Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
21-04-2025 - 20:01
Fecha de Fin
25-04-2025 - 11:57
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Visita al sitio de ejecución del contrato: Considerando que la convocante ha establecido visita técnica obligatoria, solicitamos remitir la justificación correspondiente conforme lo establece la Resolución DNCP N°230/2025, vigente desde el 17/02/2025.//
2) CAPACIDAD FINANCIERA- en el Cuadro de requisitos, observamos en la columna de cada socio y socio lider que la convocante dejo el ejemplo de % del instructivo (… indicar este u otro porcentaje…). Recordamos a la convocante que cada proceso es unico, particular e independiente, por lo que solicitamos indicar solo el % requerido para c/u y suprimir todos instructivos y ejemplos del PBC estandar.//
3) Experiencia específica en obras (pag. 19) en punto se encuentra incompleto, favor indicar el Periodo requerido.//
4) Formas y condiciones de pago: Suprimir lo siguiente “… la aplicacion del Articulo 277 de la Ley 7228/2023...", el mismo ya no se encuentra vigente dentro de la Ley de Presupuesto. Tambien se solicita suprimir el Art. 2051/2003, la ley ya no se encuentra vigente. //
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de resolución que aprueba el llamado
Descripción
Del análisis de los documentos remitidos a través del SICP, se verifica que no ha sido remitido el
acto administrativo de la autoridad competente de la Convocante que aprueba el llamado. Se solicita tal omisión sea subsanada, para la publicación del llamado.
Comentario
Resolucion I.M.N° 440/2025: En el documento remitido no se visualiza que apruebe la convocatoria, solo se ve la aprobacion del PBC. Favor ampliar el Art. 1° de la resolucion, conforme lo establece la Resolucion DNCP N° 230/25, en su Art. 40 inc. "d"./
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se previo Objeto de Gasto
Descripción
Se solicita incluir en el PAC el objeto de gasto correspondiente y necesario para todos los bienes/servicios requeridos a fin de realizar una correcta imputación y remitir el CDP.
Comentario
Observamos en las EETT de la presente licitación “… ventiladores, y su provisión…”, el mencionado bien no se ajusta al O.G 522 utilizado por la convocante en el CDP. Solicitamos adecuar el Objeto de gasto correspondiente, considerando el Clasificador presupuestario, el Dictamen N° 103/2021, SIME N° 93.412/2021 y la Resolución DNCP Nº 2157/2022//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Ubicación geográfica de obras
Descripción
Se solicita realizar la ubicación geográfica de los lugares donde las obras serán ejecutadas,
se recuerda la obligatoriedad de informar la misma con la comunicación de los llamados a contratación, cuyo objeto sea la ejecución de obras públicas, en los términos del inciso p) del Art. 3 de la Ley 2051/03. Res. DNCP N° 2477/18
Comentario
Favor remitir el archivo correspondiente. Ajustarse al Art. 42 de la Resolucion DNCP N° 230/25.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Cdp insuficiente
Descripción
Si bien se ha remitido el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, el monto previsto es insuficiente para asumir el pago por
la ejecución contractual del presente ejercicio fiscal, en contra de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones Públicas. En consecuencia
se solicita se realice el ajuste correspondiente a los efectos de subsanar la deficiencia mencionada.
Comentario
Observamos que el monto estimado es Gs. 103.924.528, sin embargo el CDP es de Gs. 100.000.000. Favor unificar monto./
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Solicitamos remitir la autorización del MEC.
Comentario
Considerando que la convocante utilizara Fuente de Financiamiento FONACIDE /FONAE, ademas de remitir la autorizacion otorgada por el MEC, solicitamos a la convocante remita tambien una Declaración Jurada en la cual exprese que el procedimiento licitatorio se enmarca dentro de los límites porcentuales previstos en la normativa.//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.