Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre,  cargo  y  la dependencia de la Institución de quien solicita el procedimiento de contratación a ser publicado. Lic. Roberto Bogarin, Jefe de Departamento de Informática y TIC.
  • Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada. La Secretaria Nacional de Deportes (SND) es la institución responsable de la formulación y ejecución de la politica nacional de deportes, y del desarrollo de la infraestructura necesaria para promover la cultura y la práctica de los deportes en beneficio de toda la ciudadanía; por este motivo el Departamento de Tecnología de la Información y Comunicación requiere desarrollar sistemas a beneficio de los deportistas/atletas y toda la población, el cual se requieren de los sistemas solicitados.
  • Justificación de la planificación, si se trata de un procedimiento de contratación periódico o sucesivo,  o si el mismo responde a una necesidad temporal. Corresponde a un procedimiento Periodico o Sucesivo.
  • Justificación de las especificaciones técnicas establecidas. Desarrollar e implementar un conjunto integrado de sistemas de información que optimicen los procesos internos de la SND, a fin de mejorar las gestiones de entidades deportivas y eventos que faciliten el acceso a la información para deportistas, atletas y el público en general, promoviendo el desarrollo del deporte en el país.

Especificaciones Técnicas "CPS"

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.

 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

  Ítem

Descripción

1

Soporte Técnico para Software Factory (por Hora/Hombre)

Soporte Tecnico para Software Factory (por Hora/Hombre)

    1. Detalle de Alcance de los Servicios

La provisión por parte del proveedor se dará mediante la emisión de Ordenes de Trabajo, según metodología de trabajo definida a continuación:

  • Realizar el desarrollo evolutivo y mantenimiento de los sistemas internos administrados por la DTIC del SND.
  • Desarrollos de software que requiera la convocante utilizando la tecnología y perfiles definidos en la presente especificación técnica.
  • Realizar trabajos de optimización del rendimiento, continuidad del negocio, ciberseguridad y procedimientos de respaldos de las Bases de datos administradas por la DTIC.

La provisión del servicio podrá ser en forma presencial o remota para corrección de errores, instalación y/o capacitación de módulos o sistemas desarrollados.

 

    1. Alcance de la Infraestructura de Sistema y Herramientas

El alcance de los sistemas que serán objeto del contrato son los siguientes:

  • Sistema Gestión de Entidades Deportivas *
  • Mantenimiento del Sistema de gestión de eventos deportivos *

 

Definición de licencias de software de titularidad del Estado por parte del OEE.

Todo código fuente del software o versión de software resultante del proceso licitatorio será de libre disposición por parte de la Secretaria Nacional de Deportes (SND) quien se constituye en propietario / titular del mismo. Y que establecerá el uso, distribución, reproducción, incluyendo además derechos como: extraer partes, copiar, modificar, fusionar y todo aquel uso lícito, a favor de todo o parte del sector público, constituyéndose en licencia de software libre con propiedad intelectual del Estado.

Introducción y justificación

La Secretaria Nacional de Deportes (SND) es la Institución responsable de la formulación y ejecución de la política nacional de deportes, y del desarrollo de la infraestructura necesaria para promover la cultura y la práctica de los deportes en beneficio de toda la ciudadanía por este motivo el Departamento de tecnología de la información y Comunicación requiere desarrollar sistemas a beneficios de los deportistas/atletas y toda la población, el cual se requieren de los siguientes sistemas a desarrollar:

  • Sistema Gestión de Entidades Deportivas *
  • Mantenimiento y actualización del sistema de gestión de eventos deportivos *

Una vez culminados el desarrollo de estos sistemas, se registrará el inventario del software en el sistema de administración, cabe destacar que a la fecha únicamente se cuenta con el Sistema de gestión de eventos deportivos pero el cual es necesario realizar modificaciones e incluir nuevas herramientas de acuerdo con las necesidades. De la misma manera, se alojará una copia del código fuente en los repositorios oficiales de código fuente del MITIC.

