Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la Convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “la cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
ÍTEMS |
BIENES ASEGURADOS |
TIPO DE COBERTURA |
SUMA ASEGURADA |
FRANQUICIA |
1 |
Tipo: Camioneta Marca: Mahindra Modelo: PICK-UP Nº de Chapa: EAE 993 Cédula Verde: D/1110069-1 Código Patrimonial Nº 011-03-24-0681 |
Contra todo riesgo |
158.333.334 |
Sin Franquicia |
2 |
Tipo: Camioneta Marca: Mahindra Modelo: PICK-UP Nº de Chapa: EAF 310 Cédula Verde: D/1176305-1 Código Patrimonial Nº 011-03-24-0705 |
Contra todo riesgo |
158.750.000 |
Sin Franquicia |
3 |
Tipo: Camioneta Marca: Mahindra Modelo: PICK-UP Nº de Chapa: HAN 812 Cédula Verde: D/3262591-1 Código Patrimonial Nº 12008-472-132-1123 |
Contra todo riesgo |
96.216.900 |
Sin Franquicia |
4 |
Tipo: Camión Furgón Marca: Hyundai Modelo: PICK-UP N°de Chapa: EAF 374 Cédula Verde: D/1189935-1 Código Patrimonial Nº 011-03-24-0841 |
Contra todo riesgo |
280.000.000 |
Sin Franquicia |
5 |
Tipo: Camioneta Marca: Isuzu Modelo: TFS5YJDLPMDQ-17A048 Nº de Chapa: AAJY051 Cédula Verde: D/3544813-1 Código Patrimonial Nº 12008-03-27-1131 |
Contra todo riesgo |
260.000.000 |
Sin Franquicia |
6 |
Tipo: Camioneta Marca: Isuzu Modelo: D-MAX Nº de Chapa: AALJ001 Cédula Verde: D/3649837-1 Código Patrimonial Nº 12008-03-27-1209 |
Contra todo riesgo |
260.000.000 |
Sin Franquicia |
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
N° |
Normas |
Presentación |
1 |
Casco |
|
1.1 |
Daños Propios Parciales |
Hasta el total de la suma asegurada por vehículo |
1.2 |
Daños Propios Totales |
Hasta el total de la suma asegurada por vehículo |
2 |
Robo y/o Hurto: El Asegurador se obligará a indemnizar el 100% del valor de la suma asegurada por la pérdida total por robo y/o hurto del vehículo, objeto de este seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. La cobertura incluye: los daños causados al vehículo asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, o mientras se encuentre en poder de extraños por el robo del mismo debidamente comprobado mediante la denuncia formulada ante la autoridad policial.- |
Hasta el total de la suma asegurada por vehículo |
3 |
Incendio y accidentes: El Asegurador se obligará a indemnizar el 100% del valor de la suma asegurada por la pérdida o daño parcial y total del vehículo, daños materiales parciales y totales ocasionados al vehículo por la acción directa o indirecta del fuego, ignición, explosión, rayo, granizo, vuelco, despeñamiento, inmersión, roce, choque de o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo, mientras circule, sea transportado o este estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay. |
Hasta el total de la suma asegurada por vehículo |
4 |
Daños por tumulto y/o alboroto popular y/o huelga: 100% del valor del daño ocasionado. |
Hasta el total de la suma asegurada por vehículo |
5 |
Robo de accesorios como ser radio, antena, aire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados. |
Por Evento |
6 |
Daños a accesorios por accidente |
|
6.1 |
Radio, antena |
Por evento hasta Gs. 10.000.000 por cada vehículo |
6.2 |
Aire acondicionado, paragolpes delantero y/o trasero, defensa frontal y trasera, estriberas laterales, posapies, carpa de carrocería, reflectores, tira tráiler, molinete, polarizados y cualquier otro accesorio que este incorporado al vehículo. 100% del valor del daño ocasionado. |
Por evento hasta Gs. 5.000.000 por cada vehículo |
7 |
Responsabilidad Civil |
|
7.1 |
Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte de una persona |
Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por persona |
7.2 |
Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte a dos o más personas |
Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por persona |
7.3 |
