Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y convenios modificatorios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
1. La Lic. Guillermina Fleitas Insfrán, Jefa del Departamento de Medicina Laboral (DRH/DML), solicita el presente llamado a Licitación Pública Nacional.
2. El pedido obedece a la necesidad de contar con el servicio de determinación de bifenilos policlorados (PCBs) en Sangre y Orina, puesto que el efecto que se observa más comúnmente en gente expuesta a grandes cantidades de BPCs son efectos a la piel como acné o salpullido. Estudios en trabajadores expuestos han observado alteraciones en la sangre y la orina que pueden indicar daño al hígado.
3. Se trata de un llamado periódico.
4. Las especificaciones técnicas tratan de identificar efectos en funcionarios que estuvieron expuestos al aceite askarel, una sustancia química altamente perjudicial para el organismo y es para resguardar la Salud de los mismos que la Empresa trata de evacuar cualquier tipo de responsabilidad de la misma y por ello se trata de realizar unas especificaciones técnicas acordes al requerimiento.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las características técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT sirven de referencia para verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”, remitiendo la aclaración respectiva. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo a la de Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta datos sobre una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá detallar la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
LOTE N° 1: Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) - Área Metropolitana
Ítem |
Descripción |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs)en Sangre, por Cromatografía de Gases acopiada a espectrometría de Masa (GC/MS) - Área Metropolitana. |
DRH/DML/001/2025 |
LOTE N° 2: Análisis de Sangre y Orina para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) ZONA DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA.
Ítem |
Descripción |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) en sangre por Cromatografía de Gases acoplada a espectrometría de Masa (GC/MS) Departamento de Alto Paraná |
DRH/DML/001/2025 |
2 |
Análisis de Orina para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) en sangre por Cromatografía de Gases acoplada a espectrometría de Masa (GC/MS) Departamento de Alto Paraná |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS N° DRH/DML/001/2025
Servicio de Laboratorio de Análisis Especiales, para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) cuantitativo en sangre y orina
1. OBJETIVO:
La presente especificación técnica tiene por objeto establecer los requerimientos que el Proveedor deberá tener en cuenta para prestar el Servicio de Determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) en Sangre y Orina.
2. ORIENTACIÓN DEL LLAMADO:
El presente llamado está orientado específicamente a los centros médicos y/o laboratorios que cuenten con las habilitaciones y acreditaciones que se requieren para cada ítem.
3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:
LOTE N° 1: Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) Área Metropolitana
ITEM N° 1: Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs)en Sangre, por Cromatografía de Gases acopiada a espectrometría de Masa (GC/MS) - Área Metropolitana.
La extracción y/o recolección de muestras se realizará durante la vigencia del contrato a requerimiento de la Unidad Administradora del Contrato, estará a cargo del Proveedor y se realizará en la sede del laboratorio del mismo, donde concurrirán las personas (funcionarios de la ANDE) designadas por la Unidad Administradora del Contrato.
LOTE N° 2: Análisis de Sangre y Orina para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) ZONA DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA.
ITEM N° 1: Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) en sangre por Cromatografía de Gases acoplada a espectrometría de Masa (GC/MS) Departamento de Alto Paraná
La extracción y/o recolección de muestras estará a cargo del Proveedor, se realizará en la Sede de la Central Acaray en el Departamento encargado del mismo durante la vigencia del contrato, en un solo día cuya fecha será determinada por la Unidad Administradora del Contrato y comunicada al Proveedor.
Los gastos de traslado estarán a cargo del Proveedor.
ITEM N° 2: Análisis de Orina para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) en orina por Cromatografía de Gases acoplada a espectrometría de Masa (GC/MS) Departamento de Alto Paraná.
La extracción y/o recolección de muestras estará a cargo del Proveedor, se realizará en la Sede de la Central Acaray en el Departamento encargado del mismo durante la vigencia del contrato, en un solo día cuya fecha será determinada por la Unidad Administradora del Contrato y comunicada al Proveedor.
Los gastos de traslado estarán a cargo del Proveedor.
4. CONDICIONES GENERALES:
4.1. La Unidad Administradora del Contrato, a través del Departamento de Medicina Laboral, comunicará por medio de una Orden de Entrega emitida a través del SAP de la ANDE al Proveedor, la nómina de personas (Funcionarios de la ANDE) que serán sometidas a la realización de los análisis de Bifenilos Policlorados (PCBs), el lugar donde se realizará la extracción de muestras y aclarando si la determinación será en plasma y/o orina.
4.2. La Unidad Administradora del Contrato no reconocerá, y por lo tanto no abonará al Proveedor, los análisis laboratoriales que no fueren solicitados por la Unidad Administradora del Contrato (Departamento de Medicina Laboral de la ANDE) en la forma indicada precedentemente.
4.3. El Proveedor remitirá a la Unidad Administradora del Contrato (Departamento de Medicina laboral de la ANDE) un Informe que deberá contener los resultados de los análisis laboratoriales, de acuerdo al Listado de Funcionarios que se indica en la Orden de Entrega, en dos ejemplares debidamente suscritos por el Proveedor y presentar en un sobre cerrado a la Unidad Administradora del Contrato ( Dpto. de Medicina Laboral de la ANDE, sito Sede Central de la ANDE, Avda. España N° 1268 esquina Padre Cardozo - Barrio Las Mercedes).
4.4. El Proveedor garantizará la entrega de los resultados en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles a partir de la toma de muestras (Sangre y/o Orina).
4.5. El Proveedor deberá contar con la habilitación del laboratorio, expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
4.6. El Proveedor deberá estar acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación (ONA) del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, como laboratorio de ensayo conforme a la Norma ISO/IEC 17025:2005, en el alcance de Bifenilos Policlorados en sangre y orina a través de Cromatografía de gases acoplada a Espectrometría de Masa (GC/MS).
5. CANTIDAD ESTIMADA DE RECOLECCIÓN DE MUESTRAS Y ANALISIS DE BIFENILOS POLICLORADOS (PCBs):
LOTE N° 1: Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) Área Metropolitana.
ITEM N° 1: Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs)en Sangre, por Cromatografía de Gases acopiada a espectrometría de Masa (GC/MS) Área Metropolitana
La extracción y/o recolección de muestras se realizará durante la vigencia del contrato a requerimiento de la Unidad Administradora del Contrato, estará a cargo del Proveedor y se realizará en la sede del laboratorio del mismo, donde concurrirán las personas (Funcionarios de la ANDE) designadas por la Unidad Administradora del Contrato.
LOTE N° 2: Análisis de Sangre y Orina para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) ZONA DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA.
ITEM N° 1: Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) en sangre por Cromatografía de Gases acoplada a espectrometría de Masa (GC/MS) Departamento de Alto Paraná
La extracción y/o recolección de muestras estará a cargo del Proveedor, se realizará una sola vez durante la vigencia del contrato en la Sede de la Central Acaray en el Departamento encargado del mismo. Los gastos de traslado estarán a cargo del Proveedor.
ITEM N° 2: Análisis de Orina para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) en orina por Cromatografía de Gases acoplada a espectrometría de Masa (GC/MS) Departamento de Alto Paraná.
La extracción y/o recolección de muestras estará a cargo del Proveedor, se realizará una sola vez durante la vigencia del contrato en la Sede de la Central Acaray en el Departamento encargado del mismo. Los gastos de traslado estarán a cargo del Proveedor.
6. INFORME DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
A partir de la firma del contrato y por el término de un (1) año, el Proveedor entregará a la Unidad Administradora del Contrato un Informe conforme a cada Orden de Entrega emitidas a través del SAP de la ANDE.
En procedimientos de Menor Cuantía, la aplicación de la preferencia reservada a las MIPYMES prevista en el artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas" será de conformidad con las disposiciones que se emitan para el efecto. Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 7444/25 QUE MODIFICA LA LEY Nº 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
LOTE N° 1: Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) Área Metropolitana
Ítem |
Descripción |
Unidad de Medida |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) Final(es) de Ejecución de los Servicios |
1 |
Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs)en Sangre, por Cromatografía de Gases acopiada a espectrometría de Masa (GC/MS) Área Metropolitana. |
Unidad |
(*) |
(**) |
Lote 2: Análisis de Sangre y Orina para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) ZONA DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA.
Ítem |
Descripción |
Unidad de Medida |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) Final(es) de Ejecución de los Servicios |
1 |
Análisis de Sangre para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) en sangre por Cromatografía de Gases acoplada a espectrometría de Masa (GC/MS) Departamento de Alto Paraná |
Unidad |
(*) |
(**)
|
2 |
Análisis de Orina para determinación de Bifenilos Policlorados (PCBs) en orina por Cromatografía de Gases acoplada a espectrometría de Masa (GC/MS) Departamento de Alto Paraná. |
Unidad |
(*) Lugar donde los servicios serán prestados: El servicio solicitado será en laboratorios establecidos por el Proveedor en Asunción, Área Metropolitana y en Alto Paraná de conformidad a lo establecido en las Especificaciones Técnicas.
(**) Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios: Doce (12) meses contados a partir de la firma del contrato.
Observación: El inicio del cómputo del plazo de entrega de los servicios será a partir de la fecha de recepción de la Orden de Entrega al Proveedor emitida por parte de la Unidad Administradora del Contrato a través del Sistema SAP.
El cómputo del plazo de ejecución será conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas, la entrega de los resultados será en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles a partir de la toma de muestras (Sangre y/o Orina).
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
El control del cumplimiento de las obligaciones del Proveedor estará a cargo de la Unidad Administradora del Contrato.
Las inspecciones y pruebas se realizarán conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas, si los mismos se ajustan a las características generales y técnicas consignadas en las Especificaciones Técnicas de la Convocante.
El Proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los servicios o de parte de ellos, ni la presencia de la Contratante o de su representante, ni la emisión de informes de resultados de pruebas, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del Contrato. Garantizar que los fondos obtenidos de una licitación pública no sean destinados a fines ilícitos y Observar y Respetar el Código de Ética Institucional de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), publicado en www.ande.gov.py.
Inspecciones de la Contratante:
Una vez que el Proveedor haya cumplido con lo establecido en el Plan de Entregas en el lugar indicado en el mismo, se procederá a una inspección y verificación de los bienes y/o servicios, con los documentos pertinentes.
Documentos de Recepción Definitiva:
La Contratante, a través de la Unidad Administradora del Contrato, verificará que los bienes entregados y/o servicios ejecutados, se hayan ajustado a las Especificaciones Técnicas y demás documentos contractuales, para proceder a la emisión del Informe Mensual de la prestación de servicio, a pedido del Proveedor o de oficio, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la entrega efectuada de conformidad al Plan de Entregas del Contrato o sus eventuales prórrogas autorizadas por la Contratante.
Una vez finiquitado la prestación del servicio, la Unidad Administradora del Contrato, efectuará las comprobaciones de que el Proveedor ha cumplido satisfactoriamente con todo lo previsto en los documentos del contrato y emitirá dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, el Acta de Recepción Definitiva.
La emisión del Acta de Recepción Definitiva significará el cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones contractuales, y le dará derecho a solicitar la cancelación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
En caso que el Proveedor incurra en atrasos en la entrega de los bienes y/o servicios y le fuere aplicada la multa correspondiente en el Acta de Recepción Definitiva se dejará constancia de ello.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar indicado en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.