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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
gbarreto
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
02-02-2026 - 07:32
Fecha de Fin
04-02-2026 - 14:41
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Con respecto a la obs anterior relacionada al "presupuesto plurianual en el SICP y que solo se ha cargado el monto correspondiente a ser ejecutado en el 2028" si bien se toma conocimiento de la nota de la respuesta de la respuesta "Estos pagos se realizarán en forma mensual, a partir del año 2028" se consulta el motivo por cual los siguientes años (después del 2028) con sus respectivos montos no son cargados en dicho módulo.// 2) Teniendo en cuenta la observación anterior en lo que respecta a las obligaciones de la contratante en los años 2026-2027 se toma conocimiento de lo indicado en la nota de reparo "Estos pagos se realizarán en forma mensual, a partir del año 2028, estimativamente, una vez que concluyan las Obras y se efectúe la Habilitación Comercial de las mismas. Por lo expuesto, no existe obligaciones de pago por parte de la Contratante en los años 2026 – 2027" sin embargo y como se ha mencionado que no existe obligaciones de pago en esos años cómo se procederá a la firma de contrato en el presente ejercicio. Tener en cuenta que la normativa vigente dispone que no se puede firmar contrato sin disponibilidad presupuestaria, por lo tanto solicitamos una autorización expresa del MEF para la suscripción del contrato.// 3) Reiteración. El tipo de procedimiento de la presente licitación es de carácter nacional, sin embargo el precio referencial que se visualizan en la planilla de precios del SICP, monto estimativo del SICP, nota de comunicación, en el PBC y en el dictamen de estimación de costos es moneda extranjera (dólares americanos), considerar lo establecido en el inc. i y ii) del art. 57 del decreto 2264/2024.// 4) Sí bien se toma conocimiento de lo mencionado por la convocante donde se menciona " Tomamos nota de lo señalado por el Técnico Verificador de la DNCP y aclaramos que el Proyecto es la Construcción e Interconexión de la Subestación Villa Oliva en 220 kV que corresponde al Lote 4 conforme a lo indicado por el Departamento de Proyectos Electromecánicos de la ANDE" se reitera la obs anterior considerando que en el Informe D.D y P.P N°140/2025 no se hace mención a dicho lote. Solo se indica "proyecto de construcción e interconexión de la Subestación Villa Franca en 220 kv" como la LPN N°1886/2025 por lo que nuevamente se consulta al respecto (teniendo en cuenta lo alegado por la convocante en la nota de contestación, se solicita rectificar todos los documentos ).//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Cotización en moneda extranjera
Descripción
En el contenido de las documentaciones se observan montos expresados en dólares, y el proceso no se enmarca en la clasificación de un proceso de carácter internacional, en razón a los casos indicados como tal en la normativa vigente.
Comentario
Reiteración. Clausula de Moneda de la Oferta y Pago: considerando que la modalidad del proceso corresponde a una LPN y no a una LPI y que se ha indicado en varias de las documentaciones que los pagos serán efectuados en doláres americanos así como en la mencionada clausula "La moneda de oferta y pago: Dólares para todos los oferentes" así como los montos cargados en el SICP (monto estimado, pestaña de productos/bienes/servicios, pestaña de presupuesto plurianual) se consulta el motivo por el cual no se ha hecho el procedimiento bajo la modalidad de LPI.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 55, 56, 40, 45, 67 de la Ley N° 7021/22; Art. 105, 83, 102, del Decreto N° 2264/24; y demás disposiciones vigentes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 152 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del, proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, la obtención de los mejores resultados y el logro de las metas propuestas, a través de la utilización adecuada de los recursos públicos. Consideración Normativa: Art. 4 inc. c) y 107 de la Ley de Suministro y Contrataciones Públicas N° 7021/22, Art. 56 del Decreto N.º 2264/24 y demás normas concordantes emitidas por la DNCP.