Convocante, solicitamos respetuosamente la revisión y modificación del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo relativo a los requerimientos técnicos y habilitaciones exigidas a los potenciales oferentes.
Amparamos nuestra solicitud en lo dispuesto por:
• Ley N.º 7021/2022 – Artículo 19, que establece que:
"Los oferentes, proveedores, consultores o contratistas deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible por las leyes para la realización de las prestaciones que constituyan el objeto del contrato."
• Ley N.º 2426/2004 – Artículo 8, que dispone:
"Toda persona física o jurídica que se dedique a las actividades de comercialización de competencia del SENACSA, deberá contar con la inscripción y certificado respectivo que lo faculte a realizar dicha actividad comercial."
En virtud de lo anterior, y considerando que el objeto del presente llamado incluye la provisión de productos veterinarios, actividad regulada por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA), solicitamos muy respetuosamente que se incluya en los requerimientos técnicos del PBC la obligación de presentar el Certificado de Habilitación Vigente como Empresa Expendedora de Productos Veterinarios emitido por el SENACSA, como requisito obligatorio para todos los oferentes.
Tal exigencia no solo se encuentra plenamente respaldada por el marco legal vigente, sino que resulta fundamental para garantizar la trazabilidad, seguridad y legalidad de los productos a ser adquiridos en el marco de esta licitación.
Aguardamos la atención a esta solicitud, en aras de resguardar el interés público y la calidad de los bienes a ser contratados.
Convocante, solicitamos respetuosamente la revisión y modificación del Pliego de Bases y Condiciones (PBC), específicamente en lo relativo a los requerimientos técnicos y habilitaciones exigidas a los potenciales oferentes.
Amparamos nuestra solicitud en lo dispuesto por:
• Ley N.º 7021/2022 – Artículo 19, que establece que:
"Los oferentes, proveedores, consultores o contratistas deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible por las leyes para la realización de las prestaciones que constituyan el objeto del contrato."
• Ley N.º 2426/2004 – Artículo 8, que dispone:
"Toda persona física o jurídica que se dedique a las actividades de comercialización de competencia del SENACSA, deberá contar con la inscripción y certificado respectivo que lo faculte a realizar dicha actividad comercial."
En virtud de lo anterior, y considerando que el objeto del presente llamado incluye la provisión de productos veterinarios, actividad regulada por el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA), solicitamos muy respetuosamente que se incluya en los requerimientos técnicos del PBC la obligación de presentar el Certificado de Habilitación Vigente como Empresa Expendedora de Productos Veterinarios emitido por el SENACSA, como requisito obligatorio para todos los oferentes.
Tal exigencia no solo se encuentra plenamente respaldada por el marco legal vigente, sino que resulta fundamental para garantizar la trazabilidad, seguridad y legalidad de los productos a ser adquiridos en el marco de esta licitación.
Aguardamos la atención a esta solicitud, en aras de resguardar el interés público y la calidad de los bienes a ser contratados.
MODIFICAR EL SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR LOTE PORQUE NO PERMITE LA COTIZACIÓN POR ÍTEMS
Teniendo en cuenta los datos cargados en el SICP del llamado con 459.469 en el que se establece el “SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR LOTE” y considerando que en el apartado de “DETALLES DE LOS BIENES” de la Sección de “SUMINISTROS REQUERIDOS” de las páginas 17 a 21 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) se exige la cotización conjunta de todos los “GRUPOS” indicados en cada LOTE de la licitación que comprende una CANTIDAD IMPORTANTE DE PRODUCTOS DISTINTOS QUE PUEDEN SER REDISTRIBUIDOS EN VARIOS ÍTEMS PARA PERMITIR LA PARTICIPACIÓN DE VARIAS EMPRESAS REPRESENTANTES DE CADA PRODUCTO LICITADO, solicitamos a la Convocante la modificación del sistema de adjudicación por lote con el objeto de incluir el “SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ÍTEMS” que es el sistema más adecuado para el cumplimiento de la finalidad de la contratación pública y permitirá la participación de una mayor cantidad de potenciales oferentes para la gran cantidad de productos e ítems con distintas características y funcionalidades de la licitación, fundado en la necesidad de destrabar la LIMITACIÓN A LA LIBRE CONCURRENCIA DE EMPRESAS QUE COMERCIALIZAN LOS PRODUCTOS LICITADOS POR LA CONVOCANTE, pero quedamos fuera de posibilidad de participación por la exigencia técnicamente dispensable e innecesaria de cotización por lote.
