Se consulta cual es el criterio para la inclusión de contratos como experiencia. No se especifica si los contratos en ejecución pueden ser considerados. Favor confirmar
Se consulta cual es el criterio para la inclusión de contratos como experiencia. No se especifica si los contratos en ejecución pueden ser considerados. Favor confirmar
El criterio para la consideración de contratos antecedentes como experiencia válida, se menciona en la Pág. 64 de los Documentos de Licitación, en el apartado "2. Criterios de Calificación" de la Sección III - Criterios de Evaluación y Calificación: "Los requisitos de experiencia, tanto para el personal clave como para las entidades individuales y APCAs, se evaluarán únicamente sobre obras o proyectos totalmente concluidos hasta la fecha de presentación de la oferta. No se considerarán obras o proyectos en curso o inconclusos."
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Experiencias
Se consulta cual es el porcentaje de avance de obra (en los certificados) para ser considerado como experiencia
Favor referirse a la respuesta de la Consulta Nº 71.
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Visita a obra
Se solicita amablemente poder realizar una segunda visita técnica, para poder incluir en la visita a los profesionales de los trabajos especializados. Esto responde a que consideramos necesaria una revisión in situ de los trabajos específicos. En la primera visita fue más que nada un pantallazo general de los predios, pero para llevar a cabo la cotización efectiva y precisa se requiere mayor claridad.
Se solicita amablemente poder realizar una segunda visita técnica, para poder incluir en la visita a los profesionales de los trabajos especializados. Esto responde a que consideramos necesaria una revisión in situ de los trabajos específicos. En la primera visita fue más que nada un pantallazo general de los predios, pero para llevar a cabo la cotización efectiva y precisa se requiere mayor claridad.
Servirse considerar el calendario modificado del llamado, incorporado por Adenda Nº 4, en la que se incluye una segunda visita a obra de dos días de duración.
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Obligaciones que el Pliego
Nos dirigimos a Uds. con referencia a las obligaciones que el Pliego impone a la Contratista en diferentes momentos del proyecto.
a.- En lo que se refiere a la firma del Contrato define:
• Garantiza Acceso al Lugar de las Obras en un plazo de 28 días (Sección VIII. Condiciones Particulares de Contrato- art 2.1)
• …”Plan de Implementación Ambiental y Social (PIAS): Tiene por objetivo asegurar la ejecución de los trabajos con el mínimo impacto ambiental y social posible, y con la incorporación de los requerimientos ambientales contractuales. Será elaborado y presentado por el Contratista dentro de los veintiocho (28) días luego de la Firma del Contrato y con antelación a la emisión de la Orden de Inicio, que corresponde a la entrada en vigor de la Obra, conforme al Contrato”….. (Sección VI. Requisitos del Contratante- Art a.3.1)
b.- En lo que se refiere a la Orden de Inicio define:
• En la Sección VIII. Condiciones Particulares de Contrato, Art 2.1. dice…” La emisión de la Orden de Inicio estará supeditada al cumplimiento de todas las siguientes condiciones:
Pago efectivo del Anticipo, o la comunicación al Contratista de la disponibilidad de este.
Entrega a la Contratante del PIAS del proyecto, según requerido en la Sección VI - Requisitos medio ambientales, sociales, salud y seguridad (ASSS)”….
• CUADRO RESUMEN DE HITOS (Sección VIII. Condiciones Particulares de Contrato):
o Aprobación del Plan de Trabajo, plazo 30 días.
o Finalización de la ingeniería de detalle y proyecto ejecutivo de la totalidad de las obras, provisión y suministro de los bienes, plazo 90 días.
o Ambos hitos sujetos a multas.
c.- En lo que se refiere a Requisitos Medio Ambientales, Sociales y de Seguridad y Salud en el Trabajo (ASSS) define:
• Art.a.1 Responsabilidad social y ambiental del Contratista
..”El contratista será integralmente el responsable por la presentación de EIAs, ajuste de Plan de Gestión Ambiental, gestión y consecución de la Licencia Ambiental (MADES) y autorizaciones especiales previamente al inicio de obras. Corresponderá al Contratista la elaboración de un Relatorio de Impacto Ambiental – RIMA, o ajustes del Plan de Gestión de las licencias existentes, para su presentación al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, carga en el Sistema de Información Ambiental (SIAM) y seguimiento hasta la obtención de la Licencia correspondiente”…..
• ..”Este estudio será compatible con el diseño final del proyecto, siendo este, otro producto del contrato. La EIAs deberían ser aprobadas por ANDE, previamente a su remisión a la Autoridad Competente para la Tramitación de la Licencia correspondiente”...
• …”Si asi lo requiere el MADES a través de un dictamen, la Contratista adjudicada en esta licitación deberá desarrollar los Estudios de Impacto Ambiental exigidos por la autoridad competente”…..
Del análisis detallado de todas estas condiciones surgen una serie de incongruencias en lo que hace a la posibilidad de cumplir con todas las exigencias en tiempo y forma, que llevadas al límite se convierten en imposibles de cumplir y en algún caso ponen en riesgo todo el Proyecto, según el siguiente detalle:
1.- HITOS:
Al respecto de estas obligaciones la primera consideración es sobre los Hitos, y en particular lo referido al plazo de la ingeniería de detalle y proyecto ejecutivo de la totalidad de las obras, provisión y suministro de los bienes, es de imposible cumplimiento, ya que según las condiciones del mismo Pliego debe partir el análisis desde un levantamiento y relevamiento integral de las dos presas, la presentación de una ingeniería básica extendida conceptual, su aprobación por ANDE, y posterior desarrollo de la ingeniería de detalle (especificando los productos y servicios a suministrar) para la aprobación final de ANDE , dando por cumplido el Hito correspondiente.
En consecuencia, nos permitimos solicitar que se modifique este plazo. Atendiendo a tener la ingeniería detallada aprobada como mínimo con 30 días de anticipación al inicio comprometido de cada rubro según Cronograma de Trabajo aprobado.
2.- Plan de Implementación Ambiental y Social (PIAS):
De la propia estructura del contenido solicitado para este Plan que básicamente define que debe contener …”, y con la incorporación de los requerimientos ambientales contractuales”…., ó sea debe cumplir con requerimientos que nunca estarán definidos a 28 días de la firma del Contrato, ya que para ello deben estar actualizada todas las aprobaciones ambientales, que se inician como indican los Requisitos Medio Ambientales, Sociales y de Seguridad y Salud en el Trabajo (ASSS) de más arriba, por la adecuación a ..” Este estudio será compatible con el diseño final del proyecto”, o sea que se necesita ingeniería básica aprobada, que debe ejecutarse a posteriori de la Orden de inicio.
Además, el Pliego no es claro respecto a que tipo de autorizaciones ambientales debe ejecutar la Contratista, pues en el mismo artículo, refiere, a RIMA, ejecutar un nuevo Estudio de Impacto Ambiental y/o actualizar las distintas Licencias Ambientales vencidas a la fecha, y en todos los casos con una aprobación previa de ANDE antes de la presentación del documento al MADES.
De lo anterior se configura que debería eliminarse esta exigencia a 28 días de la firma del Contrato, y a la vez no condicionar plazo de la Orden de inicio a este requisito.
Nos dirigimos a Uds. con referencia a las obligaciones que el Pliego impone a la Contratista en diferentes momentos del proyecto.
a.- En lo que se refiere a la firma del Contrato define:
• Garantiza Acceso al Lugar de las Obras en un plazo de 28 días (Sección VIII. Condiciones Particulares de Contrato- art 2.1)
• …”Plan de Implementación Ambiental y Social (PIAS): Tiene por objetivo asegurar la ejecución de los trabajos con el mínimo impacto ambiental y social posible, y con la incorporación de los requerimientos ambientales contractuales. Será elaborado y presentado por el Contratista dentro de los veintiocho (28) días luego de la Firma del Contrato y con antelación a la emisión de la Orden de Inicio, que corresponde a la entrada en vigor de la Obra, conforme al Contrato”….. (Sección VI. Requisitos del Contratante- Art a.3.1)
b.- En lo que se refiere a la Orden de Inicio define:
• En la Sección VIII. Condiciones Particulares de Contrato, Art 2.1. dice…” La emisión de la Orden de Inicio estará supeditada al cumplimiento de todas las siguientes condiciones:
Pago efectivo del Anticipo, o la comunicación al Contratista de la disponibilidad de este.
Entrega a la Contratante del PIAS del proyecto, según requerido en la Sección VI - Requisitos medio ambientales, sociales, salud y seguridad (ASSS)”….
• CUADRO RESUMEN DE HITOS (Sección VIII. Condiciones Particulares de Contrato):
o Aprobación del Plan de Trabajo, plazo 30 días.
o Finalización de la ingeniería de detalle y proyecto ejecutivo de la totalidad de las obras, provisión y suministro de los bienes, plazo 90 días.
o Ambos hitos sujetos a multas.
c.- En lo que se refiere a Requisitos Medio Ambientales, Sociales y de Seguridad y Salud en el Trabajo (ASSS) define:
• Art.a.1 Responsabilidad social y ambiental del Contratista
..”El contratista será integralmente el responsable por la presentación de EIAs, ajuste de Plan de Gestión Ambiental, gestión y consecución de la Licencia Ambiental (MADES) y autorizaciones especiales previamente al inicio de obras. Corresponderá al Contratista la elaboración de un Relatorio de Impacto Ambiental – RIMA, o ajustes del Plan de Gestión de las licencias existentes, para su presentación al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, carga en el Sistema de Información Ambiental (SIAM) y seguimiento hasta la obtención de la Licencia correspondiente”…..
• ..”Este estudio será compatible con el diseño final del proyecto, siendo este, otro producto del contrato. La EIAs deberían ser aprobadas por ANDE, previamente a su remisión a la Autoridad Competente para la Tramitación de la Licencia correspondiente”...
• …”Si asi lo requiere el MADES a través de un dictamen, la Contratista adjudicada en esta licitación deberá desarrollar los Estudios de Impacto Ambiental exigidos por la autoridad competente”…..
Del análisis detallado de todas estas condiciones surgen una serie de incongruencias en lo que hace a la posibilidad de cumplir con todas las exigencias en tiempo y forma, que llevadas al límite se convierten en imposibles de cumplir y en algún caso ponen en riesgo todo el Proyecto, según el siguiente detalle:
1.- HITOS:
Al respecto de estas obligaciones la primera consideración es sobre los Hitos, y en particular lo referido al plazo de la ingeniería de detalle y proyecto ejecutivo de la totalidad de las obras, provisión y suministro de los bienes, es de imposible cumplimiento, ya que según las condiciones del mismo Pliego debe partir el análisis desde un levantamiento y relevamiento integral de las dos presas, la presentación de una ingeniería básica extendida conceptual, su aprobación por ANDE, y posterior desarrollo de la ingeniería de detalle (especificando los productos y servicios a suministrar) para la aprobación final de ANDE , dando por cumplido el Hito correspondiente.
En consecuencia, nos permitimos solicitar que se modifique este plazo. Atendiendo a tener la ingeniería detallada aprobada como mínimo con 30 días de anticipación al inicio comprometido de cada rubro según Cronograma de Trabajo aprobado.
2.- Plan de Implementación Ambiental y Social (PIAS):
De la propia estructura del contenido solicitado para este Plan que básicamente define que debe contener …”, y con la incorporación de los requerimientos ambientales contractuales”…., ó sea debe cumplir con requerimientos que nunca estarán definidos a 28 días de la firma del Contrato, ya que para ello deben estar actualizada todas las aprobaciones ambientales, que se inician como indican los Requisitos Medio Ambientales, Sociales y de Seguridad y Salud en el Trabajo (ASSS) de más arriba, por la adecuación a ..” Este estudio será compatible con el diseño final del proyecto”, o sea que se necesita ingeniería básica aprobada, que debe ejecutarse a posteriori de la Orden de inicio.
Además, el Pliego no es claro respecto a que tipo de autorizaciones ambientales debe ejecutar la Contratista, pues en el mismo artículo, refiere, a RIMA, ejecutar un nuevo Estudio de Impacto Ambiental y/o actualizar las distintas Licencias Ambientales vencidas a la fecha, y en todos los casos con una aprobación previa de ANDE antes de la presentación del documento al MADES.
De lo anterior se configura que debería eliminarse esta exigencia a 28 días de la firma del Contrato, y a la vez no condicionar plazo de la Orden de inicio a este requisito.
La presentación del Plan de Implementación Ambiental y Social (PIAS) constituye un requisito previo para la emisión del Acta de Inicio. Este documento, elaborado por la Contratista, define las acciones y estrategias necesarias para gestionar de manera efectiva y responsable los impactos ambientales y sociales derivados del proyecto, obra o actividad a desarrollar, asegurando el cumplimiento de los requisitos legales y normativos aplicables en materia ambiental y social, en relación con las comunidades y el entorno del área de influencia del proyecto.
Siendo el PIAS requisito obligatorio solicitado por la Dirección de Gestión Ambiental de la ANDE para su presentación dentro de los veintiocho (28) días luego de la Firma del Contrato y con antelación a la emisión de la Orden de Inicio. Se realiza la aclaratoria de que el PIAS puede presentarse de forma provisoria basado en Planes y programas genéricos en virtud al plazo estipulado y posteriormente ser ajustado basado en la ingeniería de detalle y proyecto ejecutivo de la totalidad de las obras que contemplan el presente llamado y ser nuevamente presentado.
Con respecto a las autorizaciones ambientales, ya se cuenta con licencias ambientales (con número de seguimiento de proyecto en la SIAM, ver en sas-680fe80d39910.zip en la sub carpeta Licencias), la contratista realizará el ajuste del Plan de Gestión Ambiental de las licencias ambientales de la Central Hidroeléctrica Acaray y de la Presa Yguazú, una vez se cuente con la ingeniería de detalle y proyecto ejecutivo de la totalidad de las obras que comprende la presente licitación, aprobada por el Ingeniero y por la Dirección de Gestión Ambiental de Ande, para su posterior presentación ante el MADES a cargo de la contratista.
El Plan de Trabajo hace referencia a la versión preliminar del PIAS aprobado para su elaboración, y se ajusta de manera periódica según varíen las condiciones técnicas, sociales y ambientales del proyecto en ejecución, entre ellas, las versiones periódicamente actualizadas del PIAS.
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Obligaciones que el Pliego
Nos dirigimos a Uds. con referencia a las obligaciones que el Pliego impone a la Contratista en diferentes momentos del proyecto.
En lo que se refiere a Requisitos Medio Ambientales, Sociales y de Seguridad y Salud en el Trabajo (ASSS) define:
• Art.a.1 Responsabilidad social y ambiental del Contratista
..”El contratista será integralmente el responsable por la presentación de EIAs, ajuste de Plan de Gestión Ambiental, gestión y consecución de la Licencia Ambiental (MADES) y autorizaciones especiales previamente al inicio de obras. Corresponderá al Contratista la elaboración de un Relatorio de Impacto Ambiental – RIMA, o ajustes del Plan de Gestión de las licencias existentes, para su presentación al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, carga en el Sistema de Información Ambiental (SIAM) y seguimiento hasta la obtención de la Licencia correspondiente”…..
• ..”Este estudio será compatible con el diseño final del proyecto, siendo este, otro producto del contrato. La EIAs deber{an ser aprobadas por ANDE, previamente a su remisión a la Autoridad Competente para la Tramitación de la Licencia correspondiente”...
• …”Si asi lo requiere el MADES a través de un dictamen, la Contratista adjudicada en esta licitación deberá desarrollar los Estudios de Impacto Ambiental exigidos por la autoridad competente”…..
Claramente el Pliego define el alcance de este rubro para ser ejecutado post Orden de Inicio, ó sea dentro del plazo total de los 34 meses de obra.
Ahora dada la incertidumbre respecto al verdadero alcance de que nivel de documento se deberá elaborar, partiendo del mínimo nivel exigible, actualizar el RIMA y renovar y/o actualizar las Licencias Ambientales caídas, considerando que antes debe existir Ingeniería aprobada, la aprobación previa por ANDE del modelo a presentar, y todo el plazo necesario para preparar la carpeta final, y esperar la aprobación del MADES, es imposible calcular el plazo necesario para esta tramitación, y en algún caso estos plazos están fuera del alcance de la voluntad o acción de la Contratista.
Solamente para la renovación de las licencias ambientales como mínimo es necesario elaborar:
1. Relevamiento en Zona de obras
2. Análisis de los aceites de los transformadores
3. Historial de Documentación del EIA Inicial
4. Adquisición de compras de Servicios Ambientales
5. Realización de monitoreos de calidad de aire y agua
Además, existe la posibilidad, incluida en el Pliego, que al solo juicio del MADES se deba ejecutar un nuevo EIA, con plazos mayores aún.
En consecuencia, no se podría presentar un cronograma de la obra real por ser imposible precisar el plazo de la aprobación de las condiciones y licencias ambientales.
Por lo cual solicitamos que el plazo de ejecución del Proyecto sea considerado a partir de recibir la aprobación de las autorizaciones ambientales emitidas por el MADES.
Nos dirigimos a Uds. con referencia a las obligaciones que el Pliego impone a la Contratista en diferentes momentos del proyecto.
En lo que se refiere a Requisitos Medio Ambientales, Sociales y de Seguridad y Salud en el Trabajo (ASSS) define:
• Art.a.1 Responsabilidad social y ambiental del Contratista
..”El contratista será integralmente el responsable por la presentación de EIAs, ajuste de Plan de Gestión Ambiental, gestión y consecución de la Licencia Ambiental (MADES) y autorizaciones especiales previamente al inicio de obras. Corresponderá al Contratista la elaboración de un Relatorio de Impacto Ambiental – RIMA, o ajustes del Plan de Gestión de las licencias existentes, para su presentación al Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, carga en el Sistema de Información Ambiental (SIAM) y seguimiento hasta la obtención de la Licencia correspondiente”…..
• ..”Este estudio será compatible con el diseño final del proyecto, siendo este, otro producto del contrato. La EIAs deber{an ser aprobadas por ANDE, previamente a su remisión a la Autoridad Competente para la Tramitación de la Licencia correspondiente”...
• …”Si asi lo requiere el MADES a través de un dictamen, la Contratista adjudicada en esta licitación deberá desarrollar los Estudios de Impacto Ambiental exigidos por la autoridad competente”…..
Claramente el Pliego define el alcance de este rubro para ser ejecutado post Orden de Inicio, ó sea dentro del plazo total de los 34 meses de obra.
Ahora dada la incertidumbre respecto al verdadero alcance de que nivel de documento se deberá elaborar, partiendo del mínimo nivel exigible, actualizar el RIMA y renovar y/o actualizar las Licencias Ambientales caídas, considerando que antes debe existir Ingeniería aprobada, la aprobación previa por ANDE del modelo a presentar, y todo el plazo necesario para preparar la carpeta final, y esperar la aprobación del MADES, es imposible calcular el plazo necesario para esta tramitación, y en algún caso estos plazos están fuera del alcance de la voluntad o acción de la Contratista.
Solamente para la renovación de las licencias ambientales como mínimo es necesario elaborar:
1. Relevamiento en Zona de obras
2. Análisis de los aceites de los transformadores
3. Historial de Documentación del EIA Inicial
4. Adquisición de compras de Servicios Ambientales
5. Realización de monitoreos de calidad de aire y agua
Además, existe la posibilidad, incluida en el Pliego, que al solo juicio del MADES se deba ejecutar un nuevo EIA, con plazos mayores aún.
En consecuencia, no se podría presentar un cronograma de la obra real por ser imposible precisar el plazo de la aprobación de las condiciones y licencias ambientales.
Por lo cual solicitamos que el plazo de ejecución del Proyecto sea considerado a partir de recibir la aprobación de las autorizaciones ambientales emitidas por el MADES.