Por toda indemnización en concepto de daños o roturas causados a cosas de terceros, ocasionados por el vehículo asegurado, por cada accidente. |
Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 |
7.4 |
Cobertura de gastos médicos para cada persona. |
Por cada evento hasta Gs. 10.000.000 por persona |
8 |
Ocupantes del Vehículo Asegurado |
|
8.1 |
Por la indemnización a los ocupantes del vehículo asegurado hasta un máximo de 5 (cinco) personas en concepto de lesiones corporales, invalidez parcial o total o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado |
Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por ocupante. |
8.2 |
Cobertura de gastos médicos hasta 5 (cinco) ocupantes |
Por cada evento hasta Gs. 10.000.000 por ocupante. |
8.3 |
Muerte o invalidez por robo y/o asalto hasta 5 (cinco) ocupantes. |
Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por ocupante. |
8.4 |
Incapacidad permanente hasta 5 (cinco) ocupantes. |
Por cada evento hasta Gs. 50.000.000 por ocupante. |
9 |
Otras Coberturas Requeridas |
|
9.1 |
Asistencia mecánica con grúa y cerrajería para cada vehículo por cada evento solicitado en todo el Territorio Nacional. |
Por evento. |
9.2 |
Contra fenómenos naturales, incluye granizos y raudales |
Por evento. |
9.3 |
Grúa a cualquier parte del país sin costo adicional por cualquier motivo al solo requerimiento de la convocante, sin restricción de kilometraje 24hs. |
Por evento. |
9.4 |
Asistencia de ambulancia para accidentes de los ocupantes del vehículo de máximo 5 (cinco) ocupantes. |
Por evento. |
9.5 |
Asistencia de ambulancia para accidentes ocasionados a terceras personas. |
Por evento. |
9.6 |
Asesoramiento legal en siniestros por cada evento. |
Por evento. |
9.7 |
Cobertura jurídica por cada evento. |
Por evento. |
9.8 |
Especificar otras coberturas ofrecidas. |
Por cada vehículo |
Detalle de las especificaciones técnicas y de las normas
VALORES A RIESGO
Casco: Incendio
Accidente y Robo Incendio y Accidentes: El asegurador se obligará a indemnizar hasta el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida o daño parcial y total del vehículo, daños materiales parciales o totales ocasionados al vehículo por la acción directa o indirecta del fuego, ignición, explosión, rayo, vuelco, daños por temporales y/o granizo, despeñamiento, inmersión, roce, choque de/o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.
Robo y/o Hurto: El asegurador se obligará a indemnizar el 100 % del valor de la suma asegurada por la pérdida total por robo y/o hurto del vehículo, objeto de este seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. La cobertura incluye: los daños causados al vehículo asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, o mientras se encuentre en poder de extraños por el robo del mismo debidamente comprobado mediante denuncia formulada ante la autoridad policial.
Daños por tumulto y/o alboroto popular y/o huelga: cuando éstos hayan sido causados directamente por personas que tomen parte de un tumulto, alboroto popular o huelga que, revista tales caracteres, como así también por personas que tomen parte en disturbios obreros o por la acción de cualquier autoridad legalmente constituida para reprimir o defenderse de cualquiera de estos hechos.
Daño de los accesorios: Los accesorios como ser: radio, antena y aire acondicionado:
LA COBERTURA DEBE INCLUIR:
OBSERVACIONES:
ACCIDENTES PERSONALES
El asegurador deberá indemnizar en el caso de que los ocupantes (Conductor y Acompañantes) del vehículo asegurado que sufran lesiones corporales, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado. A los efectos de esta cobertura se entiende por:
Ocupante: es la persona física que viaja transportada, en los lugares habilitados reglamentariamente para la ubicación del chofer y acompañantes, en el vehículo automotor.
Accidente: se considera accidente cubierto a todo vuelco, despeñamiento o inmersión, incendio, roce o choque con otros vehículos, personas, animales o por la acción repentina de cualquier otro agente externo, que involucre al vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.
RESPONSABILIDAD CIVIL:
Por toda indemnización que el asegurado tuviera que pagar en concepto de Daños personales y/o materiales causados a terceros transportados y ocasionados por el vehículo asegurado o por la carga transportada por el mismo vehículo y de acuerdo a lo siguiente:
a. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte de una persona.
b. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte a dos o más personas.
c. Por toda indemnización en concepto de daños o roturas causados a cosas de terceros, ocasionados por el vehículo asegurado, por cada accidente.
PORCENTAJES DE INDEMNIZACIÓN PARA ACCIDENTES PERSONALES Y RESPONSABILIDAD CIVIL
-Muerte o incapacidad total de por vida-Físico o mental: 100%
-Pérdida de ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos: 100%
-Pérdida de una mano o de un pie y la vista de un ojo: 100%
-Pérdida total de la audición de ambos oídos: 80%
-Pérdida total de una mano o de un pie: 80%
-Pérdida total de un sentido o un órgano no especificado: 50%
-Pérdida total de la vista de un ojo: 50%
-Deformación del rostro: 50%
-Debilitamiento permanente de un órgano o de un sentido no especificado.: 50%
-Pérdida total del pulgar y del índice de cualquiera de las manos: 50%
-Pérdida total del pulgar de cualquiera de las manos: 50%
-Pérdida total de cualquiera de los demás dedos de las manos: 30%
-Pérdida total de cualquiera de los dedos de un pie: 30%
Por pérdida total: se entiende aquella que tiene lugar por la amputación o por la inhabilitación funcional total y definitiva del miembro u órgano lesionado.
La pérdida parcial de los miembros u órganos será indemnizada en proporción a la reducción definitiva de la respectiva capacidad funcional.
Con la pérdida parcial de los miembros u órganos, se sumarán los porcentajes correspondientes a cada miembro u órgano perdido, sin que la indemnización total pueda exceder el 100% de la indemnización máxima.
Para otros casos de incapacidad no previstos en lo mencionado anteriormente, será establecido según diagnóstico médico.
El asegurador se hará cargo de los gastos médicos, farmacéuticos y hospitalarios incurridos o debidos por el asegurado, realizados para la curación de las heridas o lesiones sufridas por el (los) ocupantes(s) como consecuencia de algún daño cubierto, hasta el límite de la suma asegurada para asistencia médica.
PLAN DE ENTREGA
Una vez firmado el contrato la convocante emitirá las órdenes de servicio entre los 5 (cinco) y 30 (treinta) días hábiles posteriores a la firma del mismo, una vez recepcionado la orden de servicio, la empresa tendrá un plazo máximo de 05 (cinco) días hábiles para la presentación de las pólizas. -
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
La aseguradora que haya ganado el procedimiento de contratación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia)..
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Acta de Recepción N°1 |
Acta de Recepción N°1 |
De acuerdo a la emisión de la orden de servicio*, 5 (cinco) días hábiles a partir de la recepción de la orden de servicio por parte del proveedor |
Acta de Recepción N°2 |
Acta de Recepción N°2 |
|
Acta de Recepción N°x |
Acta de Recepción N°x |
|
Acta de Recepción N°12 |
Acta de Recepción N°12 |
*La Orden de Servicio (OS) podrá ser remitida por la Convocante al oferente adjudicado por correo electrónico en formato PDF y avisando que la misma se encuentra disponible para ser retirada físicamente. En el caso de que el proveedor no hiciera efectivo el retiro de la orden de compra en el primer día hábil siguiente a la comunicación realizada por correo electrónico, se procederá a fecharlas, contándose esta como fecha de recepción de la orden por parte del proveedor.
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.