Cabe señalar que la solicitud de modificación del sistema de adjudicación de lote a un “SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ÍTEM” representará una apertura a la libre participación de oferentes y una ampliación del rango de concurrencia permitido en el Artículo 48 de la Ley 7021/22 “DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS”, en cumplimiento de los incisos c) y d) del Artículo 4 de la misma Ley 7021/22 que dispone: “…Artículo 4 “PRINCIPIOS RECTORES”. “…La presente Ley se regirá por los siguientes principios: c) ECONOMÍA, EFICACIA Y EFICIENCIA: El Sistema Nacional de Suministro Público buscará satisfacer las necesidades públicas con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado paraguayo las mejores condiciones, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas. d) IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA: Todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública…”.
22-08-2025
26-08-2025
MODIFICAR EL SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR LOTE PORQUE NO PERMITE LA COTIZACIÓN POR ÍTEMS
Teniendo en cuenta los datos cargados en el SICP del llamado con 459.469 en el que se establece el “SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR LOTE” y considerando que en el apartado de “DETALLES DE LOS BIENES” de la Sección de “SUMINISTROS REQUERIDOS” de las páginas 17 a 21 del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES (PBC) se exige la cotización conjunta de todos los “GRUPOS” indicados en cada LOTE de la licitación que comprende una CANTIDAD IMPORTANTE DE PRODUCTOS DISTINTOS QUE PUEDEN SER REDISTRIBUIDOS EN VARIOS ÍTEMS PARA PERMITIR LA PARTICIPACIÓN DE VARIAS EMPRESAS REPRESENTANTES DE CADA PRODUCTO LICITADO, solicitamos a la Convocante la modificación del sistema de adjudicación por lote con el objeto de incluir el “SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ÍTEMS” que es el sistema más adecuado para el cumplimiento de la finalidad de la contratación pública y permitirá la participación de una mayor cantidad de potenciales oferentes para la gran cantidad de productos e ítems con distintas características y funcionalidades de la licitación, fundado en la necesidad de destrabar la LIMITACIÓN A LA LIBRE CONCURRENCIA DE EMPRESAS QUE COMERCIALIZAN LOS PRODUCTOS LICITADOS POR LA CONVOCANTE, pero quedamos fuera de posibilidad de participación por la exigencia técnicamente dispensable e innecesaria de cotización por lote.
Cabe señalar que la solicitud de modificación del sistema de adjudicación de lote a un “SISTEMA DE ADJUDICACIÓN POR ÍTEM” representará una apertura a la libre participación de oferentes y una ampliación del rango de concurrencia permitido en el Artículo 48 de la Ley 7021/22 “DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS”, en cumplimiento de los incisos c) y d) del Artículo 4 de la misma Ley 7021/22 que dispone: “…Artículo 4 “PRINCIPIOS RECTORES”. “…La presente Ley se regirá por los siguientes principios: c) ECONOMÍA, EFICACIA Y EFICIENCIA: El Sistema Nacional de Suministro Público buscará satisfacer las necesidades públicas con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado paraguayo las mejores condiciones, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas. d) IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA: Todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública…”.
Agradecemos la sugerencia, sin embargo, el sistema de adjudicación por lote se ha definido considerando la similitud técnica y funcional entre los productos de cada grupo, con el fin de asegurar la eficiencia operativa y la continuidad del servicio. Además, la cotización por ítems podría generar el riesgo de adjudicaciones parciales sin oferentes en ítems críticos, lo cual afectaría el cumplimiento integral del objeto contractual.
3
PARA VERIFICACION
A LA CONVOCANTE EN MODO DE PODER COTIZAR EN FORMA Y A LA VEZ DE OBTENER INFORMACION ADECUADA.
PARA SU VERIFICACION Y ACLARACION DEL
LOTE 1; ITEM 7-12-23-27 NO SE VISUALIZA SU PRESENTACION O TAMAÑO DE LOS PRODUCTOS
LOTE 2; ITEM 24-25
LOTE 3; ITEM 4
ADEMAS DE ACUERDO A CONSULTAS EN VARIOS REGISTRANTE DE INSUMOS, AL RELACION AL LOTE 1. ITEM 8 CIPIONATO DE ESTRADIOL 2MG FRASCOS DE 50ML NO SE TIENE EN STOCK TAMPOCO REGISTRO ACTUALIZADO VIGENTE..
