LICENCIA AMBIENTAL, EXPEDIDA POR EL MADES, QUE LO HABILITE A OPERAR COMO TALLER MECÁNICO Y DEPÓSITO DE REPUESTOS
Al respecto, es dable destacar que el llamado de referencia es a los efectos de la contratación de un taller mecánico para la realización de servicios de mantenimiento y reparación de vehículos de la institución, según se desprende del objeto del llamado.
La licencia ambiental otorgada por el MADES consecuentemente debiera ser para habilitar a operar como tal, como Taller Mecánico. Es decir, requerir que el oferente cuente adicionalmente con la habilitación del depósito es absolutamente innecesario y atentatorio contra la libre participación de los talleres, ya que dicha habilitación corresponde a otro ramo totalmente independiente y exigirlo constituiría un claro direccionamiento hacia un taller en particular, cuestión que no debiera ser una limitante y barrera a la libre concurrencia en el llamado que nos ocupa.
LICENCIA AMBIENTAL, EXPEDIDA POR EL MADES, QUE LO HABILITE A OPERAR COMO TALLER MECÁNICO Y DEPÓSITO DE REPUESTOS
Al respecto, es dable destacar que el llamado de referencia es a los efectos de la contratación de un taller mecánico para la realización de servicios de mantenimiento y reparación de vehículos de la institución, según se desprende del objeto del llamado.
La licencia ambiental otorgada por el MADES consecuentemente debiera ser para habilitar a operar como tal, como Taller Mecánico. Es decir, requerir que el oferente cuente adicionalmente con la habilitación del depósito es absolutamente innecesario y atentatorio contra la libre participación de los talleres, ya que dicha habilitación corresponde a otro ramo totalmente independiente y exigirlo constituiría un claro direccionamiento hacia un taller en particular, cuestión que no debiera ser una limitante y barrera a la libre concurrencia en el llamado que nos ocupa.
La exigencia de contar con Licencia Ambiental expedida por el MADES, que habilite al oferente a operar como taller mecánico y depósito de repuestos, se encuentra plenamente justificada en atención al objeto del llamado, que contempla no solo la prestación de servicios de mantenimiento y reparación de vehículos, sino también la provisión de repuestos, piezas y materiales nuevos y originales, conforme a lo establecido expresamente en el Pliego de Bases y Condiciones, esto quiere decir que los potenciales oferentes deben de contar con stock de piezas nuevas y retirar las piezas sustituidas (algunas de ellas pueden ser consideradas residuos peligrosos, como baterías o filtros contaminados, etc), por lo tanto la actividad incluye manejo de materiales con potencial impacto ambiental, y por ende debe ajustarse con las normas ambientales vigentes del MADES y dar cumplimiento a que tanto el taller como el depósito cuenten con habilitación ambiental. Por lo tanto, se solicita favor remitirse a lo establecido en el PBC.
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SOBRE INFRAESTRUCTURA
8 Elevadores hidráulicos y/o eléctricos con una capacidad mínima de 4.500 Kg.
Creemos que el requisito es excesivo, exagerado y exorbitante. La fosa cumple la misma función que el elevador, por lo tanto, sería excesivo solicitar al oferente que tenga TRES (03) fosas y, además, OCHO (08) elevadores, dado que el servicio solicitado por la Convocante, podría cumplirse perfectamente con TRES (03) fosas más CINCO (05) elevadores.
Para brindar las explicaciones técnicas a la Convocante, las siguientes líneas.
Las fosas y los elevadores cumplen la exacta/idéntica/símil función, la cual es DIAGNOSTICAR LA SITUACION DE TREN DELANTERO, TRASERO Y SISTEMA DE SUSPENSION DE UN VEHICULO. Lo que los diferencia es que la fosa, requiere que el técnico “ingrese”, a la fosa, en tanto que el elevador, sube el vehículo a una altura tal que permite que el técnico mire el vehículo desde abajo, estando a la altura del suelo. Volviendo a la función de la fosa y/o elevador, el DIAGNOSTICO, esto es, dependiendo de la pericia del/del técnico/s asignados a la faena, en no más de 20 minutos de estar bajo el vehículo y de realizar las pruebas técnicas, se determina cual/cuales de las piezas que componen los sistemas supra mencionados (tren delantero, tren trasero, sistema de suspensión, etc.) ameritan ser cambiadas/reparadas. Una vez terminado dicha función de DIAGNOSTICO del inconveniente, el vehículo es sacado de la fosa y/o elevador y es puesto en las áreas de trabajo para el desarme respectivo. Es decir, tanto la fosa como el elevador, cumplen UNICA Y EXCLUSIVAMENTE dicha función y no pueden demorar más del tiempo mencionado. El trabajo propiamente dicho de REPARACION Y/O CAMBIO, NO se hace en la fosa, ni en el elevador, se hacen en las áreas destinadas al efecto en donde, en caso de que haya necesidad de tener el vehículo elevado – caso del sistema de frenos, para cambio o rectificación de discos – se utilizan caballetes, por seguridad del operario (mecánico), así como también para el vehículo a ser reparado, donde estas herramientas (caballete) otorga un mejor alcance y maniobrabilidad del mecánico que esté trabajando por el vehículo.
