Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el procedimiento de contratación a ser publicado.

Mag. Miguel Adorno López, Director

Dirección General de Gestión y Desarrollo de Personas

  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

Con la contratación del seguro odontológico se pretende contar con un sistema de salud bucodental que es de suma importancia para los funcionarios y su grupo familiar que prestan servicios en la Institución, para así salvaguardar la salud integral de cada uno de ellos. También se busca cubrir las necesidades odontológicas más cotidianas, y asistencia en casos de mayor complejidad de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas

  • Justificar la planificación.

Se trata de una convocatoria periódica.

  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas.

El seguro odontológico garantiza el acceso a servicios de salud bucodental de calidad a los funcionarios y sus familias, lo que contribuye a su bienestar integral. Las Especificaciones Técnicas fueron elaboradas en función a las necesidades de cada funcionario, considerando su grupo familiar, edad de los mismos, buscando obtener los mayores beneficios a favor del asegurado, teniendo en cuenta todos los servicios que se brindan dentro de las distintas especialidades odontológicas. Es así que, todos los requerimientos de la convocatoria para la contratación del seguro odontológico están elaborados con criterios de razonabilidad, objetividad e imparcialidad.

Especificaciones Técnicas "CPS"

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.

 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

El presente procedimiento de contratación se plantea plurianual en la modalidad de contrato abierto por montos.

Ejercicio Fiscal

Monto Mínimo

Monto Máximo

2025

245.000.000

490.000.000

2026

490.000.000

980.000.000

2027

245.000.000

490.000.000

 

N°.

Nombre de los Servicios

Cantidad

Unidad de Medida

Presentación

1

Seguro Odontológico para Funcionarios de Planta del Ministerio de Desarrollo Social

1

Mes

Evento

 

BENEFICIARIOS/TITULARES

Funcionarios de planta, permanentes, contratados, y comisionados del MDS que prestan servicios dentro de la institución y en otras instituciones, incluido su grupo familiar.

Se entenderá por grupo familiar:

1. Al titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio civil o por unión concubinaria), sus hijos solteros (sin límite de cantidad por grupo familiar) hasta que cumplan los 20 (veinte) años de edad; niños en situación de guarda siendo el titular parte de familias acogedoras registradas en el Programa Nacional e hijos con discapacidad mental y/o físico sin límite de edad. El divorcio vincular declarado podrá extinguir la calidad de BENEFICIARIO/A. La unión concubinaria se acreditará como válida con la presentación de la copia de la Resolución Judicial del Juzgado competente o Declaración Jurada, formulada ante el Encargado del Registro del Estado Civil, cuando la comunidad de hecho es producto de una efectiva convivencia, durante el tiempo mínimo indicado en la Ley Civil. Durante la vigencia del contrato el titular no podrá sustituir al Beneficiario declarado inicialmente, salvo que contraiga Matrimonio con una persona distinta. Los niños en situación de guarda serán acreditados por Resolución Judicial. Las discapacidades serán determinadas a través del Certificado expedido por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS).

2. Al titular soltero/a serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su padre o madre, siempre que estos titulares no mantuvieran unión concubinaria con una tercera persona (no funcionario) y, sus hijos solteros (sin límite de cantidad), hasta que cumplan los 20 (veinte) años de edad.

3. Al Titular soltero/a sin hijos serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su padre y madre.

4. En caso de existir algún funcionario/a casado/a también con funcionario/a de la Institución, incluyendo al otro funcionario/a al grupo familiar, ambos funcionarios serán tomados como titular cada uno. Este grupo estará conformado por: su cónyuge ya sea por matrimonio civil o por unión concubinaria, sus hijos/as solteros hasta el día que cumplan 20 (veinte) años; niños en situación de guarda siendo el titular parte de familias acogedoras registradas en el Programa Nacional, los hijos con discapacidad sin límites de edad, y uno de ellos (titular) podrá incluir a su padre o madre. La unión concubinaria se acreditará como válida con la presentación de la una copia de la Resolución Judicial del Juzgado competente o Declaración Jurada, formulada ante el Encargado del Registro del Estado Civil, cuando la comunidad de hecho es producto de una efectiva convivencia, durante el tiempo mínimo indicado en la Ley Civil. Los niños en situación de guarda serán acreditados por Resolución Judicial. Las discapacidades serán determinadas a través del Certificado expedido por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS).

