Consulta:
En el punto 6.1.5.3.8 solicitamos ser puedan cotizar monitores con tiempo de alarma de apnea de 20 a 60 s, esto no afecta a la performance del equipo.
| Nro. de Consulta | Título | Resumen de la Consulta | Fecha de Consulta | Fecha de Respuesta | Acciones |
|---|---|---|---|---|---|
| 910 | LOTE 6 – ITEM 1 Monitor multiparamétrico | En el punto 6.1.5.3.8 solicitamos ser puedan cotizar monitores con tiempo de alarma de apnea de 20 a 60 s, esto no afecta a la performance del equipo. | 31-12-2025 | ||
| 911 | LOTE 6 – ITEM 1 Monitor multiparamétrico | En el punto 6.1. 5.3.4 Velocidad de barrido3,12 mm/s, 6,25 mm/s, 12,5 mm/s, 25 mm/s, 50 mm/s, solicitamos se puedan cotizar monitores con Velocidad de barrido 6,25 mm/s, 12,5 mm/s, 25 mm/s, 50 mm/s. | 31-12-2025 | ||
| 912 | LOTE 2 ITEM 1 – Ventilador Pulmonar Adulto Pediátrico Neonatal | Solicitamos que el límite superior del volumen corriente indicado en el punto 1.4.2 del Pliego sea modificado de 3500 ml a 2500 ml, considerando que un volumen tan elevado como 3500 ml excede ampliamente los rangos fisiológicos seguros para la mayoría de los pacientes, especialmente en contextos de ventilación mecánica. Volúmenes excesivos pueden generar barotrauma, volutrauma y otros efectos adversos pulmonares, comprometiendo la seguridad clínica. Un límite de 2500 ml es más adecuado y suficiente para cubrir las necesidades ventilatorias de pacientes adultos, incluyendo aquellos con requerimientos especiales, sin poner en riesgo su integridad. Esta modificación se alinea con buenas prácticas biomédicas y garantiza la adquisición de equipos más seguros y clínicamente apropiados. | 31-12-2025 | ||
| 913 | LOTE 2 ITEM 1 – Ventilador Pulmonar Adulto Pediátrico Neonatal | Solicitamos que se permita cotizar equipos con mecanismo de disparo (trigger) por presión en el rango de -1 cmH₂O o menor hasta -15 cmH₂O o mejor, considerando que el rango actualmente establecido en el punto 1.4.24 del Pliego (-18 cmH₂O a -1 cmH₂O) incluye valores excesivamente negativos que pueden dificultar el esfuerzo inspiratorio del paciente, especialmente en situaciones de debilidad muscular o compromiso respiratorio. Un rango más fisiológico y seguro, como el propuesto, garantiza una sensibilidad adecuada del ventilador, mejora la sincronía paciente-equipo y reduce el riesgo de asincronías ventilatorias, alineándose con buenas prácticas clínicas en ventilación mecánica | 31-12-2025 | ||
| 914 | LOTE 2 ITEM 1 – Ventilador Pulmonar Adulto Pediátrico Neonatal | Solicitamos que se modifique el rango de flujo continuo indicado en el punto 1.4.26 del Pliego, permitiendo cotizar equipos con capacidad de oxigenoterapia de 2 a 50 l/min. El rango actual de hasta 75 l/min excede los requerimientos clínicos habituales y puede implicar un sobredimensionamiento innecesario del equipo, afectando la eficiencia y el costo. Un rango de 2 a 50 l/min es clínicamente suficiente para cubrir desde terapias de bajo flujo hasta alto flujo nasal, garantizando seguridad, funcionalidad y alineación con prácticas biomédicas actuales. Esta modificación también amplía la participación de fabricantes regionales sin comprometer la calidad asistencial. | 31-12-2025 | ||
| 915 | LOTE 2 ITEM 1 – Ventilador Pulmonar Adulto Pediátrico Neonatal | Solicitamos que el requisito establecido en el punto 1.4.40 del Pliego, referente al cálculo de ventilación alveolar, sea considerado como opcional. Si bien esta función puede aportar valor clínico en ciertos contextos, no es indispensable para el funcionamiento seguro y eficaz de los equipos de ventilación mecánica. Mantener este punto como obligatorio podría limitar la participación de oferentes con equipos de alta calidad que no incluyen esta función de forma nativa, afectando la libre competencia y la eficiencia del proceso de contratación. | 31-12-2025 | ||
