Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Consulta Señores autoridades del SNNP, hacemos notar a través de esta consulta un punto llamativo y sin fundamento técnico del PBC que ha pasado desapercibido en los controles previo a la publicación de la presente Convocatoria. La firma a la cual represento ha venido observando con entusiasmo las convocatorias anteriores y se ha preparado para competir en el presente periodo poniéndose al día con todas las documentaciones normalmente solicitados, en ese contexto, nos encontramos ahora con la sorpresa de que se ha levantado el volumen facturaciones solicitados del 30 % en llamados anteriores al 50 % en la presente bases y condiciones, sin fundamento alguno, no queremos creer que gracias a nuestra ingenuidad de haber hecho notar nuestra intención a la convocante realizando algunas consultas y visitas in situ nos hayan cambiado las reglas de juego a propósito, confiamos que la convocante va a enmendar esta situación adenda mediante para brindar la oportunidad de competir en la presente convocatoria, a nosotros y varias otras empresas pequeñas del rubro. Por lo tanto, solicitamos a la convocante modificar el porcentaje de 50 % de volumen de facturaciones solicita bajando al 30 % como la convocatoria anterior. 18-08-2025 26-08-2025
2 Consulta sobre experiencia El PBC, en el apartado destinado a medir las experiencias de posibles oferentes en los servicios objeto de la presente convocatoria (SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MÁQUINAS DE COSER), introduce un requisito que NO guarda relación con la experiencia, solicita que la empresa debe acreditar ser importador de los repuestos para maquinas de coser, presentando para ellos Documentos que acrediten la importación de repuestos e insumos para máquinas de coser...sic. En tal sentido, levantamos nuestra voz de protesta primeramente consulta mediante, para luego recurrir donde corresponda en caso de la que la Convocante insista en mantener dicha exigencia. La solicitud mencionada NO RESULTA TECNICAMENTE INDISPENSABLE y hasta la propia convocante lo comprueba ya que se ha ejecutado contratos anteriores sin esta exigencia y no hemos visto en el portal ni siquiera multa en el marco de dichas ejecuciones, mucho menos una sanción por incumplimiento por lo que claramente la mencionada exigencia es improcedente. El Artículo 6 de la Ley N° 7021/2022, buscando la eficiencia, transparencia y concurrencia en los procesos de compra, prohíbe a las entidades convocantes establecer requisitos o elementos en los pliegos de bases y condiciones que no sean "técnicamente indispensables" para la contratación. Solicitamos a la convocante suprimir dicha exigencia teniendo en cuenta la improcedencia del mismo. 19-08-2025 26-08-2025
3 Consulta Considerando la envergadura del proceso de contratación y la existencia de empresas que proveen al estado en el presente rubro utilizando como medio la competencia desleal, debido a que no cuentan con cargas administrativas, laborales ni sociales por ser consideradas de maletín, solicitamos a tan especializada cartera de estado establecer requisitos básicos de cumplimiento posible por cualquier oferente que se dedique al rubro solicitando mínimamente que demuestre aporte al IPS. ¿En tal sentido, podría la convocante exigir que por lo menos 1 o 2 personales administrativos formen parte del staff permanente de la empresa? Para ello debe presentar la planilla de pago de IPS donde figuren los personales administrativos propuestos. 19-08-2025 26-08-2025
4 CONSULTA ÍTEM SOLICITADOS Señores SNPP favor realizar las correcciónes en la descripción (producto_nombre_convocante) y precio_unitario_estimado de los siguientes ÍTEMS: numero precio_unitario_estimado 1 4.112.133.333 2 8.621.466.667 3 2.527.666.667 4 39.681 5 1.609.676.667 6 3.706.466.667 7 1.859.433.333 8 37.350 9 1.874.766.667 10 7.363.766.667 11 29.741 12 6.721.433.333 13 3.503.666.667 14 9.279.766.667 15 3.808.333.333 16 51.195 17 1.891.933.333 18 3.477.333.333 19 2.690.366.667 20 84.517 21 3.479.533.333 22 9.224.933.333 23 42.268 24 79.420 25 3.348.233.333 26 49.152 27 24.556 28 4.001.466.667 29 1.764.166.667 30 9.354.313.333 31 4.096.126.667 32 916.337 33 3.800.026.667 34 765.540 35 7.079.496.667 36 1.022.682 37 4.246.886.667 38 4.821.256.667 39 113.896 40 4.561.166.667 41 7.894.833.333 42 34.216 43 1.412.926.667 44 43.616 45 116.981 46 4.373.933.333 47 102.209 48 4.237.766.667 49 7.326.866.667 50 3.563.733.333 51 1.404.916.667 52 66.283 53 8.032.166.667 54 3.276.766.667 55 91.906 56 40.691 57 4.065.966.667 58 2.371.233.333 59 34.981 60 2.299.566.667 61 68.960 62 3.116.033.333 63 9.004.566.667 64 40.832 65 8.987.266.667 66 3.900.233.333 67 57.525 68 2.714.466.667 69 3.640.233.333 70 1.609.333.333 71 5.212.966.667 72 30.629 73 9.619.246.667 74 3.954.876.667 75 885.363 76 3.688.493.333 77 560.838 78 2.184.673.333 79 5.616.246.667 80 2.637.126.667 81 4.349.733.333 82 81.270 83 3.586.733.333 84 1.328.726.667 85 47.180 86 1.148.846.667 87 4.853.833.333 88 1.055.026.667 89 46.874 90 71.692 91 3.497.566.667 92 137.511 93 57.904 94 7.922.333.333 95 33.256 96 90.086 97 4.356.866.667 98 33.871 99 22.029 100 3.410.166.667 101 22.029 102 68.815 103 3.017.133.333 104 88.424 105 4.093.433.333 106 89.848 107 3.728.233.333 108 6.173.033.333 109 2.759.466.667 110 36.442 111 16.020 112 87.398 113 36.379 114 939.748 115 3.984.526.667 116 596.053 117 3.658.393.333 118 5.564.613.333 119 2.431.346.667 120 5.614.913.333 121 5.328.713.333 122 2.457.516.667 123 150.565 124 57.318 125 1.729.193.333 126 7.700.833.333 127 107.673 128 44.414 129 80.966 130 3.514.433.333 131 9.703.933.333 132 46.430 133 7.970.333.333 134 3.472.266.667 135 37.025 136 2.701.666.667 137 29.225 138 2.701.666.667 139 95.170 140 4.583.333.333 141 8.930.933.333 142 3.783.333.333 143 917.175 144 4.185.833.333 145 9.141.433.333 146 4.009.533.333 147 6.629.333.333 148 27.268 149 557.058 150 1.636.983.333 151 6.297.733.333 152 9.014.033.333 153 36.456 154 1.230.846.667 155 45.455 156 652.886 157 2.434.606.667 158 128.677 159 52.381 160 3.050.406.667 161 124.712 162 143.715 163 5.816.633.333 164 1.389.316.667 165 60.633 166 1.218.526.667 167 60.285 168 9.534.633.333 169 34.624 170 37.025 171 2.701.666.667 172 29.225 173 2.701.666.667 174 9.095.453.333 175 4.153.833.333 176 9.588.333.333 177 4.303.333.333 178 9.127.933.333 179 3.771.333.333 180 4.113.233.333 181 1.731.446.667 182 1.171.993.333 183 4.061.666.667 184 5.888.246.667 185 2.392.643.333 186 9.504.733.333 187 1.005.502.667 188 4.528.603.333 189 1.509.393.333 190 5.382.133.333 191 2.182.746.667 192 1.006.066.667 193 3.480.833.333 194 3.218.333.333 195 3.483.836.667 196 2.582.053.333 197 93.790 198 42.225 199 2.889.166.667 200 26.850 201 9.321.583.333 202 4.143.166.667 203 9.059.266.667 204 3.873.333.333 205 4.169.966.667 206 1.606.616.667 207 5.948.246.667 208 1.324.643.333 209 5.524.266.667 210 2.338.356.667 211 9.777.333.333 212 2.235.856.667 213 9.792.133.333 214 2.337.523.333 215 9.773.633.333 216 9.662.666.667 217 4.488.666.667 218 8.667.666.667 219 6.882.166.667 220 542.015 221 2.108.573.333 222 84.355 223 3.709.066.667 224 33.781 225 21.879 226 3.376.433.333 227 2.224.566.667 228 177.450 229 3.715.333.333 230 9.008.166.667 231 40.915 232 2.829.933.333 233 38.889 234 70.752 235 3.465.733.333 236 9.331.416.667 237 4.153.333.333 238 8.803.616.667 239 2.253.666.667 240 26.451 241 15.214 242 5.964.133.333 243 2.673.466.667 244 588.158 245 1.234.676.667 246 55.226 247 1.123.943.333 248 4.739.266.667 249 1.367.816.667 250 52.483 251 1.011.603.333 252 5.316.433.333 253 79.372 254 36.646 255 33.281 256 2.230.566.667 257 3.373.833.333 258 22.329 259 1.763.166.667 260 3.758.333.333 261 8.830.333.333 262 40.635 263 9.068.933.333 264 38.019 265 7.618.533.333 266 41.624 267 3.769.533.333 268 1.659.066.667 269 6.502.166.667 270 2.658.633.333 271 254.709 272 9.560.833.333 273 26.610 274 13.785 275 16.450 276 74.496 277 29.541 278 68.896 279 26.175 280 7.808.233.333 281 3.170.866.667 282 7.016.066.667 283 2.553.166.667 284 318.679 285 81.444 286 113.653 287 46.481 288 5.565.233.333 289 15.306 290 6.464.756.667 291 14.075 292 1.655.333.333 293 9.919.333.333 294 26.498 295 6.835.666.667 296 21.800 297 1.067.083.333 298 59.030 299 3.733.736.667 300 1.723.063.333 301 551.181 302 2.423.293.333 303 8.351.233.333 304 3.090.966.667 305 3.142.906.667 306 116.925 307 2.855.738.333 308 1.136.052 309 173.875 310 6.525.133.333 311 1.726.459.667 312 694.827 21-08-2025 26-08-2025
5 CONSULTA EXPERIENCIA REQUERIDA A fin de tener la certeza, así como lo establece el PBC, se deberá acreditar que el giro comercial de la empresa corresponde al procedimiento de contratación ofertado, para lo cual deberá presentar copia simple y legible del documento que acredite la actividad comercial, industrial o de servicio. Pudiendo ser: la constancia de RUC, patente municipal o documentos constitutivos, siempre que la documentación se desprenda su actividad comercial. Como la constancia de RUC no existe como actividad económica principal y secundaria tácitamente (MAQUINAS DE COSER) (código 46590 COMERCIO AL POR MAYOR DE OTRAS MAQUINARIAS Y EQUIPOS n.c.p. o código 33120 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS DE USO GENERAL Y ESPECIAL) como así también; La PATENTE MUNICIPAL que replica la Constancia de RUC que no existe como actividad económica principal y secundaria tácitamente (MAQUINAS DE COSER). Documentos Constitutivos SI menciona como actividad económica tácitamente (MAQUINAS DE COSER). Y con las importaciones de repuestos e insumos para máquinas de coser de los últimos diez años (2015 al 2024) se acredita el giro comercial solicitado en este punto. 21-08-2025 26-08-2025
6 CONSULTA CAPACIDAD TECNICA A fin de tener la certeza, así como lo establece el PBC, con las importaciones de repuestos e insumos para máquinas de coser de los últimos diez años (2015 al 2024) se acredita el giro comercial solicitado en este punto y se garantiza el fiel cumplimiento del punto 4. El oferente debe contar con un deposito apropiado con STOCK MINIMO DE REPUESTOS E INSUMOS DE MAQUINAS DE COSER a fin de tener fácil acceso a los mismos. 21-08-2025 26-08-2025
7 CONSULTA EXPERIENCIA REQUERIDA A fin de tener la certeza, así como lo establece el PBC, es obligatoria la presentación de documentos (copia de facturaciones de ventas, en mantenimiento y reparación de máquinas de coser de los años 2021, 2022, 2023 y 2024, que avalen la experiencia requerida en máquinas de coser) por cada año en este caso hasta cubrir el monto establecido. O sea, por más que se cumpla con el monto equivalente al 50% como mínimo del monto máximo del llamado en la presente licitación, solo con facturaciones de los años por ejemplo 2021 y 2022, el oferente debe presentar facturaciones de venta en mantenimiento y reparación de máquinas de coser, también de los años 2023, 2024. De esta forma se cumpliría con la premisa de calificar verdaderamente con la actividad comercial, industrial o de servicios que debe estar vinculada con el tipo de bienes o servicios a contratar. 21-08-2025 26-08-2025
8 CONSULTA EXPERIENCIA REQUERIDA A fin de tener la certeza, así como lo establece el PBC, es obligatoria la presentación de documentos (copia de facturaciones de ventas, en mantenimiento y reparación de máquinas de coser de los años 2021, 2022, 2023 y 2024, que avalen la experiencia requerida en máquinas de coser) por cada año en este caso hasta cubrir el monto establecido. O sea, por más que se cumpla con el monto equivalente al 50% como mínimo del monto máximo del llamado en la presente licitación, solo con facturaciones de los años por ejemplo 2021 y 2022, el oferente debe presentar facturaciones de venta en mantenimiento y reparación de máquinas de coser, también de los años 2023, 2024. De esta forma se cumpliría con la premisa de calificar verdaderamente con la actividad comercial, industrial o de servicios que debe estar vinculada con el tipo de bienes o servicios a contratar. 21-08-2025 26-08-2025
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