Para el Lote 6, Solicitamos la eliminación del requisito que exige contar con la actividad principal “Desarrollo de software” y una experiencia mínima de dos años en dicho rubro; este requerimiento resulta innecesariamente restrictivo y excluyente, ya que limita la participación de oferentes con amplia trayectoria en el suministro, soporte o implementación de licencias de software, sin necesariamente ser desarrolladores. Dado que el objeto del llamado es la “renovación y actualización de licencias de software”, y el Lote 6 corresponde a una actualización de licencias en su totalidad, no corresponde exigir experiencia en desarrollo, pues los productos provienen directamente del fabricante.
Como se puede notar en una de las solicitudes del mismo lote “El soporte y actualización deberán incluir las capacitaciones necesarias y el acompañamiento por parte del Fabricante y/o representante de la misma”, es claro que los servicios conexos a la renovación son realizados a través del fabricante y/o representante, por lo que la exigencia para el oferente de ser “desarrollador”, es incompatible con lo realmente solicitado en este Lote.
Esta solicitud ya fue realizada en consultas previas, sin embargo, fue ignorada por la convocante con una respuesta que indica la remisión al PBC.
Para el Lote 6, Solicitamos la eliminación del requisito que exige contar con la actividad principal “Desarrollo de software” y una experiencia mínima de dos años en dicho rubro; este requerimiento resulta innecesariamente restrictivo y excluyente, ya que limita la participación de oferentes con amplia trayectoria en el suministro, soporte o implementación de licencias de software, sin necesariamente ser desarrolladores. Dado que el objeto del llamado es la “renovación y actualización de licencias de software”, y el Lote 6 corresponde a una actualización de licencias en su totalidad, no corresponde exigir experiencia en desarrollo, pues los productos provienen directamente del fabricante.
Como se puede notar en una de las solicitudes del mismo lote “El soporte y actualización deberán incluir las capacitaciones necesarias y el acompañamiento por parte del Fabricante y/o representante de la misma”, es claro que los servicios conexos a la renovación son realizados a través del fabricante y/o representante, por lo que la exigencia para el oferente de ser “desarrollador”, es incompatible con lo realmente solicitado en este Lote.
Esta solicitud ya fue realizada en consultas previas, sin embargo, fue ignorada por la convocante con una respuesta que indica la remisión al PBC.
Con relación a las especificaciones técnicas correspondientes al llamado "ADQUISICIÓN DE SERVICIOS DE INFORMÁTICA Y LICENCIAS SOFTWARE", estas han sido formuladas para atender necesidades específicas de la convocante que garanticen la continuidad operativa y la plena compatibilidad con la plataforma e infraestructura tecnológica existente en la Institución. Se amplía el requerimiento del Lote 6 a las siguientes actividades a ser verificadas en el objeto de la constitución de la empresa o en el RUC indistintamente: "actividades de tecnología de la información y servicios informáticos", "actividades relacionadas con la prestación de servicios y venta de equipos de tecnología, informática y software", "Desarrollo de Software". Se aclara que no es necesario que la actividad figure como principal, siendo reconocida de manera indistinta que se verifique en el objeto de la constitución como en las actividades del RUC. Ver adenda 02.
12
CAPACIDAD TÉCNICA
Para el Lote 6, Solicitamos la eliminación de la exigencia de que el oferente “pertenezca al rubro de desarrollo de software” o que dicha actividad figure como principal en el RUC; este criterio carece de fundamento técnico y contradice los principios de libre concurrencia e igualdad de condiciones y oportunidades previstos en la Ley N° 7021/22 de Suministros y Contrataciones Públicas; la capacidad técnica debe medir la idoneidad para suministrar, instalar, actualizar o implementar las licencias requeridas, no por el rubro declarado ante la administración tributaria.
Esta solicitud ya fue realizada en consultas previas, sin embargo, fue ignorada por la convocante con una respuesta que indica la remisión al PBC.
Para el Lote 6, Solicitamos la eliminación de la exigencia de que el oferente “pertenezca al rubro de desarrollo de software” o que dicha actividad figure como principal en el RUC; este criterio carece de fundamento técnico y contradice los principios de libre concurrencia e igualdad de condiciones y oportunidades previstos en la Ley N° 7021/22 de Suministros y Contrataciones Públicas; la capacidad técnica debe medir la idoneidad para suministrar, instalar, actualizar o implementar las licencias requeridas, no por el rubro declarado ante la administración tributaria.
Esta solicitud ya fue realizada en consultas previas, sin embargo, fue ignorada por la convocante con una respuesta que indica la remisión al PBC.
Con relación a las especificaciones técnicas correspondientes al llamado "ADQUISICIÓN DE SERVICIOS DE INFORMÁTICA Y LICENCIAS SOFTWARE", estas han sido formuladas para atender necesidades específicas de la convocante que garanticen la continuidad operativa y la plena compatibilidad con la plataforma e infraestructura tecnológica existente en la Institución. Se amplía el requerimiento para el Lote 6 a las siguientes actividades a ser verificadas en el objeto de la constitución de la empresa o en el RUC indistintamente:" actividades de tecnología de la información y servicios informáticos", "actividades relacionadas con la prestación de servicios y venta de equipos de tecnología, informática y software", "Desarrollo de Software". Se aclara que no es necesario que la actividad figure como principal, siendo reconocida de manera indistinta que se verifique en el objeto de la constitución como en las actividades del RUC. Ver adenda 02.