5. Los Recién Nacidos del Titular y de su cónyuge tienen cobertura inmediata desde que le fuera comunicado el advenimiento a la prestadora del servicio, será suficiente prueba el Certificado de Nacido Vivo para el efecto.

•    El MDS por medio de la DGGDP se reserva el derecho de excluir a funcionarios del MDS comisionados a otras instituciones, que cuenten con Seguro Odontológico en las instituciones en la cuales prestan servicios.

ADHERENTES

Con costo y a cuenta exclusiva del titular para aquellos beneficiarios que no se encuentren incluidos en el grupo detallado anteriormente.

Los titulares podrán solicitar la incorporación de adherentes. El pago por la cobertura de adherentes correrá por cuenta exclusiva del Beneficiario Titular, cuyo monto deberá ser conforme al siguiente detalle:

A) El padre y la madre del titular, con una prima del 75% del contrato que será abonado por cada adherente incorporado.
B) Los hijos solteros del titular a partir de 20 (veinte) años de edad, hasta el día que cumplan 25 (veinticinco) años, prima igual al 60% del costo establecido para el titular de este contrato, por cada adherente incorporado.

La opción de incluir adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y los costos serán abonados por cada titular en forma directa con la prestadora de servicios.

El plazo máximo para las incorporaciones de grupos familiares y adherentes, será hasta 60 (sesenta) días posteriores a la firma del contrato.

Los adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del presente contrato o en su caso, hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.

En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, la Contratante comunicará dicha situación a la prestadora de servicios y elevará la nómina correspondiente en reemplazo de los mismos.

OBSERVACIONES GENERALES:

a. Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes y adherentes, tendrán los mismos derechos de cobertura que figuran en el contrato.

b. En todos los casos, el recién nacido será considerado como parte del grupo familiar de forma inmediata y automática, y contará con el 100% de las coberturas contempladas para el beneficiario.

c. Las incorporaciones de nuevos titulares deberán ser realizada por la contratante dentro de los primeros 10 (diez) días de cada mes para su incorporación al servicio. Las comunicaciones de las inclusiones de los titulares serán realizadas por el Ministerio de Desarrollo Social, la cobertura de los servicios será inmediata una vez entregados los carnets al Titular y sus beneficiarios y/o adherentes. El plazo máximo de entrega de los carnets es de 20 (veinte) días corridos posteriores a la firma del contrato.

d. La prestadora de servicios no podrá unilateralmente excluir a ningún adherente, por reglamentación interna, solo suspender temporalmente el servicio por falta de pago de un mes, en forma automática.

e. No se aplicará ninguna norma interna para los adherentes que menoscaben la cobertura en el presente contrato.

f. En caso de que exista una duda en cuanto a la interpretación del contrato se optará siempre por la interpretación más favorable al funcionario.

g. En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Legislación Vigente durante la vigencia del Contrato, el Ministerio de Desarrollo Social, comunicará dicha situación a la prestadora de servicios.

h. El Ministerio de Desarrollo Social solo tiene compromiso contractual de pago por los titulares y sus grupos familiares, quedando el cobro de los adherentes y otras gestiones que no sean directamente sobre el titular y su grupo familiar a cargo de la contratada y el usuario.

i. El Ministerio de Desarrollo Social, se compromete a realizar las comunicaciones de altas por nombramientos, o bajas (por renuncia, despido, retiro voluntario, fallecimiento, etc.) de los de titulares. Las bajas deberán ser comunicadas como máximo dentro del primer día hábil del inicio de cada mes para que no se compute al titular dentro de ese mes como beneficiario.

j. Los funcionarios titulares que formen parte del presente contrato, y que hayan accedido al beneficio jubilatorio durante la vigencia del presente contrato, será comunicado de manera inmediata al Prestador del Servicio de tal manera a comunicar su desvinculación. El funcionario titular jubilado podrá gestionar con la Prestadora un Plan cuya cobertura y costo será de común acuerdo.

k. Para los efectos del contrato se entenderá que el funcionario pasa a la categoría de jubilado desde el momento que presenta ante el Ministerio de Desarrollo Social su carta de renuncia para fines de jubilación y la contraseña de haber iniciado los trámites en el Ministerio de Economía y Finanzas. El Ministerio de Desarrollo Social comunicará esta circunstancia a la prestadora.