8 Elevadores hidráulicos y/o eléctricos con una capacidad mínima de 4.500 Kg.
Creemos que el requisito es excesivo, exagerado y exorbitante. La fosa cumple la misma función que el elevador, por lo tanto, sería excesivo solicitar al oferente que tenga TRES (03) fosas y, además, OCHO (08) elevadores, dado que el servicio solicitado por la Convocante, podría cumplirse perfectamente con TRES (03) fosas más CINCO (05) elevadores.
Para brindar las explicaciones técnicas a la Convocante, las siguientes líneas.
Las fosas y los elevadores cumplen la exacta/idéntica/símil función, la cual es DIAGNOSTICAR LA SITUACION DE TREN DELANTERO, TRASERO Y SISTEMA DE SUSPENSION DE UN VEHICULO. Lo que los diferencia es que la fosa, requiere que el técnico “ingrese”, a la fosa, en tanto que el elevador, sube el vehículo a una altura tal que permite que el técnico mire el vehículo desde abajo, estando a la altura del suelo. Volviendo a la función de la fosa y/o elevador, el DIAGNOSTICO, esto es, dependiendo de la pericia del/del técnico/s asignados a la faena, en no más de 20 minutos de estar bajo el vehículo y de realizar las pruebas técnicas, se determina cual/cuales de las piezas que componen los sistemas supra mencionados (tren delantero, tren trasero, sistema de suspensión, etc.) ameritan ser cambiadas/reparadas. Una vez terminado dicha función de DIAGNOSTICO del inconveniente, el vehículo es sacado de la fosa y/o elevador y es puesto en las áreas de trabajo para el desarme respectivo. Es decir, tanto la fosa como el elevador, cumplen UNICA Y EXCLUSIVAMENTE dicha función y no pueden demorar más del tiempo mencionado. El trabajo propiamente dicho de REPARACION Y/O CAMBIO, NO se hace en la fosa, ni en el elevador, se hacen en las áreas destinadas al efecto en donde, en caso de que haya necesidad de tener el vehículo elevado – caso del sistema de frenos, para cambio o rectificación de discos – se utilizan caballetes, por seguridad del operario (mecánico), así como también para el vehículo a ser reparado, donde estas herramientas (caballete) otorga un mejor alcance y maniobrabilidad del mecánico que esté trabajando por el vehículo.
En este punto se debe considerar que el taller adjudicado no operará en forma exclusiva para esta institución, sino que prestará servicios también a otros clientes, ya sea del sector público y particulares. Por tanto, contar con al menos ocho (8) elevadores, además de las tres (3) fosas requeridas, garantiza capacidad instalada suficiente para cumplir en tiempo y forma con las obligaciones del contrato, sin generar retrasos ni comprometer la calidad del servicio. Por lo tanto, se solicita favor remitirse a lo establecido en el PBC.
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SOBRE INFRAESTRUCTURA
A nuestro criterio, bastaría con que se exija 3 Fosas azulejadas, más 6 Elevadores, ya que éste es el equipamiento estándar con el que cuentan la mayoría de los talleres mecánicos.
CONSULTA: ¿Se podría modificar el requisito, permitiendo la participación de los oferentes que cuenten 3 Fosas azulejadas, más 5 Elevadores?
A nuestro criterio, bastaría con que se exija 3 Fosas azulejadas, más 6 Elevadores, ya que éste es el equipamiento estándar con el que cuentan la mayoría de los talleres mecánicos.
CONSULTA: ¿Se podría modificar el requisito, permitiendo la participación de los oferentes que cuenten 3 Fosas azulejadas, más 5 Elevadores?
Se debe considerar que el taller adjudicado no operará en forma exclusiva para esta institución, sino que prestará servicios también a otros clientes, ya sea del sector público y particulares. Por tanto, contar con al menos ocho (8) elevadores, además de las tres (3) fosas requeridas, garantiza capacidad instalada suficiente para cumplir en tiempo y forma con las obligaciones del contrato, sin generar retrasos ni comprometer la calidad del servicio. Por lo tanto, se solicita favor remitirse a lo establecido en el PBC.
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Un Banco de prueba para limpieza, reparación y testeo de picos inyectores cammon rail (DIESEL).
El banco solicitado corresponde a equipamiento y equipo utilizado en los servicios del sistema de inyección, específicamente para la limpieza y calibración de los picos inyectores cammon rail (DIESEL).
El referido equipamiento NO es una maquinaria común de un taller de mecánica general, y por sobre todo muy costosa, que es el objeto del llamado de la Convocante, las reparaciones y mantenimientos GENERALES de vehículos. Sino que más bien, corresponde a maquinarias específicas y especializadas de un taller de inyección, que NO es el objeto del contrato perseguido por la convocante, ya que no se están solicitando específicamente la contratación de bombistas para el sistema de inyección. Es oportuno mencionar que existen llamados que se han realizado específicamente para la reparación del sistema de inyección, el mismo puede ser comprobado remitiéndonos al número de ID 341599
Es por ello que solicitamos a la convocante que permita la tercerización de dichos servicios (Sistema de Inyección) eximiendo a los potenciales oferentes de contar con esa maquinaria que, es un claro direccionamiento a un taller en particular y que dada la especificidad de dichas maquinarias NO son necesarias para la realización de los servicios mecánicos generales, constituyéndose en una barrera de ingreso a la participación en el presente llamado.
10-07-2025
11-07-2025
Un Banco de prueba para limpieza, reparación y testeo de picos inyectores cammon rail (DIESEL).
El banco solicitado corresponde a equipamiento y equipo utilizado en los servicios del sistema de inyección, específicamente para la limpieza y calibración de los picos inyectores cammon rail (DIESEL).
El referido equipamiento NO es una maquinaria común de un taller de mecánica general, y por sobre todo muy costosa, que es el objeto del llamado de la Convocante, las reparaciones y mantenimientos GENERALES de vehículos. Sino que más bien, corresponde a maquinarias específicas y especializadas de un taller de inyección, que NO es el objeto del contrato perseguido por la convocante, ya que no se están solicitando específicamente la contratación de bombistas para el sistema de inyección. Es oportuno mencionar que existen llamados que se han realizado específicamente para la reparación del sistema de inyección, el mismo puede ser comprobado remitiéndonos al número de ID 341599
Es por ello que solicitamos a la convocante que permita la tercerización de dichos servicios (Sistema de Inyección) eximiendo a los potenciales oferentes de contar con esa maquinaria que, es un claro direccionamiento a un taller en particular y que dada la especificidad de dichas maquinarias NO son necesarias para la realización de los servicios mecánicos generales, constituyéndose en una barrera de ingreso a la participación en el presente llamado.
El objetivo del llamado es contratar un taller con capacidad técnica, operativa y comprobable para atender de forma integral toda la flota vehicular institucional, sin necesidad de recurrir a terceros en tareas clave, especialmente aquellas relacionadas al sistema de inyección, que suelen ser críticas en vehículos diésel. En ese sentido, cabe señalar que la flota vehicular del MUVH se compone aproximadamente en un 90 % de vehículos diésel y un 10 % de vehículos nafteros, lo cual refuerza la necesidad de contar con un taller que disponga de los recursos humanos, técnicos y logísticos suficientes para intervenir directamente en este tipo de sistemas. Por lo tanto, esta convocante considera que el requisito es técnico y operativamente justificado, necesario e indispensable para asegurar de que el oferente cuenta con la capacidad requerida para ejecutar eficientemente los servicios solicitados, evitando con ello retrasos, sobrecostos o posibles incumplimientos durante la ejecución contractual. En consecuencia, se solicita remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC)
5
SEGURIDAD DEL LOCAL
Dada la naturaleza del contrato, bienes institucionales (rodados) estarán en el poder y custodia del adjudicado, mientras duren las reparaciones mecánicas, de allí que mínimamente deberán cumplir con determinados requisitos de seguridad:
Será obligatorio que todo oferente, presente como parte de su oferta, una póliza de seguros contra todo riesgo de sus instalaciones, emitido por una Compañía Aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros. La misma deberá estar vigente al momento de apertura de sobres con un monto mínimo en conjunto de 3.500.000.000 Gs y que cubra mínimamente lo siguiente: incendio o explosión de vehículos, robo o hurto de los vehículos, choque de vehículos en prueba y desarrollos. Dicha póliza igualmente deberá cubrir cualquier siniestro en las pruebas de los vehículos por parte del personal del taller e incluso en el desarrollo de los vehículos (reparación de motor) dentro de un radio de 500 km como mínimo alrededor del local asegurado. Esta póliza será requerida, para asegurar el cabal suficiente y oportuno resarcimiento en caso de daño a los vehículos del MUVH, mientras se hallen en talleres de la Contratista. (En caso de consorcio cada integrante debe cumplir el monto de cobertura exigido)
