Condición de Participación

Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.

Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".

 

Sucursales

En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.    

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado la declaración jurada de estar o no incurso/a en causales de los deberes de abstención en caso de conflicto de intereses en relación a funcionarios públicos, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos,  y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
  6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
  7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.

 

Método de evaluación y análisis de los precios ofertados

En la evaluación de ofertas con el criterio basado en precio y luego de haber ordenado las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

a. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Composición de Precios

La estructura mínima del desglose de composición de los precios, será:

1

COSTO DE PRODUCTO Y/O MANO DE OBRA

2

IMPUESTOS

3

GASTOS OPERACIONALES

4

GASTOS ADMINISTRATIVOS

5

UTILIDAD

6

PRECIO TOTAL

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en el listado de items.

    1. Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems del listado del ítems, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de preferencia en procedimientos de contratación de carácter internacional

En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:

  1. El empleo de los recursos humanos del país.
  2. La adquisición y locación de bienes producidos en la República del Paraguay.

Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

        1. Formulario de Oferta (*)

El formulario de oferta, deberá ser generado en el módulo de oferta electrónica y se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.

        1. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

[La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.

        1. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**)
        1. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)
        1. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
        1. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**)
        1. Declaración Jurada de “Declaración de Personas”, de conformidad con el formulario estándar – Sección Formularios (**)
        1. Documentos legales. Oferentes

8.1.  Personas Físicas.

      1. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*)
      1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*)
      1. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

8.2. Personas Jurídicas.

  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  1. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes.(*)
  1. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad.(*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

8.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado de Personas Físicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
      1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
      2. Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
    1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
    2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

En el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva.

 

 

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  1. Para contribuyente de IRACIS/IRE RG
    Deberán cumplir el siguiente parámetro:
    a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
    Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2022, 2023 y 2024)
    b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
    No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años (2022, 2023 y 2024)
    c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
    El promedio de los años (2022, 2023 y 2024) no deberá ser negativo
  2. Para contribuyente de IRPC/IRE SIMPLE o IRACIS/IRE SIMPLE
    Deberán cumplir el siguiente parámetro:
    Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
    Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2022, 2023 y 2024)
  3. Para contribuyente de IRP/IRP RSP
    Deberán cumplir el siguiente parámetro:
    Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
    Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2022, 2023 y 2024)
  4. Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
    Deberán cumplir el siguiente parámetro:
    Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
    Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2022, 2023 y 2024)
    Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado, deberán presentar los documentos que se indican en los requisitos
    documentales.

Observación: Si en alguno de los tres años, o los tres años presentados por la Empresa, su pasivo es igual a 0, se considerará el Ratio de Liquidez igual a 1 y se dará por cumplido el Ratio de Endeudamiento.

Esta salvedad en el PBC hace posible calcular el promedio del índice de liquidez de los 3 (tres) ejercicios analizados, debido a que se otorga un valor que puede ser promediado.

e. El oferente deberá acreditar poseer un capital operativo (Activo Corriente Pasivo Corriente) comprobable con el Balance General 2024, no inferior al 20% (veinte por ciento) del costo total de su oferta, o en su defecto presentar certificado o extracto de una entidad bancaria de plaza, en la cual conste la disponibilidad en su Cta. Cte. O Caja de Ahorro a la Vista del porcentaje solicitado sobre el monto total ofertado a fin de verificar la disponibilidad inmediata de todo lo solicitado en el PBC. El documento emitido deberá ser expedido como máximo 5 días antes del inicio de la etapa competitiva de la SBE. En caso de consorcios se tendrán en cuenta la suma de capital y/o saldos presentados por cada socio integrante.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

  1. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los tres años (2022, 2023 y 2024) para contribuyente de IRACIS/IRE RG.
  1. IVA General de 36 (treinta y seis) meses (2022, 2023 y 2024), para contribuyentes sólo del IVA General.
  1. Formulario 106 IRPC, Formulario 501 IRE Simple de los 3 (tres) años (2022, 2023 y 2024) para contribuyentes del IRPC/IRE SIMPLE o IRACIS/IRE SIMPLE.
  1. Formulario 104 IRP, Formulario 515 IRP-RSP de los 3 (tres) años (2022, 2023 y 2024) para contribuyentes de IRP/IRP-RSP
     e. Presentar certificado o extracto de una entidad bancaria de plaza, según sea el caso para avalar lo requerido en el criterio.

