Presentar Certificación ISO 45001:2018 a fin de comprobar que el oferente posee un sistema de salud y seguridad ocupacional, con los antecedentes de implementación y mantenimiento (Auditoria de Certificación, Auditor habilitado y Certificadora habilitada por ola ONA)
SE SOLICITA LA EXCLUSIÓN DE LA ISO 45001 pues resulta limitante para muchos oferentes para los que no cuentan con dicha certificación por el costo que conlleva dichas certifaciones, beneficiando asi solo a algunas pocas, y no permitiendo la libre participación y la igualdad de competencia, la solicitud de dichas certificaciones al fin y al cabo no es una garantia en que realmente las empresas cumplirán con el servicio, la convocante puede corroborar la experiencia y la calidad de los servicios de cada proveedor solicitando referencias y mediante los contratos ya ejecutados y permitiendo así que mayores oferentes tengan la oportunidad de participar en los llamados y asi destrabar la limitación a la libre concurrencia, en concordancia a los incisos c) y d) del Articulo 4 de la Ley Nº 7021/22 “De Suministro y Contrataciones Públicas”
Presentar Certificación ISO 45001:2018 a fin de comprobar que el oferente posee un sistema de salud y seguridad ocupacional, con los antecedentes de implementación y mantenimiento (Auditoria de Certificación, Auditor habilitado y Certificadora habilitada por ola ONA)
SE SOLICITA LA EXCLUSIÓN DE LA ISO 45001 pues resulta limitante para muchos oferentes para los que no cuentan con dicha certificación por el costo que conlleva dichas certifaciones, beneficiando asi solo a algunas pocas, y no permitiendo la libre participación y la igualdad de competencia, la solicitud de dichas certificaciones al fin y al cabo no es una garantia en que realmente las empresas cumplirán con el servicio, la convocante puede corroborar la experiencia y la calidad de los servicios de cada proveedor solicitando referencias y mediante los contratos ya ejecutados y permitiendo así que mayores oferentes tengan la oportunidad de participar en los llamados y asi destrabar la limitación a la libre concurrencia, en concordancia a los incisos c) y d) del Articulo 4 de la Ley Nº 7021/22 “De Suministro y Contrataciones Públicas”
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable del servicio se informa lo siguiente: La Certificación ISO 45001:2018, que establece los requisitos para un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, es fundamental para el servicio de limpieza en una entidad bancaria debido a las particularidades de su entorno operativo y los riesgos asociados. Este estándar garantiza un enfoque sistemático para identificar, controlar y mitigar riesgos laborales, lo cual es crítico en el contexto de un banco, donde la seguridad del personal, clientes y activos es prioritaria.
El requisito se incluye en cumplimiento de normas de buenas prácticas. Los bancos operan bajo estrictas regulaciones de seguridad y salud ocupacional. La certificación demuestra que el proveedor de limpieza cumple con estándares internacionales y locales, minimizando riesgos legales y operativos para la entidad bancaria. Favor Remitirse al PBC.
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CAPACIDAD TÉCNICA
El Oferente deberá contar con un Personal Técnico de Seguridad Ocupacional dentro del Staff Permanente de la empresa. Dicho Personal Técnico de Seguridad Ocupacional deberá figurar en la Declaración Jurada de Salarios del IPS correspondiente a la empresa oferente, como mínimo, a 1 (un)año anterior a la fecha de Apertura de Sobres. Para garantizar que el Personal Técnico propuesto cuenta con experiencia práctica y que la empresa ha integrado eficazmente la Seguridad Ocupacional en su organización la empresa oferente deberá demostrar que dicho Personal Técnico ha trabajado de manera continua en este rol durante al menos un año y antes de la fecha de apertura de sobres, dentro de la firma oferente y cumpliendo con el trabajo técnico señalado. Esta experiencia deberá ser respaldada por la fecha del Carnet de Agente de Seguridad y Salud Ocupacional conforme al Código del Trabajo categoría A y la planilla de Declaración Jurada de salarios del IPS correspondiente a la empresa oferente. La Convocante intenta confundir a los oferentes con una distinción entre Técnico en Seguridad e Higiene y el Técnico en Seguridad Ocupacional, cuando el último tiene conocimiento y prerrogativas certificadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a través del registro habilitante. Este puede desarrollar los planes de seguridad e higiene ¿Cuál es el argumento técnico para diferenciarlo?. El MTESS exige una serie de cursos, diplomados y hasta titulo de grado, mas una constante actualización en cursos antes de emitir el registro, por qué a pesar de todo ello nuevamente exige un cursos de “70 horas”, ¿bajo que criterio?. Es una manipulación grosera de las bases concursales que debe ser rectificada.
