En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección DATOS DE LA CONVOCATORIA. Muestras se solicita:
“ÍTEM 1, RELOJES MARCADORES
- PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE LAS MUESTRAS:
LAS MUESTRAS DEBERÁN SER PRESENTADAS HASTA 2 (DOS) DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL DÍA DE LA APERTURA DE OFERTAS ELECTRÓNICAS, CONTADOS A PARTIR DEL PRIMER DÍA HÁBIL SIGUIENTE.
- CONDICIONES DE PRESENTACIÓN:
LA MUESTRA DEBERÁ SER ENTREGADA EN LA DIVISIÓN CONTROL DE MARCACIÓN, PLANTA BAJA TORRE NORTE, DE LUNES A VIERNES DE 07:30 A 12:00 HORAS.
- CANTIDAD DE MUESTRAS SOLICITADAS POR ÍTEM:
1 (UNA PIEZA POR ÍTEM).”
Al respecto, solicitamos a la convocante que el requerimiento de presentación física de muestras sea sustituido por la exigencia de catálogos y/o folletos Técnico emitidos por el fabricante, a fin de verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas. La inclusión de catálogos técnicos garantiza a la convocante el acceso a información precisa y verificable sobre las características de los bienes ofertados, permitiendo una evaluación técnica eficiente. Además, contribuiría a optimizar los tiempos de evaluación y asegurar que los productos adjudicados cumplan con todos los requisitos técnicos exigidos.
Esta adecuación resulta razonable y se encuentra alineada con el artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022, que establece que los PBC no deben incluir requisitos que no resulten técnicamente indispensables para el cumplimiento del objeto contractual, facilitando la participación de un mayor número de oferentes, fomentando la diversidad de propuestas y promoviendo la competitividad.
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección DATOS DE LA CONVOCATORIA. Muestras se solicita:
“ÍTEM 1, RELOJES MARCADORES
- PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE LAS MUESTRAS:
LAS MUESTRAS DEBERÁN SER PRESENTADAS HASTA 2 (DOS) DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL DÍA DE LA APERTURA DE OFERTAS ELECTRÓNICAS, CONTADOS A PARTIR DEL PRIMER DÍA HÁBIL SIGUIENTE.
- CONDICIONES DE PRESENTACIÓN:
LA MUESTRA DEBERÁ SER ENTREGADA EN LA DIVISIÓN CONTROL DE MARCACIÓN, PLANTA BAJA TORRE NORTE, DE LUNES A VIERNES DE 07:30 A 12:00 HORAS.
- CANTIDAD DE MUESTRAS SOLICITADAS POR ÍTEM:
1 (UNA PIEZA POR ÍTEM).”
Al respecto, solicitamos a la convocante que el requerimiento de presentación física de muestras sea sustituido por la exigencia de catálogos y/o folletos Técnico emitidos por el fabricante, a fin de verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas. La inclusión de catálogos técnicos garantiza a la convocante el acceso a información precisa y verificable sobre las características de los bienes ofertados, permitiendo una evaluación técnica eficiente. Además, contribuiría a optimizar los tiempos de evaluación y asegurar que los productos adjudicados cumplan con todos los requisitos técnicos exigidos.
Esta adecuación resulta razonable y se encuentra alineada con el artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022, que establece que los PBC no deben incluir requisitos que no resulten técnicamente indispensables para el cumplimiento del objeto contractual, facilitando la participación de un mayor número de oferentes, fomentando la diversidad de propuestas y promoviendo la competitividad.
Se mantiene requerimiento de presentación de muestra para el Ítem 1 - Relojes Marcadores conforme a las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
La exigencia de una muestra física responde a la necesidad y prioridad técnica de verificar no solo las características físicas del producto ofertado, sino también su funcionamiento real en cuanto a la compatibilidad operativa con el sistema integrado de la Corte Suprema de Justicia, además de la calidad de materiales, usabilidad y demás funcionalidades específicas requeridas. Si bien los catálogos y folletos técnicos proporcionan información valiosa, estos no permiten comprobar con certeza el comportamiento del equipo en condiciones reales, ni validar aspectos prácticos de su funcionamiento, especialmente en lo referente a la precisión de registro, facilidad de uso del dispositivo por parte de los funcionarios, y compatibilidad con el sistema integrado de la Corte Suprema de Justicia utilizado actualmente.
