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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
01-09-2025 - 11:33
Fecha de Fin
03-09-2025 - 17:18
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
REITERACIÓN. Teniendo la actualización de los salarios mínimos y los umbrales de contratación establecidos, tener en cuenta la Circular 15/25 - Umbrales de cada modalidad de contratación: LICITACION MENOR CUANTIA inferiores a Gs. 557.510.000 y LICITACIÓN PUBLICA Desde Gs. 557.510.000. Además recordamos lo establecido en dicha normativa: En la etapa de convocatoria, los llamados comunicados y aún no publicados que impliquen el cambio de tipo de procedimiento por el aumento del valor del jornal mínimo, deberán gestionar la cancelación del proceso en el SICP y podrán ser realizadas hasta antes de la publicación de la convocatoria. Además se toma conocimiento de lo indicado en la nota donde se menciona: "Al respecto, aclaramos que el monto previsto para este proceso es de Gs. 580.000.000, según el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 33, monto que supera el umbral de una Licitación de Menor Cuantía. Cabe mencionar que si bien el monto Referencial, según el antecedente de la estimación de costos es de Gs. 538.583.333, suma estimativa que sirve de indicador" se recuerda a la convocante lo establecido en el artículo 34 Procedimientos convencionales de contratación: "Con base a las estimaciones de costos, las convocantes realizarán las contrataciones a través de procesos competitivos, mediante alguno de los siguientes procedimientos convencionales: a) Licitación Pública; b) Licitación de Menor Cuantía".//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.