 

Objetivo general

Desarrollar e implementar un conjunto integrado de sistemas de información que optimicen los procesos internos de la Secretaría Nacional de Deportes, mejoren la gestión de entidades deportivas y eventos que faciliten el acceso a la información para deportistas, atletas y el público en general, promoviendo así el desarrollo del deporte en el país.

Antecedentes

La Secretaria Nacional de Deportes (SND) es la Institución responsable de la formulación y ejecución de la política nacional de deportes, y del desarrollo de la infraestructura necesaria para promover la cultura y la práctica de los deportes en beneficio de toda la ciudadanía el cual requiere de herramientas de software o aplicativos que nos ayudaran para cumplir con los objetivos trazados.

Estos sistemas o aplicativos serán herramientas que permitirán a los funcionarios realizar de manera eficiente sus tareas diarias y un control de los deportistas y eventos que fuesen realizado.

Actualmente la institución posee un área de desarrollo de software cuya capacidad está desbordada por todas las necesidades de sistemas que requiere la institución.

En este sentido, el SND ya ha apostado por este tipo de adquisición teniendo como antecedente el ID de llamado 295982

Donde se ha adquirido el software para gestión deportiva, que a la fecha carece de herramientas y múltiples modificaciones necesarias para su correcto funcionamiento y desarrollar de la mano un Sistema de Gestión de Entidades deportivas que actualmente están trabajando coordinadamente con la SND.

 

Marco Legal

La implementación de un sistema de gestión de eventos deportivos en Paraguay a través de la SND se justifica plenamente en el marco de la normativa vigente Ley 2874/2006 Del Deporte que establecen en su Artículo 8°.- La Secretaría Nacional de Deportes tendrá por finalidad la implementación de la presente Ley y su reglamentación, para lo cual deberá proponer una política nacional de deportes, promover la cultura deportiva y la práctica de los deportes en la población, asignar recursos a actividades deportivas y supervisar las entidades deportivas en todo el territorio nacional, conforme a los alcances establecidos en la presente Ley.

 

Beneficiarios

Usuarios internos de la institución: 250 funcionarios.

•Ciudadanos beneficiarios de los servicios del SND, deportistas, Entidades deportivas entre otros.

 

Medio de Autenticación de usuarios

  • Todos los Accesos de usuarios a través de los sistemas a desarrollar se realizaran obligatoriamente a través de la Identidad Electrónica, cumpliendo la Resolución MITIC N° 553/2024, lineamiento 2.

 

Infraestructura para el Software

  • El alojamiento del software desarrollado será en Datacenter:
    • Ubicación: Complejo SND Av. Eusebio Ayala y R.I. 6 Boquerón), (Datacenter Propio)
    • Responsable: Dirección de tecnología de la información y comunicación (DTIC).
    • Responsable de DTIC: Lic. Roberto Bogarin, director de la DTIC, dependiente de la máxima autoridad.
  • En caso de no contar con datacenter, el OEE podrá:
    • Utilizar el servicio de Nube-PY proveído por MITIC, para lo cual deberá suscribir el acuerdo de Nube o Hosting. El OEE deberá contar con espacio de nube y tener técnicos capacitados para su operación.
    • Utilizar un datacenter de otro OEE. Para este caso deberá existir un acuerdo o permiso firmado por las unidades TIC de ambos OEE.
  • Detalle de puntos de la infraestructura/equipos:
    • Detalle y tipo de servidores (máquinas virtuales, contenedores, sistemas operativos, sistemas de virtualización, entre otros)

Tipo

Marca

Model

Cantidad

SERVIDOR

LENOVO

SR640

5

*18 SERVIDORES VIRTUALES, corriendo sobre el servidor

     
    • Estaciones de trabajo: 132 estaciones de trabajo
    • Dispositivos especializados:  No se cuenta con dispositivos especializados