l. En ningún caso, el Ministerio de Desarrollo Social se hará responsable del pago que derive de la relación contractual de los funcionarios jubilados y su grupo familiar. Los funcionarios jubilados que decidan mantener la relación contractual deberán firmar un contrato individual con la prestadora, cuya cobertura y costo será de común acuerdo TITULAR JUBILADO Y PRESTADORA.

m. En el supuesto de que la prestadora de servicios presentare mejoras sobre las condiciones exigidas en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, que tienen el carácter de mínimas, deberán detallarlas en hoja anexa, las cuales será de carácter obligatorio en caso de ser adjudicados y posterior ejecución del contrato, estas mejoras en las prestaciones establecidas en las especificaciones técnicas, no implicarán desembolsos por parte de la contratante, no teniendo éstas ningún tipo de efecto para la evaluación de las ofertas

Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes tendrán los mismos derechos de cobertura que figuran en el contrato.

 

LA IDENTIFICACIÓN

LA ASEGURADORA, proporcionará a cada Beneficiario una Tarjeta de Identificación Exclusiva para la Institución y el Plan correspondiente, de carácter intransferible, que lo acreditará como tal.

La prestadora de servicios proveerá a todos los beneficiarios de los carnets identificadores (sin costo alguno para la convocante; el titular y sus adherentes), para lo que dispone de un plazo de 20 (veinte) días corridos posteriores a la firma del contrato para entregar a la contratante, los carnets identificadores, para cada uno de los beneficiarios que integren la nómina inicial. Los beneficiarios del presente contrato antes de la entrega de los carnets podrán empezar a utilizar los servicios con la presentación de la cédula de identidad.

Dichos carnets identificadores con la cédula de identidad, serán válidos para su utilización en todos los consultorios ofertados dentro del territorio nacional, sin necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria, salvo las visaciones requeridas.

En caso de pérdida o extravío del carnet identificatorio, se deberá comunicar de inmediato a la Empresa Aseguradora, quien deberá proporcionar un carnet nuevo, quedando el costo de la reimpresión del carnet a cargo del beneficiario.

En caso de extravío el beneficiario podrá consultar con su cédula de identidad en tanto se re imprima su carnet correspondiente.

Asimismo, la prestadora de servicios proveerá a todos los beneficiarios (sin costo alguno para la convocante; el titular y sus adherentes), copia en formato digital del contrato sustento del listado de profesionales a su servicio, con indicaciones de especialidad, dirección y teléfonos aclarados dentro del plazo de 60 (sesenta) días calendario luego de la firma del contrato.

VIGENCIA DE LOS SERVICIOS

La vigencia inmediata se dará en todos los servicios, posterior a la suscripción del Contrato de Servicio entre las partes. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, el hecho de que no se exigirá a los asegurados antigüedad o carencia alguna para la cobertura requerida en el presente PBC.

  1. COBERTURA:

En consultorios en día y hora de atención normal, con cobertura total.

Los turnos para consultas y/o tratamientos no deberá en ningún caso exceder los 8 (ocho) días corridos para la nueva consulta y/o tratamiento. El profesional que inicia un tratamiento al asegurado deberá de agendar o derivar a otro profesional el caso del paciente, si fuese necesario, para dar continuidad o finalizar el tratamiento correspondiente.

La contratista podrá derivar con un profesional calificado al asegurado con el fin de cumplir con el plazo establecido precedentemente, no obstante, en caso de que el asegurado no acepte dicha derivación y manifieste que desea ser atendido por un profesional específico, el plazo será como máximo de 15 (quince) días corridos.

TENDRAN COBERTURA LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES ODONTOLÓGICAS:

CIRUGIA BUCAL (COBERTURA100 %)

  • Exodoncia en casos normales
  • Exodoncia de restos radiculares post osteotomía
  • Exodoncia de dientes retenidos
  • Apicectomía
  • Exodoncia de terceros molares normales
  • Alveolectomia por zona
  • Tratamiento quirúrgico de bridas musculares
  • Profundización de surco
  • Incisión de abscesos (vía intraoral y extraoral)
  • Tumores benignos de maxilares y encías
  • Tratamiento de las complicaciones de la exodoncia
  • Otros casos de cirugía bucal con anestesia general e internaciones.