2
–Experiencia
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Experiencia requerida se solicita:
“Para acreditar la experiencia el Oferente deberá presentar: Copia de contratos y/o facturas de venta correspondientes al objeto de la presente contratación (PROVISIÓN DE RELOJES BIOMÉTRICOS) que podrán corresponder tanto a empresas públicas como privadas.
Dichos contratos y/o facturas deberán corresponder al periodo 2022-2023-2024 y la sumatoria de los mismos deberán ser al menos el 50% (cincuenta por ciento) del monto total a contratar. Se aclara que no es necesario contar con un contrato y/o factura de venta por año.”
SOLICITAMOS a la convocante sean aceptados como experiencia la Copia de contratos y/o facturas de venta correspondientes a Relojes Biométricos y/o Servidores teniendo en cuenta que la inclusión de los servidores como experiencia es procedente, dado que estos forman parte integral de los sistemas biométricos, permitiendo el almacenamiento, procesamiento y gestión de los datos de los usuarios. Por tanto, la provisión de servidores constituye una experiencia técnica directamente vinculada y complementaria al objeto de la contratación, ya que garantiza la capacidad del oferente de proveer soluciones completas y operativas, y no únicamente equipos aislados.
Asimismo, la aceptación de esta experiencia ampliada permitirá valorar de manera más integral la idoneidad de los oferentes, considerando no solo la provisión del hardware específico (relojes biométricos), sino también la infraestructura tecnológica que asegura la operatividad y seguridad de los sistemas. Esta adecuación permitiría ampliar la concurrencia de oferentes sin afectar el cumplimiento del objeto contractual, previstos en la Ley N.º 7021/2022.
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Experiencia requerida se solicita:
“Para acreditar la experiencia el Oferente deberá presentar: Copia de contratos y/o facturas de venta correspondientes al objeto de la presente contratación (PROVISIÓN DE RELOJES BIOMÉTRICOS) que podrán corresponder tanto a empresas públicas como privadas.
Dichos contratos y/o facturas deberán corresponder al periodo 2022-2023-2024 y la sumatoria de los mismos deberán ser al menos el 50% (cincuenta por ciento) del monto total a contratar. Se aclara que no es necesario contar con un contrato y/o factura de venta por año.”
SOLICITAMOS a la convocante sean aceptados como experiencia la Copia de contratos y/o facturas de venta correspondientes a Relojes Biométricos y/o Servidores teniendo en cuenta que la inclusión de los servidores como experiencia es procedente, dado que estos forman parte integral de los sistemas biométricos, permitiendo el almacenamiento, procesamiento y gestión de los datos de los usuarios. Por tanto, la provisión de servidores constituye una experiencia técnica directamente vinculada y complementaria al objeto de la contratación, ya que garantiza la capacidad del oferente de proveer soluciones completas y operativas, y no únicamente equipos aislados.
Asimismo, la aceptación de esta experiencia ampliada permitirá valorar de manera más integral la idoneidad de los oferentes, considerando no solo la provisión del hardware específico (relojes biométricos), sino también la infraestructura tecnológica que asegura la operatividad y seguridad de los sistemas. Esta adecuación permitiría ampliar la concurrencia de oferentes sin afectar el cumplimiento del objeto contractual, previstos en la Ley N.º 7021/2022.
Se mantiene la exigencia de presentación de copia de contratos y/o facturas de venta correspondientes exclusivamente a la provisión de relojes biométricos conforme a las condiciones establecidas en el pliego.
El objeto específico del llamado es la "Provisión de relojes biométricos", por lo cual resulta técnicamente indispensable que la experiencia acreditada esté directamente vinculada a dicho objeto, tal como lo establece el propio Pliego.
Mediante este requerimiento se busca garantizar que los oferentes cuenten con antecedentes fehacientes en la provisión del producto principal, asegurando la correcta ejecución del contrato, teniendo en cuenta además que el servidor será utilizado únicamente como un complemento o accesorio para los relojes marcadores.
3
–Capacidad Técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica. Punto 2 se solicita:
“2- El Oferente deberá contar con: para el ítem N° 1 - Reloj Marcador Facial, al menos 2 (dos) técnicos calificados con certificados emitidos por la marca ofertada y 1 (un) líder de proyecto (Project Manager) certificado por la marca. se aclara que el Líder de proyecto puede ser uno de los 2 (Dos) técnicos propuestos siempre que cumpla los requisitos solicitados. Para el Ítem N°2 – Servidor deberán indicar cuál es el CAS (Centro Autorizado de Servicios) encargado del soporte mientras dure la garantía.”
SOLICITAMOS a la convocante que sea excluido el requerimiento de contar con un Project Manager certificado por la marca para el ítem N° 1 – Reloj Marcador Facial. La justificación se sustenta en que al solicitar técnicos certificados de la marca de los equipos ofertados ya no requiere de un Project Manager de la solución, ya que poseen la formación y experiencia suficientes para garantizar la correcta instalación, configuración y puesta en marcha del equipo, así como el cumplimiento de todos los procedimientos técnicos requeridos. Exigir un Project Manager certificado por la marca resulta innecesario, ya que no aporta valor adicional a la correcta ejecución de los servicios y podría limitar injustificadamente la participación de oferentes con capacidad técnica demostrada, afectando la libre competencia y el principio de razonabilidad establecido en la Ley N.º 7021/22.
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica. Punto 2 se solicita:
“2- El Oferente deberá contar con: para el ítem N° 1 - Reloj Marcador Facial, al menos 2 (dos) técnicos calificados con certificados emitidos por la marca ofertada y 1 (un) líder de proyecto (Project Manager) certificado por la marca. se aclara que el Líder de proyecto puede ser uno de los 2 (Dos) técnicos propuestos siempre que cumpla los requisitos solicitados. Para el Ítem N°2 – Servidor deberán indicar cuál es el CAS (Centro Autorizado de Servicios) encargado del soporte mientras dure la garantía.”
SOLICITAMOS a la convocante que sea excluido el requerimiento de contar con un Project Manager certificado por la marca para el ítem N° 1 – Reloj Marcador Facial. La justificación se sustenta en que al solicitar técnicos certificados de la marca de los equipos ofertados ya no requiere de un Project Manager de la solución, ya que poseen la formación y experiencia suficientes para garantizar la correcta instalación, configuración y puesta en marcha del equipo, así como el cumplimiento de todos los procedimientos técnicos requeridos. Exigir un Project Manager certificado por la marca resulta innecesario, ya que no aporta valor adicional a la correcta ejecución de los servicios y podría limitar injustificadamente la participación de oferentes con capacidad técnica demostrada, afectando la libre competencia y el principio de razonabilidad establecido en la Ley N.º 7021/22.
Se mantiene el requisito de contar con 1 (un) Project Manager establecido en el pliego de bases y condiciones.
Este requerimiento responde a la necesidad de garantizar una implementación técnica eficiente y una adecuada gestión del proyecto, desde la planificación y coordinación hasta la entrega final y el soporte posventa. La inclusión de un Project Manager certificado por la marca tiene como propósito asegurar que la solución sea implementada bajo estándares metodológicos y técnicos definidos por el propio fabricante, lo cual resulta imprescindible en este proyecto que integrará hardware y software de control biométrico, actuando además como nexo entre los técnicos, el proveedor y la Institución como usuario final, realizando el seguimiento de cronogramas, gestión de incidencias y la garantía del cumplimiento de los requerimientos en tiempo y forma.
4
–Documentos Apostillados
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica. Punto 2 se solicita:
“Serán considerados válidos los documentos apostillados como los documentos legalizados por el Consulado y el Ministerio de Relaciones Exteriores en conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.”
SOLICITAMOS a la convocante que los documentos apostillados sean presentados a la firma del contrato. Con esta modificación la convocante podrá recibir otras ofertas de otros potenciales oferentes.