 

Confidencialidad

Con la intención de proteger la información que la entidad contratante (OEE) proporciona a los proveedores (oferentes adjudicados), una vez adjudicado el contrato, debe especificar el grado de privacidad de la información. Es importante precisar la confidencialidad de la información que se entrega para la realización de los estudios o trabajos, diferenciando el tipo de información en caso de requerir aplicar distintos niveles de confidencialidad o publicidad de la información. Así también, respecto de la información que se genere durante la realización de las actividades, y la información producida una vez que se haya concluido el servicio. Deberá incluir, como mínimo, lo siguiente:

  • El oferente reconoce que la información y documentación que la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación del SND como entidad contratante le proporcione, así como los datos y resultados obtenidos de la prestación de los servicios, son propiedad exclusiva de la entidad contratante, como el carácter confidencial y/o reservado en términos de la normativa aplicable y las disposiciones del contrato.
  • El oferente se obliga a mantener absoluta confidencialidad sobre las creaciones realizadas, incluyendo todos los algoritmos y toda la información sobre el código fuente y código objeto de las mismas, así como manuales, documentación preparatoria o técnica, manuales de uso y cualquier otra documentación relacionada con cualquier actividad desarrollada en virtud del contrato.
  • Cualquier información, fuese cual fuere su naturaleza (técnica, comercial, financiera, operacional o de otro tipo), contenida en cualquier forma y soporte (ya sea verbal, escrita, grabada o de cualquier otro tipo), que pudiera ser facilitada por la CONTRATANTE, será considerada como Información Confidencial, incluyéndose en esta categoría aquella información generada a partir de la propia Información Confidencial.
  • El oferente, así como el equipo de proyecto del oferente se comprometen a:
  1. Tratar la Información Confidencial como estrictamente secreta.
  2. Custodiar y guardar la Información Confidencial, bien sea escrita, grabada o en cualquier otro tipo de soporte, separada de cualquier otra información de la que pudiera disponer.
  3. Utilizar o transmitir la Información Confidencial exclusivamente para los fines del proyecto.
  4. Utilizar procedimientos de control de dicho uso o transmisión de la información confidencial sin el previo consentimiento escrito del SND, excepto aquellas copias que sean necesitadas por el desarrollador para su estudio interno
  5. Restringir el acceso a la Información Confidencial únicamente a aquellos empleados suyos que necesiten conocerla para los fines convenidos, y asegurarse que dichos empleados conocen las obligaciones que les resultan aplicables en virtud de lo establecido en el presente documento. Todos los contratos que el desarrollador celebrará con empleados, trabajadores y prestadores de servicios que podrían participar en el desarrollo del contrato, incluirán cláusulas sobre confidencialidad y transferencia que producen iguales efectos y sujetan a dichas personas a las mismas obligaciones que el Desarrollador se ha obligado.
  6. No facilitar Información Confidencial a tercero alguno sin el previo consentimiento escrito del CONTRATANTE, y asegurarse de que, en caso de haber obtenido dicha autorización, dicho tercero firme un compromiso de confidencialidad con el CONTRATANTE en términos equivalentes a los de la presente cláusula.
  • El CONTRATANTE será en todo momento el titular exclusivo de la información confidencial, la cual será protegida por todos los medios legales a su alcance. En ningún caso se entenderá implícito, en modo alguno, que el hecho de que el CONTRATANTE facilite la Información Confidencial significa la concesión de licencia o la cesión de cualquier naturaleza a favor del desarrollador de cualesquiera, derechos de patentes, marca, modelo de utilidad, diseño, derechos de autor, o derecho alguno de propiedad intelectual. Ninguna de las partes utilizará el nombre, marca, nombre comercial, o cualesquiera otros derechos de propiedad industrial o intelectual de la otra Parte, sin el previo consentimiento por escrito de ésta, salvo aquellos expresa y contractualmente cedidos.
  • Toda información que ostente algún derecho de propiedad intelectual de conformidad al derecho positivo que rige a ambas partes, a pesar de ser compartida entre estas, no implicará renuncia alguna a tales derechos, los cuales permanecerán vigentes sobre toda utilización que haga la otra parte de tal información.
  • La interpretación del concepto de propiedad intelectual no podrá ir más allá de lo establecido en la legislación respectiva. Lo incluido en tales derechos dependerá de lo que le ha sido expresamente reconocido por la autoridad de aplicación, no pudiendo invocarse de lo contrario, derecho alguno.
  • Ningún integrante del equipo de la empresa contratada podrá utilizar la información y los desarrollos o análisis funcionales elaborados en el cumplimiento de la contratación, para terceros o en beneficio de terceras partes. No podrá utilizar esta información en otras implementaciones que lo coloquen en situación privilegiada. Toda infracción a esta obligación, lo hará responsable de responder de los daños y perjuicios que pudieran derivarse, así como las sanciones administrativas que correspondan.