 

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

  1. Demostrar la experiencia en el Servicio de Limpieza, con contratos, facturas, y/o recepciones finales de los últimos 3 (tres) años (2022, 2023, 2024) por un monto equivalente al 30% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación. Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje del monto establecido por cada año.
  2. El oferente deberá acreditar su experiencia en Programas de Gestión de Residuos reciclables con alguna Organización o Empresas con o sin fines de lucro.

 

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

  1. Copia de contratos, facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.
  2. Certificados, contratos y/o constancias que acrediten su experiencia en Programas de Gestión de Residuos reciclables con alguna Organización o Empresas con o sin fines de lucro.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  1. El oferente deberá demostrar haber prestado el servicio de limpieza en tiempo y forma en los últimos 3 (tres) años (2022, 2023, 2024).
  2. El oferente deberá presentar la nómina del personal disponible, así como también una nota donde se compromete a contratar la cantidad de personal necesario para cumplir con el servicio según lo detallado en estas especificaciones.
  3. El oferente deberá avalar que los operarios dispondrán de movilidad suficiente para trasladarse a los diversos lobbies indicados en este PBC, con sus respectivos elementos para el aseo correspondiente.
  4. El oferente deberá destinar como mínimo, para el cumplimiento de este Contrato, 1 (un) Vehículo (propio) del tipo Minivan/Furgón cerrado, de capacidad de carga de por lo menos 800 kg, con logo de la Empresa, para verificar los servicios en los diferentes lobbies, garantizando así el fiel cumplimiento en tiempo y forma la entrega de insumos para el servicio solicitado.
  5. El oferente deberá contar con Certificado de Cumplimiento Laboral SIN OBSERVACIONES, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  6. Presentar documentos que demuestren que la firma oferente posee un sistema de medición de calidad de su gestión.
  7. Presentar documentos que demuestren que la firma oferente posee un sistema de gestión ambiental, responsable y comprometida con la protección del medio ambiente.
  8. En el caso de que las empresas cuenten con 100 o más trabajadores a su cargo deberán poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA).
  9. Listado en carácter de Declaración Jurada de que el oferente cuenta con equipos de su propiedad, insumos y elementos disponibles para el servicio, conforme al siguiente detalle: 
  • 3 (tres) Escaleras reticuladas de hasta 2 (dos) metros de altura.
  • 2 (Dos) Hidrolavadoras.
  • 3 Aspiradoras de polvo/líquido.
  • 3 (tres) motocicletas equipadas para respuesta inmediata ya que se cuenta con servicios 24/7.
  • Baldes de 20 litros de capacidad con separador de agua limpia y agua sucia para mopa húmeda.
  • Baldes de 10 litros de capacidad con separador de agua limpia y agua sucia para mopa húmeda.
  • Franela convencional absorbente.
  • Paño de microfibra.
  • Plumero de microfibra, 72 cm de largo y 8 cm. de ancho como mínimo.
  • Escobillo de fibra sintética.
  • Escurridor doble goma de 40 cm.
  • Equipo mojador y escurridor con prolongador telescópico.
  • Trapo de piso.
  • Guantes de látex para limpieza Mediano.
  • Palita.
  • Bolsas para residuos resistentes o reforzadas de 60 y 100 litros de capacidad.
  • Esponja.
  • Líquido limpia vidrios desempañante.
  • Desodorante de ambiente en aerosol con fragancia, que no dañe la capa de ozono.
  • Alcohol al 70% desinfectante de superficies
  • Desinfectante para pisos.
  • Limpiador de metales.
  • Detergente biodegradable concentrado
  • Crema limpiadora multiuso.
  • Observación: Se deberán incluir aquellos productos/elementos que puedan inferirse razonablemente necesarios para satisfacer el requisito del suministro indicado.

    10. El oferente deberá contar con Certificado de Licencia que lo habilita en el rubro de Limpieza de la Municipalidad a la cual pertenece. Este requisito es aplicable para aquellos municipios que emitan dicha licencia, o en su defecto presentar documentación del Municipio al cual pertenece. La dirección de la licencia deberá ser la misma declarada en el Formulario de Ofertas