CIRUGÍA ORTODONCIA (COBERTURA 100%)

  • Descubierta (Hematoma de erupción).
  • Descubierta de Canino Dientes incluidos.
  • Extracción de Supernumerarios en erupción.
  • Germectomía.
  • Interceptiva Fase I.
  • Interceptiva Fase II.
  • Diagnóstico y Tratamiento
  • Exodoncia de premolares por mal posición o falta de espacio

CIRUGÍA Y TRAUMATOLOGÍA MAXILOFACIAL (COBERTURA 100%)

  • Cirugía Ortognática y/o Reconstructiva.
  • Fracturas faciales del tercio medio:
  • Tipo Lefort II.
  • Tipo Lefort III.
  • Tipo Lefort I.
  • Fracturas Mandibulares, Maxilares, ATM.
  • Interconsultas con otros especialistas.
  • Reposicionamiento óseo abierto.
  • Reducción abierta.
  • Reducción cerrada.
  • Fracturas nasales y/o naso etmoidales.
  • Fracturas Orbi Malar y arco Cigomático.

CIRUGÍA ORTOGNÁTICA Y/O RECONSTRUCTIVA (COBERTURA 70%)

PERIODONCIA (COBERTURA 100%)

  • Profilaxis bucodentaria
  • Raspaje y curetaje subgingival
  • Tratamiento quirúrgico de las enfermedades periodontales
  • Equilibrio oclusal por desgaste selectivo

 

OPERATORIA DENTAL (COBERTURA 100%)

  • Cemento de silicato o composite (cavidad simple)
  • Composite en reconstrucción de ángulos
  • Amalgamas de plata (cavidad simple)
  • Composite fotocurable (luz halógena)
  • Amalgamas de plata (cavidad compuesta)
  • Amalgamas de plata (cavidad compleja)
  • Block de resistencia de una pieza
  • Block de resistencia múltiple articulado
  • Tratamiento de cuellos dentarios sensibles y/o expuestos.
  • Restauración con amalgama de plata (cavidad simple).
  • Restauración con amalgama de plata (cavidad compuesta).
  • Restauración con amalgama de plata (cavidad compleja).
  • Blanqueamiento de dientes vitales y no vitales.
  • Blanqueamiento técnica inmediata y ambulatoria.
  • Carillas e incrustaciones de porcelana, isosit y/o zirconio y/o resina.
  • Restauraciones con resinas fotopolimerizables (luz halógena) Clase I, II, II, IV y V
  • Collage.
  • Corona de porcelana sobre metal, con o sin perno metálico.
  • Corona de porcelana sin metal, con perno o sin perno estético.
  • Fluorizaciones.
  • Inactivación de caries.
  • Incrustaciones en cerómero.
  • Incrustaciones en resinas: inlay y onlay.
  • Incrustaciones metálicas.
  • Obturaciones provisorias.
  • Obturación con ionómero de vidrio.
  • Provisorios.
  • Perno de fibra de vidrio.
  • Pernos seccionados y articulados de metal.
  • Pernos simples de metal.
  • Protección pulpar directa e indirecta.
  • Coronas provisorias.
  • Pernos provisorios.
  • Diagnóstico, plan de tratamiento y tratamiento de la sonrisa.
  • Obturaciones con protección pulpar directa e indirecta.
  • Reposición de resina por caída o por filtración.
  • Recementado de incrustaciones, coronas y puentes.
  • Reconstrucción de ángulo de resina.
  • Reconstrucción de ángulo con resina fotopolimerizable.
  • Reconstrucción con amalgama pins perno.
  • Remoción de perno.
  • Restauración con resina fotopolimerizable anterior clase I y clase V.
  • Restauración con resina fotopolimerizable posterior compuesta y compleja.
  • Restauración compleja y compuesta con amalgama.
  • Restauración con resina simple clase I con amalgamas.
  • Retratamiento: retiro de coronas, puentes o incrustaciones con reposición de provisorios.