Criterios y restricciones según monto de la adquisición.

En esta sección se establecen los criterios y restricciones que el OEE y el Oferente deben cumplir según el monto de la adquisición.

Los mismos se establecen a nivel general, debiendo siempre primar la libre competencia conforme a las disposiciones de la Ley 4956/13 De defensa de la competencia.

* Salario Mínimo Legal Vigente (SMLV).

** El Personal técnico mínimo del OEE deberá estar en la nómina del OEE como: funcionarios permanentes, contratados o comisionados y deberán contar con título de grado universitario, o acreditar último año, de carreras de Ingeniería en Informática, Ingeniería en Sistemas, Licenciatura de Sistemas Informáticos, Ciencias de la Computación, Ciencias Informáticas, Análisis de Sistemas o afines.

 

Perfiles técnicos del personal

  • 1 (un) Líder o coordinador del proyecto.
  • 1 (un) Analistas funcionales.
  • 1 (un)  Desarrolladores senior en tecnología relacionada.
  • 1 (un) Testers de software.
  • 1 (un)  Administrador de servidores según necesidad del OEE.
  • 1 (un) Implementadores según necesidad del OEE.]

Requisitos de tecnologías

o             La base de datos relacional será SQL SERVER 2017, MYSQL o PostgreSQL o similar

o             Base de datos para los archivos será MongoDB o similar

o             Tomcat 10 o superior como contenedor de aplicaciones o similar

o             Lenguaje de programación JAVA, PHP o similar

o             Otros: Gestor de Filas RabbitMQ, CMS Wordpress, Integración con Google Analytics o similar

 

Metodología de trabajo

Durante la ejecución del contrato, el OEE deberá especificar un procedimiento que cuente mínimamente con las siguientes fases:

Metodología de estimación de esfuerzo: Las horas de esfuerzo son estimadas promediando para cada actividad la cantidad de personal del equipo requerido. Posteriormente se consensua con el SND para acordar la cantidad final de Horas hombre aprobadas.

Emisión de una Orden de Trabajo (OT):  La Dirección de TIC emitirá una OT (vía correo electrónico al coordinador especialista o al correo electrónico de la empresa, o por medio escrito).  La orden de trabajo deberá:

    • Establecer los requerimientos tomados como base para la especificación del software, así como las entregas y condiciones que debe cumplir el proveedor.
    • Los requerimientos funcionales y no funcionales de la OT podrán ser elaborados en conjunto con el proveedor, en caso de necesidad por parte de la Dirección de Tecnología del SND.
    • Establecer un cronograma de trabajo, identificando las fechas de inicio y fin de los trabajos. Adicionalmente podrán incluirse los hitos más importantes y la interacción entre las actividades previstas, estableciendo las correspondientes predecesoras hasta la conclusión de los trabajos.
    • Identificación de la orden de servicio.
    • Cantidad de Horas/Hombre.
    • Título.
    • Módulos afectados.
    • Requisitos y detalles de los trabajos.
    • Documentación adicional solicitada.
    • Firma del administrador del contrato por parte de la Dirección de Tecnología del SND.
  • Aceptación de OT por el proveedor
    • En un periodo no mayor a 5 días hábiles, el proveedor podrá notificar por escrito la aceptación o los comentarios y/o modificaciones sobre la orden de servicio emitida.
    • La Dirección de Tecnología del SND analizará y podrá ratificar o rectificar la OT, en un periodo no mayor a 3 días hábiles.
    • El coordinador especialista TIC deberá emitir y firmar la aceptación de la OT.
    • En caso de que la empresa no presente en tiempo y forma la aceptación de la OT, ésta quedará anulada. La Dirección de Tecnología del SND podrá rescindir el contrato dentro de la vigencia de este, cuando el proveedor llegue a 4 OT anuladas.
  • Pruebas y control de calidad de software por el Oferente
    • Antes de realizar la entrega, el oferente adjudicado deberá realizar la cantidad de ciclos y tipos de prueba que sean necesarios para asegurar la entrega de un producto (software/sistema) de calidad y funcionando en su totalidad.
  • Verificación, ciclo de pruebas y correcciones
    • La Dirección de Tecnología del SND en un plazo no mayor a 10 días hábiles posterior a la entrega del producto, verificará el cumplimiento y adecuación del mismo con todo lo establecido en la OT.
    • De no mediar objeciones, la Dirección de Tecnología del SND deberá suscribir el Certificado de Recepción Satisfactoria por los trabajos realizados y la posterior emisión a favor de la firma.
    • En caso contrario, la Dirección de Tecnología del SND notificará al oferente adjudicado sobre la misma a fin de realizar los ciclos de prueba y correcciones.

Se podrán realizar hasta 3 ciclos de prueba para las correcciones. Cada ciclo de prueba consiste en 2 pasos:

  • Paso 1: El oferente adjudicado deberá realizar las correcciones correspondientes, verificar el funcionamiento del sistema y todo lo establecido en la OT. Plazo máximo: 10 días hábiles. El primer día hábil se tomará el día siguiente de la notificación de las mejoras/correcciones a ser realizadas.
  • Paso 2: La Dirección de Tecnología del SND realizará la verificación y pruebas funcionales del sistema. Plazo máximo: 10 días hábiles, en el cual la Dirección de Tecnología del SND deberá responder el resultado al oferente adjudicado.
  • Recepción satisfactoria.
    • La certificación de recepción satisfactoria consiste en la aprobación final por parte de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación del SND a fin de verificar el cumplimiento de acuerdo a lo especificado en la OT.
    • Este certificado se constituye en un documento donde la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación del SND deja constancia que el oferente adjudicado ha brindado los servicios especificados en la OT, y que ha recibido los entregables mencionados en el ítem Entregables: (Código fuente, Documentación adicional, Evidencia de Control de calidad, Informe Final)

Deberá contar con la firma del responsable por parte de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación del SND.

Durante la ejecución del contrato, el OEE deberá planificar los trabajos a ser realizados. Para ello deberá especificar cada trabajo mediante una orden de trabajo o servicio (OT), que deberá contemplar:

  • Identificación de la orden de trabajo o servicio.
  • Horas/Hombre.
  • Fechas de realización de los trabajos y su entrega.
  • Título.
  • Software y módulos afectados.
  • Requisitos y detalles de los trabajos.

Los requisitos y detalles del trabajo pueden contemplar actividades como:

  • Relevamiento y análisis detallado de los requerimientos.
  • Desarrollo del software siguiendo las pautas de especificación de requerimientos funcionales según lo expuesto en el Anexo I - Especificación de requerimientos del Estándar de Software.
  • Pruebas (Testing) de software.
  • Elaboración de documentación técnica.
  • Configuración específica.
  • Implementación y/o gestión del cambio.