Se solicita a la convocante la modificación de este requisito pues además piden que dicho técnico se haya empleado en el rol durante un año, lo cual solo limita al participante pues, podríamos dar posibilidad a gente de nuestro staff a capacitarse y que el mismo ya sea parte de nuestra empresa por todo ese tiempo pero que lo limiten porque cuenta con un carnet menor a dicho año. Solo direcciona este requisito, pues al personal tomar los cursos y capacitarse ya cuenta con la información y formación para poder ejercer dicha profesión
El Oferente deberá contar con un Personal Técnico de Seguridad Ocupacional dentro del Staff Permanente de la empresa. Dicho Personal Técnico de Seguridad Ocupacional deberá figurar en la Declaración Jurada de Salarios del IPS correspondiente a la empresa oferente, como mínimo, a 1 (un)año anterior a la fecha de Apertura de Sobres. Para garantizar que el Personal Técnico propuesto cuenta con experiencia práctica y que la empresa ha integrado eficazmente la Seguridad Ocupacional en su organización la empresa oferente deberá demostrar que dicho Personal Técnico ha trabajado de manera continua en este rol durante al menos un año y antes de la fecha de apertura de sobres, dentro de la firma oferente y cumpliendo con el trabajo técnico señalado. Esta experiencia deberá ser respaldada por la fecha del Carnet de Agente de Seguridad y Salud Ocupacional conforme al Código del Trabajo categoría A y la planilla de Declaración Jurada de salarios del IPS correspondiente a la empresa oferente. La Convocante intenta confundir a los oferentes con una distinción entre Técnico en Seguridad e Higiene y el Técnico en Seguridad Ocupacional, cuando el último tiene conocimiento y prerrogativas certificadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a través del registro habilitante. Este puede desarrollar los planes de seguridad e higiene ¿Cuál es el argumento técnico para diferenciarlo?. El MTESS exige una serie de cursos, diplomados y hasta titulo de grado, mas una constante actualización en cursos antes de emitir el registro, por qué a pesar de todo ello nuevamente exige un cursos de “70 horas”, ¿bajo que criterio?. Es una manipulación grosera de las bases concursales que debe ser rectificada.