A priori respecto a las autorizaciones ambientales, ya se cuenta con licencias ambientales (con número de seguimiento de proyecto en la SIAM, ver en sas-680fe80d39910.zip en la sub carpeta Licencias), por tanto la contratista realizará el ajuste del Plan de Gestión Ambiental de las licencias ambientales de la Central Hidroeléctrica Acaray y de la Presa Yguazú, una vez que cuenten con la ingeniería de detalle y proyecto ejecutivo de la totalidad de las obras que comprende la presente licitación, previa aprobación de la Dirección de Gestión Ambiental de Ande para su posterior presentación ante el MADES a cargo de la contratista.
En cuando al Historial de Documentación del EIA se encuentran disponibles para su análisis en la carpeta denominada sas-680fe80d39910.zip en la subcarpeta Licencias.
En lo que respecta a la Adquisición de compras de Servicios Ambientales actualmente están siendo analizadas por el MADES a pedido de la convocante.
En lo que respecta a otros estudios ambientales serán ejecutados conforme a los planes y programas que serán propuestos por la contratista (metodología, cronograma y ejecución) basada en los lineamientos indicados en las ETAGs disponibles en sas-680fe80d39910.zip y/o documento denominado "Modernización en la Gestión Ambiental, Social y Syso disponible en: archivos-que-corresponden-adenda-n-1-684c5f479cfa1.zip en la Sub carpeta 01 Proyectos de Referencia: ACA-4-GE-00-G-18-MD-001pdf.
Se recuerda que el tipo de metodología de la presente licitación es conforme "Condiciones Generales de Contrato para Planta y Diseño-Construcción" segunda edición, 2017 de FIDIC (Libro Amarillo).
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INSTALACIONES DE SERVICIOS GENERALES ACARAY
Nos dirigimos a Uds. con referencia al documento lpi-n-1904-2025-lista-de-precios, que corresponde con la planilla con el itemizado del Proyecto a cotizar.
En dicho documento en el rubro “200 INSTALACIONES DE SERVICIOS GENERALES ACARAY” se describen las tareas que corresponden a las instalaciones generales de la presa YGUAZU.
Favor confirmar y/o modificar la descripción de este rubro.
Nos dirigimos a Uds. con referencia al documento lpi-n-1904-2025-lista-de-precios, que corresponde con la planilla con el itemizado del Proyecto a cotizar.
En dicho documento en el rubro “200 INSTALACIONES DE SERVICIOS GENERALES ACARAY” se describen las tareas que corresponden a las instalaciones generales de la presa YGUAZU.
Favor confirmar y/o modificar la descripción de este rubro.
Remitirse a la planilla de Lista de Actividades - Rev A., incorporada por Adenda Nº 4.
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Mejoras y modernización en edificios de la Central Acaray – Memoria descriptiva – Inst. Sanitarias y pluviales
Nos dirigimos a Uds. con referencia al documento ACA-4-GE-00-C-00-MD-001, “Mejoras y modernización en edificios de la Central Acaray – Memoria descriptiva – Inst. Sanitarias y pluviales”
En dicho documento en el artículo “3.3 Vuelco” se indica: …“La solución adoptada, que permitirá cumplir con las normativas ambientales (resolución N°222/02 y ley N°5428/15) y es considerada la más sustentable, consistirá en reemplazar el pozo absorbente actual por un sistema biodigestor + nuevo pozo absorbente.”…
No existe para la central Acaray un item que refleje este servicio.
Favor confirmar si dicho servicio esta incluido en el alcance de la oferta, y caso positivo incluir un item que lo refleje en la planilla de precios.
22-07-2025
01-08-2025
Mejoras y modernización en edificios de la Central Acaray – Memoria descriptiva – Inst. Sanitarias y pluviales
Nos dirigimos a Uds. con referencia al documento ACA-4-GE-00-C-00-MD-001, “Mejoras y modernización en edificios de la Central Acaray – Memoria descriptiva – Inst. Sanitarias y pluviales”
En dicho documento en el artículo “3.3 Vuelco” se indica: …“La solución adoptada, que permitirá cumplir con las normativas ambientales (resolución N°222/02 y ley N°5428/15) y es considerada la más sustentable, consistirá en reemplazar el pozo absorbente actual por un sistema biodigestor + nuevo pozo absorbente.”…
No existe para la central Acaray un item que refleje este servicio.
