Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
UNIDAD SOLICITANTE
Dirección de Fiscalización - directora de Fiscalización Natalia Barrios
INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN
El Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL), en su carácter de órgano de fiscalización en materia de ejecución de las políticas públicas vinculadas a la formación y capacitación laboral, tiene la potestad de verificar el cumplimiento de las directrices emanadas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), así como de la normativa vigente, tanto en instituciones públicas como privadas.
En este marco, la Dirección de Supervisión de Cursos cumple una función estratégica al encargarse de planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de formación. Para garantizar el adecuado cumplimiento de estas funciones, se vuelve imprescindible contar con un sistema informático que permita gestionar de manera integral y digital la planificación, ejecución y verificación de las políticas de infraestructura, administrativas y metodológicas utilizadas en la impartición de los cursos.
Debido al volumen considerable de información y documentación generada durante los procesos de supervisión, la implementación de una plataforma digital permitirá sistematizar los registros, facilitar el monitoreo en tiempo real y optimizar la trazabilidad de cada intervención realizada por la Dirección. Esto contribuirá significativamente a mejorar la eficiencia operativa, la transparencia de los procesos y la calidad del servicio.
Objetivos Específicos del Sistema
BENEFICIARIOS
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Categoría |
Descripción |
Cantidad Estimada |
Fundamento Legal/Institucional |
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Beneficiarios Directos |
Funcionarios de la Dirección de Supervisión |
25 aproximadamente |
Ley Nº 1652/2000 (SINAFOCAL); Decreto Nº 5442/2016 |
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Institutos supervisadas |
1000 aproximadamente |
Ley Nº 1652/2000 y su Decreto Reglamentario N° 5442/2016, Art. 3º (Productos del Sistema) |
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Docentes/Instructores supervisados |
500 a más |
Resolución SNFCL Nº 3010/2024 (Procedimientos de Supervisión) |
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Funcionarios en general de SINAFOCAL |
350 aproximadamente |
Ley Nº 1652/2000 (SINAFOCAL); Decreto Nº 5442/2016 |
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Subtotal Directos |
1975 personas |
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Beneficiarios Indirectos |
Familias de alumnos (3 miembros promedio por hogar) |
36.000 48.000 |
Ley Nº 5115/2013, fortalecimiento socio-laboral |
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Clientes y usuarios de las empresas supervisadas |
Miles (no cuantificable exacto) |
Ley Nº 1652/2000 (SINAFOCAL); Decreto Nº 5442/2016 |
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(SINAFOCAL MTESS) y la sociedad |
Impacto institucional y comunitario |
Decreto Nº 70/2023 (designación y fortalecimiento institucional) |
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Subtotal Indirectos |
≥ 36.000 48.000 |
INFRAESTRUCTURA PARA EL SOFTWARE
La solución será alojada en las oficinas del SINAFOCAL Iturbe C/ Eligio Ayala, en el Datacenter propio de la institución, administrada por la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación del SINAFOCAL.
Plan de trabajo
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Fase |
Actividades Detalladas |
Duración (Semanas) |
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FASE 1: DIAGNÓSTICO Y ANÁLISIS |
Reunión de Inicio (Kick-off) con el equipo de SINAFOCAL |
1 |
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Inventario y análisis exhaustivo de todos los procesos del área de Supervisión de cursos |
1 |
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Identificación de fortalezas, debilidades, brechas y cuellos de botella. |
1 |
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FASE 2: RELEVAMIENTO DE NECESIDADES |
Mapeo de usuarios (stakeholders) del sistema. |
1 |
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Recopilación de requerimientos a través de entrevistas, encuestas y grupos focales. |
2 |
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Priorización y validación de las necesidades con el SINAFOCAL. |
1 |
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FASE 3: DISEÑO TÉCNICO |
Mapeo y diseño de una arquitectura técnica integral del SISTEMA para la Dirección |
2 |
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Evaluación y comparación de alternativas tecnológicas |
1 |
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Definición de especificaciones técnicas detalladas y requisitos de licencias. |
2 |
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FASE 4: ESTRATEGIA DE IMPLEMENTACIÓN |
Elaboración de la hoja de ruta con un calendario detallado (Diagrama de Gantt). |
2 |
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Desarrollo de funciones y aplicaciones |
1 |
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Propuesta de una estructura institucional y perfiles técnicos. |
1 |
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Definición del plan de capacitación para perfiles técnicos y funcionales. |
2 |
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FASE 5: PASE A PRODUCCIÓN |
Definición de la estrategia de gestión del cambio organizacional. |
1 |
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Plan de mantenimiento, comunicación interna y seguimiento del sistema. |
1 |
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CIERRE DEL PROYECTO |
Recopilación y presentación final de todos los entregables aprobados. |
2 |
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Especificaciones Técnicas "CPS"
El sistema deberá desarrollarse en la plataforma informática, en base a las características que se describen a continuación:
ARQUITECTURA GENERAL
DE PUESTA EN FUNCIONAMIENTO
2. En el diseño del sistema de gestión se deberán contemplar los siguientes:
SEGURIDAD
Incluir un panel de control de acceso, que incluya, como mínimo, las funcionalidades y mecanismos siguientes:
Debe poseer niveles seguridad de acceso por contraseña robusta, mínimo 8 caracteres, combinación de mayúsculas, minúsculas, números y caracteres especiales.
No se debe permitir contraseñas débiles.
Autenticación de dos Factores (activar de ser posible)
Estar basado en roles definidos para cada usuario.
Permitir la definición del supervisor de cada usuario.
Permitir restricciones de lectura y/o escritura a nivel de campos, en cada entidad del sistema.
Permitir restricciones de lectura y/o escritura a nivel de registros definidos por cada usuario (cada usuario tiene acceso a sus propios registros).
Permitir restricciones de lectura y/o escritura a nivel de registros definidos por los usuarios supervisados por cada usuario.
Permitir restricciones de lectura y/o escritura a nivel de conjuntos de registros definidos por el usuario.
Debe permitirle al usuario definir nuevos roles.
Debe permitirle al usuario definir filtros de búsqueda para cada rol.
Debe permitirle al usuario definir vistas para la generación de archivos e informes para cada rol.
El sistema debe poder definir una lista de marcadores (bookmarks) para cada rol.
Debe incluir el uso de Google reCAPTCHA en la página de autenticación.
Se deberá tomar en cuenta los: Criterios mínimos de seguridad para el desarrollo y adquisición de software y otros emitidos por el MITIC, que está disponible en https://www.cert.gov.py/criterios-minimos-de-seguridad-del-sofware/. Para más información puede visitar: https://www.cert.gov.py/
Incluir un panel de auditoría, que incluya, como mínimo, las funcionalidades siguientes:
Registrar automáticamente todas las pistas de auditoría.
Registrar las pistas de auditoría para las operaciones de alta, baja y las pistas de auditoría para las operaciones de modificación, deben incluir la imagen previa y posterior
Registrar las pistas de auditoría para las operaciones de negocio.
Registrar las pistas de auditoría para las operaciones de carga de archivos.
Registrar las pistas de auditoría para las operaciones de generación de archivos e informes. Código Fuente: Se deberá proveer los datos concernientes al código fuente y credenciales de acceso al Proyecto.
REQUERIMIENTOS
ACTIVIDADES PRINCIPALES
CONFIDENCIALIDAD
El OEE será en todo momento el titular exclusivo de la información confidencial, la cual será protegida por todos los medios legales a su alcance. En ningún caso se entenderá implícito en modo alguno, que el hecho de que el OEE facilite la Información Confidencial significa la concesión de licencia o la cesión de cualquier naturaleza a favor del desarrollador de cualesquiera derechos de patentes, marca, modelo de utilidad, diseño, derechos de autor, o derecho alguno de propiedad intelectual. Ninguna de las partes utilizará el nombre, marca, nombre comercial, o cualesquiera otros derechos de propiedad industrial o intelectual de la otra Parte, sin el previo consentimiento por escrito de ésta, salvo aquellos expresa y contractualmente cedidos. ·
Toda información que ostente algún derecho de propiedad intelectual de conformidad al derecho positivo que rige a ambas partes, a pesar de ser compartida entre estas, no implicará renuncia alguna a tales derechos, los cuales permanecerán vigentes sobre toda utilización que haga la otra parte de tal información. · La interpretación del concepto de propiedad intelectual no podrá ir más allá de lo establecido en la legislación respectiva. Lo incluido en tales derechos dependerá de lo que le ha sido expresamente reconocido por la autoridad de aplicación, no pudiendo invocarse de lo contrario, derecho alguno. ·
El desarrollador no podrá utilizar la información y los desarrollos o análisis funcionales elaborados en el cumplimiento de la contratación, para terceros o en beneficio de terceras partes.
No podrá utilizar esta información en otras implementaciones que lo coloquen en situación privilegiada.
Toda infracción a esta obligación, lo hará responsable de responder de los daños y perjuicios que pudieran derivarse, así como las sanciones administrativas que correspondan.
ENTREGABLES
El oferente adjudicado deberá obligatoriamente realizar la entrega de los siguientes ítems al OEE, quien emitirá un certificado de recepción satisfactoria. Este certificado se constituye en un documento donde el OEE deja constancia que el oferente adjudicado ha brindado los servicios contratados, y que ha entregado los siguientes:
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Detalle del Bien o Servicio |
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Documentación del Proceso de Análisis.
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Código Fuente en los repositorios oficiales del OEE. Adicionalmente el oferente adjudicado deberá realizar una copia del código fuente versionado definido por la contratante en los repositorios de código fuente del MITIC. |
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Informe de entrega y evidencias de control de calidad
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Manuales:
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Instaladores:
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En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
| ítem | Nombre | Unidad | Plazo de entrega |
| 1 | Análisis desarrollo e implementación del Sistema de Supervisión Administrativa y metodológica | 1 |
Conforme los plazos establecidos en el PBC: para el ítem 1 dentro de los 60 (sesenta) días corridos de la emisión de la Orden de Servicio del Administrador del Contrato. |
Soporte y asistencia técnica
El oferente adjudicado deberá suministrar asistencia técnica por vía telefónica, e-mail, chat, virtual y/o atención in situ en las oficinas que designe el OEE para restablecer y corregir el servicio en caso de fallas.
Se deberán establecer los tiempos mínimos de soporte técnico a ser tenidos en cuenta a partir de la entrega e instalación satisfactoria, según lo siguiente:
El proyecto estimado es de duración menor o igual a 6 meses, el tiempo de soporte y asistencia técnica lo fijará el OEE y deberá como mínimo de 6 (seis) meses.
Estos tiempos de soporte y asistencia técnica estarán incluidos en el costo. Además, se deberá especificar la forma en la cual se prestará este servicio, en cada una de sus modalidades: preventivo, correctivo o solicitado por el OEE.
El oferente prestará la asistencia técnica en modalidad presencial y virtual en los días y horarios hábiles para el software objeto del contrato.
El oferente asignará tiempo de especialista (sin costo adicional para el OEE), para la realización de actividades tales como:
● Consultas y soporte en operación, uso y/o explotación de nuevas funcionalidades relacionadas con el sistema objeto.
● Programación y ajustes de errores en cualquier componente del sistema.
● Cuando sea necesario, el oferente adjudicado cooperará ampliamente con otros contratistas del OEE.
El oferente adjudicado indicará cómo realizará el servicio de operación de la asistencia técnica por el tiempo especificado a partir de la emisión del certificado de recepción satisfactoria por parte del OEE. El oferente adjudicado, deberá detallar los niveles de servicio (soporte técnico) a ser utilizados para la operación y asistencia técnica del software, y de todo lo que implica la supervisión y el monitoreo.
Durante dicho periodo, igualmente el oferente adjudicado se compromete al suministro de actualizaciones de nuevas versiones del software, como así también la aplicación de parches si es necesario, sin costo adicional para el OEE
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.