Se solicita a la convocante la modificación de este requisito pues además piden que dicho técnico se haya empleado en el rol durante un año, lo cual solo limita al participante pues, podríamos dar posibilidad a gente de nuestro staff a capacitarse y que el mismo ya sea parte de nuestra empresa por todo ese tiempo pero que lo limiten porque cuenta con un carnet menor a dicho año. Solo direcciona este requisito, pues al personal tomar los cursos y capacitarse ya cuenta con la información y formación para poder ejercer dicha profesión
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable del servicio se informa lo siguiente: Los requisitos relativos al currículo, formación, experiencia y vinculación del Técnico en Seguridad Ocupacional, se aclara que dichas exigencias se fundamentan en un análisis riguroso de experiencias previas. En dichas instancias, se ha constatado que ciertas empresas, con el único propósito de cumplir formalmente con los requerimientos, han presentado personal que no forma parte de su estructura organizativa permanente, carece de conocimiento sobre los planes de seguridad, desconoce la logística operativa y la dinámica del personal de la empresa, y es vinculado exclusivamente para la presentación de ofertas. Por consiguiente, el nivel de detalle especificado en los requisitos técnicos no solo responde a la necesidad de garantizar la seguridad del personal involucrado, sino que también busca mitigar el riesgo derivado de prácticas inadecuadas por parte de oferentes que, a pesar de no contar con el perfil ni la experiencia requerida, intentan acceder a contratos que superan su capacidad operativa. Favor remitirse al PBC
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CAPACIDAD TÉCNICA
El oferente deberá demostrar contar con dos (2) Vehículos propios, año de fabricación 2022 en adelante, con las siguientes capacidades: uno con capacidad mínima de carga de 1.500 Kg y el otro con capacidad mínima de carga de 3.500kg, con logo de la Empresa, para verificar los servicios en los diferentes Edificios del Banco, garantizando así el fiel cumplimiento y la entrega de insumos para el servicio solicitado.
Se solicita la modificación del pbc en cuanto a este requerimiento, pues resulta limitante e innecesario solicitar vehículos con cierto año, muchas empresas justamente por tratarse de servicios y la entrega de insumos, sea cual sea el año realiza los mantenimientos de sus rodados, por lo que de igual manera menor al año solicitado por la convocante podrán cumplir con la entrega de insumos y la visita a los locales, además se solicita la posibilidad de que se presente contratos de arrendamiento en caso de adjudicación o declaraciones juradas, pues al ser adjudicado el proveedor esos documentos son una garantía que los mismos deberán cumplir o abstenerse a multas, por lo que solicitamos la modificación de dicho requerimiento permitiendo la libre participación de mayores oferentes, pero sobre todo a las mipymes.
El oferente deberá demostrar contar con dos (2) Vehículos propios, año de fabricación 2022 en adelante, con las siguientes capacidades: uno con capacidad mínima de carga de 1.500 Kg y el otro con capacidad mínima de carga de 3.500kg, con logo de la Empresa, para verificar los servicios en los diferentes Edificios del Banco, garantizando así el fiel cumplimiento y la entrega de insumos para el servicio solicitado.
Se solicita la modificación del pbc en cuanto a este requerimiento, pues resulta limitante e innecesario solicitar vehículos con cierto año, muchas empresas justamente por tratarse de servicios y la entrega de insumos, sea cual sea el año realiza los mantenimientos de sus rodados, por lo que de igual manera menor al año solicitado por la convocante podrán cumplir con la entrega de insumos y la visita a los locales, además se solicita la posibilidad de que se presente contratos de arrendamiento en caso de adjudicación o declaraciones juradas, pues al ser adjudicado el proveedor esos documentos son una garantía que los mismos deberán cumplir o abstenerse a multas, por lo que solicitamos la modificación de dicho requerimiento permitiendo la libre participación de mayores oferentes, pero sobre todo a las mipymes.
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable del servicio se informa lo siguiente: La exigencia se funda en experiencias anteriores en donde los oferentes invocan interrupciones en la distribución de insumos, equipos y otros por desperfectos mecánicos u otros, por tratarse de vehículos muy desgastados, por mal uso, falta de mantenimiento, en especial por tratarse de vehículos antiguos o aquellos sujetos a arrendamiento.
Vehículos más modernos garantizan la operativa, ya que cuentan con tecnología moderna, menor desgaste mecánico y mayor probabilidad de funcionamiento sin interrupciones, reduciendo el riesgo de averías que afecten la continuidad del servicio. En el mismo orden, ofrecen mayor seguridad en el transporte, pues incorporan sistemas avanzados de seguridad (frenos ABS, control de estabilidad, airbags) y cumplen con normativas actuales, minimizando riesgos de accidentes durante el traslado. En el mismo orden, ofrecen mejor rendimiento en consumo de combustible y capacidad de carga, optimizando costos y reduciendo el impacto ambiental. Favor remitirse al PBC.
