Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
14-04-2025 - 14:54
Fecha de Fin
21-04-2025 - 10:11
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Resolucion I.M. N° 339/2025: Observamos normativa derogada en el documento remitido (Resolucion DNCP N°4401/23). Favor subsanar, ajustarse al Art. 40 inc “d” de la Resolucion DNCP N° 230/25, vigente desde el 17/02/2025.//
2) Dictame técnico: Observamos normativa derogada en el documento remitido ( Decreto N° 9823/23 y Resolucion DNCP N° 453/24). Favor subsanar, ajustarse al Art. 40 inc “a” de la Resolucion DNCP N° 230/25, vigente desde el 17/02/2025. //
3) Datos para la identificación del sitio de obras: Favor indcar el nombre las calles y/o lotes donde seran ejecutadas las obras (lote 1,2,3,4,5,6).//
4) Alcance y descripción de las obras: Solicitamos a la convocante cargar a demás de las EETT, también el COMPUTO MÉTRICO en el pliego. Recordamos a la convocante que esta sección constituye el detalle de sus respectivas EETT y COMPUTO MÉTRICO de manera clara y precisa para que el oferente pueda elaborar su oferta.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
Porductos/Bienes/servicios: Observamos que la descripcion utilizada corresponde a bienes, por lo que el codigo de catalogo utlizado difiere. Considerando que el proceso corresponde a OBRAS, favor replantear la carga de todos los lotes, ( es decir Arena Lavada, Piedra Bruta, Cemento/ Maquinarias, corresponde a bienes).//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.