Se deja constancia de que la visita técnica fue oportunamente convocada y realizada en la fecha establecida en el Pliego de Bases y Condiciones, contando incluso con la participación de varios posibles oferentes que acudieron en el día y horario previsto.
En consecuencia, la prórroga otorgada corresponde únicamente a la presentación de ofertas y no implica la reprogramación de la visita técnica.
Por lo tanto, se mantiene lo ya establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Periodos de Construcción
Periodo de construcción, lugar y otros datos
Según el plazo establecido en el capítulo periodo de ejecución es la siguiente: se computa en 8 (ocho) días como plazo máximo en cada tramo y/o calle a ser
construida. -Considerando la modalidad de contrato abierto, el plazo de ejecución total, será de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de firma del contrato.-( Según PBC)
Visto que existe una contradicción en el capítulo de condiciones contractuales que estable el mismo PBC en el Plazo de ejecución: EL PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA POR CADA ORDEN DE INICIO EMITIDO POR EL DPTO. DE OBRAS, POR CADA BARRIO, TRAMO Y/O CALLE SERA DE 15 (QUINCE) DIAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA FECHA DE LA ORDEN DE INICIO.-Total : 40 días corridos.-
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ACLARAR LOS PLAZOS DE EJECUCION ( 60 y/o 40 días) ATRAVEZ DE UNA ADENDA, CONSIDERANDO QUE EL PLAZO REQUERIDO ES FUNDAMENTAL PARA QUE LOS POTENCIALES OFERENTES, PUEDAN COTIZAR DE MANERA ADECUADA, Y DE ACUERDO A LAS CONDICIONES DE LA CONVOCANTE.-
Periodo de construcción, lugar y otros datos
Según el plazo establecido en el capítulo periodo de ejecución es la siguiente: se computa en 8 (ocho) días como plazo máximo en cada tramo y/o calle a ser
construida. -Considerando la modalidad de contrato abierto, el plazo de ejecución total, será de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de firma del contrato.-( Según PBC)
Visto que existe una contradicción en el capítulo de condiciones contractuales que estable el mismo PBC en el Plazo de ejecución: EL PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA POR CADA ORDEN DE INICIO EMITIDO POR EL DPTO. DE OBRAS, POR CADA BARRIO, TRAMO Y/O CALLE SERA DE 15 (QUINCE) DIAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA FECHA DE LA ORDEN DE INICIO.-Total : 40 días corridos.-
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ACLARAR LOS PLAZOS DE EJECUCION ( 60 y/o 40 días) ATRAVEZ DE UNA ADENDA, CONSIDERANDO QUE EL PLAZO REQUERIDO ES FUNDAMENTAL PARA QUE LOS POTENCIALES OFERENTES, PUEDAN COTIZAR DE MANERA ADECUADA, Y DE ACUERDO A LAS CONDICIONES DE LA CONVOCANTE.-
Se aclara que la aparente contradicción en los plazos de ejecución ya fue subsanada mediante la Adenda N.º 1, en la cual se fijó expresamente en el punto PLAZO DE EJECUCIÓN: que el plazo total de ejecución será de cuarenta (40) días corridos contados desde la Orden de Inicio, independientemente de la modalidad de tramos o calles a ejecutarse, que estiman el tiempo por tramo.
En tal sentido, el plazo aplicable y definitivo es el establecido en la mencionada adenda y rige de forma obligatoria para todos los oferentes, la de 40 días.
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Plazo de ejecución
Considerando el plazo de ejecución establecido en el PBC, que establece lo siguiente: EL PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA POR CADA ORDEN DE INICIO EMITIDO POR EL DPTO. DE OBRAS, POR CADA BARRIO, TRAMO Y/O CALLE SERA DE 15 (QUINCE) DIAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA FECHA DE LA ORDEN DE INICIO.- Total : 40 días corridos.-
Y que visto en el mismo PBC se establece los indicadores de cumplimiento en total 4 certificados cuyos plazos no corresponden a los 15 días previstos en el plazo de ejecución como se indica a continuación:
INDICADOR TIPO FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC)
Certificado1 - 15 de Noviembre/2025
Certificado2 - 1 de Diciembre/2025
Certificado 3 - 15 de Diciembre/2025
Certificado 4 - 30 de diciembre de 2025
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ACLARAR ATRAVEZ DE UNA ADENDA, SI LAS CERTIFICACIONES SERAN POR CADA TRAMO, CADA 15 (QUINCE) DIAS, Y/O CADA 30 DIAS VISTO EL APARTADO DE Certificaciones mensuales (SEGÚN PBC), que establece:
El contratista deberá presentar el certificado de obras dentro de los 30(treinta) días siguientes a la orden de inicio de obras, y posteriormente cada 30(treinta) días consecutivos contados a partir del certificado anterior., plazos que difieren de los indicadores de cumplimiento.-
Considerando el plazo de ejecución establecido en el PBC, que establece lo siguiente: EL PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA POR CADA ORDEN DE INICIO EMITIDO POR EL DPTO. DE OBRAS, POR CADA BARRIO, TRAMO Y/O CALLE SERA DE 15 (QUINCE) DIAS CORRIDOS CONTADOS DESDE LA FECHA DE LA ORDEN DE INICIO.- Total : 40 días corridos.-
Y que visto en el mismo PBC se establece los indicadores de cumplimiento en total 4 certificados cuyos plazos no corresponden a los 15 días previstos en el plazo de ejecución como se indica a continuación:
INDICADOR TIPO FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe presentar según el PBC)
Certificado1 - 15 de Noviembre/2025
Certificado2 - 1 de Diciembre/2025
Certificado 3 - 15 de Diciembre/2025
Certificado 4 - 30 de diciembre de 2025
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ACLARAR ATRAVEZ DE UNA ADENDA, SI LAS CERTIFICACIONES SERAN POR CADA TRAMO, CADA 15 (QUINCE) DIAS, Y/O CADA 30 DIAS VISTO EL APARTADO DE Certificaciones mensuales (SEGÚN PBC), que establece:
El contratista deberá presentar el certificado de obras dentro de los 30(treinta) días siguientes a la orden de inicio de obras, y posteriormente cada 30(treinta) días consecutivos contados a partir del certificado anterior., plazos que difieren de los indicadores de cumplimiento.-
Se aclara que los plazos de ejecución y los indicadores de cumplimiento deben interpretarse en forma armónica con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones y en la Adenda N.º 1. En atención a la modalidad establecida, las certificaciones de obra se emitirán cada quince (15) días corridos, en concordancia con el plazo de ejecución previsto aclarando que, que el plazo total de ejecución será de cuarenta (40) días corridos contados desde la Orden de Inicio, independientemente de la modalidad de tramos o calles a ejecutarse, que estiman el tiempo por tramo o calle.
En consecuencia, los indicadores de cumplimiento son de carácter referencial y deberán adecuarse a este esquema de certificaciones quincenales, rigiendo lo dispuesto en el PBC y en la Adenda N.º 1, sin corresponder la emisión de una nueva modificación.