Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
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Ítem |
Descripción |
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1 |
Soporte Técnico para Software Factory (por Hora/Hombre) |
Soporte Tecnico para Software Factory (por Hora/Hombre)
La provisión por parte del proveedor se dará mediante la emisión de Ordenes de Trabajo, según metodología de trabajo definida a continuación:
La provisión del servicio podrá ser en forma presencial o remota para corrección de errores, instalación y/o capacitación de módulos o sistemas desarrollados.
El alcance de los sistemas que serán objeto del contrato son los siguientes:
Definición de licencias de software de titularidad del Estado por parte del OEE.
Todo código fuente del software o versión de software resultante del proceso licitatorio será de libre disposición por parte de la Secretaria Nacional de Deportes (SND) quien se constituye en propietario / titular del mismo. Y que establecerá el uso, distribución, reproducción, incluyendo además derechos como: extraer partes, copiar, modificar, fusionar y todo aquel uso lícito, a favor de todo o parte del sector público, constituyéndose en licencia de software libre con propiedad intelectual del Estado.
Introducción y justificación
La Secretaria Nacional de Deportes (SND) es la Institución responsable de la formulación y ejecución de la política nacional de deportes, y del desarrollo de la infraestructura necesaria para promover la cultura y la práctica de los deportes en beneficio de toda la ciudadanía por este motivo el Departamento de tecnología de la información y Comunicación requiere desarrollar sistemas a beneficios de los deportistas/atletas y toda la población, el cual se requieren de los siguientes sistemas a desarrollar:
Una vez culminados el desarrollo de estos sistemas, se registrará el inventario del software en el sistema de administración, cabe destacar que a la fecha únicamente se cuenta con el Sistema de gestión de eventos deportivos pero el cual es necesario realizar modificaciones e incluir nuevas herramientas de acuerdo con las necesidades. De la misma manera, se alojará una copia del código fuente en los repositorios oficiales de código fuente del MITIC.
Objetivo general
Desarrollar e implementar un conjunto integrado de sistemas de información que optimicen los procesos internos de la Secretaría Nacional de Deportes, mejoren la gestión de entidades deportivas y eventos que faciliten el acceso a la información para deportistas, atletas y el público en general, promoviendo así el desarrollo del deporte en el país.
Antecedentes
La Secretaria Nacional de Deportes (SND) es la Institución responsable de la formulación y ejecución de la política nacional de deportes, y del desarrollo de la infraestructura necesaria para promover la cultura y la práctica de los deportes en beneficio de toda la ciudadanía el cual requiere de herramientas de software o aplicativos que nos ayudaran para cumplir con los objetivos trazados.
Estos sistemas o aplicativos serán herramientas que permitirán a los funcionarios realizar de manera eficiente sus tareas diarias y un control de los deportistas y eventos que fuesen realizado.
Actualmente la institución posee un área de desarrollo de software cuya capacidad está desbordada por todas las necesidades de sistemas que requiere la institución.
En este sentido, el SND ya ha apostado por este tipo de adquisición teniendo como antecedente el ID de llamado 295982
Donde se ha adquirido el software para gestión deportiva, que a la fecha carece de herramientas y múltiples modificaciones necesarias para su correcto funcionamiento y desarrollar de la mano un Sistema de Gestión de Entidades deportivas que actualmente están trabajando coordinadamente con la SND.
Marco Legal
La implementación de un sistema de gestión de eventos deportivos en Paraguay a través de la SND se justifica plenamente en el marco de la normativa vigente Ley 2874/2006 Del Deporte que establecen en su Artículo 8°.- La Secretaría Nacional de Deportes tendrá por finalidad la implementación de la presente Ley y su reglamentación, para lo cual deberá proponer una política nacional de deportes, promover la cultura deportiva y la práctica de los deportes en la población, asignar recursos a actividades deportivas y supervisar las entidades deportivas en todo el territorio nacional, conforme a los alcances establecidos en la presente Ley.
Beneficiarios
•Usuarios internos de la institución: 250 funcionarios.
•Ciudadanos beneficiarios de los servicios del SND, deportistas, Entidades deportivas entre otros.
Medio de Autenticación de usuarios
Infraestructura para el Software
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Tipo |
Marca |
Model |
Cantidad |
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SERVIDOR |
LENOVO |
SR640 |
5 |
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*18 SERVIDORES VIRTUALES, corriendo sobre el servidor |
Confidencialidad
Con la intención de proteger la información que la entidad contratante (OEE) proporciona a los proveedores (oferentes adjudicados), una vez adjudicado el contrato, debe especificar el grado de privacidad de la información. Es importante precisar la confidencialidad de la información que se entrega para la realización de los estudios o trabajos, diferenciando el tipo de información en caso de requerir aplicar distintos niveles de confidencialidad o publicidad de la información. Así también, respecto de la información que se genere durante la realización de las actividades, y la información producida una vez que se haya concluido el servicio. Deberá incluir, como mínimo, lo siguiente:
Criterios y restricciones según monto de la adquisición.
En esta sección se establecen los criterios y restricciones que el OEE y el Oferente deben cumplir según el monto de la adquisición.
Los mismos se establecen a nivel general, debiendo siempre primar la libre competencia conforme a las disposiciones de la Ley 4956/13 De defensa de la competencia.
* Salario Mínimo Legal Vigente (SMLV).
** El Personal técnico mínimo del OEE deberá estar en la nómina del OEE como: funcionarios permanentes, contratados o comisionados y deberán contar con título de grado universitario, o acreditar último año, de carreras de Ingeniería en Informática, Ingeniería en Sistemas, Licenciatura de Sistemas Informáticos, Ciencias de la Computación, Ciencias Informáticas, Análisis de Sistemas o afines.
Perfiles técnicos del personal
Requisitos de tecnologías
o La base de datos relacional será SQL SERVER 2017, MYSQL o PostgreSQL o similar
o Base de datos para los archivos será MongoDB o similar
o Tomcat 10 o superior como contenedor de aplicaciones o similar
o Lenguaje de programación JAVA, PHP o similar
o Otros: Gestor de Filas RabbitMQ, CMS Wordpress, Integración con Google Analytics o similar
Metodología de trabajo
Durante la ejecución del contrato, el OEE deberá especificar un procedimiento que cuente mínimamente con las siguientes fases:
Metodología de estimación de esfuerzo: Las horas de esfuerzo son estimadas promediando para cada actividad la cantidad de personal del equipo requerido. Posteriormente se consensua con el SND para acordar la cantidad final de Horas hombre aprobadas.
Emisión de una Orden de Trabajo (OT): La Dirección de TIC emitirá una OT (vía correo electrónico al coordinador especialista o al correo electrónico de la empresa, o por medio escrito). La orden de trabajo deberá:
Se podrán realizar hasta 3 ciclos de prueba para las correcciones. Cada ciclo de prueba consiste en 2 pasos:
Deberá contar con la firma del responsable por parte de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación del SND.
Durante la ejecución del contrato, el OEE deberá planificar los trabajos a ser realizados. Para ello deberá especificar cada trabajo mediante una orden de trabajo o servicio (OT), que deberá contemplar:
Los requisitos y detalles del trabajo pueden contemplar actividades como:
El OEE deberá indicar los requerimientos no funcionales identificados o atributos de calidad asociados al producto como ser las tecnologías a ser utilizadas y otros que considere necesario.
Así también, el OEE deberá establecer los requerimientos de seguridad de acuerdo a los Criterios mínimos de seguridad para el desarrollo y adquisición de software y otros emitidos por el MITIC, que se encuentran en https://www.cert.gov.py/criterios-minimos-de-seguridad-del-sofware y https://www.cert.gov.py]
Según la necesidad del equipo de desarrollo del OEE, se podrán incluir licencias que forman parte de la OT y que son complementarias sujeto a las siguientes restricciones:
Entregables
Indicar los entregables a ser requeridos:
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Definido en el Estándar de Software |
Especificar |
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Planificación de la Orden de Trabajo |
Documento que describe el plan detallado de entrega de la Orden de Trabajo, incluyendo: lista de actividades, duración, equipo responsable. |
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Diseño de Solución |
Documento que describe la arquitectura y solución en función del relevamiento y requerimientos de la orden de Trabajo documento de arquitectura. |
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Código fuente en los repositorios oficiales del OEE |
El proveedor adjudicado de manera obligatoria deberá hacer entrega del Código fuente en los repositorios de código fuente de la SND |
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Documentos de Pruebas y Verificación |
Evidencia de Pruebas ejecutadas. Los tipos de pruebas que serán ejecutadas |
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Informe de entrega y evidencias de control de calidad. |
Corresponde a un documento donde el oferente declara haber realizado las pruebas necesarias y detalla las funcionalidades entregadas. Deberá estar firmada por el oferente adjudicado o coordinador del mismo e incluir evidencias de las pruebas realizadas. |
Asistencia Técnica
El OEE deberá incluir sin modificaciones esta sección en su proceso licitatorio
El oferente adjudicado deberá suministrar sin costo adicional, asistencia técnica por vía telefónica, e-mail, chat, virtual y/o atención in situ en las oficinas que designe el OEE, para corregir fallas por un período de 2 años a partir de la emisión del certificado de recepción satisfactoria por parte del OEE, salvo casos que sean atribuibles por las especificaciones del OEE o por las alteraciones que éste realice posterior a la entrega.
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
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ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Lugar de entrega de los servicios |
Fecha de Ejecución de los servicios |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
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1 |
Soporte Técnico para Software Factory (por Hora/Hombre) |
Hora |
Complejo SND Av. Eusebio Ayala y R.I. 6 Boquerón |
El plazo de entrega de los servicios será determinado en la Orden de Trabajo. |
Hasta el 31 de diciembre de 2026 |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Antes de realizar la entrega, el oferente adjudicado deberá realizar la cantidad de ciclos y tipos de prueba que sean necesarios para asegurar la entrega de un producto (software/sistema) de calidad y funcionando en su totalidad.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.