SE RECOMIENDA EN DISPONIBILIDAD CIPIONATO DE ESTRADIOL 0,1% FRASCO
TENGASE SU VERIFICACION PARA SU MAYOR OFRECIMIENTO DE PRODUCTOS
A LA CONVOCANTE EN MODO DE PODER COTIZAR EN FORMA Y A LA VEZ DE OBTENER INFORMACION ADECUADA.
PARA SU VERIFICACION Y ACLARACION DEL
LOTE 1; ITEM 7-12-23-27 NO SE VISUALIZA SU PRESENTACION O TAMAÑO DE LOS PRODUCTOS
LOTE 2; ITEM 24-25
LOTE 3; ITEM 4
ADEMAS DE ACUERDO A CONSULTAS EN VARIOS REGISTRANTE DE INSUMOS, AL RELACION AL LOTE 1. ITEM 8 CIPIONATO DE ESTRADIOL 2MG FRASCOS DE 50ML NO SE TIENE EN STOCK TAMPOCO REGISTRO ACTUALIZADO VIGENTE..
SE RECOMIENDA EN DISPONIBILIDAD CIPIONATO DE ESTRADIOL 0,1% FRASCO
TENGASE SU VERIFICACION PARA SU MAYOR OFRECIMIENTO DE PRODUCTOS
A LA CONVOCANTE. EN CRITERIO DE PODER COTIZAR EN FORMA ADECUADA EN CUANTO A MARCA. NO SE VISUALIZA EN EL PBC LA COMPOSICION ADECUADA DEL LOTE 1 ITEM 42: Reconstituyente Yodofosforado mineralizante. Solucion inyectable. En frasco de 500ml, FAVOR DETALLAR YA; ESTOS PRODUCTOS SE FORMULA EN VARIOS COMPOSICIONES EN COMPLEMENTO COMPUESTOS...
ASI TAMBIEN EL ITEM 23 MISMO LOTE EN CUANTO A TAMAÑO EN FRASCO SE PIDE 100-250ML SEGUN EL PBC ESPECIFICACIONES; ESTOS CONFUNDEN PARA SU COTIZACION ATENDIENDO EL PRECIO DE REFERENCIA MENCIONADO SOLO CUBRE PARA SU COTIZACION DE 100ML
A LA CONVOCANTE. EN CRITERIO DE PODER COTIZAR EN FORMA ADECUADA EN CUANTO A MARCA. NO SE VISUALIZA EN EL PBC LA COMPOSICION ADECUADA DEL LOTE 1 ITEM 42: Reconstituyente Yodofosforado mineralizante. Solucion inyectable. En frasco de 500ml, FAVOR DETALLAR YA; ESTOS PRODUCTOS SE FORMULA EN VARIOS COMPOSICIONES EN COMPLEMENTO COMPUESTOS...
ASI TAMBIEN EL ITEM 23 MISMO LOTE EN CUANTO A TAMAÑO EN FRASCO SE PIDE 100-250ML SEGUN EL PBC ESPECIFICACIONES; ESTOS CONFUNDEN PARA SU COTIZACION ATENDIENDO EL PRECIO DE REFERENCIA MENCIONADO SOLO CUBRE PARA SU COTIZACION DE 100ML
EN RELACION DE ACUERDO LAS ESPECIFICACIONES REQUERIDA EN EL LOTE 1DEL ITEM 49,, SEÑOR/ES CONVOCANTE FAVOR VERIFICAR EL TAMAÑO DE PRESENTACION EN FRASCO.. ACTUALMENTE ESTE COMNPONENTE SE DISPONE EN FRASCO DE 100 Y 250ML,,,,,, Y LO REQUERIDO EN EL PBC ES DE 10ML PARA PODER COTIZAR LO DISPONIBLE
EN RELACION DE ACUERDO LAS ESPECIFICACIONES REQUERIDA EN EL LOTE 1DEL ITEM 49,, SEÑOR/ES CONVOCANTE FAVOR VERIFICAR EL TAMAÑO DE PRESENTACION EN FRASCO.. ACTUALMENTE ESTE COMNPONENTE SE DISPONE EN FRASCO DE 100 Y 250ML,,,,,, Y LO REQUERIDO EN EL PBC ES DE 10ML PARA PODER COTIZAR LO DISPONIBLE