Demostrar la experiencia en provisión de kits de alimentos para personas acompañados con sus correspondientes facturaciones de venta, contratos y/o recepciones finales, por un monto equivalente al 50 % en sumatoria, como mínimo del monto total ofertado en el presente procedimiento de contratación, de los últimos cuatro años (2021, 2022, 2023 y 2024). Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año. Consultamos cuál es la justificación técnica para imponer que la experiencia sea específicamente en provisión de Kits de alimentos, considerando que potenciales oferentes con años de experiencia en provisión de alimentos en general pueden cumplir sin inconveniente. Exigir que sea por “kits” específicamente es un criterio más restrictivo que no aporta valor adicional en la ejecución del contrato y por el contrario limita la participación. - Solicitamos modificar el pliego de manera a presentar certificaciones de cumplimiento en contratos de provisión de alimentos en general en lugar de contratos de kits de alimentos.
Demostrar la experiencia en provisión de kits de alimentos para personas acompañados con sus correspondientes facturaciones de venta, contratos y/o recepciones finales, por un monto equivalente al 50 % en sumatoria, como mínimo del monto total ofertado en el presente procedimiento de contratación, de los últimos cuatro años (2021, 2022, 2023 y 2024). Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año. Consultamos cuál es la justificación técnica para imponer que la experiencia sea específicamente en provisión de Kits de alimentos, considerando que potenciales oferentes con años de experiencia en provisión de alimentos en general pueden cumplir sin inconveniente. Exigir que sea por “kits” específicamente es un criterio más restrictivo que no aporta valor adicional en la ejecución del contrato y por el contrario limita la participación. - Solicitamos modificar el pliego de manera a presentar certificaciones de cumplimiento en contratos de provisión de alimentos en general en lugar de contratos de kits de alimentos.
Es importante mencionar que esta convocante debe velar por los intereses institucionales y el cumplimiento misional para el cual fue creado, por ende, se establecen criterios necesarios para llevar adelante una apropiada evaluación de ofertas y así obtener proveedores que puedan cumplir a cabalidad con la ejecución contractual. Los criterios establecidos son razonables y de cumplimiento posible por varias empresas que se dedican al rubro objeto de la presente contratación. Es importante mencionar que para la difusión del presente proceso de contratación se realizaron las debidas justificaciones de los criterios establecidos en el presente proceso de contratación al Ente Rector.
En el presente proceso se establece la forma de adjudicación más acorde para la satisfacción de las necesidades del grupo vulnerable que va ser beneficiado. Por ende, sería un despropósito administrativo e implicaría una complicación innecesaria, establecer una metodología distinta de adjudicación, debido a que esta institución carece de capacidad para adquirir los bienes en forma individual y posteriormente realizar la formación de los kits. Es por ello que el objeto de la contratación es la adquisición de kits de alimentos. Así también la formación, manejo, deposito de lo kits requiere de mucha logística y experiencia por lo que es necesario y razonable solicitar a los potenciales oferentes contar con experiencia.
También es importante mencionar que existen figuras legales como la del Consorcio, donde dos o mas empresas pueden sumar experiencias y capacidades para llevar adelante una debida ejecución contractual.
Por lo expuesto se mantienen los criterios establecidos.
12
CAPACIDAD TÉCNICA
El oferente deberá contar con Licencia Ambiental vigente de los depósitos al momento de la presentación de la oferta, expedida por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Solicitamos a la Convocante modificar en contar con Licencia Ambiental y/o ISO 14001. En vista a que ambos cumplen con la normativa vigentes en materia ambiental, y no afectaría a la concurrencia de esta manera.
El oferente deberá contar con Licencia Ambiental vigente de los depósitos al momento de la presentación de la oferta, expedida por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. Solicitamos a la Convocante modificar en contar con Licencia Ambiental y/o ISO 14001. En vista a que ambos cumplen con la normativa vigentes en materia ambiental, y no afectaría a la concurrencia de esta manera.
Es importante mencionar que esta convocante debe velar por los intereses institucionales y el cumplimiento misional para el cual fue creado, por ende, se establecen criterios necesarios para llevar adelante una apropiada evaluación de ofertas y así obtener proveedores que puedan cumplir a cabalidad con la ejecución contractual. Los criterios establecidos son razonables y de cumplimiento posible por varias empresas que se dedican al rubro objeto de la presente contratación.
En base a lo solicitado el cumplimiento de un requisito no sustituye al otro considerando que el ente rector nacional para cuestiones ambientales es el MADES por lo que no es viable sustituir las licencias que determinan y demuestran cumplimientos de obligaciones legales ambientales por certificaciones con estándares internacionales.
Por lo expuesto se mantienen los criterios establecidos.
13
CAPACIDAD TÉCNICA
Se solicita que la convocante modifique el requisito establecido en el Pliego relativo al espacio de almacenamiento que debe demostrar tener el oferente, pasando de 2 depósitos de al menos 1.000 m² cada uno a “un depósito de al menos 200 m²”. Ello, en atención al plan de entregas escalonado previsto, que no demanda almacenamiento masivo simultáneo, permitiendo operar eficientemente con infraestructura de menor dimensión sin afectar la trazabilidad ni la conservación de los productos.
Se solicita que la convocante modifique el requisito establecido en el Pliego relativo al espacio de almacenamiento que debe demostrar tener el oferente, pasando de 2 depósitos de al menos 1.000 m² cada uno a “un depósito de al menos 200 m²”. Ello, en atención al plan de entregas escalonado previsto, que no demanda almacenamiento masivo simultáneo, permitiendo operar eficientemente con infraestructura de menor dimensión sin afectar la trazabilidad ni la conservación de los productos.