Favor confirmar si dicho servicio esta incluido en el alcance de la oferta, y caso positivo incluir un item que lo refleje en la planilla de precios.
La provisión e instalación de los equipos mencionados en la memoria descriptiva forma parte de la Oferta. El costo de los elementos que no tengan un ítem de pago específico en la Lista de Actividades se considerará incluido en la ejecución de aquellas actividades que tienen ítems específicos de pago.
78
Solicitud de prórroga para presentación de ofertas
Solicitamos respetuosamente una prórroga en el plazo de presentación de ofertas, considerando la complejidad técnica del proyecto, la gran documentación a analizar y presentar (incluyendo varios ítems globales con descripciones extensas y criterios a considerar). Por lo expuesto, consideramos necesario contar con un plazo no menor a 30 días para garantizar una propuesta seria y bien estudiada.
22-07-2025
01-08-2025
Solicitud de prórroga para presentación de ofertas
Solicitamos respetuosamente una prórroga en el plazo de presentación de ofertas, considerando la complejidad técnica del proyecto, la gran documentación a analizar y presentar (incluyendo varios ítems globales con descripciones extensas y criterios a considerar). Por lo expuesto, consideramos necesario contar con un plazo no menor a 30 días para garantizar una propuesta seria y bien estudiada.
Servirse considerar el calendario modificado del llamado, incorporado por Adenda Nº 4.
79
Sistematización de filtraciones en la zona del “Fangal
Nos dirigimos a Uds. con referencia al documento lpi-n-1904-2025-lista-de-precios, que corresponde con la planilla con el itemizado del Proyecto a cotizar.
En el mismo figura el ítem Sección I 110- Sistematización de filtraciones en la zona del “Fangal” mientras que en el documento ACA-4-GE-00-C-00-EP-001_Especificaciones técnicas__Yguazú_Reparación presas-RD artículo 5 dicho ítem figura como I 109 - Sistematización de filtraciones en la zona del “Fangal”.
Favor aclarar cuál es correcto.
22-07-2025
01-08-2025
Sistematización de filtraciones en la zona del “Fangal
Nos dirigimos a Uds. con referencia al documento lpi-n-1904-2025-lista-de-precios, que corresponde con la planilla con el itemizado del Proyecto a cotizar.
En el mismo figura el ítem Sección I 110- Sistematización de filtraciones en la zona del “Fangal” mientras que en el documento ACA-4-GE-00-C-00-EP-001_Especificaciones técnicas__Yguazú_Reparación presas-RD artículo 5 dicho ítem figura como I 109 - Sistematización de filtraciones en la zona del “Fangal”.
Remitirse a la planilla de Lista de Actividades - Rev A., incorporada por Adenda Nº 4.
80
Barrera de seguridad (boyas)
Nos dirigimos a Uds. con referencia al documento lpi-n-1904-2025-lista-de-precios, que corresponde con la planilla con el itemizado del Proyecto a cotizar.
En el mismo figura el ítem Sección I 103- Barrera de seguridad (boyas) en el embalse mientras que en el documento ACA-4-GE-00-C-00-EP-001_Especificaciones técnicas__Yguazú_Reparación presas-RD artículo 6 dicho ítem figura como I 102A - Barrera de seguridad (boyas) en el embalse.
Favor aclarar cuál es correcto.
Nos dirigimos a Uds. con referencia al documento lpi-n-1904-2025-lista-de-precios, que corresponde con la planilla con el itemizado del Proyecto a cotizar.
En el mismo figura el ítem Sección I 103- Barrera de seguridad (boyas) en el embalse mientras que en el documento ACA-4-GE-00-C-00-EP-001_Especificaciones técnicas__Yguazú_Reparación presas-RD artículo 6 dicho ítem figura como I 102A - Barrera de seguridad (boyas) en el embalse.