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica. Punto 2 se solicita:
“Serán considerados válidos los documentos apostillados como los documentos legalizados por el Consulado y el Ministerio de Relaciones Exteriores en conformidad a la Ley N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.”
SOLICITAMOS a la convocante que los documentos apostillados sean presentados a la firma del contrato. Con esta modificación la convocante podrá recibir otras ofertas de otros potenciales oferentes.
El proceso de legalización consular no tiene por finalidad validar el contenido del documento, sino certificar formalmente su origen, firma y legitimidad, lo cual resulta indispensable en procesos de contratación pública para evitar la presentación de documentación apócrifa, falsificada o sin respaldo institucional.
La posibilidad de aceptar documentos sin legalización consular o postergar su exigibilidad hasta la etapa contractual no resulta procedente, en virtud de que el cumplimiento de los requisitos de capacidad técnica debe ser evaluado durante la etapa competitiva, y no posteriormente, conforme al artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 y al propio diseño normativo del PBC.
Por tanto, la Entidad Convocante ratifica la plena vigencia y exigibilidad del requisito en los términos establecidos en el Pliego, no siendo posible su modificación ni reemplazo por medios alternativos que impliquen una flexibilización no prevista. Esta decisión obedece a criterios de legalidad, transparencia, igualdad de condiciones entre oferentes y garantía de integridad documental, conforme a los principios rectores de la contratación pública.
5
–Reloj Marcador Facial
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalle de los bienes y/o servicios. Ítem 1. Reloj Marcador Facial se solicita:
“Compatibilidad: El software, SDK o API deberá ser compatible con el sistema de RRHH del Poder Judicial.”
SOLICITAMOS a la convocante indique cual es el sistema de RRHH que utiliza el Poder Judicial.
Favor indicar nombre del sistema, la versión del mismo y en qué sistema operativo está operando. Esta información es necesaria para que todos los potenciales oferentes puedan ofertar en igualdad de condiciones y cumplir con la exigencia de compatibilidad requerida para ofertar de manera apropiada.
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalle de los bienes y/o servicios. Ítem 1. Reloj Marcador Facial se solicita:
“Compatibilidad: El software, SDK o API deberá ser compatible con el sistema de RRHH del Poder Judicial.”
SOLICITAMOS a la convocante indique cual es el sistema de RRHH que utiliza el Poder Judicial.
Favor indicar nombre del sistema, la versión del mismo y en qué sistema operativo está operando. Esta información es necesaria para que todos los potenciales oferentes puedan ofertar en igualdad de condiciones y cumplir con la exigencia de compatibilidad requerida para ofertar de manera apropiada.
Nombre del Sistema: Sistema de Recursos Humanos.
Desarrollado en: Delphi 7.0.
Base de Datos: Microsoft SQL Server 2017.
Sistema Operativo del Servidor: Windows Server 2016 Standard.
6
–Plazo de Entrega
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes se solicita:
“EL PLAZO MÁXIMO DE ENTREGA INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS OFERTADOS SERÁ DE 30 (TREINTA) DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA QUE SERÁ REALIZADA POSTERIOR AL PAGO DEL ANTICIPO.”
Se solicita a la convocante establecer el plazo de entrega de los equipos en un plazo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de la recepción de la orden de compra que será realizada posterior al pago del anticipo, teniendo en cuenta que el plazo solicitado por la convocante de 30 días hábiles resulta absolutamente limitativo, y está orientado principalmente a ciertos oferentes que ya cuentan con los equipos en stock, considerando que los equipos solicitados son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, lo que implica que se deben tomar en cuenta los tiempos para la fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay. Por lo tanto, un plazo más amplio permitirá una competencia justa y una mayor participación de oferentes, garantizando a su vez que la convocante pueda acceder a una amplia variedad de propuestas.
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes se solicita:
“EL PLAZO MÁXIMO DE ENTREGA INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS EQUIPOS OFERTADOS SERÁ DE 30 (TREINTA) DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA QUE SERÁ REALIZADA POSTERIOR AL PAGO DEL ANTICIPO.”