El oferente deberá contar con medios de transportes habilitados para la distribución de los bienes. Deberá acreditar que cuenta con al menos 6 (seis) vehículos con capacidad de como mínimo 5.000kg. Dichos vehículos podrán ser propios o alquilados, debiendo acompañar las siguientes documentaciones: Cédula Verde. Contrato de Alquiler, en caso de corresponder.
Habilitación Municipal vigente. Habilitación de la DINATRAN vigente. Habilitación de la SENAVE vigente. Habilitación de la SENACSA vigente. Servicio de rastreo satelital.
Consultamos a la Convocante, ¿cuál es la justificación técnica para solicitar que los vehículos cuenten con Servicio de rastreo satelital? En llamados de mayor envergadura, las mismas no son requeridas, y por ende al contar con parámetros para el cumplimiento ya resulta innecesario. -Se solicita suprimir este requerimiento, a fin de no obstaculizar la participación de potenciales oferentes.
El oferente deberá contar con medios de transportes habilitados para la distribución de los bienes. Deberá acreditar que cuenta con al menos 6 (seis) vehículos con capacidad de como mínimo 5.000kg. Dichos vehículos podrán ser propios o alquilados, debiendo acompañar las siguientes documentaciones: Cédula Verde. Contrato de Alquiler, en caso de corresponder.
Habilitación Municipal vigente. Habilitación de la DINATRAN vigente. Habilitación de la SENAVE vigente. Habilitación de la SENACSA vigente. Servicio de rastreo satelital.
Consultamos a la Convocante, ¿cuál es la justificación técnica para solicitar que los vehículos cuenten con Servicio de rastreo satelital? En llamados de mayor envergadura, las mismas no son requeridas, y por ende al contar con parámetros para el cumplimiento ya resulta innecesario. -Se solicita suprimir este requerimiento, a fin de no obstaculizar la participación de potenciales oferentes.
Es importante mencionar que esta convocante debe velar por los intereses institucionales y el cumplimiento misional para el cual fue creado, por ende, se establecen criterios necesarios para llevar adelante una apropiada evaluación de ofertas y así obtener proveedores que puedan cumplir a cabalidad con la ejecución contractual. Los criterios establecidos son razonables y de cumplimiento posible por varias empresas que se dedican al rubro objeto de la presente contratación. Es importante mencionar que para la difusión del presente proceso de contratación se realizaron las debidas justificaciones de los criterios establecidos en el presente proceso de contratación al Ente Rector. Por lo expuesto se mantienen los criterios establecidos.
Manifestamos que eliminar criterios necesarios para que aquellas empresas que no se encuentren en condiciones, puedan cumplir, con la excusa de criterios limitantes (Principio de Razonabilidad de la Administración) en realidad eso representa violación al Principio de Igualdad y Libre Competencia, al dotar ventajas a las empresas para que un requisito necesario que le puede reportar onerosidad, sea excluido, cuando otras empresas con experiencia en el rubro deben cargar con dicha obligación.
Recalcamos que la convocante es quien mas conoce sus necesidades y la manera adecuada de satisfacerlas por lo que se establecen criterios específicos y de cumplimiento posible para potenciales oferentes.
Por lo expuesto se mantienen los criterios establecidos.
15
Rastreo satelital
Nos complace consultar si del porque la justificación técnica para solicitar que los vehículos cuenten con Servicio de rastreo satelital? En llamados de mayor envergadura, las mismas no son requeridas, y por ende al contar con parámetros para el cumplimiento ya resulta innecesario. Se solicita suprimir este requerimiento, a fin de no obstaculizar la participación de potenciales oferentes. El oferente deberá contar con medios de transportes habilitados para la distribución de los bienes. Deberá acreditar que cuenta con al menos 6 (seis) vehículos con capacidad de como mínimo 5.000kg. Dichos vehículos podrán ser propios o alquilados, debiendo acompañar las siguientes documentaciones: Cédula Verde. Contrato de Alquiler, en caso de corresponder. Habilitación Municipal vigente. Habilitación de la DINATRAN vigente. Habilitación de la SENAVE vigente. Habilitación de la SENACSA vigente. Servicio de rastreo satelital.
Nos complace consultar si del porque la justificación técnica para solicitar que los vehículos cuenten con Servicio de rastreo satelital? En llamados de mayor envergadura, las mismas no son requeridas, y por ende al contar con parámetros para el cumplimiento ya resulta innecesario. Se solicita suprimir este requerimiento, a fin de no obstaculizar la participación de potenciales oferentes. El oferente deberá contar con medios de transportes habilitados para la distribución de los bienes. Deberá acreditar que cuenta con al menos 6 (seis) vehículos con capacidad de como mínimo 5.000kg. Dichos vehículos podrán ser propios o alquilados, debiendo acompañar las siguientes documentaciones: Cédula Verde. Contrato de Alquiler, en caso de corresponder. Habilitación Municipal vigente. Habilitación de la DINATRAN vigente. Habilitación de la SENAVE vigente. Habilitación de la SENACSA vigente. Servicio de rastreo satelital.
Favor tener en cuenta lo establecido en la Resolución DNCP N° 230/2025 de fecha 27/01/2025, la cual en su capítulo III, cuyo artículo 50 Consultas Electrónicas infine establece cuanto sigue: "Cuando se prorrogue el plazo tope de consultas por motivo de una adenda modificatoria de las bases y condiciones, la convocante estará obligada a analizar únicamente las consultas respecto al contenido de la adenda y no sobre lo establecido en las bases originalmente". Tomando en cuenta que el presente proceso ya cuenta con adendas al Pliego de Bases y Condiciones, rogamos a los interesados realizar consultas únicamente referidas a dichas adendas y no así sobre lo establecido en el PBC inicialmente, ya que dichas consultas según las normas ya no corresponden y la convocante ya no se encuentra obligada a analizar las mismas.