El OEE deberá indicar los requerimientos no funcionales identificados o atributos de calidad asociados al producto como ser las tecnologías a ser utilizadas y otros que considere necesario.

Así también, el OEE deberá establecer los requerimientos de seguridad de acuerdo a los Criterios mínimos de seguridad para el desarrollo y adquisición de software y otros emitidos por el MITIC, que se encuentran en https://www.cert.gov.py/criterios-minimos-de-seguridad-del-sofware y https://www.cert.gov.py]

 

Según la necesidad del equipo de desarrollo del OEE, se podrán incluir licencias que forman parte de la OT y que son complementarias sujeto a las siguientes restricciones:

  • Tener una justificación del equipo de desarrollo del OEE.
  • Estar incluidos en el costo total de la OT.
  • Las licencias utilizadas como complementos deben estar orientadas a librerías y preferiblemente ser del tipo open source.
  • El costo de todas las licencias incluidas en toda la ejecución del contrato no podrá superar el monto equivalente a 10 salarios mínimos vigente.
  • Los derechos de las licencias o suscripciones deberán estar a favor del OEE utilizando su respectiva cuenta.
  • En caso de superar el monto anterior el OEE deberá estar sujeto a las disposiciones establecidas en el Capítulo 3 del Estándar de Software.
  • Ejemplos:
    • Template de sistemas web compatibles con licenciamiento open source.
    • Librerías especializadas que realizan un trabajo específico compatible con licenciamiento open source.
    • Publicación en tiendas de aplicaciones.

Entregables

Indicar los entregables a ser requeridos:         

Definido en el Estándar de Software

Especificar

Planificación de la Orden de Trabajo

Documento que describe el plan detallado de entrega de la Orden de Trabajo, incluyendo: lista de actividades, duración, equipo responsable.

Diseño de Solución

Documento que describe la arquitectura y solución en función del relevamiento y requerimientos de la orden de Trabajo documento de arquitectura.

Código fuente en los repositorios oficiales del OEE

El proveedor adjudicado de manera obligatoria deberá hacer entrega del Código fuente en los repositorios de código fuente de la SND

Documentos de Pruebas y Verificación

Evidencia de Pruebas ejecutadas. Los tipos de pruebas que serán ejecutadas

Informe de entrega y evidencias de control de calidad.

Corresponde a un documento donde el oferente declara haber realizado las pruebas necesarias y detalla las funcionalidades entregadas. Deberá estar firmada por el oferente adjudicado o coordinador del mismo e incluir evidencias de las pruebas realizadas.

 

Asistencia Técnica

El OEE deberá incluir sin modificaciones esta sección en su proceso licitatorio

El oferente adjudicado deberá suministrar sin costo adicional, asistencia técnica por vía telefónica, e-mail, chat, virtual y/o atención in situ en las oficinas que designe el OEE, para corregir fallas por un período de 2 años a partir de la emisión del certificado de recepción satisfactoria por parte del OEE, salvo casos que sean atribuibles por las especificaciones del OEE o por las alteraciones que éste realice posterior a la entrega.

De las MIPYMES

En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:

No aplica

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.

ítem

 

Descripción del Servicio

Unidad de Medida

Lugar de entrega de los servicios

Fecha de Ejecución de los servicios

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

 

1

Soporte Técnico para Software Factory (por Hora/Hombre)

Hora

Complejo SND Av. Eusebio Ayala y R.I. 6 Boquerón

El plazo de entrega de los servicios será determinado en la Orden de Trabajo.

Hasta el 31 de diciembre de 2026

 

 

 

 

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

Antes de realizar la entrega, el oferente adjudicado deberá realizar la cantidad de ciclos y tipos de prueba que sean necesarios para asegurar la entrega de un producto (software/sistema) de calidad y funcionando en su totalidad.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.

3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.