ENDODONCIA (COBERTURA 100%)

  • Tratamiento de conducto en dientes

a. Anteriores

b. Posteriores (molares y premolares)

  • Tratamiento conservador de dientes permanentes jóvenes
  • Protección directa e indirecta
  • Blanqueamiento de piezas dentarias
  • Tratamiento de dientes traumatizados
  • Premolarización
  • Tratamiento de conducto de dientes vitales y no vitales necro I y II.
  • Apertura de conductos por absceso.
  • Blanqueamiento dentario no vital.
  • Estudio clínico radiográfico para diagnóstico.
  • Preparación de espacio para perno + impresión.
  • Preparación de espacio para perno.
  • Protección pulpar directa.
  • Protección pulpar indirecta.
  • Pulpotomia/Pulpectomía.
  • Re-tratamiento endodóntico.
  • Remoción de perno por diente, colocación de provisorio si lo requiere (perno y corona) Tracción radicular.
  • Tratamiento de Neoformación apical.
  • Tratamiento de Perforaciones radiculares o falsa vía.
  • Tratamiento de piezas Traumatizadas.
  • Tratamiento endodóntico anterior.
  • Tratamiento endodóntico molar.
  • Tratamiento endodóntico premolar.
  • Tratamiento de la emergencia endodóntica.
  • Interconsultas con otros profesionales si fuese necesario.

ENDODONCIA QUIRÚRGICA (COBERTURA 100%)

  • Apiceptomía.
  • Curetaje apical.
  • Odontosección y/o radectomía.
  • Premolarización.
  • Tratamiento endodóntico a retro

ENDODONCIA PEDIÁTRICA (COBERTURA 100%)

  • Endodoncia en dientes primarios y permanentes
  • Dientes Permanentes- Pulpotomía/ Pulpectomía
  • Dientes Temporales- Pulpotomía/ Pulpectomía
  • Cirugía de dientes primarios
  • Cirugía de Tejidos Blandos
  • Dientes con raíz y sin reabsorción
  • Exodoncia en niños con comportamiento difícil
  • Obturación provisoria y/o definitiva según el caso.

PERIODONCIA (COBERTURA 100%)

  • Alargamiento de corono clínica.
  • Cirugía mucogingival.
  • Cirugía regenerativa periodontal.
  • Equilibrio oclusal por desgaste selectivo.
  • Gingivectomía.
  • Gingivoplastia.
  • Ferulización temporaria.
  • Premolarización.
  • Profilaxis buco dentaria completa (raspaje supragingival general).
  • Radectomía.
  • Raspaje y alisado radicular sub gingival.
  • Tratamiento de la periimplantitis.
  • Tratamiento quirúrgico de la enfermedad periodontal.
  • Tratamiento de urgencias periodontales.
  • Tratamiento de G.U.N.A.
  • Incisión de absceso gingival o periodontal.
  • Limpieza de sarro de dentadura completa en todas sus formas (supra y subgingival) Tratamiento pericoronaritis.
  • Detartraje superior e inferior.
  • Detartraje supra gingival.
  • Detartraje subgingival.
  • Profilaxis con micro motor.
  • Chorro de bicarbonato.

ORTODONCIA (COBERTURA 100%)

  • Tratamiento con estudio cefalométrico
  • Ortodoncia preventiva convencional
  • Ortodoncia interceptiva convencional
  • Ortodoncia correctiva con aparatología convencional metálica
  • Otras técnicas convencionales
  • Férulas Relajantes.
  • Tratamiento de mordida abierta
  • Tratamiento de mordida cruzada.
  • Tratamiento de mordida profunda.
  • Diagnóstico Clínico, Modelos y Radiográficos.
  • Diagnóstico y tratamiento de los desórdenes craneofaciales.
  • Estudio de modelos y Diagnóstico cefalométrico.
  • Aparatos de Ortodoncia.
  • Ortodoncia interceptiva o Fase I (dentición mixta).
  • Ortodoncia correctiva o Fase II (dentición permanente).
  • Ortodoncia Brackets estéticos (zirconio).
  • Tratamiento de ortodoncia clase I, II, III y pseudoclase III.
  • Diagnóstico y tratamiento de la disfunción temporomandibular.

