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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
09-07-2025 - 11:06
Fecha de Fin
14-07-2025 - 16:47
Estado

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere que el oferente cuente con un numero determinado de empleados en IPS como condición de participación.
Descripción
El requerimiento establecido correspondiente a que el oferente cuente con cierta cantidad de personas inscriptas en IPS como condición de participación, se constituye en un requerimiento para la ejecución. Se solicita explicación del por qué el requisito resulta técnicamente indispensable para participar en el procedimiento de contratación
Comentario
Donde se indica: "3. Planilla Aporte Obrero Patronal y que tengan relación de por lo menos 3 (tres) años".//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Teniendo en cuenta la fecha de comunicación del presente proceso solicitamos a la convocante actualizar las documentaciones remitidas (dictamen técnico) conforme a la normativa vigente Res. DNCP 230/25.//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Vigencia del contrato no corresponde
Descripción
Considerando el objeto del llamado, se indica a la convocante que la vigencia del contrato establecida no corresponde.
Comentario
Considerando que el presente proceso no es contrato abierto la vigencia indicada en la proforma de contrato no corresponde: "Desde la fecha de suscripción del contrato hasta el cumplimiento total de las obligaciones, por el plazo de 24 (veinticuatro) meses".//

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
No cumple con los plazos de difusion el llamado/adenda
Descripción
Atendiendo a la fecha establecida para la presentacion y apertura de ofertas, observamos que no cumple con el plazo minimo de difusion, conforme a la normativas vigentes.
Comentario
Verificada la fecha de entrega y apertura de ofertas no se cumplen con los plazos de difusión para una convocatoria LPN de acuerdo con el Art. 39 de la Res. 230/25.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.