Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

          UNIDAD SOLICITANTE

          Dirección de Fiscalización - directora de Fiscalización Natalia Barrios

         INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

El Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL), en su carácter de órgano de fiscalización en materia de ejecución de las políticas públicas vinculadas a la formación y capacitación laboral, tiene la potestad de verificar el cumplimiento de las directrices emanadas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), así como de la normativa vigente, tanto en instituciones públicas como privadas.

En este marco, la Dirección de Supervisión de Cursos cumple una función estratégica al encargarse de planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de formación. Para garantizar el adecuado cumplimiento de estas funciones, se vuelve imprescindible contar con un sistema informático que permita gestionar de manera integral y digital la planificación, ejecución y verificación de las políticas de infraestructura, administrativas y metodológicas utilizadas en la impartición de los cursos.

Debido al volumen considerable de información y documentación generada durante los procesos de supervisión, la implementación de una plataforma digital permitirá sistematizar los registros, facilitar el monitoreo en tiempo real y optimizar la trazabilidad de cada intervención realizada por la Dirección. Esto contribuirá significativamente a mejorar la eficiencia operativa, la transparencia de los procesos y la calidad del servicio.

Objetivos Específicos del Sistema

    • Registrar y sistematizar los procesos de supervisión de cursos impartidos por instituciones públicas y privadas. Facilitar la planificación, ejecución y seguimiento de las supervisiones mediante una plataforma en línea de acceso controlado.
    • Garantizar la trazabilidad de cada supervisión realizada, asegurando el registro completo de evidencias, informes y observaciones.
    • Optimizar el uso de recursos internos, reduciendo el uso de papel y mejorando los tiempos de respuesta. Mejorar los mecanismos de control y monitoreo, en línea con las recomendaciones de los entes de fiscalización.
    • Fortalecer las capacidades técnicas del personal, mediante la integración de herramientas digitales y el soporte a programas de capacitación continua.
    • Promover la transparencia y eficiencia en la gestión de las políticas de formación laboral, asegurando el cumplimiento de estándares
    • MARCO LEGAL
      • Ley N' 165212000, se crea el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral
      • Ley N" 5115/2013, se crea el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, órgano del Poder Ejecutivo, al que corresponde la tutela de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, en materia de trabajo, empleo y seguridad social.
      • Artículo 3' Objetivos. Constituye uno de los objetivos principales del Ministerio: "Formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en las materias socio-laborales, entre ellas la normalización y certificación de competencias laborales.
      • Decreto No 5442/20l6 "Por la cual se reglamenta la Ley N" 1652/2000, de fecha 26 de diciembre de 2000, QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN LABORAL (SINAFOCAL), se crea el REGISTRO DE INSTITUCIONES DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN c. LABORAL (REIFOCAL), y se abroga el Decreto No t5904/ 2000.
      • Según dictamen Jurídico SINAFOCAL N" 44/2O24, la Asesoría Jurídica del SINAFOCAL reglamenta, su normativa a lo establecido dentro de las funciones de la Dirección de Supervisión.
      • Decreto Presidencial N" 70 de fecha l8 de agosto de 2023, se nombra al Señor Alfredo Javier Mongelós González, secretario técnico Interino del Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL
      • Resolución SNFCL Nº 3010/2024 , resuelve APROBAR, el reglamento de procedimientos de la Dirección de Supervisión, dependiente del Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL); anexo a esta resolución.
      • Asimismo, conforme a las observaciones realizadas por la Contraloría General de la República, las autoridades del MTESS deberán implementar acciones concretas orientadas a fortalecer institucionalmente la Dirección de Supervisión. Estas acciones deben incluir mecanismos más rigurosos de control y monitoreo, así como programas de capacitación continua para el personal encargado, con el objetivo de optimizar los recursos internos y asegurar la calidad técnica de las supervisiones realizadas.
      • La incorporación de esta herramienta tecnológica representa, por tanto, un paso clave en el proceso de fortalecimiento institucional y modernización de la gestión pública en el ámbito de la formación laboral.
    • BENEFICIARIOS

    • Categoría

      Descripción

      Cantidad Estimada

      Fundamento Legal/Institucional

      Beneficiarios Directos

      Funcionarios de la Dirección de Supervisión

      25 aproximadamente

      Ley Nº 1652/2000 (SINAFOCAL); Decreto Nº 5442/2016

      Institutos  supervisadas

      1000 aproximadamente

      Ley Nº 1652/2000 y su Decreto Reglamentario N° 5442/2016, Art. 3º (Productos del Sistema)

      Docentes/Instructores supervisados

      500 a más

      Resolución SNFCL Nº 3010/2024 (Procedimientos de Supervisión)

      Funcionarios en general de SINAFOCAL

      350 aproximadamente

      Ley Nº 1652/2000 (SINAFOCAL); Decreto Nº 5442/2016

      Subtotal Directos

       

      1975 personas

       

      Beneficiarios Indirectos

      Familias de alumnos (3 miembros promedio por hogar)

      36.000 48.000

      Ley Nº 5115/2013, fortalecimiento socio-laboral

      Clientes y usuarios de las empresas supervisadas

      Miles (no cuantificable exacto)

      Ley Nº 1652/2000 (SINAFOCAL); Decreto Nº 5442/2016

       (SINAFOCAL MTESS) y la sociedad

      Impacto institucional y comunitario

      Decreto Nº 70/2023 (designación y fortalecimiento institucional)

      Subtotal Indirectos

       

      ≥ 36.000 48.000

       
    •  
    • INFRAESTRUCTURA PARA EL SOFTWARE

    • La solución será alojada en las oficinas del SINAFOCAL Iturbe C/ Eligio Ayala, en el Datacenter propio de la institución, administrada por la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación del SINAFOCAL. 

      Plan de trabajo

      Fase

      Actividades Detalladas

      Duración (Semanas)

      FASE 1: DIAGNÓSTICO Y ANÁLISIS

      Reunión de Inicio (Kick-off) con el equipo de SINAFOCAL

      1

      Inventario y análisis exhaustivo de todos los procesos del área de Supervisión de cursos

      1

      Identificación de fortalezas, debilidades, brechas y cuellos de botella.

      1

      FASE 2: RELEVAMIENTO DE NECESIDADES

      Mapeo de usuarios (stakeholders) del sistema.

      1

      Recopilación de requerimientos a través de entrevistas, encuestas y grupos focales.

      2

      Priorización y validación de las necesidades con el SINAFOCAL.

      1

      FASE 3: DISEÑO TÉCNICO

      Mapeo y diseño de una arquitectura técnica integral del SISTEMA para la Dirección

      2

      Evaluación y comparación de alternativas tecnológicas

      1

      Definición de especificaciones técnicas detalladas y requisitos de licencias.

      2

      FASE 4: ESTRATEGIA DE IMPLEMENTACIÓN

      Elaboración de la hoja de ruta con un calendario detallado (Diagrama de Gantt).

      2

      Desarrollo de funciones y aplicaciones

      1

      Propuesta de una estructura institucional y perfiles técnicos.

      1

      Definición del plan de capacitación para perfiles técnicos y funcionales.

      2

      FASE 5: PASE A PRODUCCIÓN

      Definición de la estrategia de gestión del cambio organizacional.

      1

      Plan de mantenimiento, comunicación interna y seguimiento del sistema.

      1

      CIERRE DEL PROYECTO

      Recopilación y presentación final de todos los entregables aprobados.

      2

Especificaciones Técnicas "CPS"

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.

 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

  1.  

Especificaciones Técnicas "CPS"

El sistema deberá desarrollarse en la plataforma informática, en base a las características que se describen a continuación:

ARQUITECTURA GENERAL

  • Sistema Operativo: Linux
  • Debe estar diseñado en ambiente web, que pueda ser ejecutado desde un navegador web Mozilla, Fireflox p Google Chrome.
  • La programación debe realizarse en un lenguaje que posea una gran cantidad de soporte en línea; como JAVA, SQL, u otros.
  • Debe ser desarrollado en herramientas Open Source.
  • Servidor de Aplicaciones GlassFish o WildFly
  • Manejador de Base de Datos: PostgreSQL 17
  •  Herramienta para hacer reportes: JasperReports, versión 6 o superior.
  •  Librería de objetos visuales para la construcción de la interfaz Web: PrimeFaces, con utilización extensiva del Ajax.  Deberá incluir un control de versiones, con repositorio ya sea GitHut, GitLab u otros.

DE PUESTA EN FUNCIONAMIENTO

  1. Para el componente Software se deberá considera Configuración del Servidor Institucional:
    1. Configuración del sistema operativo Open Source (CentOS Stream 9)
    2. Instalación y configuración de una herramienta para acceso remoto con cifrado Open Source (Open VPN).
    3. Instalación de java 21
    4. Configuración del servidor de aplicaciones Open Source WildFly 35

         2. En el diseño del sistema de gestión se deberán contemplar los siguientes:

    1. Instaurar un sistema web que permita la planificación, monitoreo y evaluación de los cursos a supervisar
    2. Diseñar e implementar bases de datos que contengan información cualitativa y cuantitativa, que puedan ser recolectados en línea y fuera de línea.
    3. Programar formularios para el ingreso de datos iniciales (línea de base), resultados de evaluaciones de las Entidades que imparten los cursos.
    4. Incluir el módulo de reporte de los indicadores establecidos a partir del Marco de Resultados del Proyecto, previo análisis de la forma de captarlos.
    5. Desarrollar una pantalla de monitoreo de Indicadores establecidos en el Marco de Resultados del Proyecto, como modelo de navegación temática.
    6. Considerar la importación de bases de datos existentes para la carga de datos de los módulos.
    7. Implementar formularios electrónicos con sincronización
    8. Registrar el proceso de planificación y asignación de supervisiones
    9. Facilitar el registro estructurado de observaciones, recomendaciones y hallazgos.
    10. Generar reportes e indicadores que apoyen la toma de decisiones.
    11. Crear un historial por curso, institución o facilitador supervisado.
    12. Permitir el seguimiento de observaciones pendientes.

SEGURIDAD

Incluir un panel de control de acceso, que incluya, como mínimo, las funcionalidades y mecanismos siguientes:

Debe poseer niveles seguridad de acceso por contraseña robusta, mínimo 8 caracteres, combinación de mayúsculas, minúsculas, números y caracteres especiales.

No se debe permitir contraseñas débiles.

Autenticación de dos Factores (activar de ser posible)

Estar basado en roles definidos para cada usuario.

Permitir la definición del supervisor de cada usuario.

Permitir restricciones de lectura y/o escritura a nivel de campos, en cada entidad del sistema.

Permitir restricciones de lectura y/o escritura a nivel de registros definidos por cada usuario (cada usuario tiene acceso a sus propios registros).

Permitir restricciones de lectura y/o escritura a nivel de registros definidos por los usuarios supervisados por cada usuario.

Permitir restricciones de lectura y/o escritura a nivel de conjuntos de registros definidos por el usuario.

Debe permitirle al usuario definir nuevos roles.

Debe permitirle al usuario definir filtros de búsqueda para cada rol.

Debe permitirle al usuario definir vistas para la generación de archivos e informes para cada rol.

El sistema debe poder definir una lista de marcadores (bookmarks) para cada rol.

Debe incluir el uso de Google reCAPTCHA en la página de autenticación.

Se deberá tomar en cuenta los: Criterios mínimos de seguridad para el desarrollo y adquisición de software y otros emitidos por el MITIC, que está disponible en https://www.cert.gov.py/criterios-minimos-de-seguridad-del-sofware/. Para más información puede visitar: https://www.cert.gov.py/

Incluir un panel de auditoría, que incluya, como mínimo, las funcionalidades siguientes:

Registrar automáticamente todas las pistas de auditoría.

Registrar las pistas de auditoría para las operaciones de alta, baja y las pistas de auditoría para las operaciones de modificación, deben incluir la imagen previa y posterior

Registrar las pistas de auditoría para las operaciones de negocio.

Registrar las pistas de auditoría para las operaciones de carga de archivos.

Registrar las pistas de auditoría para las operaciones de generación de archivos e informes. Código Fuente: Se deberá proveer los datos concernientes al código fuente y credenciales de acceso al Proyecto.

REQUERIMIENTOS

  • El sistema de gestión deberá contar con una interfaz de diseño y comportamiento uniforme, consistente, de gran alcance y de amplia funcionalidad, en cada una de las páginas del sistema, para:
  • Crear, editar, eliminar y consultar registros.
  • Ejecutar procesos
  • Generar información utilizando filtros personalizados basados en criterios de búsqueda definidos por cada usuario, utilizando cualquiera de los elementos de datos de la tabla consultada. Estos filtros deben poder ser almacenados en el sistema para uso futuro.
  • Las consultas dinámicas de las tablas del sistema, una vez desplegadas en cada página web del sistema, podrán ser transformadas en un reporte en formatos PDF, RTF, ODT, ODS, HTML, DOCX, PPTX y SLSX; el sistema deberá ejecutar en forma asincrónica el proceso correspondiente y almacenar el PDF o el archivo CSV resultante en una bitácora personalizada disponible en el sistema para cada usuario con el perfil autorizado.
  • Los reportes deberán ser previamente visualizados en pantalla y luego se podrán imprimir (seleccionando la impresora, ).
  • Todas las páginas, módulos, funciones y reportes del sistema tendrán la misma apariencia (look and feel) y su comportamiento ser uniforme.
  • La interfaz web debe poderse personalizar por cada usuario, seleccionando el ltem de PrimeFaces de su preferencia
  • El sistema debe ser responsive design (diseño adaptable).

 ACTIVIDADES PRINCIPALES

    1. Desarrollar el Sistema de Gestión de la Información y Monitoreo del Proyecto y mantenerlo en funcionamiento en ambiente web.
    2. Para el desarrollo se deberá considerar frameworks modernos
    3. Acudir a las reuniones o reportar sobre el avance del sistema con el equipo de la UEP, cuando se le solicite.
    4. Realizar una prueba piloto del sistema con todos los módulos terminados.
    5. Asegurar que el sistema permita la compilación, análisis y generación de información, ajustados a las necesidades de los usuarios.
    6. Mantener el sistema funcionando adecuadamente y garantizar su disponibilidad.
    7. Preparar los manuales para los usuarios y las documentaciones exigidas sobre los sistemas diseñados.
    8. Capacitar a los técnicos, especialistas y todo el equipo de la UEP en la utilización de las diferentes herramientas desarrolladas.
    9. Brindar apoyo técnico para evacuar las consultas existentes relacionadas al funcionamiento del sistema, la recolección de datos y otros.
    10. Realizar los ajustes del software, luego de la utilización en caso de que se requiera durante el periodo de soporte técnico.
    11. Entregar el código fuente y credencias del sistema diseñado.

CONFIDENCIALIDAD

  1. El oferente reconoce que la información y documentación que la entidad contratante le proporcione, así como los datos y resultados obtenidos de la prestación de los servicios, son propiedad exclusiva de la entidad contratante, como el carácter confidencial y/o reservado en términos de la normativa aplicable y las disposiciones del contrato. · El oferente se obliga a mantener absoluta confidencialidad sobre las creaciones realizadas, incluyendo todos los algoritmos y toda la información sobre el código fuente y código objeto de las mismas, como respecto de todos sus manuales, incluyendo la documentación preparatoria, su descripción técnica, manuales de uso y cualquier otra documentación relacionada con cualquier actividad realizada por el Desarrollador en virtud del contrato. · Cualquier información, fuese cual fuere su naturaleza (técnica, comercial, financiera, operacional o de otro tipo), contenida en cualquier forma y soporte (ya sea verbal, escrita, grabada o de cualquier otro tipo), que pudiera ser facilitada por el OEE, será considerada como Información Confidencial, incluyéndose en esta categoría aquella información generada a partir de la propia Información Confidencial. · El desarrollador, se obliga asimismo a:
  2. a) tratar la Información Confidencial como estrictamente secreta.
  3. b) custodiar y guardar la Información Confidencial, bien sea escrita, grabada o en cualquier otro tipo de soporte, separada de cualquier otra información de la que pudiera disponer.
  4. c) utilizar o transmitir la Información Confidencial exclusivamente para los fines del proyecto.
  5. d) utilizar procedimientos de control de dicho uso o transmisión de la Información Confidencial. El desarrollador no realizará copia de la Información Confidencial sin el previo consentimiento escrito del OEE, excepto aquellas copias que sean necesitadas por el desarrollador para su estudio interno.
  6. e) restringir el acceso a la Información Confidencial únicamente a aquellos empleados suyos que necesiten conocerla para los fines convenidos, y asegurarse que dichos empleados conocen las obligaciones que les resultan aplicables en virtud de lo establecido en el Estándar de Software. Todos los contratos que el Desarrollador celebrará con empleados, trabajadores y prestadores de servicios que podrían participar en el desarrollo del contrato, incluirán cláusulas sobre confidencialidad y transferencia que producen iguales efectos y sujetan a dichas personas a las mismas obligaciones que el Desarrollador se ha obligado.
  7. f) no facilitar Información Confidencial a tercero alguno sin el previo consentimiento escrito del OEE, y asegurarse de que, en caso de haber obtenido dicha autorización, dicho tercero firme un compromiso de confidencialidad con el OEE en términos equivalentes a los de la presente cláusula. ·

El OEE será en todo momento el titular exclusivo de la información confidencial, la cual será protegida por todos los medios legales a su alcance. En ningún caso se entenderá implícito en modo alguno, que el hecho de que el OEE facilite la Información Confidencial significa la concesión de licencia o la cesión de cualquier naturaleza a favor del desarrollador de cualesquiera derechos de patentes, marca, modelo de utilidad, diseño, derechos de autor, o derecho alguno de propiedad intelectual. Ninguna de las partes utilizará el nombre, marca, nombre comercial, o cualesquiera otros derechos de propiedad industrial o intelectual de la otra Parte, sin el previo consentimiento por escrito de ésta, salvo aquellos expresa y contractualmente cedidos. ·

Toda información que ostente algún derecho de propiedad intelectual de conformidad al derecho positivo que rige a ambas partes, a pesar de ser compartida entre estas, no implicará renuncia alguna a tales derechos, los cuales permanecerán vigentes sobre toda utilización que haga la otra parte de tal información. · La interpretación del concepto de propiedad intelectual no podrá ir más allá de lo establecido en la legislación respectiva. Lo incluido en tales derechos dependerá de lo que le ha sido expresamente reconocido por la autoridad de aplicación, no pudiendo invocarse de lo contrario, derecho alguno. ·

El desarrollador no podrá utilizar la información y los desarrollos o análisis funcionales elaborados en el cumplimiento de la contratación, para terceros o en beneficio de terceras partes.

No podrá utilizar esta información en otras implementaciones que lo coloquen en situación privilegiada.

Toda infracción a esta obligación, lo hará responsable de responder de los daños y perjuicios que pudieran derivarse, así como las sanciones administrativas que correspondan.

ENTREGABLES

El oferente adjudicado deberá obligatoriamente realizar la entrega de los siguientes ítems al OEE, quien emitirá un certificado de recepción satisfactoria. Este certificado se constituye en un documento donde el OEE deja constancia que el oferente adjudicado ha brindado los servicios contratados, y que ha entregado los siguientes:

Detalle del Bien o Servicio

Documentación del Proceso de Análisis.

  • El OEE deberá establecer la documentación y nivel de detalle que requiera. Ejemplo: Listado de casos de uso, descripción de casos de uso, diagrama de cada caso de uso, documento de especificación de requerimientos, documento de arquitectura, entre otros.

Código Fuente en los repositorios oficiales del OEE.

 Adicionalmente el oferente adjudicado deberá realizar una copia del código fuente versionado definido por la contratante en los repositorios de código fuente del MITIC.

Informe de entrega y evidencias de control de calidad

  • Corresponde a un documento donde el oferente declara haber realizado las pruebas necesarias y detalla las funcionalidades entregadas. Deberá estar firmado por el oferente adjudicado o coordinador del mismo e incluir evidencias de las pruebas realizadas.

Manuales:

  • Manual de instalación para ambiente en desarrollo: Paso a paso de la instalación del software en ambiente de desarrollo.
  • Manual de instalación para ambiente en producción: Paso a paso de la instalación del software en ambiente de producción.
  • Manual del usuario. El OEE deberá especificar el detalle del manual requerido. Ej: por tipo de perfil.
  • Otra documentación requerida y especificada por el OEE.

Instaladores:

  • En    caso    de    que    requiera    software    no contemplado en los manuales entregados.]


 

De las MIPYMES

En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:

 

ítem Nombre  Unidad Plazo de entrega
1 Análisis desarrollo e implementación del Sistema de Supervisión Administrativa y metodológica 1

Conforme los plazos establecidos en el PBC: para el ítem 1 dentro de los 60 (sesenta) días corridos de la emisión de la Orden de Servicio del Administrador del Contrato.

Soporte y asistencia técnica

El oferente adjudicado deberá suministrar asistencia técnica por vía telefónica, e-mail, chat, virtual y/o atención in situ en las oficinas que designe el OEE para restablecer y corregir el servicio en caso de fallas.

Se deberán establecer los tiempos mínimos de soporte técnico a ser tenidos en cuenta a partir de la entrega e instalación satisfactoria, según lo siguiente:

El proyecto estimado es de duración menor o igual a 6 meses, el tiempo de soporte y asistencia técnica lo fijará el OEE y deberá como mínimo de 6 (seis) meses.

Estos tiempos de soporte y asistencia técnica estarán incluidos en el costo. Además, se deberá especificar la forma en la cual se prestará este servicio, en cada una de sus modalidades: preventivo, correctivo o solicitado por el OEE.

El oferente prestará la asistencia técnica en modalidad presencial y virtual en los días y horarios hábiles para el software objeto del contrato.

El oferente asignará tiempo de especialista (sin costo adicional para el OEE), para la realización de actividades tales como:

●             Consultas y soporte en operación, uso y/o explotación de nuevas funcionalidades relacionadas con el sistema objeto.

●             Programación y ajustes de errores en cualquier componente del sistema.

●             Cuando sea necesario, el oferente adjudicado cooperará ampliamente con otros contratistas del OEE.

El oferente adjudicado indicará cómo realizará el servicio de operación de la asistencia técnica por el tiempo especificado a partir de la emisión del certificado de recepción satisfactoria por parte del OEE. El oferente adjudicado, deberá detallar los niveles de servicio (soporte técnico) a ser utilizados para la operación y asistencia técnica del software, y de todo lo que implica la supervisión y el monitoreo.

Durante dicho periodo, igualmente el oferente adjudicado se compromete al suministro de actualizaciones de nuevas versiones del software, como así también la aplicación de parches si es necesario, sin costo adicional para el OEE

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.

No aplica

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.

3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.