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VISITA TÉCNICA
Se solicita a la convocante fijar nuevas fechas para las visitas técnicas, pues el llamado había sido publicado en fecha 09/09 a las 15:00 hs y solo daban tiempo hasta fecha 12/09/25 hasta las 13:00 hs, resulta imposible realizar todas las visitas pues son 80 locales la mayoria en el interior del país y encima cuando solicitan que 1 día antes se deba notificar por correo las personas a realizar las visitas a cada local, es 1 día menos restado, prácticamente en 2 dos medios días se deben visitar 80 locales, es imposible y más teniendo en cuenta que por el interior muchas veces se deben buscar personas que puedan realizar los recorridos.
Favor se tenga en cuenta estos puntos más cuando se trata de tantos locales y por el interior del pais.
Se solicita a la convocante fijar nuevas fechas para las visitas técnicas, pues el llamado había sido publicado en fecha 09/09 a las 15:00 hs y solo daban tiempo hasta fecha 12/09/25 hasta las 13:00 hs, resulta imposible realizar todas las visitas pues son 80 locales la mayoria en el interior del país y encima cuando solicitan que 1 día antes se deba notificar por correo las personas a realizar las visitas a cada local, es 1 día menos restado, prácticamente en 2 dos medios días se deben visitar 80 locales, es imposible y más teniendo en cuenta que por el interior muchas veces se deben buscar personas que puedan realizar los recorridos.
Favor se tenga en cuenta estos puntos más cuando se trata de tantos locales y por el interior del pais.
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable del servicio se informa lo siguiente: El plazo de visita técnica no será ampliado ya que varias empresas han realizado las mismas sin reparos, lo que demuestra la concurrencia Favor remitirse al PBC.
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CAPACIDAD FINANCIERA- Capital Operativo.
Solicitamos a la Convocante que el porcentaje de Capital Operativo pueda ser reducido al 15% del monto de la oferta, la exigencia de contar con un Capital Operativo no inferior al 30% del monto total de la oferta limita innecesariamente a los oferentes que cuentan con capacidad técnica y experiencia en ejecuciones contractuales. No obstante, de considerar indispensable el porcentaje requerido se solicita que el mismo pueda ser completado con una carta o línea de crédito disponible que pueda cubrir el porcentaje requerido, expedido por una entidad bancaria antes de la fecha de inicio de la etapa competitiva. Asimismo, solicitamos que el requisito relativo a la fecha de expedición del documento bancario sea ajustado. Requerir que el mismo sea emitido con una antigüedad máxima de cinco (5) días hábiles previos al inicio de la etapa competitiva resulta excesivamente restrictivo y genera cargas innecesarias, pudiendo incluso dejar fuera a oferentes por cuestiones meramente formales.
Solicitamos a la Convocante que el porcentaje de Capital Operativo pueda ser reducido al 15% del monto de la oferta, la exigencia de contar con un Capital Operativo no inferior al 30% del monto total de la oferta limita innecesariamente a los oferentes que cuentan con capacidad técnica y experiencia en ejecuciones contractuales. No obstante, de considerar indispensable el porcentaje requerido se solicita que el mismo pueda ser completado con una carta o línea de crédito disponible que pueda cubrir el porcentaje requerido, expedido por una entidad bancaria antes de la fecha de inicio de la etapa competitiva. Asimismo, solicitamos que el requisito relativo a la fecha de expedición del documento bancario sea ajustado. Requerir que el mismo sea emitido con una antigüedad máxima de cinco (5) días hábiles previos al inicio de la etapa competitiva resulta excesivamente restrictivo y genera cargas innecesarias, pudiendo incluso dejar fuera a oferentes por cuestiones meramente formales.
