 | CARGA, CONFORMACIÓN Y PERFILADO | ml | 2500 |
6 | LIMPIEZA LATERALES | ml | 5000 |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Este trabajo consistirá en el retiro del material barroso donde existen cortes críticos en la ruta de los caminos vecinales, para luego rellenar con material no clasificado transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener material orgánico o barrosos u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos. a compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser, camiones volquetes, retro pala, traílla y niveladora.
Este ítem constituirá en la colocación de tubos de PEAD reforzado de 1 metro de diámetro en cruces de causes de agua como también en sectores donde el cruce de agua hizo corte en el camino, estos lugares serán definidos con el Fiscal de Obra.
Serán colocados los tubos PEAD reforzado cruzando el trazado del camino, llevaran una base compactada de suelo y en las cabeceras serán construidas tabiques de HoAo para su sujeción y rigidez. Por encima serán rellenadas con suelo del lugar y compactadas hasta alcanzar un nivel topográfico que permita la fácil circulación vehicular como así también dando resistencia y seguridad a los tubos colocados.
Este ítem constituirá en la colocación de tubos de PEAD reforzado de 0,50 metros de diámetro en cruces de causes de agua como también en sectores donde el cruce de agua hizo corte en el camino, estos lugares serán definidos con el Fiscal de Obra.
Serán colocados los tubos PEAD reforzado cruzando el trazado del camino, llevarán una base compactada de suelo y en las cabeceras serán construidas tabiques de HoAo para su sujeción y rigidez. Por encima serán rellenadas con suelo del lugar y compactadas hasta alcanzar un nivel topográfico que permita la fácil circulación vehicular como así también dando resistencia y seguridad a los tubos colocados.
Este ítem constituirá en la colocación de tubos de PEAD reforzado de 0,80 metros de diámetro en cruces de causes de agua como también en sectores donde el cruce de agua hizo corte en el camino, estos lugares serán definidos con el Fiscal de Obra.
Serán colocados los tubos PEAD reforzado cruzando el trazado de las calles dentro del casco urbano, llevarán una base compactada de suelo y en las cabeceras serán construidas tabiques de HoAo para su sujeción y rigidez. Por encima serán rellenadas con suelo del lugar y compactadas hasta alcanzar un nivel topográfico que permita la fácil circulación vehicular como así también dando resistencia y seguridad a los tubos colocados.
El abovedamiento se construirá en tramos de longitud tal que puedan iniciarse y terminarse en un día de trabajo.
Para iniciar el trabajo de abovedamiento deberá ser removido el suelo con materia orgánica o barrosa que sea necesario y que se encuentre dentro del área de las calles dentro del casco urbano de la ciudad. Para la formación del abovedamiento se empezará a marcar la zona de extracción del suelo, estaqueando su límite exterior e interior con estacas colocadas dentro y fuera del tramo en construcción.
Luego se conformará, compactará y alisará la calzada en su ancho total y se perfilarán las calles terraplenadas con pequeña pendiente desde el eje central con sentido a las cunetas laterales de las calles. La Fiscalización podrá exigir el uso de compactadores, si con las operaciones anteriores no se han eliminado los terrones de suelo de la calzada y para darle mayor consistencia al abovedamiento, indicados en los planos para asegurar un correcto y eficaz desagüe y evitar erosiones y desmoronamiento.
Una vez librada al tránsito cada sección de abovedamiento acusará las deficiencias y pondrá en evidencia los puntos débiles de la construcción. Dentro del plazo que fije la Fiscalización, se procederá a corregir los asentamientos y deformaciones producidas por defectos de construcción, debiendo procederse a la corrección y al alisado de la superficie.
Los materiales utilizados para la formación del abovedamiento estarán exentos de fango, desperdicios, raíces, césped u otros materiales orgánicos o de mala calidad.
Una vez terminada la construcción del abovedamiento, esta deberá conservarse en su perfil y dimensiones originales. La calzada se mantendrá perfectamente lisa mediante el pasaje de Motoniveladora y/o tractores con niveladoras y compactadores si fuere necesario.
Las cunetas se mantendrán con sus perfiles originales y libres de obstrucciones que impidan o dificulten el desagüe, el cual deberá estar asegurado en todo momento.
Después de las lluvias y en toda ocasión que la Fiscalización lo ordene, deberán tomarse medidas para mantener limpias las cunetas libres de material orgánico sedimentos y basuras que puedan obstruir o dificultar el escurrir del agua. Estas cunetas laterales tendrán una pendiente que acompañe al terreno natural y si de ser necesario marcar las cotas y los perfiles para el correcto escurrimiento de las aguas pluviales con dirección al rio Paraguay.
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 ACCESIBILIDAD Subcomité Accesibilidad al Medio Físico, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo Marco Legal/Documentos de Interés, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 Accesibilidad, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
No Aplica.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Lista de Planos o Diseños |
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Plano o Diseño N° |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
Los planos y planillas se |
Los planos y planillas se |
IDENTIFICAR TRABAJOS |
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Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
El Contratista deberá ejecutar las obras que le fueren adjudicadas en el siguiente plazo, iniciará la obra una vez recepcionada la ORDEN DE INICIO DE OBRA, la cual será expedida por LA FISCALIZACION DE OBRAS DE LA INSTITUCION MUNICIPAL; el programa o plazo de ejecución de los trabajos será de 60 (sesenta) días calendarios. Las obras contratadas son los siguientes: MANTENIMIENTO DE CAMINOS VECINALES Y PERFILADO DE CALLE EN LA CIUDAD DE BAHIA NEGRA, conforme el plano de obras, EE.TT. y la ubicación georeferenciado.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
No aplica
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Certificado 1 |
CERTIFICADO |
Agosto 2025 |
Certificado 2 |
CERTIFICADO |
Setiembre 2025 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.