Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
08-04-2025 - 17:00
Fecha de Fin
14-04-2025 - 09:25
Estado
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Visita Técnica: En el documento se encuentran normativas derogadas ( Resolución DNCP 4401 y Resolución DNCP 453) . Favor ajustarse al Art. 40 de la Resolución DNCP 230/25.//
2) Alcance y descripción de las obras: Favor indicar el computo métrico, recordamos a la convocante que la sección constituye el detalle de los bienes con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT y Computo métrico, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta.//
3) Formas y condiciones de pago: Favor suprimir el Art. 277 de la Ley N°7228, el mismo ya se encuentra derogado en la Ley de presupuesto vigente.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Vigencia del contrato no corresponde
Descripción
Considerando el objeto del llamado, se indica a la convocante que la vigencia del contrato establecida no corresponde.
Comentario
La convocante indica que el proceso será por Contrato abierto, sin embargo, establece en el SICP y en el PBC la vigencia hasta la RECEPCION DEFINITIVA DE LA OBRA.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Visita técnica con posible plazo insuficiente.
Descripción
Atendiendo a la fecha o fechas topes establecidas para las visitas técnicas, se recomienda prorrogar el plazo para realizar las mismas.
Comentario
Se recomienda tener en cuenta los días de Semana Santa, para establecer la fecha de visita técnica, teniendo en cuenta el asueto del día miércoles 16/04/2025, establecido mediante Decreto N° 3705/25.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Comentario
Se verifica discrepancia en la carga de la planilla de precios. Considerando que el proceso posee el atributo de Contrato Abierto, favor ajustar la carga.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