Consideramos que es muy limitativo este pedido hasta restrictivo. Cabe aclarar que todos los talleres mecánicos que nos presentamos en el rubro tenemos seguros al día de responsabilidad civil, incendio y robos, etc. con montos diferentes cada uno. Solicitamos se considere un seguro estándar y no un seguro que capaz solo cumpla 1 taller. Pero solicitar un seguro con dicho MONTO siendo que todos los talleres tienen seguros estándares obligatorios si o si nos parece muy exagerado hasta descabellado, aparte de que para solicitar ese monto y ocurra algún siniestro dentro del taller deben estar la flota completa de vehículos del vuestra institución y todos deben ser dañados, y para que ocurra eso la posibilidad es muy infima
SUGERIMOS a la Convocante solicitar que el oferente presente como parte de su oferta, una PÓLIZA DE SEGUROS contra todo riesgo de sus instalaciones, emitido por una Compañía Aseguradora Autorizado por la Superintendencia de Seguros. Que la misma este vigente al momento de la apertura de sobres y que cubra como mínimo lo siguiente: incendio o explosión de vehículos, robo o hurto de los vehículos, choque de vehículos en prueba y desarrollos, para asegurar el cabal, eficiente y oportuno resarcimiento en caso de daño a los mismos, mientras se hallen en talleres de la Contratista con vigencia hasta la fecha de culminación del Contrato, hasta un monto de 1.500.000.000 mil quinientos millones
Dada la naturaleza del contrato, bienes institucionales (rodados) estarán en el poder y custodia del adjudicado, mientras duren las reparaciones mecánicas, de allí que mínimamente deberán cumplir con determinados requisitos de seguridad:
Será obligatorio que todo oferente, presente como parte de su oferta, una póliza de seguros contra todo riesgo de sus instalaciones, emitido por una Compañía Aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros. La misma deberá estar vigente al momento de apertura de sobres con un monto mínimo en conjunto de 3.500.000.000 Gs y que cubra mínimamente lo siguiente: incendio o explosión de vehículos, robo o hurto de los vehículos, choque de vehículos en prueba y desarrollos. Dicha póliza igualmente deberá cubrir cualquier siniestro en las pruebas de los vehículos por parte del personal del taller e incluso en el desarrollo de los vehículos (reparación de motor) dentro de un radio de 500 km como mínimo alrededor del local asegurado. Esta póliza será requerida, para asegurar el cabal suficiente y oportuno resarcimiento en caso de daño a los vehículos del MUVH, mientras se hallen en talleres de la Contratista. (En caso de consorcio cada integrante debe cumplir el monto de cobertura exigido)
Consideramos que es muy limitativo este pedido hasta restrictivo. Cabe aclarar que todos los talleres mecánicos que nos presentamos en el rubro tenemos seguros al día de responsabilidad civil, incendio y robos, etc. con montos diferentes cada uno. Solicitamos se considere un seguro estándar y no un seguro que capaz solo cumpla 1 taller. Pero solicitar un seguro con dicho MONTO siendo que todos los talleres tienen seguros estándares obligatorios si o si nos parece muy exagerado hasta descabellado, aparte de que para solicitar ese monto y ocurra algún siniestro dentro del taller deben estar la flota completa de vehículos del vuestra institución y todos deben ser dañados, y para que ocurra eso la posibilidad es muy infima
SUGERIMOS a la Convocante solicitar que el oferente presente como parte de su oferta, una PÓLIZA DE SEGUROS contra todo riesgo de sus instalaciones, emitido por una Compañía Aseguradora Autorizado por la Superintendencia de Seguros. Que la misma este vigente al momento de la apertura de sobres y que cubra como mínimo lo siguiente: incendio o explosión de vehículos, robo o hurto de los vehículos, choque de vehículos en prueba y desarrollos, para asegurar el cabal, eficiente y oportuno resarcimiento en caso de daño a los mismos, mientras se hallen en talleres de la Contratista con vigencia hasta la fecha de culminación del Contrato, hasta un monto de 1.500.000.000 mil quinientos millones
La exigencia de una póliza de seguro contra todo riesgo, por el monto requerido en el PBC, responde a la necesidad de proteger adecuadamente los bienes patrimoniales del Estado mientras los vehículos se encuentren bajo la custodia del adjudicado, ya sea dentro del taller o durante pruebas y desarrollos, dado que es bien sabido que los oferentes no solo tendrán en su predio a vehículos correspondientes a esta institución, sino suelen atender a múltiples clientes, tanto públicos como particulares, y considerando el valor acumulado de los vehículos que podrían coincidir en el predio, el monto exigido se considera proporcional y necesario para garantizar un resarcimiento suficiente ante cualquier siniestro. Por lo tanto, se solicita remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.