ODONTOPEDIATRÍA (COBERTURA 100%)

  • Tratamiento a niños con capacidad diferente
  • Restauración con Amalgama de plata (cavidad simple) en dientes permanentes
  • Restauración con Amalgama de plata (cavidad compuesta) en dientes permanentes
  • Restauración con Amalgama de plata (cavidad compleja) en dientes permanentes
  • Restauraciones con con resina fotopolimerizables (luz halógena) en dientes permanentes
  • Restauraciones con Iónomero de vidrio en dientes primarios y permanentes
  • Restauraciones con resina fotopolimerizables (luz halógena) en dientes primarios
  • Coronas pláticas
  • Coronas metálicas y estéticas
  • Cirugía en dientes primarios y permanentes
  • Cirugía de tejidos blandos
  • Dientes con raíz con reabsorción
  • Dientes con raíz sin reabsorción
  • Exodoncias de dientes con reabsorción y sin reabsorción
  • Inactivación de caries
  • Detección de placa bacteriana
  • Dientes temporarios- Pulpotomía/ Pulpectomía
  • Exodoncia normal y/o con anestesia general
  • Exodoncia en niños con comportamiento difícil y capacidad diferente
  • Fluorización
  • Prevención, Motivación y enseñanza del cepillado
  • Profilaxis buco dentaria
  • Reconstrucción de ángulo en dientes permanentes anteriores y primarios
  • Mantenedores de espacios
  • Sellado de fosas y fisuras
  • Consulta por traumatismo, avulsiones, extrusiones, intrusiones
  • Consulta Operatoria
  • Coronas con pernos en temporarios anteriores
  • Endodoncia
  • Asesoramiento dietético
  • Asesoramiento pre-natal
  • Cirugía por quiste de erupción
  • Radiografías pos- traumatismo
  • Incisión por erupción
  • Tratamiento de detartraje y profilaxis en general
  • Tratamiento de Fluorisis, Amelogenesis imperfecta
  • Tratamiento de quiste por erupción
  • Consultas en general
  • Controles periódicos
  • Enseñanza técnica de higiene
  • Amalgama en dientes primarios
  • Amalgama en dientes permanentes (cavidad simple)
  • Amalgama en dientes permanentes (cavidad compuesta)
  • Ionomeros de vidrio en primarios
  • Resina en dientes primario

ESPECIALIDAD EN CLÍNICA DEL BEBÉ (COBERTURA 100%)

RADIOLOGIA (COBERTURA 100%)

  • Radiografía intra oral, seriado, ortopantomográfico y/o Tomografía 3D

ORTOPEDIA (COBERTURA 100%)

  • Estudio clínico y radiográfico.
  • Estudios de modelos y diagnóstico cefalométrico.
  • Reparación de aparatos.
  • Reposición de aparatos.
  • Tratamiento de ortopedia de los maxilares Colocación de aparatos.

PATOLOGÍA Y MEDICINA BUCAL (COBERTURA 100%)

IMPLANTODONTOLOGIA (COBERTURA 70%)

  • La unidad de implante intraóseo o estabilizador
  • Implante del tipo blade con uno y dos pilares
  • Reimplante de un diente permanente
  • Trasplante
  • Implante mucosal prótesis para completa superior (técnica americana)
  • Provisorios pre y post implantes.
  • Implantes de titanio.
  • Fase quirúrgica.
  • Implante de titanio osteointegrado.
  • Fase protésica.
  • Implante de titanio de carga inmediata.
  • Fase quirúrgica y protésica.
  • Levantamiento de piso de seno maxilar por lado.
  • Regeneración ósea guiada por membrana.
  • Regeneración ósea guiada por membrana y hueso autógeno o de banco.
  • Tratamiento de la periimplantis afectada.
  • Trasplante y/o reimplante dentario.
  • Injertos óseos Inlay.
  • Injertos óseos Onlay.
  • Coronas de porcelana sobre implantes.
  • Coronas de porcelana con encía según el caso lo requiera.
  • Implantes.
  • Osteointegrado por unidad.
  • Fase quirúrgica.
  • Implantes.
  • Osteointegrados de una fase quirúrgica por unidad (cirugía y prótesis).
  • Implantes Osteointegrados fase Protética
  • Prótesis sobre implantes (70% de cobertura)

PROTESIS (COBERTURA 70%) (las prótesis sobre implantes también tendrán una cobertura del 70%)

