Esta sección constituye el detalle de los servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad al convenio modificatorio o la adenda.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Servicio de Fumigación para las Dependencias de la Gerencia General de Aduanas de Capital e Interior.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El producto para la fumigación debe cumplir con las regulaciones nacionales para el uso de insecticidas y que no tengan impacto ambiental y no ser nocivos para los seres humanos. Deben ser utilizados para la fumigación no deben ocasionar manchas, debe ser incoloro, de amplio espectro y poder residual.
En caso de resistencia a los productos por la plagas, se debe variar las formulaciones a emplear por cada aplicación, a fin de la eliminación TOTAL de las plagas.
Los productos deben estar habilitados por la DINAVISA del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y SENAVE y el oferente debe estar registrado como empresa de fumigación, en los órganos competentes.
Se controlaran los insectos rastreros y voladores, entre ellos las cucarachas de varias especies, grillos, ácaros, mosquitos, arácnidos, polillas, hormigas, moscas, termitas y roedores.
El trabajo de fumigación deberá ejecutarse por personal idóneo, dirigido por el asesor técnico de la empresa.
Deberá contar con equipos pulverizadores: tres (03) fumigadoras tipo mochila (como mínimo) con motor naftero, con capacidad mínima de 15 a 20 litros; tres (03) fumigadoras manuales, equipos de protección para realizar el servicio (botas, chaquetas, máscaras protectoras, anteojos, guantes), Dispositivo electrónico de detección de termitas, no invasivo, a efectos de no dañar la estructura edilicia de los locales a fumigar. Este dispositivo debe ayudar a localizar, confirmar y rastrear la presencia y alcance de la actividad de termitas en lugares específicos a fin de aplicar el tratamiento conforme al grado de infestación existente. Es de suma importancia localizar exactamente y seguir la presencia de termitas sin la necesidad de penetración física en paredes, pisos o techos, sin interrumpir ni desplazar la actividad de las termitas a otras áreas.
Además debe contar con los siguientes equipos de protección individual (EPls): mascarillas, anti inhalantes, guantes, guardapolvos, botas, cascos.
El Oferente deberá proveer al personal encargado de la fumigación, maquinarias, equipos y materiales necesarios para brindar el servicio; el plantel del personal encargado de la fumigación, deberá estar capacitado para las tareas y deberá contar con uniformes que los identifiquen.
En todos los casos, el día y el horario de aplicación serán previamente coordinado entre el Administrador del Contrato y el personal técnico de la empresa adjudicada y la misma será determinada mediante Orden de Servicio, emitida por el Departamento de Servicios Generales.
La empresa garantizará la calidad y la especificidad de los productos, la profesionalidad con que se realizarán los trabajos, por los meses que dure la prestación del servicio a partir de la fecha en que se efectúe el primer tratamiento. Los productos a utilizarse deben ser autorizados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
El oferente adjudicado asumirá total responsabilidad por los daños que puedan ocasionar los productos utilizados para la fumigación a los muebles, equipos de oficina y equipos informáticos en general.
Para el tratamiento efectivo de insectos se deben hacer pulverizaciones con productos específicos de alta tecnología de formulación que brinden buen seguimiento, excelente poder residual y aseguren mínimo olor y baja toxicidad. Los Servicios se realizaran hasta el exterminio de la plaga, asi como también conforme a necesidad y en coordinación con el administrador del contrato.
Se realizará en los sectores críticos como ser: oficinas en las partes internas de los muebles y escritorio, de igual manera los que cuentan con equipamiento informático y telefonía, así como en lugares donde se expenden comidas o se almacenan alimentos, se deben realizar tareas más minuciosas y se usará Gel Insecticida (Fipronil).
Las fumigaciones se deben realizar principalmente en las zonas de entradas (ventanas, puertas, umbrales, aleros, plomerías, puntos eléctricos de ingreso, respiraderos, albañales) y en el interior de las oficinas (gavetas, escritorios, armarios, rejillas de los sanitarios).
Los productos deben ser no sistemáticos, atrayentes, desecantes sólidos, reguladores de crecimiento, feromonas, insecticidas repelentes, químicos inorgánicos o similares. En el caso de los roedores se debe utilizar rodenticidas que actúan como anticoagulantes para que los mismos se deshidraten y no produzcan olores desagradables.
c. DESRATIZACIÓN:
Los trabajos se realizarán conforme al Sistema Manejo Integrado de plagas (MIP), interviniendo directamente en los factores de vida de los roedores: agua, alimento y refugio.
Eliminación y control directo de roedores (rata común, lauchas u otras especies) por métodos de saneamiento básico, físico o químicos (cebos, jaulas, trampas y otros).
