Considerando la importancia de garantizar la calidad y el adecuado funcionamiento de los equipos de impresión del ente, solicitamos puedan considerar incluir la Autorización del Fabricante para los lotes: 1-4-7-8-9-10-11-12-13-15-16-17-19-21-22-27-28-30-33-36-37. Esto aseguraría la autenticidad y procedencia de los tóneres, evitando posibles inconvenientes con productos no certificados que, al no estar certificados por la marca de la impresora, estos podrían con el tiempo dañar el equipo y generalmente no poseen un rendimiento óptimo certificado por la marca de la impresora.
Considerando la importancia de garantizar la calidad y el adecuado funcionamiento de los equipos de impresión del ente, solicitamos puedan considerar incluir la Autorización del Fabricante para los lotes: 1-4-7-8-9-10-11-12-13-15-16-17-19-21-22-27-28-30-33-36-37. Esto aseguraría la autenticidad y procedencia de los tóneres, evitando posibles inconvenientes con productos no certificados que, al no estar certificados por la marca de la impresora, estos podrían con el tiempo dañar el equipo y generalmente no poseen un rendimiento óptimo certificado por la marca de la impresora.
En atención a la consulta formulada, esta UOC 2 manifiesta que la convocante mantiene los criterios establecidos en (Datos de Convocatoria, Autorización de Fabricante), así mismo se solicita respetuosamente se ajusten al Pliego de Bases y Condiciones Electrónico publicado en el Portal de Contrataciones Públicas, en razón de que las mismas serán evaluadas en bases a las Especificaciones Técnicas solicitadas.
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Para los lotes: Lote 26 TEE y Lote 34 HOSPITAL DEL EJERCITO. Autorización.
Sugerimos que para los lotes 26 y 34 respectivamente de toners de la marca Pantum pueda ser requerida la autorización del fabricante, de manera a demostrar efectivamente la autorización para la comercializar de los bienes en la República del Paraguay, cabe resaltar la importancia de adquirir los bienes requeridos por los canales oficiales de distribución en el país, garantizando por este medio la calidad, el rendimiento y por sobretodo la garantía de los mismos, los cuales fueron remitidos al Paraguay por el fabricante para su venta, evitando el comercio informal de proveedores eventuales que ingresan productos de cualquier origen no destinados a nuestro territorio y sin ofrecer una garantía real o sin poder brindar los mejores tiempos de respuesta, aspectos que solo un canal oficial los puede brindar.
28-04-2025
29-04-2025
Para los lotes: Lote 26 TEE y Lote 34 HOSPITAL DEL EJERCITO. Autorización.
Sugerimos que para los lotes 26 y 34 respectivamente de toners de la marca Pantum pueda ser requerida la autorización del fabricante, de manera a demostrar efectivamente la autorización para la comercializar de los bienes en la República del Paraguay, cabe resaltar la importancia de adquirir los bienes requeridos por los canales oficiales de distribución en el país, garantizando por este medio la calidad, el rendimiento y por sobretodo la garantía de los mismos, los cuales fueron remitidos al Paraguay por el fabricante para su venta, evitando el comercio informal de proveedores eventuales que ingresan productos de cualquier origen no destinados a nuestro territorio y sin ofrecer una garantía real o sin poder brindar los mejores tiempos de respuesta, aspectos que solo un canal oficial los puede brindar.
En atención a la consulta formulada, esta UOC 2 manifiesta que la convocante mantiene los criterios establecidos en (Datos de Convocatoria, Autorización de Fabricante), así mismo se solicita respetuosamente se ajusten al Pliego de Bases y Condiciones Electrónico publicado en el Portal de Contrataciones Públicas, en razón de que las mismas serán evaluadas en bases a las Especificaciones Técnicas solicitadas.
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Para los lotes: 6, 18, 21, 25, 26, 29, 32, 34, 35 y 38. Originalidad.
Entendemos que los toners de las marcas Canon y Pantum deben ser originales de la misma marca que los equipos, solicitamos aclarar si nuestra apreciación es correcta. Teniendo en cuenta que es de suma importancia que sean adquiridos insumos originales de la misma marca que los equipos, garantizando la calidad del mismo y salvaguardar la integridad de la impresora, por lo que cabe destacar que la utilización de un tóner “Compatible” generalmente ocasionan inconvenientes a los equipos.
28-04-2025
29-04-2025
Para los lotes: 6, 18, 21, 25, 26, 29, 32, 34, 35 y 38. Originalidad.
Entendemos que los toners de las marcas Canon y Pantum deben ser originales de la misma marca que los equipos, solicitamos aclarar si nuestra apreciación es correcta. Teniendo en cuenta que es de suma importancia que sean adquiridos insumos originales de la misma marca que los equipos, garantizando la calidad del mismo y salvaguardar la integridad de la impresora, por lo que cabe destacar que la utilización de un tóner “Compatible” generalmente ocasionan inconvenientes a los equipos.
En atención a la consulta formulada, se confirma que la apreciación es correcta: los tóners requeridos para los equipos de impresión marca Canon y Pantum deben ser originales y de la misma marca que los equipos, conforme a lo establecido en las especificaciones técnicas del llamado.
Cabe destacar que, si bien el artículo 4º de la Ley N.º 7021/22 "De Contrataciones Públicas" establece el principio de igualdad y libre competencia, el mismo no impide que la entidad contratante pueda establecer especificaciones técnicas precisas cuando estas estén debidamente justificadas y sean necesarias para garantizar el cumplimiento adecuado del objeto contractual.