Se solicita a la convocante establecer el plazo de entrega de los equipos en un plazo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de la recepción de la orden de compra que será realizada posterior al pago del anticipo, teniendo en cuenta que el plazo solicitado por la convocante de 30 días hábiles resulta absolutamente limitativo, y está orientado principalmente a ciertos oferentes que ya cuentan con los equipos en stock, considerando que los equipos solicitados son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, lo que implica que se deben tomar en cuenta los tiempos para la fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay. Por lo tanto, un plazo más amplio permitirá una competencia justa y una mayor participación de oferentes, garantizando a su vez que la convocante pueda acceder a una amplia variedad de propuestas.
Se mantiene el plazo máximo de entrega, instalación y puesta en funcionamiento de 30 (treinta) días hábiles, contados a partir de la recepción de la orden de compra posterior al pago del anticipo, conforme a lo dispuesto en el pliego.
El plazo responde a una necesidad operativa prioritaria de la Corte Suprema de Justicia, ya que los equipos a ser adquiridos forman parte de una necesidad institucional que requiere ser implementado en el corto plazo, en función de cronogramas internos y resulta indispensable contar con los dispositivos plenamente instalados y operativos dentro del tiempo previsto, a fin de no afectar los objetivos ni los compromisos asumidos por la institución y se basa exclusivamente en la urgencia y naturaleza del servicio requerido, puesto que los relojes actuales ya cuentan con más de 11 años de uso ininterrumpido sin algún soporte o garantía ante desperfectos ocasionados por el tiempo prolongado de uso.
7
–Plazo de Entrega de los bienes
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes se solicita:
“Instalación y configuración de políticas y tareas. Transferencia tecnológica:
El oferente deberá garantizar que el producto ofrecido funcionará completa y correctamente en todas las plataformas de software y hardware informadas. La entrega instalación y puesta en funcionamiento de los equipos se realizará en un periodo no mayor a 30 (treinta) días hábiles.”
Se solicita a la convocante establecer el plazo de entrega de los equipos en un plazo de 90 (noventa) días hábiles, teniendo en cuenta que el plazo solicitado por la convocante de 30 días hábiles resulta absolutamente limitativo, y está orientado principalmente a ciertos oferentes que ya cuentan con los equipos en stock, considerando que los equipos solicitados son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, lo que implica que se deben tomar en cuenta los tiempos para la fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay. Por lo tanto, un plazo más amplio permitirá una competencia justa y una mayor participación de oferentes, garantizando a su vez que la convocante pueda acceder a una amplia variedad de propuestas.
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Plan de entrega de los bienes se solicita:
“Instalación y configuración de políticas y tareas. Transferencia tecnológica:
El oferente deberá garantizar que el producto ofrecido funcionará completa y correctamente en todas las plataformas de software y hardware informadas. La entrega instalación y puesta en funcionamiento de los equipos se realizará en un periodo no mayor a 30 (treinta) días hábiles.”
Se solicita a la convocante establecer el plazo de entrega de los equipos en un plazo de 90 (noventa) días hábiles, teniendo en cuenta que el plazo solicitado por la convocante de 30 días hábiles resulta absolutamente limitativo, y está orientado principalmente a ciertos oferentes que ya cuentan con los equipos en stock, considerando que los equipos solicitados son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, lo que implica que se deben tomar en cuenta los tiempos para la fabricación e importación necesarios para que los bienes licitados arriben a Paraguay. Por lo tanto, un plazo más amplio permitirá una competencia justa y una mayor participación de oferentes, garantizando a su vez que la convocante pueda acceder a una amplia variedad de propuestas.
Se mantiene el plazo máximo de entrega, instalación y puesta en funcionamiento de 30 (treinta) días hábiles, contados a partir de la recepción de la orden de compra posterior al pago del anticipo, conforme a lo dispuesto en el pliego.
El plazo responde a una necesidad operativa prioritaria de la Corte Suprema de Justicia, ya que los equipos a ser adquiridos forman parte de una necesidad institucional que requiere ser implementado en el corto plazo, en función de cronogramas internos y resulta indispensable contar con los dispositivos plenamente instalados y operativos dentro del tiempo previsto, a fin de no afectar los objetivos ni los compromisos asumidos por la institución y se basa exclusivamente en la urgencia y naturaleza del servicio requerido, puesto que los relojes actuales ya cuentan con más de 11 años de uso ininterrumpido sin algún soporte o garantía ante desperfectos ocasionados por el tiempo prolongado de uso.
8
– MUESTRAS
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección DATOS DE LA CONVOCATORIA. Muestras se solicita:
“ÍTEM 1, RELOJES MARCADORES
- PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE LAS MUESTRAS:
LAS MUESTRAS DEBERÁN SER PRESENTADAS HASTA 2 (DOS) DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL DÍA DE LA APERTURA DE OFERTAS ELECTRÓNICAS, CONTADOS A PARTIR DEL PRIMER DÍA HÁBIL SIGUIENTE.
- CONDICIONES DE PRESENTACIÓN:
LA MUESTRA DEBERÁ SER ENTREGADA EN LA DIVISIÓN CONTROL DE MARCACIÓN, PLANTA BAJA TORRE NORTE, DE LUNES A VIERNES DE 07:30 A 12:00 HORAS.
- CANTIDAD DE MUESTRAS SOLICITADAS POR ÍTEM:
1 (UNA PIEZA POR ÍTEM).”
Al respecto, solicitamos a la convocante que el requerimiento de presentación física de muestras sea sustituido por la exigencia de catálogos y/o folletos Técnico emitidos por el fabricante, a fin de verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas. La inclusión de catálogos técnicos garantiza a la convocante el acceso a información precisa y verificable sobre las características de los bienes ofertados, permitiendo una evaluación técnica eficiente. Además, contribuiría a optimizar los tiempos de evaluación y asegurar que los productos adjudicados cumplan con todos los requisitos técnicos exigidos.
Esta adecuación resulta razonable y se encuentra alineada con el artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022, que establece que los PBC no deben incluir requisitos que no resulten técnicamente indispensables para el cumplimiento del objeto contractual, facilitando la participación de un mayor número de oferentes, fomentando la diversidad de propuestas y promoviendo la competitividad.
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección DATOS DE LA CONVOCATORIA. Muestras se solicita:
“ÍTEM 1, RELOJES MARCADORES
- PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE LAS MUESTRAS:
LAS MUESTRAS DEBERÁN SER PRESENTADAS HASTA 2 (DOS) DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL DÍA DE LA APERTURA DE OFERTAS ELECTRÓNICAS, CONTADOS A PARTIR DEL PRIMER DÍA HÁBIL SIGUIENTE.
- CONDICIONES DE PRESENTACIÓN:
LA MUESTRA DEBERÁ SER ENTREGADA EN LA DIVISIÓN CONTROL DE MARCACIÓN, PLANTA BAJA TORRE NORTE, DE LUNES A VIERNES DE 07:30 A 12:00 HORAS.
- CANTIDAD DE MUESTRAS SOLICITADAS POR ÍTEM:
1 (UNA PIEZA POR ÍTEM).”
Al respecto, solicitamos a la convocante que el requerimiento de presentación física de muestras sea sustituido por la exigencia de catálogos y/o folletos Técnico emitidos por el fabricante, a fin de verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas. La inclusión de catálogos técnicos garantiza a la convocante el acceso a información precisa y verificable sobre las características de los bienes ofertados, permitiendo una evaluación técnica eficiente. Además, contribuiría a optimizar los tiempos de evaluación y asegurar que los productos adjudicados cumplan con todos los requisitos técnicos exigidos.
Esta adecuación resulta razonable y se encuentra alineada con el artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022, que establece que los PBC no deben incluir requisitos que no resulten técnicamente indispensables para el cumplimiento del objeto contractual, facilitando la participación de un mayor número de oferentes, fomentando la diversidad de propuestas y promoviendo la competitividad.
Se mantiene requerimiento de presentación de muestra para el Ítem 1 - Relojes Marcadores conforme a las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones.
La exigencia de una muestra física responde a la necesidad y prioridad técnica de verificar no solo las características físicas del producto ofertado, sino también su funcionamiento real en cuanto a la compatibilidad operativa con el sistema integrado de la Corte Suprema de Justicia, además de la calidad de materiales, usabilidad y demás funcionalidades específicas requeridas. Si bien los catálogos y folletos técnicos proporcionan información valiosa, estos no permiten comprobar con certeza el comportamiento del equipo en condiciones reales, ni validar aspectos prácticos de su funcionamiento, especialmente en lo referente a la precisión de registro, facilidad de uso del dispositivo por parte de los funcionarios, y compatibilidad con el sistema integrado de la Corte Suprema de Justicia utilizado actualmente.
9
– Experiencia
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Experiencia requerida se solicita:
“Para acreditar la experiencia el Oferente deberá presentar: Copia de contratos y/o facturas de venta correspondientes al objeto de la presente contratación (PROVISIÓN DE RELOJES BIOMÉTRICOS) que podrán corresponder tanto a empresas públicas como privadas.
Dichos contratos y/o facturas deberán corresponder al periodo 2022-2023-2024 y la sumatoria de los mismos deberán ser al menos el 50% (cincuenta por ciento) del monto total a contratar. Se aclara que no es necesario contar con un contrato y/o factura de venta por año.”
SOLICITAMOS a la convocante sean aceptados como experiencia la Copia de contratos y/o facturas de venta correspondientes a Relojes Biométricos y/o Servidores teniendo en cuenta que la inclusión de los servidores como experiencia es procedente, dado que estos forman parte integral de los sistemas biométricos, permitiendo el almacenamiento, procesamiento y gestión de los datos de los usuarios. Por tanto, la provisión de servidores constituye una experiencia técnica directamente vinculada y complementaria al objeto de la contratación, ya que garantiza la capacidad del oferente de proveer soluciones completas y operativas, y no únicamente equipos aislados.
Asimismo, la aceptación de esta experiencia ampliada permitirá valorar de manera más integral la idoneidad de los oferentes, considerando no solo la provisión del hardware específico (relojes biométricos), sino también la infraestructura tecnológica que asegura la operatividad y seguridad de los sistemas. Esta adecuación permitiría ampliar la concurrencia de oferentes sin afectar el cumplimiento del objeto contractual, previstos en la Ley N.º 7021/2022.
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Experiencia requerida se solicita:
“Para acreditar la experiencia el Oferente deberá presentar: Copia de contratos y/o facturas de venta correspondientes al objeto de la presente contratación (PROVISIÓN DE RELOJES BIOMÉTRICOS) que podrán corresponder tanto a empresas públicas como privadas.
Dichos contratos y/o facturas deberán corresponder al periodo 2022-2023-2024 y la sumatoria de los mismos deberán ser al menos el 50% (cincuenta por ciento) del monto total a contratar. Se aclara que no es necesario contar con un contrato y/o factura de venta por año.”
SOLICITAMOS a la convocante sean aceptados como experiencia la Copia de contratos y/o facturas de venta correspondientes a Relojes Biométricos y/o Servidores teniendo en cuenta que la inclusión de los servidores como experiencia es procedente, dado que estos forman parte integral de los sistemas biométricos, permitiendo el almacenamiento, procesamiento y gestión de los datos de los usuarios. Por tanto, la provisión de servidores constituye una experiencia técnica directamente vinculada y complementaria al objeto de la contratación, ya que garantiza la capacidad del oferente de proveer soluciones completas y operativas, y no únicamente equipos aislados.
Asimismo, la aceptación de esta experiencia ampliada permitirá valorar de manera más integral la idoneidad de los oferentes, considerando no solo la provisión del hardware específico (relojes biométricos), sino también la infraestructura tecnológica que asegura la operatividad y seguridad de los sistemas. Esta adecuación permitiría ampliar la concurrencia de oferentes sin afectar el cumplimiento del objeto contractual, previstos en la Ley N.º 7021/2022.
Se mantiene la exigencia de presentación de copia de contratos y/o facturas de venta correspondientes exclusivamente a la provisión de relojes biométricos conforme a las condiciones establecidas en el pliego.
El objeto específico del llamado es la "Provisión de relojes biométricos", por lo cual resulta técnicamente indispensable que la experiencia acreditada esté directamente vinculada a dicho objeto, tal como lo establece el propio Pliego.
Mediante este requerimiento se busca garantizar que los oferentes cuenten con antecedentes fehacientes en la provisión del producto principal, asegurando la correcta ejecución del contrato, teniendo en cuenta además que el servidor será utilizado únicamente como un complemento o accesorio para los relojes marcadores.
10
– Capacidad Técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica. Punto 2 se solicita:
“2- El Oferente deberá contar con: para el ítem N° 1 - Reloj Marcador Facial, al menos 2 (dos) técnicos calificados con certificados emitidos por la marca ofertada y 1 (un) líder de proyecto (Project Manager) certificado por la marca. se aclara que el Líder de proyecto puede ser uno de los 2 (Dos) técnicos propuestos siempre que cumpla los requisitos solicitados. Para el Ítem N°2 – Servidor deberán indicar cuál es el CAS (Centro Autorizado de Servicios) encargado del soporte mientras dure la garantía.”
SOLICITAMOS a la convocante que sea excluido el requerimiento de contar con un Project Manager certificado por la marca para el ítem N° 1 – Reloj Marcador Facial. La justificación se sustenta en que al solicitar técnicos certificados de la marca de los equipos ofertados ya no requiere de un Project Manager de la solución, ya que poseen la formación y experiencia suficientes para garantizar la correcta instalación, configuración y puesta en marcha del equipo, así como el cumplimiento de todos los procedimientos técnicos requeridos. Exigir un Project Manager certificado por la marca resulta innecesario, ya que no aporta valor adicional a la correcta ejecución de los servicios y podría limitar injustificadamente la participación de oferentes con capacidad técnica demostrada, afectando la libre competencia y el principio de razonabilidad establecido en la Ley N.º 7021/22.
En el Pliego de Bases y Condiciones, publicada en fecha 12-08-2025, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Capacidad Técnica. Punto 2 se solicita:
“2- El Oferente deberá contar con: para el ítem N° 1 - Reloj Marcador Facial, al menos 2 (dos) técnicos calificados con certificados emitidos por la marca ofertada y 1 (un) líder de proyecto (Project Manager) certificado por la marca. se aclara que el Líder de proyecto puede ser uno de los 2 (Dos) técnicos propuestos siempre que cumpla los requisitos solicitados. Para el Ítem N°2 – Servidor deberán indicar cuál es el CAS (Centro Autorizado de Servicios) encargado del soporte mientras dure la garantía.”
SOLICITAMOS a la convocante que sea excluido el requerimiento de contar con un Project Manager certificado por la marca para el ítem N° 1 – Reloj Marcador Facial. La justificación se sustenta en que al solicitar técnicos certificados de la marca de los equipos ofertados ya no requiere de un Project Manager de la solución, ya que poseen la formación y experiencia suficientes para garantizar la correcta instalación, configuración y puesta en marcha del equipo, así como el cumplimiento de todos los procedimientos técnicos requeridos. Exigir un Project Manager certificado por la marca resulta innecesario, ya que no aporta valor adicional a la correcta ejecución de los servicios y podría limitar injustificadamente la participación de oferentes con capacidad técnica demostrada, afectando la libre competencia y el principio de razonabilidad establecido en la Ley N.º 7021/22.
Se mantiene el requisito de contar con 1 (un) Project Manager establecido en el pliego de bases y condiciones.
Este requerimiento responde a la necesidad de garantizar una implementación técnica eficiente y una adecuada gestión del proyecto, desde la planificación y coordinación hasta la entrega final y el soporte posventa. La inclusión de un Project Manager certificado por la marca tiene como propósito asegurar que la solución sea implementada bajo estándares metodológicos y técnicos definidos por el propio fabricante, lo cual resulta imprescindible en este proyecto que integrará hardware y software de control biométrico, actuando además como nexo entre los técnicos, el proveedor y la Institución como usuario final, realizando el seguimiento de cronogramas, gestión de incidencias y la garantía del cumplimiento de los requerimientos en tiempo y forma.