Fecha de Respuesta:
08-09-2025
Respuesta:
En atención a la consulta Nº 2, relacionada con los precios referenciales publicados en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente convocatoria, corresponde precisar que los mismos constituyen un parámetro de referencia para la estimación del proceso, sin que ello implique que los oferentes deban necesariamente ajustar sus propuestas al valor indicado. De conformidad con lo establecido en la Resolución DNCP Nº 454/2024, cuando el precio ofertado se encuentre por debajo del veinte por ciento (20%) o por encima del diez por ciento (10%) respecto al precio referencial, durante la etapa de evaluación se solicitará al oferente el correspondiente desglose de costos, como así también podrán presentarlo junto con su oferta cuando esta se encuentre fuera de los parámetros establecidos, a fin de verificar la razonabilidad y justificación técnico-económica de la propuesta.
En ese sentido, los oferentes podrán formular sus ofertas considerando los precios vigentes en el mercado que estimen pertinentes, quedando las mismas sujetas al análisis y verificación previstos en la normativa aplicable.