| 916 | LOTE 2 ITEM 1 – Ventilador Pulmonar Adulto Pediátrico Neonatal | Solicitamos la eliminación del requisito establecido en el punto 1.4.44 del Pliego, referente a la compatibilidad del ventilador con los monitores multiparamétricos de la terapia para su conectividad al sistema de monitoreo central. Este requerimiento puede generar una restricción técnica injustificada, ya que la compatibilidad suele estar limitada a marcas específicas, lo que afecta la libre competencia. En todo caso, si se desea asegurar interoperabilidad, debería solicitarse que el ventilador cuente con un protocolo estándar de comunicación entre equipos médicos, como HL7 o similar. Además, desde el punto de vista clínico, esta conexión no resulta práctica ni necesaria, dado que los monitores multiparamétricos cumplen funciones distintas y los parámetros de ventilación ya se visualizan directamente en la pantalla del ventilador, conforme a sus especificaciones técnicas | 31-12-2025 | ||
| 917 | LOTE 2 ITEM 1 – Ventilador Pulmonar Adulto Pediátrico Neonatal | Solicitamos la eliminación del requisito establecido en el punto 1.4.44 del Pliego, referente a la compatibilidad del ventilador con los monitores multiparamétricos de la terapia para su conectividad al sistema de monitoreo central. Este requerimiento puede generar una restricción técnica injustificada, ya que la compatibilidad suele estar limitada a marcas específicas, lo que afecta la libre competencia. En todo caso, si se desea asegurar interoperabilidad, debería solicitarse que el ventilador cuente con un protocolo estándar de comunicación entre equipos médicos, como HL7 o similar. Además, desde el punto de vista clínico, esta conexión no resulta práctica ni necesaria, dado que los monitores multiparamétricos cumplen funciones distintas y los parámetros de ventilación ya se visualizan directamente en la pantalla del ventilador, conforme a sus especificaciones técnicas | 31-12-2025 | ||
| 918 | LOTE 2 ITEM 1 – Ventilador Pulmonar Adulto Pediátrico Neonatal | Solicitamos que los puntos 1.5.8 (Ventilación con volumen de soporte VS o similar), 1.5.9 (Ventilación por control de volumen regulada por presión PRVC o similar), 1.5.10 (Ventilación mandatoria intermitente sincronizada por PRVC o similar), 1.5.14 (Ventilación de reanimación cardiopulmonar RCPV o similar) y 1.5.15 (Ventilación con presión de soporte espontánea/temporizada o similar) sean considerados como opcionales. Estas modalidades, si bien pueden aportar valor clínico en ciertos escenarios, no son imprescindibles para garantizar una ventilación segura y eficaz en la mayoría de los pacientes. Mantenerlas como obligatorias podría limitar la participación de oferentes con equipos de alta calidad que no incluyen todas estas funciones de forma nativa, afectando la libre competencia y la eficiencia del proceso de contratación. | 31-12-2025 | ||
| 919 | LOTE 2 ITEM 1 – Ventilador Pulmonar Adulto Pediátrico Neonatal | Solicitamos que el rango de PEEP establecido en el punto 1.6.4 del Pliego sea ajustado de 0 a 110 mbar (o hPa o cmH₂O) a un rango de 0 a 100, considerando que valores superiores a 100 mbar exceden los requerimientos clínicos habituales y no aportan beneficios adicionales en la práctica médica. Este ajuste permite mantener la seguridad del paciente, evita configuraciones potencialmente lesivas y se alinea con los rangos operativos de la mayoría de los ventiladores mecánicos de alta calidad disponibles en el mercado. Además, contribuye a una especificación técnica más realista y eficiente dentro del proceso de contratación. | 31-12-2025 |