Colocar los portacebos/comederos en lugares donde se observen signos de presencia de roedores, como: excrementos, manchas grasosas, pelos, pisadas o en vecindad de sus madrigueras.
Colocar los portacebos/comederos a una distancia de entre 5 y 15 metros una de otra. Esta distancia dependerá del grado de infestación del lugar.
Colocar en los portacebos/comederos una cantidad de cebos entre 25 y 200 gramos, dependiendo del tipo de roedor a eliminar.
No contaminar cursos de agua.
Mantener en forma continua la cantidad de cebos limpios y frescos hasta que no se evidencie signos de presencia de roedores.
No tocar los cebos con las manos, pues los roedores rechazan el olor humano. Disponer de un mapa señalando la ubicación del portacebos/comedero.
Siempre que se pueda, colocar los cebos directamente dentro del refugio de los roedores y luego, taponarlos.
Eliminar todos los refugios de roedores encontrados, en especial, las madrigueras en la tierra.
Los raticidas (rodenticidas) utilizados serán del TIPO ANTICUAGULANTE SANGUINEO, conocidos como raticidas de Segunda Generación, con principio activo FLOCOUMAFEN, grupo de las Cumarinas y de Clasificación Toxicológica ll.
Todos los raticidas colocados en porta en porta cebos o comederos de uso profesional y a prueba de manipulaciones. No se permitirán la utilización de cebos o cualquier producto químico a cielo descubierto.
La empresa oferente deberá contar con un profesional que pertenezca a la empresa (Ing. Agrónomo o Ing. Químico), con registro de asesor técnico, expedido por la Dirección General de Salud Animal (DIGESA), dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS).
Deberá contar con, por lo menos, cuatro (04) empleados con su respectivo Carnet de DIGESA, vigente para la realización de servicios de fumigación y que deberán estar inscritos en el Instituto de Previsión Social (IPS).
El oferente deberá contar como mínimo con 04 vehículos de su propiedad, destinados al cumplimiento de los servicios, 1 (uno) de los cuales deberá ser de doble tracción (4x4) a fin de garantizar la cobertura en tiempo y forma a nivel país. Para la comprobación de este requisito deberá presentar copia autenticada de la cedula verde y habilitación Municipal al día de los vehículos citados más arriba a nombre del oferente.
La empresa deberá estar registrada y con la habilitación vigente, en la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA), dependiente del MSPyBS, como empresa fumigadora.
Habilitación o Constancia de no requerir Registro de SENAVE (Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas), además de la habilitación o Nota de la Ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental del MADES.
La empresa fumigadora deberá contar con contrato o convenio con empresas especializadas en el rubro, con o sin fines de lucro, encargados de la Destrucción Final de Envases Vacios de Agroquímicos.
Los productos a utilizar deben ser registrados en: DINAVISA dependiente del MSPyBS y SENAVE
La empresa oferente deberá demostrar que posee un sistema de gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo, el cual será dado por cumplido con la presentación de la certificación ISO 45001:2018, cuyo alcance sea como mínimo el de servicios de desinfección corporativa y control de plagas, acompañado de sus antecedentes (Datos de la Consultoría, Auditor asignado, Plan de Auditoria, la Certificadora deberá estar debidamente acreditada y reconocida por el ONA). Además deberá demostrar que posee un sistema de medición de calidad de su gestión, el cual será dado por cumplido con la presentación de la certificación de calidad ISO 9001:2015, cuyo alcance sea como mínimo el de servicios de desinfección corporativa y control de plagas, acompañado de sus antecedentes (Datos de la Consultoría, Auditor asignado, Plan de Auditoria, la Certificadora deberá estar debidamente acreditada y reconocida por el ONA) y poseer un sistema de gestión ambiental, responsable y comprometida con la protección del medio ambiente, el cual será dado por cumplido con la presentación de la certificación ISO 14001:2015, cuyo alcance sea como mínimo el de servicios de desinfección corporativa y control de plagas, acompañado de sus antecedentes (Datos de la Consultoría, Auditor asignado, Plan de Auditoria, la Certificadora deberá estar debidamente acreditada y reconocida por el ONA).
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
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Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
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1 |
Grupo 1 |
1 |
Unidad |
Lugar indicado en la Orden de Servicio | será en un plazo que no deberá exceder los 2 (dos) días corridos, posteriores a la recepción de la Orden de Servicio, expedida por el Administrador del Contrato (Dpto. de Servicios Generales) y la culminación de dichos trabajos deberá ser en el mismo día del inicio de los trabajos |
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica