Cual es el motivo de solicitar 5 años de experiencia profesional? queda plenamente justificada la experiencia con el 50% de facturaciones sobre trabajos realizados dentro del plazo de los ultimos 3 años. Se atenta contra el principio de igualdad de las contrataciones publicas al limitar y solicitar x cantidad de años de experiencia profesional. se solicita adendar y modificar a 1 año. tiempo ya suficiente.
Cual es el motivo de solicitar 5 años de experiencia profesional? queda plenamente justificada la experiencia con el 50% de facturaciones sobre trabajos realizados dentro del plazo de los ultimos 3 años. Se atenta contra el principio de igualdad de las contrataciones publicas al limitar y solicitar x cantidad de años de experiencia profesional. se solicita adendar y modificar a 1 año. tiempo ya suficiente.
En atención a la consulta y a modo de fomentar la participación de oferentes, se considerará como mínimo 3 (tres) años de experiencia en el rubro, contados desde la obtención del registro profesional. Se emitirá la adenda al Pliego de Bases y Condiciones respecto a la capacidad técnica.
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MOTIVO POR EL CUAL SOLICITAN 5 AÑOS DE EXPERIENCIA¡?
Se solicita adendar el pliego con respecto a los 5 años de experiencia profesional. 5 años de experiencia profesional es ambiguo. ya que desde cuando contarian? desde la obtencion del titulo profesional o desde la obtencion del registro profesional habilitante?
No es necesario 5 años de antiguedad para la prestacion de un servicio profesional. si bien la DNCP recomienda entre 3 a 5 años en nada mas que una recomendacion. que bien aplicaria para oferentes de otros rubros. y no asi de una prestacion de servicio profesional. en este caso es para prestacion de servicios de Escribania. y necesitan 5 años de experiencia para: autenticar documentos? labrar un acta? realizar una transferencia? solicitar certificados? Certificacion de firma? no es neceserio y con esto se atenta contra el principio de igualdad y los marcos de rectores de las contrataciones publicas
23-04-2025
29-04-2025
MOTIVO POR EL CUAL SOLICITAN 5 AÑOS DE EXPERIENCIA¡?
Se solicita adendar el pliego con respecto a los 5 años de experiencia profesional. 5 años de experiencia profesional es ambiguo. ya que desde cuando contarian? desde la obtencion del titulo profesional o desde la obtencion del registro profesional habilitante?
No es necesario 5 años de antiguedad para la prestacion de un servicio profesional. si bien la DNCP recomienda entre 3 a 5 años en nada mas que una recomendacion. que bien aplicaria para oferentes de otros rubros. y no asi de una prestacion de servicio profesional. en este caso es para prestacion de servicios de Escribania. y necesitan 5 años de experiencia para: autenticar documentos? labrar un acta? realizar una transferencia? solicitar certificados? Certificacion de firma? no es neceserio y con esto se atenta contra el principio de igualdad y los marcos de rectores de las contrataciones publicas
En atención a la consulta y a modo de fomentar la participación de oferentes, se considerará como mínimo 3 (tres) años de experiencia en el rubro, contados desde la obtención del registro profesional. Se emitirá la adenda al Pliego de Bases y Condiciones respecto a la capacidad técnica.
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REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Se sugiere a la Convocante mantenga los mismos tal como se previó en el pliego de bases y condiciones, ya que los mismos resultan razonables y adecuados.
24-04-2025
29-04-2025
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Se sugiere a la Convocante mantenga los mismos tal como se previó en el pliego de bases y condiciones, ya que los mismos resultan razonables y adecuados.
Con el fin de fomentar la participación de oferentes, se considerará como mínimo 3 (tres) años de experiencia en el rubro, contados desde la obtención del registro profesional. Se emitirá la adenda al Pliego de Bases y Condiciones respecto a la capacidad técnica.
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Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.
Según el PBC se solicita "Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente". Sin embargo, por la naturaleza del objeto del llamado (servicio profesional) lo que se ajusta y corresponde es: PATENTE PROFESIONAL vigente, o al día.
24-04-2025
29-04-2025
Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación.
Según el PBC se solicita "Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente". Sin embargo, por la naturaleza del objeto del llamado (servicio profesional) lo que se ajusta y corresponde es: PATENTE PROFESIONAL vigente, o al día.
Señores potenciales oferentes, el campo mencionado precedentemente corresponde a un requerimiento estándar establecido por la DNCP, los pliegos son electrónicos y algunos campos ya se encuentran predeterminados por la DNCP, dicho documento es necesario y no podrá ser obviado, ya que de lo contrario se estaría incumplimiento con ordenanzas municipalidad y por ende la ley orgánica municipal.
