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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
laocampos
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
06-08-2025 - 15:25
Fecha de Fin
07-08-2025 - 10:55
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Ampliar tope de consulta
Descripción
Atendiendo a las modificaciones realizadas, se solicIta verificar la pertinencia de ampliar el tope de consultas.
Comentario
Se recomienda la contratante verificar que se cumpla este requerimiento, como el plazo de difusión mínimo requerido legalmente, antes de realizar nuevamente la solicitud de verificación, a fin de evitar la retención del proceso.

Tema
PROPIAS DE CVE
Sección
Datos del SICP
Situación
Los datos cargados no corresponden.
Descripción
Se observa que los datos cargados en el SICP no corresponden. Se solicita revisar y actualizar los datos para garantizar la veracidad y confiabilidad de la información brindada.
Comentario
En atención a la revisión realizada, se observa que, si bien la Entidad Contratante ha procedido a modificar el dictamen técnico de precios referenciales, así como la actualización de los datos en el SICP conforme al informe de tasación emitido por el MOPC, el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) mantiene los montos anteriores, vinculados a la oferta del proveedor.// Conforme a la normativa vigente, no corresponde que existan diferencias entre el precio referencial consignado en el sistema y el valor respaldado por el CDP. En procesos de contratación, se considera una buena práctica técnica que el precio referencial esté respaldado por una tasación emitida por una entidad competente, lo cual contribuye a una mayor objetividad en la valoración y permite verificar su correspondencia con el presupuesto asignado. // En este caso particular, y considerando las características del proceso, se admite excepcionalmente que los datos de precios referenciales cargados en el SICP sean ajustados nuevamente conforme a la oferta del proveedor, a fin de garantizar la coherencia con el CDP y posibilitar la difusión del llamado. Esta solución se plantea de forma puntual y no implica la necesidad de realizar nuevas modificaciones sobre el dictamen ya emitido.// No obstante, se recomienda que en futuros procesos el dictamen técnico de precios referenciales contemple de manera clara y fundamentada el análisis de todas las fuentes disponibles (tasaciones oficiales, valores de mercado, ofertas válidas, entre otros), justificando el método adoptado para la determinación del valor referencial. La selección de un precio sin sustento técnico documentado no corresponde y podría comprometer la consistencia de la información contenida en el expediente, afectando la trazabilidad del proceso y generando posibles observaciones en etapas posteriores.// Asimismo, se sugiere revisar internamente la consistencia de la documentación previa a su carga en el sistema, a fin de optimizar el desarrollo del procedimiento.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.