  • Corona de composite
  • Corona de porcelana luminosa
  • Corona de porcelana fundida sobre metal
  • Prótesis completa de acrílico (14 dientes)
  • Prótesis completa con dientes de porcelana (14 dientes)
  • Prótesis parcial de acrílico
  • Puentes de porcelana fundidas sobre metal cada póntico
  • Agregado de dientes en prótesis parcial removible por diente y prótesis completo+
  • Prótesis inmediata pos exodoncia.
  • Provisorio pos exodoncia.
  • Carilla de cerómero.
  • Carilla de porcelana colada feldespática y otros.
  • Carilla de resina.
  • Compostura de base de acrílico.
  • Corona colada en Cr-Ni (capsular).
  • Corona de acrílico.
  • Corona de cerómero.
  • Corona de porcelana libre de metal.
  • Corona de porcelana y metal.
  • Corona de resina (Isosit).
  • Corona de resina y metal.
  • Compostura simple de prótesis.
  • Incrustaciones en cerómero, isosit, zirconio y/o resina inlay y onlay.
  • Incrustación de porcelana feldespática inlay/onlay.
  • Incrustaciones en resinas: inlay y onlay.
  • Incrustación de porcelana colada y otros.
  • Montaje en articulador y diagnóstico.
  • Perno colado articulado.
  • Perno colado simple.
  • Perno de fibra de vidrio.
  • Perno pre fabricado estético y metal.
  • Placa de relajación.
  • Prótesis completa inferior.
  • Prótesis completa superior.
  • Prótesis Flexible superior e inferior.
  • Provisorios (coronas, puentes y prótesis provisorias).
  • Puente de cerómero.
  • Puente de metal porcelana.
  • Puente de metal resina.
  • Puente de porcelana libre de metal.
  • Prótesis Removible de acrílico.
  • Prótesis Removible de acrílico diente subsiguiente.
  • Prótesis Removible con attachments de laboratorio.
  • Prótesis Removible con attachments de prefabricado.
  • Prótesis Removible de cromo cobalto.
  • Prótesis Removible de cromo cobalto diente subsiguiente.
  • Compostura de fractura de prótesis.
  • Recementado de pernos y coronas.
  • Coronas de zirconio.
  • Coronas de e-max.
  • Perno provisorio.
  • Retiro de coronas.
  • Retiro de puentes.
  • Retiro de incrustaciones.
  • Puente de metal acrílico.
  • Corona de porcelana fundida Incrustaciones metálicas y estéticas.
  • Provisorios/Urgencias protésicas.

OBSERVACIÓN 1: El listado precedente es meramente enunciativo y no limitativo, en caso de existir otras especialidades u otros tratamientos en cualquiera de las especialidades odontológicas previstas, también deben tener cobertura de 100%, en estudios, internaciones, tratamientos y Honorarios profesionales. Salvo aquellos tratamientos que sean con fines estéticos en cuyo caso tendrán una cobertura del 70% (setenta por ciento), así como aquellas cuya cobertura estén explícitamente establecida la cobertura del hasta 70% (setenta por ciento).

Para la determinación de porcentajes se tendrá en cuenta el arancel vigente del Círculo de Odontólogos del Paraguay.

LOS OFERENTES DEBERÁN CONTAR CON CONSULTORIOS Y/O CENTROS ODONTOLÓGICOS EN ASUNCION (Capital) COMO MÍNIMO 2 (dos):

Los Centros Odontológicos Propuestos para la ciudad de Asunción, deberán tener habilitadas todas las especialidades odontológicas, contar con la habilitación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la Superintendencia de Salud.

Como mínimo el Centro Odontológico principal (Primero) propuesto deberá contar con 12 (DOCE) consultorios habilitados y con la siguiente cantidad de profesionales por especialidad:

  • Odontopediatría: 5 (cinco) especialistas
  • Periodoncia: 2 (dos) especialistas
  • Cirujanos maxilofaciales: 3 (tres) especialistas
  • Ortodoncistas: 7 (siete) especialistas
  • Ortopedia: 1 (uno) especialista
  • Endodoncistas: 5 (cinco) especialistas
  • Implantologos: 6 (seis) especialistas
  • Patología y medicina bucal: 1 (uno) especialista
  • Odontología legal y forense: 1 (uno) especialista
  • Operatoria dental: 4 (cuatro) especialistas
  • Rehabilitación oral: 4 (cuatro) especialistas
  • Clínica del Bebé: 1 (uno) especialista

Además, como mínimo 1 (uno) de los Centros odontológicos habilitados, deberá contar dentro de sus instalaciones con un equipo de Ortopantomografía y/o Tomógrafo tridimensional (para radiografías odontológicas especializadas en 3D) habilitado por el ARRN (Autoridad Reguladora Radiología y Nuclear) y deberá poseer además convenio suscrito por lo menos con 1 (uno) centro de imágenes y diagnóstico.

Los 2 (dos) CENTROS ODONTOLÓGICOS propuestos deberán contar con tecnología CAD CAM dental.

El centro odontológico principal propuesto deberá contar con un laboratorio de prótesis dentro de sus instalaciones para urgencias.

Deberán prestar servicio de guardia 24hs. con su respectivo centro radiográfico habilitado en el momento de la guardia para la ejecución de la misma.

Los otros Centros Odontológicos propuestos deberán contar como mínimo con 8 (ocho) consultorios habilitados con todas las especialidades habilitadas.

Deberá contar, además, en Gran Asunción con 1 (un) consultorio odontológico como mínimo en: Villa Elisa, Ñemby, Lambaré, San Lorenzo, Luque y Fernando de la Mora.

URGENCIAS (100%)

Deberá disponer de un servicio de guardia las 24 horas, para casos de urgencias y emergencias, sin costo para el beneficiario. El costo de Atención de las urgencias en el interior se hará por sistema de reembolso (a cargo del seguro), hasta la suma de Gs. 170.000 y como máximo 2 veces en el mes.

En caso de que el beneficiario necesite asistencia de urgencias y la prestadora de servicios no cuente con atención disponible en el momento requerido, el mismo podrá consultar con un odontólogo externo, y la prestadora estará obligada a reembolsar al beneficiario hasta la suma de Gs. 170.000 y como máximo 2 veces en el mes, en dicho concepto.

INTERNACIONES POR EVENTOS ODONTOLÓGICOS

Con cobertura inmediata ante eventos odontológicos, en centros asistenciales habilitados por el seguro, a libre elección del asegurado y/o del odontólogo tratante. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico y/o

interconsultas que sean necesarios para los aspectos odontológicos, hasta el alta del paciente. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado pueda internarse.

Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas de índole odontológico, la utilización de todos los equipos necesarios para llevar a cabo el procedimiento quirúrgico.

Se contemplará en los casos en que sean necesarios la utilización de sala de operación e internación en las cirugías odontológicas, incluido los honorarios del anestesiólogo y anestesia y cirujano.

TRATAMIENTO BAJO ANESTESIA GENERAL

100% de cobertura sobre el presupuesto normal establecido, incluyendo anestesiólogo, quirófano y otros gastos requeridos.

HONORARIOS PROFESIONALES

Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones y servicios de urgencias en las todas las especialidades odontológicas: (eventos clínicos y quirúrgicos), sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos.

Los profesionales odontólogos de la lista de la Prestadora de Servicios estarán a disposición del Beneficiario en forma permanente, sin que puedan alegarse razones reglamentarias de ordenamiento interno, que impidan la atención por parte de cualquiera de los profesionales del listado de la Prestadora de Servicios, salvo causas de disponibilidad fundadas en las Leyes Laborales de la República.

La Prestadora de Servicios se compromete a aceptar y contratar la nominación o el listado de profesionales, que proveerá La Contratante en su oportunidad hasta el cumplimiento del Contrato.

En caso de discrepancia entre las EE.TT. solicitadas y prestadas deberá ser canalizada por la dependencia Administradora del Contrato.

 

De las MIPYMES

En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:

No aplica

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.

 

Ítem

Descripción del servicio

Cantidad

Unidad de medida

Lugar de entrega del servicio

Fecha(s) final(es) de entrega del servicio

1

Seguro Odontológico para funcionarios de Planta del Ministerio de Desarrollo Social

1

Mes

Conforme a lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas

El Plazo de entrega
será en forma
inmediata a partir
de la firma del
contrato
por 24 (veinticuatro) meses.

 

 

 

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica