Fecha de Respuesta:
13-08-2025
Respuesta:
En atención a la observación formulada respecto al sistema de adjudicación, se ratifica que el procedimiento establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) contempla la adjudicación por el total, y no por ítem.
La modalidad de adjudicación total responde a criterios de eficiencia administrativa, simplificación del proceso de compra y coherencia con los objetivos institucionales. Si bien se reconoce que algunos títulos incluidos en la lista pueden encontrarse descatalogados o agotados en origen, esta situación fue considerada en la etapa de elaboración del listado, para lo cual se realizó un sondeo de mercado que permitió identificar títulos disponibles y pertinentes.
La adjudicación por el total permite asegurar la coherencia temática y técnica del conjunto de materiales, evitando fragmentaciones que podrían comprometer la utilidad del lote como unidad funcional. Asimismo, esta modalidad promueve la presentación de ofertas integrales, facilitando la evaluación comparativa y la gestión contractual.
Por lo tanto, se ratifica que la adjudicación debe mantenerse conforme a lo estipulado en el PBC, bajo la modalidad total, sin modificaciones.