13
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Especificaciones técnicas – LOTE 6: Solicitamos la eliminación inmediata del punto relativo a la Propiedad Intelectual incluido en las especificaciones técnicas del Lote 6, donde se dispone que “todo código fuente del software o versión de software resultante del proceso licitatorio será de libre disposición por parte de la Policía Nacional” y que “el código fuente versionado deberá alojarse en los repositorios oficiales de la Policía Nacional y del MITIC”.
Dicho requerimiento es técnica y jurídicamente improcedente, ya que el objeto del lote es la renovación y actualización de licencias de software existentes, no el desarrollo de nuevo software. En consecuencia, no existe código fuente sobre el cual pueda reclamarse titularidad o transferencia de derechos, puesto que se trata de productos licenciados por terceros, cuya propiedad intelectual pertenece exclusivamente a sus fabricantes.
Mantener esta exigencia no solo desnaturaliza el objeto del llamado, sino que además viola derechos de propiedad intelectual y genera incompatibilidades legales con las condiciones de licencia de los fabricantes. Por tanto, solicitamos que la convocante elimine en su totalidad toda referencia a cesión, transferencia o repositorios de código fuente, adecuando el pliego a la verdadera naturaleza del lote y garantizando un proceso conforme a la ley y a los principios de razonabilidad y libre concurrencia.
Esta solicitud es una reiteración de lo ya ignorado por la Convocante, indicando en la respuesta anterior “ver adenda 01”, adenda en la cual no realizan modificación alguna.
Especificaciones técnicas – LOTE 6: Solicitamos la eliminación inmediata del punto relativo a la Propiedad Intelectual incluido en las especificaciones técnicas del Lote 6, donde se dispone que “todo código fuente del software o versión de software resultante del proceso licitatorio será de libre disposición por parte de la Policía Nacional” y que “el código fuente versionado deberá alojarse en los repositorios oficiales de la Policía Nacional y del MITIC”.
Dicho requerimiento es técnica y jurídicamente improcedente, ya que el objeto del lote es la renovación y actualización de licencias de software existentes, no el desarrollo de nuevo software. En consecuencia, no existe código fuente sobre el cual pueda reclamarse titularidad o transferencia de derechos, puesto que se trata de productos licenciados por terceros, cuya propiedad intelectual pertenece exclusivamente a sus fabricantes.
Mantener esta exigencia no solo desnaturaliza el objeto del llamado, sino que además viola derechos de propiedad intelectual y genera incompatibilidades legales con las condiciones de licencia de los fabricantes. Por tanto, solicitamos que la convocante elimine en su totalidad toda referencia a cesión, transferencia o repositorios de código fuente, adecuando el pliego a la verdadera naturaleza del lote y garantizando un proceso conforme a la ley y a los principios de razonabilidad y libre concurrencia.
Esta solicitud es una reiteración de lo ya ignorado por la Convocante, indicando en la respuesta anterior “ver adenda 01”, adenda en la cual no realizan modificación alguna.
Se solicita al potencial oferente remitirse a la Adenda 2.
14
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Para el Lote 6: Solicitamos la eliminación total del requerimiento que exige la presentación de un “Informe de entrega y evidencias de control de calidad”, donde el oferente deba declarar pruebas realizadas y detallar funcionalidades entregadas.
Este requisito es incongruente con el objeto del Lote 6, que se limita exclusivamente a la renovación y actualización de licencias de software existentes, sin desarrollo, implementación ni entrega de nuevas funcionalidades. Por tanto, no corresponde exigir pruebas, evidencias ni informes de control de calidad, ya que no se trata de un producto nuevo ni de un proceso de desarrollo.
Mantener esta exigencia constituye una barrera técnica infundada, que distorsiona el alcance del llamado y afecta la libre concurrencia, al imponer condiciones ajenas a la naturaleza del bien requerido. En consecuencia, solicitamos su eliminación inmediata del pliego para adecuar el requerimiento al objeto real del lote.
Esta solicitud es una reiteración de lo ya ignorado por la Convocante, indicando en la respuesta anterior “ver adenda 01”, adenda en la cual no realizan modificación alguna.
Para el Lote 6: Solicitamos la eliminación total del requerimiento que exige la presentación de un “Informe de entrega y evidencias de control de calidad”, donde el oferente deba declarar pruebas realizadas y detallar funcionalidades entregadas.
Este requisito es incongruente con el objeto del Lote 6, que se limita exclusivamente a la renovación y actualización de licencias de software existentes, sin desarrollo, implementación ni entrega de nuevas funcionalidades. Por tanto, no corresponde exigir pruebas, evidencias ni informes de control de calidad, ya que no se trata de un producto nuevo ni de un proceso de desarrollo.
Mantener esta exigencia constituye una barrera técnica infundada, que distorsiona el alcance del llamado y afecta la libre concurrencia, al imponer condiciones ajenas a la naturaleza del bien requerido. En consecuencia, solicitamos su eliminación inmediata del pliego para adecuar el requerimiento al objeto real del lote.
Esta solicitud es una reiteración de lo ya ignorado por la Convocante, indicando en la respuesta anterior “ver adenda 01”, adenda en la cual no realizan modificación alguna.