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable del servicio se informa lo siguiente: El capital operativo es fundamental, ya que garantiza la capacidad de la empresa para cumplir con las obligaciones contractuales y operar de manera eficiente. Este tipo de servicios requiere una inversión inicial y sostenida en recursos clave, como personal, insumos, equipos y cumplimiento de normativas legales.
Recordemos que los pagos suelen ejecutarse en un plazo importante; he ahí la importancia del capital operativo, pues asegura que la empresa pueda cubrir gastos recurrentes, como salarios, proveedores y mantenimiento, mientras se reciben los pagos, evitando interrupciones en el servicio.
Este requisito se funda en la experiencia anteriores con proveedores, en donde se ha determinado que el mínimo exigido disminuye el riesgo de interrupciones del servicio en la etapa inicial de ejecución. El plazo de emisión responde a la necesidad de que la información proveída sea actualizada y certera. Favor adecuarse a las bases concursales.
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Visita técnica.
Los plazos establecidos para la realización de las visitas técnicas en 79 SEDES, claramente resulta de cumplimiento imposible considerando que el llamado se publicó el día 09/09/2025 (a las 15:48 hs) y que el potencial oferente a fin de poder realizar la visita debía como condición previa debía remitir mediante correo electrónico la manifestación de interés de querer realizar la visita en el horario de 08:00 a 13:00 hs, mencionando la persona asignada y numero de cedula. Solicitud que por los plazos solo podría hacerse en fecha 10/09/2025, entre las 8 y las13 hs. Conforme a los plazos el oferente solo podía hacer las visitas en un plazo de 4 horas para 79 SEDES distribuidas en varios departamentos y ciudades equidistantes repartidas por el todo el territorio nacional. Por lo expuesto se solicita a la convocante fijar un nuevo plazo prudencial y RAZONABLE para realizar estas visitas, que a su criterio son de suma importancia.
Los plazos establecidos para la realización de las visitas técnicas en 79 SEDES, claramente resulta de cumplimiento imposible considerando que el llamado se publicó el día 09/09/2025 (a las 15:48 hs) y que el potencial oferente a fin de poder realizar la visita debía como condición previa debía remitir mediante correo electrónico la manifestación de interés de querer realizar la visita en el horario de 08:00 a 13:00 hs, mencionando la persona asignada y numero de cedula. Solicitud que por los plazos solo podría hacerse en fecha 10/09/2025, entre las 8 y las13 hs. Conforme a los plazos el oferente solo podía hacer las visitas en un plazo de 4 horas para 79 SEDES distribuidas en varios departamentos y ciudades equidistantes repartidas por el todo el territorio nacional. Por lo expuesto se solicita a la convocante fijar un nuevo plazo prudencial y RAZONABLE para realizar estas visitas, que a su criterio son de suma importancia.
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable del servicio se informa lo siguiente: El plazo de visita técnica no será ampliado ya que varias empresas han realizado las mismas sin reparos, lo que demuestra la concurrencia. Favor remitirse al PBC.
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CAPACIDAD TÉCNICA - Técnico en Seguridad Ocupacional.
Se solicita a la convocante que el requisito de contar con un Técnico en Salud y Seguridad Ocupacional como personal permanente de la empresa, con una antigüedad mínima de 12 meses pueda ser ampliada a Categoría A y/o B y/o C indistintamente, ya que estos profesionales garantizarían la operatividad en el servicio que es la prevención de riesgos laborales.
16-09-2025
17-09-2025
CAPACIDAD TÉCNICA - Técnico en Seguridad Ocupacional.
Se solicita a la convocante que el requisito de contar con un Técnico en Salud y Seguridad Ocupacional como personal permanente de la empresa, con una antigüedad mínima de 12 meses pueda ser ampliada a Categoría A y/o B y/o C indistintamente, ya que estos profesionales garantizarían la operatividad en el servicio que es la prevención de riesgos laborales.
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable del servicio se informa lo siguiente: El presente requisito se funda en la necesidad de contar con profesionales de alto perfil para desarrollar un plan de prevención de riesgos laborales, conforme lo exige el artículo 4, de la Resolución MTESS N° 359/2016. Favor adecuarse a las bases concursales.
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CAPACIDAD TÉCNICA – VEHÍCULOS PROPIOS
El oferente deberá contar como mínimo con dos (2) vehículos propios, año de fabricación 2022 en adelante, con capacidad mínima de carga de 1500 Kg y otro con capacidad mínima de carga de 3.500kg, con logo de la Empresa, los cuales serán para verificar los servicios en los diferentes Edificios del Banco, garantizando así el fiel cumplimiento y la entrega de insumos para el servicio solicitado. Entendemos que la exigencia de contar vehículos con una antigüedad no mayor a 3 se deba a razones de menor riesgo de fallas mecánicas e interrupciones, no obstante, la exigencia de la capacidad de carga no resulta técnicamente indispensable ya que vehículos con una capacidad de carga ligeramente inferior cumplirían funcionalmente con los requerimientos. Por lo que se solicita la modificación del pbc en cuanto a este requerimiento, y sea flexibilizada a vehículos con capacidad de carga mínima entre los parámetros 1.000 kg a 3000 kg respectivamente. Mantener dichas exigencias en los valores actuales introduce una restricción innecesaria que puede limitar la concurrencia de oferentes con plena capacidad operativa.
El oferente deberá contar como mínimo con dos (2) vehículos propios, año de fabricación 2022 en adelante, con capacidad mínima de carga de 1500 Kg y otro con capacidad mínima de carga de 3.500kg, con logo de la Empresa, los cuales serán para verificar los servicios en los diferentes Edificios del Banco, garantizando así el fiel cumplimiento y la entrega de insumos para el servicio solicitado. Entendemos que la exigencia de contar vehículos con una antigüedad no mayor a 3 se deba a razones de menor riesgo de fallas mecánicas e interrupciones, no obstante, la exigencia de la capacidad de carga no resulta técnicamente indispensable ya que vehículos con una capacidad de carga ligeramente inferior cumplirían funcionalmente con los requerimientos. Por lo que se solicita la modificación del pbc en cuanto a este requerimiento, y sea flexibilizada a vehículos con capacidad de carga mínima entre los parámetros 1.000 kg a 3000 kg respectivamente. Mantener dichas exigencias en los valores actuales introduce una restricción innecesaria que puede limitar la concurrencia de oferentes con plena capacidad operativa.
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable del servicio se informa lo siguiente: La capacidad de carga exigida se proporcional a la cantidad de equipos e insumos que deberán ser trasladados durante la ejecución del servicio. Menor capacidad genera riesgo en la continuidad del servicio. Favor adecuarse a las bases concursales.
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OTROS CRITERIOS QUE LA CONVOCANTE REQUIERA- MUESTRAS LAVANDINA.
El PBC refiere: “El oferente deberá presentar sus muestras, posterior al acto de apertura de ofertas, teniendo un plazo máximo de 3 días hábiles en la Gerencia Departamental de Evaluación de Ofertas, en el 3° piso, oficina 305 del Edificio Independencia situado sobre la calle Independencia Nacional entre 25 de Mayo y Palma, de los productos detallados a continuación, dichas muestras deberán estar debidamente rotuladas con el nombre de la empresa y quedarán en poder de la convocante para corroborar que las mismas sean las proveídas, en caso de adjudicación; Cera líquida para pisos (*) (1 Envase de 5 litros) Alcohol al 70% desinfectante de superficies (*) (1 Envase de 5 litros) Agua Lavandina al 2,7% (*) (1 Envase de 5 litros) Detergente lavavajillas a ser utilizado en la zona de kitchenette (*) (1 Envase de 5 litros) Desodorante de ambiente líquido concentrado con aroma (*) (1 Envase de 5 litros) Jabón líquido con fragancia para manos (*) (1 Envase de 5 litros) Limpia vidrios desempañante (*) (1 Envase de 5 litros) Detergente biodegradable concentrado (*) (1 Envase de 3 litros) Desinfectante para pisos (*) (1 Envase de 5 litros) (*) Cada uno de estos productos señalados deberán tener impreso, en su adhesivo, el Número de Registro Sanitario Vigente”.
Se consulta a la convocante si el porcentaje 2,7 % resulta un porcentaje mínimo pudiendo el oferente presentar agua lavandina con un porcentaje superior? Ejemplo 4% o 6% ya que la misma al diluirse con agua puede dar una concentración menor conforme a la necesidad de la convocante. En caso de no ser así se solicita una aclaración técnica del porcentaje requerido.?
16-09-2025
17-09-2025
OTROS CRITERIOS QUE LA CONVOCANTE REQUIERA- MUESTRAS LAVANDINA.
El PBC refiere: “El oferente deberá presentar sus muestras, posterior al acto de apertura de ofertas, teniendo un plazo máximo de 3 días hábiles en la Gerencia Departamental de Evaluación de Ofertas, en el 3° piso, oficina 305 del Edificio Independencia situado sobre la calle Independencia Nacional entre 25 de Mayo y Palma, de los productos detallados a continuación, dichas muestras deberán estar debidamente rotuladas con el nombre de la empresa y quedarán en poder de la convocante para corroborar que las mismas sean las proveídas, en caso de adjudicación; Cera líquida para pisos (*) (1 Envase de 5 litros) Alcohol al 70% desinfectante de superficies (*) (1 Envase de 5 litros) Agua Lavandina al 2,7% (*) (1 Envase de 5 litros) Detergente lavavajillas a ser utilizado en la zona de kitchenette (*) (1 Envase de 5 litros) Desodorante de ambiente líquido concentrado con aroma (*) (1 Envase de 5 litros) Jabón líquido con fragancia para manos (*) (1 Envase de 5 litros) Limpia vidrios desempañante (*) (1 Envase de 5 litros) Detergente biodegradable concentrado (*) (1 Envase de 3 litros) Desinfectante para pisos (*) (1 Envase de 5 litros) (*) Cada uno de estos productos señalados deberán tener impreso, en su adhesivo, el Número de Registro Sanitario Vigente”.
Se consulta a la convocante si el porcentaje 2,7 % resulta un porcentaje mínimo pudiendo el oferente presentar agua lavandina con un porcentaje superior? Ejemplo 4% o 6% ya que la misma al diluirse con agua puede dar una concentración menor conforme a la necesidad de la convocante. En caso de no ser así se solicita una aclaración técnica del porcentaje requerido.?
Conforme a lo expuesto por la dependencia requirente y responsable del servicio se informa lo siguiente: El porcentaje establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, 2,7% de concentración de hipoclorito de sodio (agua lavandina), no constituye un valor mínimo, sino que corresponde al porcentaje exactamente requerido para la prestación del servicio. La elección de esta concentración se sustenta en criterios técnicos y de seguridad: Permite obtener diluciones seguras y efectivas, garantizando una acción desinfectante adecuada contra bacterias, virus y hongos presentes en ambientes institucionales; Evita los riesgos de irritación en piel, ojos y vías respiratorias que generan concentraciones superiores, resguardando la salud de los funcionarios de limpieza, del personal administrativo y de los usuarios de la institución; y protege la durabilidad de superficies y mobiliario, ya que soluciones más concentradas pueden deteriorar rápidamente metales, plásticos y acabados.
En consecuencia, se mantiene el requerimiento de agua lavandina con concentración al 2,7%, por ser el estándar que asegura una manipulación más segura, una desinfección eficaz y la adecuada preservación de los bienes de la institución, conforme a las condiciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.