Considerando que, para prestar servicios profesionales dentro del radio del municipio, el profesional debe gestionar el mismo ante la municipalidad y la misma otorga la patente profesional la cual le habilita a ejercer la profesión.
Patente comercial: si el profesional cuenta con una oficina física, indefectiblemente debe tener la Patente comercial, industrial y de servicios, por la cual la municipalidad le habilite a contar con el espacio físico necesario.
Por tanto, en base a lo expuesto es un requisito exigido por ley contar con Patente profesional y Patente comercial para operar en la ciudad de Asunción y demás municipios.
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GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Serán aceptadas declaraciones juradas con certificación de firmas?
Señores potenciales oferentes, se aclara que serán aceptadas las declaraciones juradas con certificación de firma, así como se encuentra establecido en los datos de la convocatoria específicamente en el detalle de tipo de garantía, del presente llamado, visualizado en el portal público de la DNCP, con base a lo establecido en la Circular DNCP N° 01/2025.
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PATENTE COMERCIAL NO APLICA. EL ESCRIBANO NO ES COMERCIANTE ES PROFESIONAL CON FUNCION FEDANTE
Conforme a lo establecido en la Ley 879 “Código de Organización Judicial”, los Notarios y Escribanos Públicos son depositarios de la fe pública notarial. Dicha normativa establece claramente la naturaleza, funciones y requisitos de este auxiliar. En efecto, el escribano es un depositario de la fe pública, no un comerciante. Ejerce función fedante, no el comercio. En tal sentido, no le resulta exigible una patente comercial por no ser la naturaleza de la función desempeñada.
La única patente exigible y aplicable, es la patente profesional.
Si bien el requisito en cuestión se encuentra previsto en el pliego estándar, como su nombre lo señala, son documentos estándar o tipo, que deben adaptarse a cada llamado y a la naturaleza del objeto de los mismos.
Se solicita a la Convocante tenga a bien el ajuste a derecho de dicho requisito documental.
29-04-2025
08-05-2025
PATENTE COMERCIAL NO APLICA. EL ESCRIBANO NO ES COMERCIANTE ES PROFESIONAL CON FUNCION FEDANTE
Conforme a lo establecido en la Ley 879 “Código de Organización Judicial”, los Notarios y Escribanos Públicos son depositarios de la fe pública notarial. Dicha normativa establece claramente la naturaleza, funciones y requisitos de este auxiliar. En efecto, el escribano es un depositario de la fe pública, no un comerciante. Ejerce función fedante, no el comercio. En tal sentido, no le resulta exigible una patente comercial por no ser la naturaleza de la función desempeñada.
La única patente exigible y aplicable, es la patente profesional.
Si bien el requisito en cuestión se encuentra previsto en el pliego estándar, como su nombre lo señala, son documentos estándar o tipo, que deben adaptarse a cada llamado y a la naturaleza del objeto de los mismos.
Se solicita a la Convocante tenga a bien el ajuste a derecho de dicho requisito documental.
Señores potenciales oferentes, se trae a colación lo establecido en el Art. 50 de la Resolución DNCP N° 230/25, ese sentido se aclara que el plazo de consultas originalmente establecido en las bases concursales, y las condiciones originalmente establecidas en el punto 6 de la consulta, precluyó el día 28/04/2025 a las 12:00hs. Se aclara que la patente debe ser comercial y/o profesional.
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Consulta relacionada a Ítem "Revocación de Poderes"
Buenas Tardes. En relación al ítem "Revocación de Poderes" sírvase aclarar o incluir en la planilla de precios si la revocación requerida es en cuanto a: Revocatoria de Poder con Inscripción ó Revocatoria de Poder sin inscripción.
03-05-2025
08-05-2025
Consulta relacionada a Ítem "Revocación de Poderes"
Buenas Tardes. En relación al ítem "Revocación de Poderes" sírvase aclarar o incluir en la planilla de precios si la revocación requerida es en cuanto a: Revocatoria de Poder con Inscripción ó Revocatoria de Poder sin inscripción.
Señores potenciales oferentes, se trae a colación lo establecido en el Art. 50 de la Resolución DNCP N° 230/25, ese sentido se aclara que el plazo de consultas originalmente establecido en las bases concursales, y las condiciones originalmente establecidas en el punto 7 de la consulta, precluyó el día 28/04/2025 a las 12:00hs. Se aclara que conforme al precio referencial obtenido en ese ítem la revocatoria sería sin inscripción.