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

  1. El oferente deberá presentar constancia de haber prestado el servicio de limpieza en tiempo y forma, de los últimos 3 (tres) años (2022, 2023, 2024).
  2. Presentar la nómina del personal propuesto para prestar el servicio, así como también una nota de compromiso de contratar la cantidad de personal suficiente para cumplir con el servicio según lo mencionado en estas especificaciones.
  3. Declaración Jurada de que los operarios dispondrán de movilidad suficiente para trasladarse con sus respectivos elementos de aseo a los diversos lobbies objetos de este llamado.
  4. Presentar copia autenticada de Cédula Verde que demuestre la propiedad del vehículo solicitado.
  5. Certificado de Cumplimiento Laboral SIN OBSERVACIONES, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  6. Presentar Certificación de calidad ISO 9001:2015 a fin de comprobar que el oferente posee un sistema de gestión de calidad, cuyo alcance mínimo sea en servicio de limpieza, con los antecedentes de implementación y mantenimiento (Auditoria de certificación, Auditor habilitado y Certificadora habilitada por el ONA).
  7. Presentar Certificación ISO 14001:2015, a fin de comprobar que el oferente posee un sistema de gestión ambiental, cuyo alcance mínimo sea en servicio de limpieza, con los antecedentes de implementación y mantenimiento (Auditoria de certificación, Auditor habilitado y Certificadora habilitada por el ONA).
  8. Constancia de poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA) debidamente reconocidas y homologadas por Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
  9. Presentar declaración jurada de contar con todo lo requerido en el punto 9 de capacidad técnica.
  10. Presentar Certificado de Licencia que lo habilita en el rubro de Limpieza de la Municipalidad a la cual pertenece, o en su defecto presentar documentación del Municipio al cual pertenece. La dirección de la licencia deberá ser la misma declarada en el Formulario de Ofertas, no se admitirán licencias provisorias.

Otros documentos adicionales a la oferta que demuestren que los bienes o servicios ofertados cumplen con las especificaciones técnicas

No Aplica.

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

El oferente deberá presentar con su oferta (en el acto de apertura de ofertas) muestras de los productos detallados a continuación, dichas muestras deberán estar debidamente rotuladas con el nombre de la empresa y quedarán en poder de la convocante para corroborar que las mismas sean las utilizadas, en caso de adjudicación;

  1. Alcohol al 70% desinfectante de superficies (*) (1 Envase de 5 litros)
  2. Limpia vidrios desempañante (*) (1 Envase de 5 litros)
  3. Desinfectante para pisos (*) (1 Envase de 5 litros)
  4. Detergente biodegradable concentrado (*) (1 Envase de 3 litros)

(*) Cada uno de estos productos señalados deberán tener impreso, en su adhesivo, el Número de Registro Sanitario Vigente.

Método de evaluación de las muestras:

 Ítems 1 al 4) se verificarán si cuentan o no con la impresión del número del Registro Sanitario Vigente.

 

Para Personas Jurídicas u Oferentes en Consorcio.

* Copias simples de las Constancias del Registro de Personas y Estructuras Jurídicas, y las Constancias del Registro de Beneficiarios Finales, dispuestas por la Ley N° 6446/2019, Decreto Reglamentario N° 3241 del 10/01/2020 y la Resolución N° 202/2020 del 17/09/2020 de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes SEPRELAD.

Para los oferentes consorciados: el socio líder y cada socio deberá como mínimo cumplir con los siguientes porcentajes:

a. CAPACIDAD FINANCIERA

60% socio líder y el resto de los demás socios de lo exigido.

b. EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA

60% del requisito mínimo para el socio líder y el resto de los demás socios.

c. CALIFICACIÓN LEGAL

100% de lo exigido.

OTROS DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA FIRMA DEL CONTRATO:

  • De conformidad al Art. 33 de la Resolución N° 70 de la SEPRELAD, el oferente adjudicado deberá proveer los datos y documentos respaldatorios solicitado en la misma.

Aclaración de las ofertas

Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.

A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.

Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.

No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.

Disconformidad, errores y omisiones

Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.

A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.

Para los casos de ajustes de precios de las ofertas electrónicas, toda vez que se hayan realizado lances durante la etapa competitiva, el oferente deberá ajustar su listado de ítems al precio final de la competencia electrónica, a través del módulo de ofertas electrónicas.

Si como consecuencia del resultado de la división del precio total subastado respecto a la cantidad, se obtuviere una cifra con decimales, se deberá realizar el redondeo del mismo hacia abajo, de modo a que el precio total no supere al que figure en el Acta de Sesión Pública Virtual como precio final, conforme al sistema de adjudicación establecido (ítem, lote, total).

En la consignación de los precios unitarios finales, el oferente no podrá aumentar el precio unitario cargado inicialmente para la presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva.

En caso de que el oferente no haya realizado lance durante la etapa competitiva, los precios permanecerán invariables.

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el vencedor de cada grupo subastado será el que lo haya ingresado primero

  1. Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.

Criterios de Adjudicación

De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.

La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.

En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.

La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.      

Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.