Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Las intensas precipitaciones registradas en el mes de abril del año en curso han generado un contexto de emergencia humanitaria en los distritos de Bahía Negra, Fuerte Olimpo, Carmelo Peralta y Puerto Casado, provocando anegamientos, interrupción de caminos, aislamiento de comunidades y suspensión de actividades productivas y educativas.
Ante esta situación, se requiere con carácter urgente la provisión de Kits de Alimentos básicos y no perecederos para la atención inmediata de familias afectadas, priorizando sectores vulnerables, comunidades indígenas y escolares.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Ítem |
Código de catálogo |
Descripción del Bien |
Unidad de Medida |
Presentación |
Especificaciones Tecnicas |
1 |
50221101-001 |
Arroz de 5K |
kilogramos |
Paquete |
Arroz entero largo fino tipo 1 glaseado, inocuo apto para el consumo humano. Libre de ácaros u otros insectos. Aspecto Sin pericarpio. Color amarillo translucido. Sin olor y sabores extraños, en bolsa de polietileno de alta densidad. Etiqueta: La impresión de la marca , en el cuerpo del envase, materia prima de origen , Fecha de elaboración y vencimiento, año y mes, y lote, contenido neto en gramos . Debe constar el R.E., R.S.P.A. Rotulado con información nutricional de alimentos envasados. Vencimiento: 1 (un) año como minimo a partir de la recepción del producto. Debe cotizar por kilogramos. |
2 |
50161509-002 |
Azucar blanca de 5k |
kilogramos |
Paquete |
Azúcar blanca en paquete de 5kg |
3 |
50192902-001 |
Fideos Spaghetti de 5 K |
kilogramos |
Paquete |
Fideo tipo spaguetti o pasta seca elaborado a partir de semolas o harinas de trigo duro ricos en gluten o harinas, con aditivos y colorantes autorizadas a este fin, con o sin la adición de otros productos alimenticios de uso permitido para esta clase de productos. Envasado en bolsa de polietileno de alta densidad de 5 Kilos, limpio a simple vista, sano, inviolable, herméticamente cerrado, Etiqueta: La impresión de la marca, en el cuerpo del envase, materia prima de origen , Fecha de elaboración y vencimiento, año y mes. Debe constar el R.E., R.S.P.A. Rotulado con información nutricional de alimentos envasados. Formas de conservación. Vencimiento: 1 (un) año como minimo apartir de la recepion del producto. Debe cotizar por kilogramos. |
4 |
50171549-001 |
Yerba mate de 5K |
kilogramos |
Paquete |
El producto deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados y la Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la Indicación Cuantitativa del Contenido Neto de los Productos Premedidos y con lo establecido en el Decreto Nº 1.635/99 que Reglamenta el art. 175 de la Ley Nº 836/80 Código Sanitario. En los rótulos de los envases individuales deberán estar impresas de forma clara e indeleble las siguientes informaciones: 1. Denominación del alimento 2. Peso Neto 3. Datos del Establecimiento elaborador 4. País de origen 5. Lote 6. Fecha de vencimiento 7. Condiciones de conservación, cuando corresponda 8. Datos del Importador, en caso de productos importados 9. Instrucciones de preparación del alimento, cuando corresponda 10. Número de registros de producto (RSPA Nº) y establecimiento (RE Nº), otorgados por el INAN, MSP y BS. |
5 |
50221102-004 |
Harina tipo 000 de 5 k |
kilogramos |
Paquete |
Características: polvo fino, de color blanco, olor y sabor característicos, sin sabores y olores extraños. Libre de productos extraños e impurezas, materias terrosas, parásitos y en perfecto estado de conservación, no alterados, averiados o fermentado. Rotulado: Nombre del alimento. Contenido neto. País de origen. Información nutricional. Lista de ingredientes. Condiciones de conservación. Fecha de vencimiento (mes, año) e identificación del lote. Datos del elaborador (Nombre y dirección) N° de R.E. y de R.S.P.A. vigente. |
6 |
50171551-001 |
Sal fina |
kilogramos |
Paquete |
Sal fina yodada blanca cristalina, para consumo humano. Envasado al vacio, en bolsas de plástico transparente para alimentos: Etiqueta: La impresión de la marca , en el cuerpo del envase, materia prima de origen , fecha de elaboración, vencimiento, año,mes, contenido neto en kilos. Debe constar el R.E. R.S.P.A. Vencimiento: 1 (un) año como minimo apartir de la recepcion del producto. Debe cotizar por paquetes de 1 kilogramos. |
7 |
50181903-003 |
Coquito en paquete de 5K |
kilogramos |
Paquete |
Panificado (Coquito): levemente tostado, sin agregados de ninguna clase, libre de cuerpos o substancias extrañas al producto, seco y limpio. Envase: En bolsa transparente resistente de 80 micrones, paquetes de primer uso, con valores nutricionales y marca del fabricante visibles, habilitación del INAN (R.E. y R.S.P.A.) impresos por el envase, herméticamente cerrado. Composición nutricional mínima por porción de 30 g.: Valor energético 77 Kcal, Carbohidratos 16g., Proteínas 2g., Grasas Totales 0,6 g., Grasas Saturadas 0g., Grasas Trans 0g., Fibra Alimentaria 0,5 g., Sodio 3mg. Rotulado: Fecha de elaboración y vencimiento, especificando mes y año, no menor a 2 (dos) meses a partir de la fecha de la entrega. |
8 |
50221102-006 |
Fariña de 3kr |
kilogramos |
Paquete |
Producto alimenticio seco obtenido a partir de la raíz de mandioca pelada, rallada, prensada, secada y tostada, sin adición de aditivos químicos |
9 |
50151513-001 |
Aceite vegetal comestibles de girasol de 3 Lts |
Litros |
Bidon |
Aceite comestible 100% de girasol, productos se ajusten a las condiciones de higienes establecidas en la legislación vigente, líquido transparente y libre de cuerpos extraños. Fecha de vencimiento no menor a 6 (seis) meses a partir de la fecha de entrega |
10 |
50202306-001 |
Jugo Elaborado en Polvo |
Unidad |
Unidad |
Presentación en sobres para rendimiento de 8 lts., con azúcar incluido , sabor naranja, piña y frutilla. Cotizar por sobre. |
11 |
24111503-002 |
Bolsa de Polipropileno Grande con distintivo |
Unidad |
Unidad |
Bolsa pp transparente Dimensiones: tipo 200 litros Material: plástico. Paquete de 50 unidades. |
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
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La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica