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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
rovera
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
03-07-2025 - 11:42
Fecha de Fin
04-07-2025 - 14:35
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Balances y otros documentos del último ejercicio fiscal tiene cierre al 30 de junio
Descripción
Verificado el llamado de referencia se observa en los requisitos de Capacidad financiera, no se ajustan a las reglamentaciones vigentes en materia tributaria, se solicita subsanar, atendiendo que los mismos constituyen requisitos aplicables para analizar el margen de solvencia, patrimonio propio no comprometido, fondo de garantía y disponibilidades. Esta misma observación es aplicable a los documentos adicionales.
Comentario
Con relación al apartado de Capacidad Financiera del PBC, se informa que el Balance General correspondiente al ejercicio fiscal 2024 ya debe ser tomado en consideración, en virtud de que ha concluido el plazo establecido para su presentación ante la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Inconsistencia de datos
Descripción
Se verifica que en algunos documentos el nombre del llamado no corresponde. Se solicita subsanar
Comentario
Se verifica que la forma de pago en el SICP fue establecida "CONTRA ENTREGA", sin embargo, en el PBC no se indicó de igual manera, además de eso, tampoco se indicó el plazo en que se realizará el pago (días, meses, etc.). Favor establecer.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Forma de pago cuando el proceso es pluri
Descripción
Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la cláusula referente a pagos que los pagos realizados en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto.
Comentario
Favor indicar en el PBC que los pagos realizados en ejercicios próximos se encuentran supeditados a la aprobación del presupuesto debido a que se trata de un proceso plurianual.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Solicitamos remitir la autorización del MEC.
Comentario
Se solicita remitir la autorización del MEC.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.