Datos de la Verificación
Usuario Verificador
mosorio
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
23-06-2025 - 11:33
Fecha de Fin
26-06-2025 - 14:04
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Balances y otros documentos del último ejercicio fiscal tiene cierre al 30 de junio
Descripción
Verificado el llamado de referencia se observa en los requisitos de Capacidad financiera, no se ajustan a las reglamentaciones vigentes en materia tributaria,
se solicita subsanar, atendiendo que los mismos constituyen requisitos aplicables para analizar el margen de solvencia, patrimonio propio no comprometido,
fondo de garantía y disponibilidades. Esta misma observación es aplicable a los documentos adicionales.
Comentario
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
Ponemos a conocimiento de la convocante que cuando es Contrato Abierto por monto y el Sistema de Adjudicación es por el Total, no debe establecer montos mínimos y máximos en la planilla del SICP, se solicita subsanar.//
*Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes: El pago será realizado a contra
certificado posterior a la presentación de la factura correspondiente, nota de remisión, certificado de cumplimiento
tributario vigente, copia de última declaración de IVA, de acuerdo a las cantidades suministradas en el Orden de Servicio
según los precios unitarios fijados en contrato. a través de la Secretaria de Finanzas. Artículo 277. Durante el Ejercicio
Fiscal del año 2024, la tasa fijada en el artículo 63 de la Ley N° 7021/2022 DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS
del 0,4% (cero coma cuatro por ciento), para la contribución de la implementación de las Contrataciones Públicas (SICP),
se fijará en 0,5% (cero coma cinco por ciento). La recaudación correspondiente a la diferencia del 0,1% (cero coma uno por
ciento), se destinará al financiamiento del presupuesto del Ministerio de la Defensa Pública y del Ministerio de Justicia. Se solicita subsanar, conforme al ar 53 de la Ley 7021.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Codigo de Catalogo Incorrecto.
Descripción
En el SICP, el “Código de Catálogo” indicado no corresponde al bien/servicio requerido, solicitamos utilizar el código correcto de acuerdo al Catálogo difundido en el sistema.
Comentario
*Se recuerda a la convocante que la mano de obra cuenta con su propio código de catalogo, se solicita subsanar.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
No carga el porcentaje en el SICP y en el pliego si establece
Descripción
Se solicita establecer en el SICP el porcentaje de anticipo, considerando que en las bases contractuales del pliego/carta se previó la utilizacion del mismo.
Comentario
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Dictamen deficiente
Descripción
Se solicita ampliar las justificaciones del supuesto expuesto en el dictamen remitido.
Comentario
*El Dictamen remitido no cuenta con aclaración de firma, se solicita subsanar.//
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Comentario
*Se recuerda que la estimación de los precios referenciales son realizados bajo la exclusiva responsabilidad de la convocante, las cuales deben velar porque los mismos sean acordes a los precios establecidos u obtenidos en el mercado.//
Tema
PROPIAS DE LA SBE
Sección
Datos del SICP
Situación
El período de validez de la garantía de mantenimiento de oferta no coincide con lo establecido en el SICP.
Descripción
El período de validez de la garantía de mantenimiento de oferta no coincide con lo establecido en el SICP, se solicita subsanar.
Comentario
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.