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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ygirett
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
30-05-2025 - 13:21
Fecha de Fin
04-06-2025 - 10:44
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
pbc:Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio en el porcentaje de participación, o subcontratista autorizado por la Administración Contratante en al menos un [5] contrato, durante los últimos diez [10] años, similares a las obras propuestas//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Dictamen técnico : Solicitamos ajustarse a la normativa vigente ., Res 230/25//PBC: Solicitamos a la convocante suprimir el instructivo del PBC//PBC:Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán : Consultamos como será avalado lo requerido //PBC: Consultamos si no resultaría limitante :ertificaciones: Cumplimiento con normativas internacionales y locales, como IEC, ANSI, UL, entre otras, que garantizan la calidad y la seguridad del producto. -Normativas: debe de cumplir con normas internacionales como IEC y UL//FONDO DE REPARO: Indican NO APLICA. El punto no fue llenado como indica el instructivo. Aclarar si utilizara o no en concepto de fondo de reparo una póliza de seguros. // Teniendo en cuenta el plazo de ejecución de la obra, más el plazo de recepción provisoria y definitiva de la obra, solicitamos a la convocante que amplíe el periodo de validez de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. // Cláusula de Formas y Condiciones de Pago del PBC: actualizar el porcentaje de retención de los contratos suscritos conforme al artículo 63 de la Ley 7021/22.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Inconsistencia de datos
Descripción
Se verifica que en algunos documentos el nombre del llamado no corresponde. Se solicita subsanar
Comentario
JUSTIFICACIÓN DE LA NO PLANIFICACIÓN DEL LLAMADO :Lo indicado en el marco normativo ;Asimismo, la urgencia de esta contratación responde al cumplimiento de compromisos asumidos en el marco del Programa Nacional de Alimentación Escolar – Hambre Cero, el cual exige la disponibilidad de ambientes adecuados para el desarrollo integral del proceso educativo ., el mismo no se ajusta al proceso ., teniendo en cuenta la autorización del Mec indica que la fuente de financiación es la GOBERNACION //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remiten autorizaciones
Descripción
Conforme al objeto del llamado, se solicita remitir las autorizaciones correspondientes (Planos, MADES, permiso municpal).
Comentario
1. Remitir el permiso/acuerdo/convenio entre la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) y Gobernación , tomando en consideración el objeto de la contratación, o bien, remitir el documento emitido por el ente pertinente donde se indique que no necesita ningún permiso Adecuación de instalaciones eléctricas //

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones.
Descripción
Considerando lo normativas legales emanadas desde la DNCP, se solicita remitir la documentación correspondiente.
Comentario
Solicitamos a la convocante remitir el dictamen justificativo de la visita técnica , como lo establece al Res.230/25 art.41//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.