Fecha de Respuesta:
11-07-2025
Respuesta:
En atención a lo establecido en el Formulario de Planilla de Pago del Personal <<En caso de variación del salario mínimo legal vigente, estos montos deberán ajustarse conforme a la misma.>>, las ofertas presentadas deberán considerar el aumento salarial establecido por el Decreto N° 4122 de fecha 27 de junio de 2025, consignándose el salario mínimo en turno de 8 horas - diurno (N° 1 del Formulario)en Gs. 2.899.408 y el jornal mínimo en Gs. 111.502.Las descripciones detalladas de otras modalidades de jornadas de trabajos desde el numeral 2 al numeral 6 del referido formulario no aplican .