Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  •   Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado
    Nombre y cargo: Mag. Miguel Adorno López Director General
    Dependencia: Dirección General de Gestión y Desarrollo de Personas.
    •    Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
    La contratación del Seguro médico es de vital importancia para los funcionarios que prestan servicios en la Institución, por lo que se realiza a fin de salvaguardar la salud y la vida misma de cada uno, así como garantizar la continuidad del seguro médico prepago integral a los funcionarios del Ministerio de Desarrollo Social y Adherentes cubriendo las necesidades médicas más cotidianas, y también asistencia en casos de mayor complejidad de acuerdo a lo requerido en las especificaciones técnicas.

    •    Justificar la planificación
    Se trata de una convocatoria periódica.  

    •    Justificar las especificaciones técnicas establecidas
    El seguro médico garantiza el acceso a servicios de salud de calidad a los funcionarios y sus familias, lo que contribuye a su bienestar físico y mental. Es así que, todos los requerimientos de la convocatoria para la contratación del seguro médico están elaborados con criterios de razonabilidad, objetividad e imparcialidad, cuyas especificaciones técnicas fueron elaboradas en base a las experiencias de uso del contrato de seguro vigente, así como en base a las necesidades de salud de cada funcionario, considerando su grupo familiar, edad de los mismos, afecciones, entre otros y las estadísticas de eventos sucedidos a lo largo de los últimos años.

     

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
BENEFICIARIOS (Titular):
Funcionarios de planta, permanentes, contratados, y comisionados del MDS que prestan servicios en otras instituciones, así como comisionados al MDS que prestan servicios dentro de la institución, incluido su grupo familiar.

Se entenderá por grupo o núcleo familiar:
1. Al titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio civil o por unión concubinaria), sus hijos solteros (sin límite de cantidad por grupo familiar) hasta que cumplan los 20 (veinte) años de edad; niños en situación de guarda siendo el titular parte de familias acogedoras registradas en el Programa Nacional e hijos con discapacidad mental y/o físico sin límite de edad. El divorcio vincular declarado podrá extinguir la calidad de BENEFICIARIO/A. La unión concubinaria se acreditará como válida con la presentación de la copia de la Resolución Judicial del Juzgado competente o Declaración Jurada, formulada ante el Encargado del Registro del Estado Civil, cuando la comunidad de hecho es producto de una efectiva convivencia, durante el tiempo mínimo indicado en la Ley Civil. Durante la vigencia del contrato el titular no podrá sustituir al Beneficiario declarado inicialmente, salvo que contraiga Matrimonio con una persona distinta. Los niños en situación de guarda serán acreditados por Resolución Judicial. Las discapacidades serán determinadas a través del Certificado expedido por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS).

2. Al titular soltero/a serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su padre o madre, siempre que estos titulares no mantuvieran unión concubinaria con una tercera persona (no funcionario) y, sus hijos solteros (sin límite de cantidad), hasta que cumplan los 20 (veinte) años de edad.

3. Al Titular soltero/a sin hijos serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su padre y madre.

4. En caso de existir algún funcionario/a casado/a también con funcionario/a de la Institución, incluyendo al otro funcionario/a al núcleo familiar, ambos funcionarios serán tomados como titular cada uno. Este grupo estará conformado por: su cónyuge ya sea por matrimonio civil o por unión concubinaria, sus hijos/as solteros hasta el día que cumplan 20 (veinte) años; niños en situación de guarda siendo el titular parte de familias acogedoras registradas en el Programa Nacional, los hijos con discapacidad sin límites de edad, y uno de ellos (titular) podrá incluir a su padre o madre. La unión concubinaria se acreditará como válida con la presentación de la una copia de la Resolución Judicial del Juzgado competente o Declaración Jurada, formulada ante el Encargado del Registro del Estado Civil, cuando la comunidad de hecho es producto de una efectiva convivencia, durante el tiempo mínimo indicado en la Ley Civil. Los niños en situación de guarda serán acreditados por Resolución Judicial. Las discapacidades serán determinadas a través del Certificado expedido por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS).

5. Los Recién Nacidos del Titular y de su cónyuge tienen cobertura inmediata desde que le fuera comunicado el advenimiento a la prestadora del servicio, será suficiente prueba el Certificado de Nacido Vivo para el efecto.

•    El MDS por medio de la DGGDP se reserva el derecho de excluir a funcionarios del MDS comisionados a otras instituciones, que cuenten con Seguro Médico en las instituciones en la cuales prestan servicios. 

ADHERENTES: 
Con costo y a cuenta exclusiva del titular para aquellos beneficiarios que no se encuentren incluidos en el grupo detallado anteriormente.
Los titulares podrán solicitar la incorporación de adherentes. El pago por la cobertura de adherentes correrá por cuenta exclusiva del Beneficiario Titular, cuyo monto deberá ser conforme al siguiente detalle:
A) El padre y la madre del titular, con una prima del 75% del contrato que será abonado por cada adherente incorporado.
B) Los hijos solteros del titular a partir de 20 (veinte) años de edad, hasta el día que cumplan 25 (veinticinco) años, prima igual al 60% del costo establecido para el titular de este contrato, por cada adherente incorporado.

OBSERVACIONES GENERALES:
a.    Todos los beneficiarios, cónyuges, hijos u otras personas dependientes y adherentes, tendrán los mismos derechos de cobertura que figuran en el contrato; a excepción de la maternidad, que será exclusivamente para la titular o cónyuge del titular.
b.    En todos los casos, el recién nacido será considerado como parte del núcleo familiar de forma inmediata y automática, y contará con el 100% de las coberturas contempladas para el beneficiario.
c.    Las incorporaciones de nuevos titulares deberán ser realizada por la contratante dentro de los primeros 10 (diez) días de cada mes para su incorporación al servicio. Las comunicaciones de las inclusiones de los titulares serán realizadas por el Ministerio de Desarrollo Social, la cobertura de los servicios será inmediata una vez entregados los carnets al Titular y sus beneficiarios y/o adherentes. El plazo máximo de entrega de los carnets es de 20 (veinte) días corridos posteriores a la firma del contrato.
d.    Los adherentes permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley.
e.    La opción de incluir adherentes será responsabilidad exclusiva de cada titular y los costos serán abonados por cada titular en forma directa con la prestadora de servicios. El plazo máximo para las incorporaciones de beneficiarios, grupos familiares y adherentes, será hasta 30 (treinta) días corridos posteriores a la firma del contrato.
f.    La prestadora de servicios no podrá unilateralmente excluir a ningún adherente, por reglamentación interna, solo suspender temporalmente el servicio por falta de pago de un mes, en forma automática.
g.    No se aplicará ninguna norma interna para los adherentes que menoscaben la cobertura en el presente contrato con excepción de la cobertura de maternidad, que es exclusiva para la titular o conyugue/concubina del titular u otras limitaciones establecidas en el presente contrato.
h.    En caso de que exista una duda en cuanto a la interpretación del contrato se optará siempre por la interpretación más favorable al funcionario.
i.    En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Legislación Vigente durante la vigencia del Contrato, el Ministerio de Desarrollo Social, comunicará dicha situación a la prestadora de servicios.
j.    El Ministerio de Desarrollo Social solo tiene compromiso contractual de pago por los titulares y sus grupos familiares, quedando el cobro de los adherentes y otras gestiones que no sean directamente sobre el titular y su núcleo familiar a cargo de la contratada y el usuario.
k.    El Ministerio de Desarrollo Social, se compromete a realizar las comunicaciones de altas por nombramientos, o bajas (por renuncia, despido, retiro voluntario, fallecimiento, etc.) de los de titulares. Las bajas deberán ser comunicadas como máximo dentro del primer día hábil del inicio de cada mes para que no se compute al titular dentro de ese mes como beneficiario.
l.    Los funcionarios titulares que formen parte del presente contrato, y que hayan accedido al beneficio jubilatorio durante la vigencia del presente contrato, será comunicado de manera inmediata al Prestador del Servicio de tal manera a comunicar su desvinculación. El funcionario titular jubilado podrá gestionar con la Prestadora un Plan de Salud cuya cobertura y costo será de común acuerdo.
m.    Para los efectos del contrato se entenderá que el funcionario pasa a la categoría de jubilado desde el momento que presenta ante el Ministerio de Desarrollo Social su carta de renuncia para fines de jubilación y la contraseña de haber iniciado los trámites en el Ministerio de Economía y Finanzas. 
n.    El Ministerio de Desarrollo Social comunicará esta circunstancia a la prestadora.
o.    En ningún caso, el Ministerio de Desarrollo Social se hará responsable del pago que derive de la relación contractual de los funcionarios jubilados y su núcleo familiar. Los funcionarios jubilados que decidan mantener la relación contractual deberán firmar un contrato individual con la prestadora, cuya cobertura y costo será de común acuerdo TITULAR JUBILADO Y PRESTADORA.

LA IDENTIFICACIÓN
La prestadora de servicios proveerá a todos los beneficiarios de los carnets identificadores (sin costo alguno para la convocante; el titular y sus adherentes), para lo que dispone de un plazo de 20 (veinte) días corridos posteriores a la firma del contrato para entregar a la contratante, los carnets identificadores, para cada uno de los beneficiarios que integren la nómina inicial. Los beneficiarios del presente contrato antes de la entrega de los carnets podrán empezar a utilizar los servicios con la presentación de la cédula de identidad.

Dichos carnets identificadores con la cédula de identidad, serán válidos para su utilización en todos los sanatorios ofertados dentro del territorio nacional, sin necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria, salvo las visaciones requeridas.

En caso de pérdida o extravío del carnet identificatorio, se deberá comunicar de inmediato a la Empresa Aseguradora, quien deberá proporcionar un carnet nuevo, quedando el costo de la reimpresión del carnet a cargo del beneficiario.

En caso de extravío el beneficiario podrá consultar con su cédula de identidad en tanto se re imprima su carnet correspondiente.

Asimismo, la prestadora de servicios proveerá a todos los beneficiarios (sin costo alguno para la convocante; el titular y sus adherentes), copia en formato digital del contrato sustento del listado de profesionales médicos en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicaciones de especialidad, consultores y teléfonos aclarados dentro del plazo de 60 (sesenta) días calendario luego de la firma del contrato. 

VIGENCIA DE LOS SERVICIOS
Los servicios de cobertura médica serán por el plazo de 24 (veinticuatro) meses.
Todos los servicios, a la firma del contrato, serán prestados de forma inmediata a todas las personas que forman parte de la nómina inicial del presente contrato. Respecto a los adherentes que sean incluidos dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario posterior a la inscripción del funcionario titular, se acogerán inmediatamente a todos los beneficios inherentes a la prestación de los servicios contratados. Para los titulares que ingresen con posterioridad a la entrega de la planilla inicial, también se dará la inmediatez de la prestación de los servicios una vez se haga efectiva su incorporación.

CONDICIONES GENERALES DE LA PRESTACIÓN:
a.    Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos depósito de dinero, salvo caso que la patología del paciente amerite depósito en garantía por la complejidad de su enfermedad, solo en ese caso se solicitará el depósito correspondiente, caso contrario solamente que se haya excedido íntegramente en la cobertura o que la estimación de los gastos supere los limites cubiertos por el pliego de bases y condiciones. Además, de cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad (tales como filmaciones, toma fotográfica u otros similares) o cualquier disposición interna que mengüe los derechos reconocidos en el presente instrumento, sin su consentimiento expreso.
b.    Los servicios médicos sanatoriales, urgencias, imágenes, laboratoriales, consultas, propuestos por la prestadora de servicios serán brindados bajo las mismas condiciones requeridas en el contrato. 
c.    Solicitar datos clínicos con fines de auditoria médica a los prestadores en contrato tanto de la contratante, como de sus beneficiarios para delimitar el alcance de las coberturas a ser otorgadas, teniendo en cuenta los diagnósticos sea para estudios complementarios y/o laboratoriales.
d.    Todo medicamento o insumo que no se haya utilizado íntegramente por el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del beneficiario y tendrá que ser entregado y retirado por el mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
e.    Los sanatorios en convenio en todo momento y cuando así lo requiera cada beneficiario, entregará en un plazo de 48hs. el estado de cuenta de la cobertura con todos los detalles de los gastos imputados. 
f.    Se contempla como propio de cada servicio (internaciones, parto, terapia intensiva e intermedia, quirófano, ambulancias), la provisión de oxígeno en todas sus aplicaciones dentro de los límites del contrato, que corresponde a medicamentos.
g.    La provisión de materiales desechables será dentro de los límites del contrato. Los insumos propios del servicio de habitación, como por ejemplo jabones, papel higiénico, provisión de sábanas, toallas, serán propios del servicio y a cargo de la prestadora, sin costo para el beneficiario dentro de los límites del contrato. Artículos de aseo personal, pañal etc. a cargo del paciente.
h.    En el supuesto de que la prestadora de servicios presentare mejoras sobre las condiciones exigidas en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, que tienen el carácter de mínimas, deberán detallarlas en hoja anexa, las cuales será de carácter obligatorio en caso de ser adjudicados y posterior ejecución del contrato, estas mejoras en las prestaciones establecidas en las especificaciones técnicas, no implicarán desembolsos por parte de la contratante, no teniendo éstas ningún tipo de efecto para la evaluación de las ofertas. 
i.    La cobertura solicitada será para la totalidad de los funcionarios del Ministerio de Desarrollo Social y las mismas condiciones para el titular del núcleo familiar y adherentes (salvo las limitaciones propias establecidas en el presente contrato). En ningún caso podrá ser rechazado del seguro el titular o adherente, aduciendo enfermedades contraídas con anterioridad. Las coberturas deberán ser brindadas en su totalidad, dentro de los límites del contrato.
j.    El Ministerio de Desarrollo Social facilitará mensualmente a la Prestadora la nómina de funcionarios.
k.    Cada funcionario será responsable de la presentación de la documentación correspondiente para su inclusión, esta presentación, se dará en carácter de declaración jurada, en un formulario proveído por la prestadora del servicio, y previamente aprobado por la Administración del Contrato. En caso que los titulares y/o adherentes varíen en su estado civil, a los efectos de exclusión o inclusión de nuevos beneficiarios el titular será el único responsable de comunicar esta situación ante el Ministerio de Desarrollo Social a fin de regularizar este estado ante la prestadora.
l.    Las sucesivas altas de funcionarios para la prestación del servicio, bastará con la comunicación escrita de las mismas, por parte del Ministerio de Desarrollo Social. Con la misma periodicidad se comunicarán las bajas de funcionarios que deberán descontarse en la parte que corresponda, del pago del servicio. Las incorporaciones de nuevos titulares deberán ser realizada por la contratante dentro de los primeros 10 (diez) días de cada mes para su incorporación al servicio. Las bajas deberán ser comunicadas como máximo dentro del primer día hábil del inicio de cada mes para que no se compute al titular dentro de ese mes como beneficiario.
m.    Los siguientes estados clínicos y tratamientos como crisis hipertensivas, crisis asmática, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebro vascular, descompensaciones diabéticas y enfermedades congénitas, cirugías, u otros, están cubiertos, para el titular, sus beneficiarios y adherentes, conforme al ítem COBERTURA PARA ENFERMEDADES- PATOLOGIAS CRÓNICAS.
n.    En caso de diferencias entre la prestadora y algún funcionario beneficiado por el contrato, las partes efectuarán un estudio del caso en conjunto con sus respectivas auditorias médicas.
o.    La prestadora de servicios deberá mantener la capacidad y la calidad para satisfacer los servicios en cuanto a infraestructura y atención profesional, tanto para el Departamento Central como en el Interior de la República, en forma plena conforme a la oferta que resulte adjudicada, en especial en lo relacionado a la saturación en la atención de los beneficiarios; para los casos de consultas tanto en el área metropolitana como en el interior del país, las consultas deberán tener cobertura del 100% de los profesionales que la prestadora de servicio haya habilitado sin generar ningún tipo de sobrecostos para los beneficiarios en todos los casos sin límite en el número de consultas, salvo las limitaciones establecidas en el presente contrato.
p.    La prestadora deberá habilitar un servicio de Call Center u otros medios electrónicos para: visaciones, coberturas y otros servicios requeridos por los beneficiarios, las 24 (veinticuatro) horas y durante los 7 (siete) días de la semana.

1. COBERTURA:
Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, del listado de Profesionales en Convenio, paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores ofertados por el contratista), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones, procedimientos ambulatorios y otros).

Se entenderá como cobertura "por evento", a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o de resorte quirúrgico en el transcurso de su internación, como así también sus complicaciones inmediatas.

Las cirugías no cubiertas conforme al listado de cirugías, no contarán con ningún tipo de cobertura desde el momento de ingreso a quirófano (ni servicios hospitalarios ni de diagnóstico).
Finalización de la cobertura:
En los casos de muerte cerebral, estado de coma y/o estado vegetativo de pacientes internados en la unidad de terapia intensiva / intermedia o en sala común, la cobertura del plan concluirá cuando se den las siguientes condiciones:
-    Para determinar pacientes con muerte cerebral se aplicará el protocolo de muerte cerebral establecido por el INAT: 
La muerte cerebral o encefálica es un estado en donde hay una pérdida total e irreversible de las funciones cerebrales (conciencia + funciones vegetativas).
-    Pacientes en estado de coma y/o estado vegetativo persistente, cuya condición supere las 2 (dos) semanas sin lograr recuperación total de conciencia:
El estado vegetativo persistente es una condición clínica en que la persona no da ningún signo evidente de conciencia de sí o del ambiente, y parece incapaz de interactuar con los demás o de reaccionar a estímulos adecuados.
El coma es un estado grave de pérdida de conciencia, constituye un síndrome en la expresión de un fuerte trastorno de las funciones cerebrales.
En estos casos quedará a cargo de familiares y/o responsables del paciente el traslado del mismo a otro centro asistencial o asumir todos los gastos médicos sanatoriales que represente mantenerlo internado en el sanatorio en estas condiciones.


2. ASISTENCIA MÉDICA:
ASISTENCIA MÉDICA POR ESPECIALISTAS: Todas las especialidades deberán contar con profesionales según el listado detallado en el ítem HONORARIOS PROFESIONALES, los mismos deberán contar con registro profesional vigente expedido por el MSP y BS en las diversas especialidades requeridas por los beneficiarios. Cualquier alteración de la lista de médicos, debido a inclusiones o exclusiones de profesionales, deberá ser comunicado por escrito a la CONTRATANTE. Cobertura inmediata en el consultorio, internaciones clínicas y servicios de urgencias en las especialidades indicadas.

Las consultas con médicos especialistas que no tienen relación con la aseguradora y por tanto no figuran en la guía de prestadores, tendrán una cobertura por reembolso de guaraníes ciento cincuenta mil (gs. 150.000) una vez presentada la factura expedida por el médico especialista consultado, la cual deberá contar con el RUC de la prestadora de servicios y deberá ser presentada en un plazo máximo de 15 (quince) días corridos desde la fecha de realización de la consulta, solo se procederá a realizar 1 (un) reembolso por mes por grupo familiar y exclusivamente para consultas eventuales (hasta 1 por mes) y no tratamientos. El trámite de reembolso deberá ser realizado por el titular y/o persona autorizada por el mismo.

3. CENTROS ASISTENCIALES
A) En Asunción y Gran Asunción.
Sanatorios habilitados para los servicios del contrato en Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales como mínimo 3 (tres) deberán ser Centros de Alta Complejidad (Categoría 3), según certificado de categorización de la Superintendencia de Salud, que cuenten con Centro de Diagnóstico interno y/o externo en convenio con la prestadora con atención 24 horas que incluyan Servicios de Rayos, Ecografías, Tomografías y Ecocardiografías, Laboratorio y Servicio de Hemodinamia (certificación de equipo en funcionamiento). Al menos un (1) de los Centros de Diagnóstico externo o, interno del Sanatorio adherido a la prestadora deberá contar con Servicio de Resonancia 24 horas con certificación de equipo en funcionamiento, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante.

•    De la cantidad indicada en el cuadro de centros asistenciales mínimos, como minino se debe ofertar 2 (dos) centros asistenciales con el servicio UTI Pediátrico o Neonatal, en la ciudad de Asunción y Gran Asunción..

•    Con respecto a los Centros de Diagnósticos, en la localidad de Asunción, la Prestadora de Servicios debe contar con: tres (3) laboratorios y al menos un (1) Centro de Imágenes, localizado en Asunción y Gran Asunción.

•    De no contarse con el Centro Especializado (UTI), la Prestadora se hará cargo de la internación del paciente en la Unidad de Terapia más próxima habilitada por la Prestadora y dará una cobertura conforme al apartado de terapia Intensiva del presente contrato. Si estos Centros cuentan con servicios de fisioterapia y rehabilitación deberán estar habilitados para la prestación del servicio respectivo a los beneficiarios.

•    En el caso que no existan camas para internación disponibles en los centros en convenio LA PRESTADORA deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario) a otro centro asistencial en convenio para la atención del paciente dentro de las limitaciones del pliego de bases y condiciones.

•    LA PRESTADORA, deberá presentar una declaración jurada donde conste que quedan habilitados para los efectos de la cobertura, todos los profesionales, sanatorios, laboratorios y plantel médico de la lista de sanatorios provista por LA PRESTADORA, tanto para Asunción, Departamento Central e Interior del País.

B) En Departamento Central e Interior del País.
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, urgencias y de emergencias 24 horas, en las ciudades citadas en el cuadro de Centros Asistenciales. Todos los Centros Asistenciales deben estar debidamente habilitadas por el Ministerio de Salud y Bienestar Social; en el caso que no se cuente con atención correspondiente en algunas de las localidades mencionadas en el cuadro, el asegurado gestionará el reembolso correspondiente.

De no contarse con el Centro Especializado (UTI), se hará el traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia más próxima habilitada por la Prestadora con cargo a LA ASEGURADORA.

En el caso que no existan camas para internación disponibles en los centros en convenio LA PRESTADORA deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel con cargo a LA ASEGURADORA.

LOCALIDAD CANTIDAD
AREA CAPITAL Y GRAN ASUNCIÓN
ASUNCIÓN

5(cinco)                                                          

2 (dos) Cat. Nivel 3 con UTI/A/PED Y NEO

SAN LORENZO 1 (UNO)
FERNANDO DE LA MORA 1 (UNO)
LIMPIO 1 (UNO)
LUQUE 1 (UNO)
ITA 1 (UNO)
INTERIOR DEL PAÍS
CONCEPCIÓN 1 (UNO)
SAN PEDRO DEL YCUAMANDYJU 1 (UNO)
CAACUPE 1(UNO)
VILLARRICA 1 (UNO)
CORONEL OVIEDO 1 (UNO)
CAAGUAZU 1 (UNO)
DEPARTAMENTO DE CAAZAPA 1 (UNO)
ENCARNACIÓN 1 (UNO)
ENCARNACION, IMÁGENES Y LABORATORIO 1 (UNO)
OBLIGADO 1 (UNO)
CAPITAN MIRANDA 1 (UNO)
DEPARTAMENTO DE MISIONES 1 (UNO)
PARAGUARI 1 (UNO)
CARAPEGUA 1 (UNO)
CIUDAD DEL ESTE 1 (UNO)
SANTA RITA 1 (UNO)
HERNANDARIAS O ALREDEDOR 1 (UNO)
PRESIDENTE FRANCO O ALREDEDOR 1 (UNO)
PILAR 1 (UNO)
PEDRO JUAN CABALLERO 1 (UNO)
DEPARTAMENTO DE CANINDEYÚ 1 (UNO)
VILLA HAYES 1 (UNO)
LOMA PLATA 1 (UNO)

OBS:  En caso de no contar con sanatorios habilitados, se hará por sistema de reembolso, que deberá ser comunicado como máximo dentro de las 24 hs., hasta tanto la empresa prestadora, se haga cargo del traslado a un sanatorio cercano habilitado por la misma.


C) Otras Consideraciones

Si un beneficiario se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en cualquier otro Centro Médico más cercano. Estos casos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos, con cargo a la prestadora conforme a los costos internos que maneja la misma.

Ocurrido el episodio se comunicará dentro de las primeras 24 (veinticuatro) horas, salvo casos excepcionales, para que la Prestadora se haga cargo del paciente y los gastos ocasionados, indicando su traslado o continuidad en dicho centro, conforme a las indicaciones del profesional tratante. Deberá incluir los servicios de ambulancias requeridos según el caso.

La prestadora de servicios brindará el servicio de ambulancia a través de al menos una (1) empresa de reconocida capacidad y solvencia para el traslado dispuesto por el médico tratante o visitador, dentro del Departamento Central e Interior del País, en caso que sea necesario la utilización del servicio de ambulancia para el núcleo familiar, beneficiarios para su ida a la capital, se tendrá hasta 1 (un) evento por año de contrato por núcleo familiar, siempre y cuando los casos de urgencias y/o emergencias no puedan ser atendidos en los centros asistenciales habilitados en la localidad respectiva. Las empresas deberán contar con unidades móviles habilitados en buen estado de funcionamiento, previstas de sistema de refrigeración y equipamientos básicos y de UTI en perfecto funcionamiento para traslados de alto y bajo riesgo. Además, la cobertura:
-Atención de urgencia y/o emergencia, cobertura total.
-Traslados al sanatorio derivado de la urgencia y/o emergencia, con cobertura total.
-Medicamentos y descartables utilizados en la urgencia/emergencia hasta Gs. 600.000.


4. ESPECIALIDADES:
Estarán cubiertos hasta el 100% (cien por ciento) todos los honorarios profesionales de especialidades y anestesistas que figuren en la Agenda de Profesionales ofertados, en consultorios e internaciones, cirugías, servicios de urgencias, tratamientos y procedimientos, procedimientos ambulatorios, controles de rutina y estudios propios de las especialidades que el profesional pueda brindar:
• Alergología + Test alérgicos. consultas y aplicación de vacunas (no incluye costo de la vacuna)
• Anatomía Patológica (incluyendo Biopsias)
• Anestesiología
• Cardiología Clínica. (adulto y pediátrico)
• Clínica Médica o Medicina Interna o Medicina Familiar.
• Cirugía general: Menor y mayor, conforme el listado de Cirugías, incluyendo Cirugías Video Laparoscópicas:
a.    Apendicetomía
b.     Colecistectomía (abdomen abierto y video laparoscópica)
c.     Drenaje absceso de pared abdominal (Anestesia incluida)
d.     Drenaje de abscesos de cualquier localización, ya sea con anestesia local u otro tipo de anestesia indicada para el procedimiento
e.     Peritonitis Apendicular (u otro origen)
f.     Colocación de Sonda Rectal
g.    Colecistectomía (cirugía abierta y por videolaparascopica)
h.    Laparotomia exploradora Alta complejidad
• Cirugía Cardiaca, cubre 100% cateterismo cardiaco (demás cirugías honorario equipo médico a cargo paciente, cubre medicamentos, descartables y oxigeno según plan, internación, derecho a quirófano, equipo de hemodinamia, no cubre Marca paso, stend y otros equipos necesarios para dichas cirugías).
• Cirugía de Cabeza y Cuello. Tiroides cobertura Alta Complejidad
• Cirugía Pediátrica, hernia inguinal bilateral, unilateral, umbilical, apendicetomía, amígdalas, adenoides, circuición, corte del frenillo, demás cirugías cobertura Alta Complejidad.
• Cirugía Oncológica. Cobertura Alta Complejidad, quimioterapia hasta 6 sesiones de honorario médico, no cubre drogas oncológicas 100% a cargo paciente.
• Cirugía Plástica reparadora (ocurrido dentro del Contrato)
• Coloproctología o Proctología:
a.    Fecaloma Remoción Manual
b.    Prolapso rectal
c.    Hemorroidectomia
d.    Escisión de Plicoma
e.    Fisurectomia
• Dermatología: Clínicas - Cirugías.
• Endocrinología y Diabetología, incluye consultas y tratamientos.
• Flebología (consultas, cirugía convencional de varices: Safenectomia, Flebectomia) (laser 100% a cargo paciente), demás cirugías a cargo paciente.
• Fonoaudiología, hasta 10 (diez) consultas/ tratamientos por beneficiario por año de contrato.
• Fisioterapia (En General) y Rehabilitación, hasta 30 (treinta) sesiones por beneficiario, por año de contrato.
• Fisioterapia pulmonar, hasta 15 sesiones por año de contrato, por cada integrante del grupo familiar.
• Gastroenterología, incluyendo Hepatología (adulto y pediátrico). Endoscopia digestiva alta y colonoscopia cubre 100%.
• Geriatría.
• Ginecología:
a.     Biopsia simple
b.    Histerectomía total
c.    Histerectomía Sub Total
d.    Ooforectomia Miomectomía
e.    Polipectomía
f.    Legrado Biopsico
g.    Legrado Evacuador
h.    Colporrafia Anterior y Posterior
i.    Conización
j.    Histeroscopia Diagnostica y Terapéutica
k.    Quiste de Ovario
• Hematología y Hemoterapia: Transfusiones de hasta 5 (cinco) transfusiones por año de contrato, incluye material, estudio serológico por unidad transfundida.
• Hidroterapia. (hasta 15 sesiones por beneficiario por año de contrato)
• Infectología. (consultas e interconsultas)
• Kinesioterapia, hasta 15 sesiones por beneficiario por año de contrato.
• Mastología; Biopsia de mama unilateral, Biopsia de mama bilateral, cubre mastectomía unilateral y bilateral. Vaciamiento ganglionar y otra cobertura Alta Complejidad. 
• Nefrología incluyendo hemodiálisis en los casos agudos (hasta dos por año por beneficiario y su grupo familiar).
• Neumología consultas (Cirugías Alta Complejidad).
• Neurología, consultas (cirugías cobertura Alta Complejidad, no cubre catéter y otros materiales necesarios para las cirugías).
• Neurocirugía, consulta (cirugías cobertura Alta Complejidad, no cubre ningún tipo de catéter y otros materiales).
• Nutricionista - Nutrición en adultos y niños (no incluye plan nutricional). Hasta 20 consultas por beneficiario por año de contrato.
• Oftalmología: (incluye ejercicios ortópticos de hasta 5 (cinco) sesiones por beneficiario por año de contrato, curva de presión, dilatación de pupila y fondo de ojo). Cirugías: pterigión y facoemulsificación incluyendo catarata intra o extra capsular (Alta Complejidad), no cubre prótesis y LIO (lente intraocular). Tratamientos chalazión, cuerpo extraño corneal, sutura conjuntiva herida penetrante de córnea, inyección retobulbar (no incluye medicamentos), estudio de fondo de ojo con oftalmoscopia indirecta y/o lente de Goldman y la toma de presión - Punción Vitrea y/o inyección intravitrea, no incluyendo el medicamento intravítreo y otros requeridos requerido para la punción Láser. Cirugía de cataratas y otras cirugías Alta Complejidad, incluyendo equipos), sustancias y otros sin cobertura. Incluyendo uso de equipos, faco, microscopio, endolaser, sin tener en cuenta la dioptría del paciente, demás equipos cobertura Alta Complejidad.
• Otorrinolaringología. Consultas adulto/pediátrico. Cirugías:
a.    Amigdalectomía
b.    Adenoidectomia
c.    Cauterización de Cornetes
d.    Sinusotomia simple Unilateral - Alta Complejidad
e.    Sinusotomia simple Bilateral Alta Complejidad
f.    Turbinectomia
• Oncología Clínica (según ítem de Alta complejidad).
• Pediatría y Neonatología: La aplicación de vacunas será sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, en sala de vacunación indicada por la Prestadora de Servicios.
• Psicología pediátrica (hasta 10 consultas por beneficiario por año de contrato)
• Psicología, clínica y laboral (hasta 10 consultas por beneficiario por año de contrato)
• Psiquiatría, (hasta 10 consultas por beneficiario por año de contrato).
• Reumatología. (consultas e interconsultas)
• Traumatología (incluye Traumatología Ortopédica). Cirugías:
a.    MENISCECTOMIA
b.    CIRUGIA LIGAMENTO CRUZADO
c.    Reducción incruenta de fracturas
d.    Cirugía de Osteosíntesis tibia, peroné, clavícula, radio, cubito, humero, mano
• Toxicología.
• Urología adulto y pediátrico. Cirugía de próstata, RTU cubre 100%, demás cirugías urológicas Alta Complejidad).
a.    Litiasis renal ureteral Tratamiento quirúrgico
b.    Ureterolitotripsia laser con arancel preferencial
c.    Litiasis renal uretral Alta Complejidad
d.    Sondaje vesical
e.    Drenaje de absceso escrotal
f.    Postectomia

La Prestadora deberá garantizar la atención permanente del Plantel Medico adherido a ella.

La prestadora podrá contratar a los profesionales solicitados por la Contratante a satisfacción de los titulares, siempre y cuando medie consentimiento escrito de estos profesionales (médicos), durante la vigencia del contrato y que la estructura de costos de la presente licitación lo permita.

COBERTURA TOTAL:
El beneficiario gozará de cobertura para las prestaciones médicas establecidas y descriptas a:

•    Las consultas serán realizadas en el consultorio privado del médico elegido por el Beneficiario, de la Agenda de Profesionales en Convenio, en los días y horarios por ellos establecidos.
•    El beneficiario deberá convenir con el médico el día y la hora en que deberá concurrir al consultorio y en ningún caso solicitarán cobro de consulta. Estudios, procedimientos y controles, los cuales están garantizados con la cobertura del contrato. Salvo los casos de Especialistas que figuren dentro de la lista de prestadores con arancel preferencial, lo que deberá ser debidamente aclarado por la empresa prestadora.
•    Todos los profesionales habilitados en la guía médica, cuentan con planillas de control de consultas y procedimientos en los cuales los beneficiarios están obligados a firmar dichas planillas en prueba de conformidad de haber recibido la prestación correspondiente.
•    Todos los profesionales deberán estar habilitados para consultas, tratamientos y cirugías.
•    Los casos congénitos no serán cubiertos por la contratista, salvo los nacidos durante la vigencia del contrato, tendrán una cobertura del 50%..

5. HONORARIOS PROFESIONALES:
Estarán cubiertos hasta el 100% (cien por ciento) todos los honorarios profesionales de especialidades y anestesistas que figuren en la Agenda de Profesionales ofertados, en consultorios e internaciones, cirugías, servicios de urgencias, tratamientos y procedimientos, procedimientos ambulatorios, controles de rutina y estudios propios de las especialidades que el profesional pueda brindar.

Las órdenes de internación programadas, deberán ser visadas previamente en las oficinas de la prestadora o a través del Call Center u otros medios electrónicos las 24 (veinticuatro) horas y los 7 (siete) días de la semana.

Cirugía General: Las cirugías mencionadas a continuación tendrán cobertura de honorarios médicos:

1.    Anatomía patológica (biopsias simples)
2.    Apendicetomía
3.    Biopsia de mama unilateral o bilateral u otro tipo de tejido (órgano del cuerpo)
4.    Colecistectomía (abdomen abierto y video laparoscópica)
5.    Drenaje absceso de pared abdominal (Anestesia incluida)
6.    Drenaje de abscesos de cualquier localización, ya sea con anestesia local u otro tipo de anestesia indicada para el procedimiento
7.    Extirpación de quiste de Bartolino
8.    Laparotomía Exploradora Cobertura Alta Complejidad
9.    Litiasis Renal Uretral Por Cirugía Abierta y Videolaparoscopica
10.    Litiasis Renal Uretral Por Litotricia 
11.    Cauterización De Cornete
12.    Litiasis Renal uretral por lasser (arancel especial) donde la prestadora del servicio indique.
13.    Peritonitis Apendicular (u otro origen)
14.    Polipectomía
15.    Histerectomía sub total
16.    Histerectomía total
17.    Ooforectomia Miomectomia
18.    Polipectomía (Pólipos que se encuentren en cualquier parte del cuerpo con el tipo de anestesia indicada)
19.    Legrado Biopsico
20.    Legrado evacuador
21.    Adenoides
22.    Adenoamigdalectomía
23.    Amígdalas
24.    Sinusotomía Simple Unilateral (cobertura Alta Complejidad)
25.    Sinusotomía Simple Bilateral (cobertura Alta Complejidad)
26.    Turbinectomía
27.    Colocación de Sonda Rectal
28.    Reducción Incruenta de Fractura, Cirugías (Menisectomia, Tratamiento Incruento (fracturas de tibia, peroné, clavícula, radio y cubito, humero, mano, ligamento cruzado) Y TOILLETS CON COBERTURA DEL 100% DEL PROCEDIMIENTO, MATERIAL DE OSTEOSINTESIS a cargo del paciente. LA UTILIZACION DEL ARCO EN C Y DE TODOS LOS INTRUMENTALES QUE NECESITE EL TRAUMATOLOGO CON COBERTURA TOTAL, siempre que sean equipos arancelados por la sociedad.
29.    Litiasis Renal Uretral por Kripton 
30.    Sondaje Vesical
31.    Drenaje de Absceso Escrotal
32.    Colecistectomía (cirugía abierta y por videolaparascopica)
33.    RTU de próstata.
34.    COLPORRAFIAS ANTERIOR Y POSTERIOR CON O SIN MALLA
35.    CONIZACION
36.    Meniscectomía
37.    Ligamento Cruzado
38.    Histeroscopia Diagnóstica y Terapéutica,
39.    Quiste de ovarios
40.    HERNIA UMBILICAL (cielo abierto o Viedeolaparoscopica, malla hasta 500.000)
41.    HERNIA INGUINAL UNILATERAL (cielo abierto o Videolaparascopica, malla hasta 500.000)
42.    HERNIA INGUINAL BILATERAL (cielo abierto o videolaparascopica)
43.    OTRAS HERNIAS (honorarios profesionales a cargo paciente, cubre internación derecho operatorio, medicamentos, descartables y oxigeno según contrato).

•    Presencia del Hemoterapeuta en la sala de operaciones.
•    Presencia del Clínico o Pediatra en la sala de operaciones a solicitud del Cirujano, y/o cualquier otro especialista requerido por el cirujano y/o médico tratante, 100% cobertura. 
•    Transfusiones sanguíneas. Hasta un máximo de 5 (cinco) sesiones por año de contrato, a partir de la siguiente sesión se tendrá un arancel preferencial.
•    Anatomía Patológica, incluye biopsias extemporáneas (cobertura 100%); e inmunohistoquímica cobertura 50%.
•    También se encuentran incluidas las inspecciones médicas con los estudios correspondientes en general solicitadas por Instituciones de educativas para la realización de actividades físicas.
•    El beneficiario titular y su NÚCLEO FAMILIAR y/o adherente, podrán eventualmente consultar con un profesional que no se encuentre en el listado de profesionales del contratista seguro y sanatorios en convenio, no más de 1 (una) vez por mes, por grupo familiar, y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta G. 150.000.- (GUARANÍES CIENTO CINCUENTA MIL) por consulta (solo consultas eventuales, no tratamientos). Esta solicitud de reembolso por parte del beneficiario, podrá efectuarlo hasta 15 días posteriores de la consulta, presentando la factura original emitida por el medico a nombre de LA PRESTADORA de servicios y consignado el nombre del paciente y el pago o reembolso se realizará en un plazo máximo de (15) quince días posteriores a la solicitud de reembolso. El trámite de reembolso deberá ser realizado por el titular y/o persona autorizada por el mismo.
•    Los honorarios y otros requerimientos médicos en cirugías de malformaciones congénitas, tales como pie bot, hidrocefalia, ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia, hipertrofia de clítoris, extrofiaepispadia, estrechez de píloro, cataratas, estrabismo, Cirugía cardiovascular, y/o cualquier otra malformación, para los beneficiarios nacidos durante la vigencia de este contrato, estará cubierto el 50% por la aseguradora por todo concepto).
•    Cobertura de uso de equipos, cobertura 100% conforme al ítem OTROS SERVICIOS, CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS, para las cirugías citadas en este apartado (equipos arancelados por las sociedades científicas). Instrumentales o equipos propios de los especialistas médicos no arancelados por la sociedad científica reconocida del Paraguay, a cargo del paciente.

6. CIRUGIAS MENORES: 
A modo de definición, la cirugía menor comprende aquellos procedimientos quirúrgicos ambulatorios de corta duración, que se realizan en la piel o el tejido subcutáneo, bajo anestesia local y sin sedación. En los cuales no se espera complicaciones importantes; no requieren estar en ayunas ni tampoco de exámenes preoperatorios.

•    Lipomas, Verrugas con cobertura total hasta 5 (cinco) lesiones por año de contrato por beneficiario. 
•    Quistes epidérmicos (o sebáceos) hasta 10 (diez) lesiones por año de contrato por beneficiario. 
•    Uñas encarnadas (u onicocriptosis)
•    Cuerpos extraños subcutáneos
•    Implantes de pellets subcutáneos de disulfiram. 
•    Complicaciones de la hidrosadenitis
•    Extracción de mamas accesorias
•    Curaciones de heridas hasta tres (3) curaciones con cobertura del 100% para cada beneficiario por año de contrato.

7. INTERNACIONES: Cobertura 100%
Con cobertura inmediata y total hasta 25 (veinte y cinco) días corridos por evento por beneficiario, en los Centros Asistenciales solicitados en el cuadro de centros asistenciales mínimos. Los mismos deberán estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, los cuales serán utilizados a libre elección del beneficiario y/o del médico tratante, y conforme a los centros asistenciales requeridos en el cuadro de centros asistenciales. En el caso que no existan salas para internación disponibles en los centros en convenio LA ASEGURADORA deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel.

Los sanatorios deberán contar con habitación individual, baño privado, teléfono, T.V., dieta normal del paciente (no incluye enteral o parenteral), ambiente climatizado, cama para el acompañante, colchón de agua o aire en caso necesario, atención médica (con profesionales que sean del plantel a cargo de la Aseguradora) y de enfermería.

Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, fisioterapia de cualquier naturaleza (conforme a los límites del presente contrato), alimentación oral del paciente por cualquier vía, (dietas especiales, alimentación enteral, incluyendo preparado y asistencia de nutricionista a cargo paciente), conforme a la indicación del médico tratante, todas las interconsultas con otros especialistas y las visitas del médico tratante y cualquier otro tipo de tratamiento necesario hasta el alta del paciente. En los casos que el paciente necesite alimentación parenteral, a cargo del paciente. 

No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el beneficiario, su núcleo familiar o beneficiarios adherentes deban internarse. 

Los límites establecidos con relación a los montos de medicamentos, descartables, oxígeno y/o desechables se considerarán por evento, son acumulables el uso cuando surjan del mismo evento. 

Desde el primer día de internación, el sanatorio deberá proveer al núcleo familiar previa solicitud, cada 48 (cuarenta y ocho) horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables u cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.

En el caso de que el paciente necesite sangre, plasma y/o derivados, el sanatorio deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al núcleo familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para el beneficiario, su núcleo familiar y adherentes, esto deberá incluir los honorarios del médico transfusionista, la cantidad de transfusiones, será hasta 5 (cinco) por beneficiario por año de contrato.

Cobertura de medicamentos, oxígeno y descartables por valor de seis millones de guaraníes (gs. 6.000.000.), por evento, por beneficiario, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, partos y cesáreas, para el beneficiario titular, su núcleo familiar/individual. Por evento (acumulable por un mismo evento), siempre que guarde relación al episodio tratado o cualquier afección adquirida durante la internación, cualquiera sea la naturaleza de los mismos, incluyendo oxigeno terapia, y cualquier principio activo utilizable en problemas de salud e inmunoterapia. Se tendrá en cuenta para la cobertura de medicamentos, oxigeno, descartables y/o desechables desde el día de ingreso en este servicio.

Los precios de los medicamentos, no podrán ser superiores a lo fijado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Los precios de los materiales descartables, desechables y cubiertos no podrán ser superiores que en las farmacias de plaza o comercio del ramo.

La internación y cirugías de malformaciones congénitas, tales como pie bot, hidrocefalia, ano imperforado, hernias, labio leporino, estrabismo, criptorquidia, hipertrofia de clítoris, extrofia-epispadia, Estrechez de píloro, para beneficiarios nacidos durante la vigencia de este contrato contarán con cobertura del 100%, en la primera cirugía, siguientes cirugías y seguimiento con arancel preferencial según lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones.

Si el Beneficiario requiere por su condición, internación en la Unidad de Terapia Intensiva adultos o pediátrica, la cobertura incluye la unidad cama y sus correspondientes equipos (monitor, desfibrilador, saturómetro, respirador, electrocardiógrafo y cualquier otro elemento que se necesite durante la internación), honorarios del Médico Terapista y de los especialistas en convenio que el médico terapista considere necesario, dieta del paciente oral (enteral y parenteral a cargo del paciente), médico y enfermera de guardia de la Unidad, análisis de laboratorio, radiología, estudios diagnósticos especializados y demás equipos e instrumentales propios de los Sanatorios en convenio, en caso de no tener convenios médicos en interconsultas, la prestadora de servicio podrá cubrir hasta 5 (cinco) interconsultas por internación conforme a los aranceles de la sociedad científica del especialista, en caso de diferencia la misma quedará a cargo del paciente. 

En ningún caso el contratante cubrirá: pañal, artículos de aseo personal, termómetro aerocámara, toallitas higiénicas, enfermería particular, dieta del acompañante, etc.

Unidad de Terapia Intensiva Materno Infantil pediatría, neonatología y adultos.

En el supuesto que el servicio médico contratado no disponga de habitaciones libres, o que el médico tratante precisare que la internación sea en otro Centro, se procederá a la derivación del Beneficiario previa autorización de la Empresa, a otro Centro en convenio.

Son parte de la cobertura sanatorial el uso de los siguientes equipos: Incubadora de transporte, Bomba de Contrapulsación, Máquina de Anestesia, equipo de video laparoscopía, equipo de artroscopia, Arco en C, Microscopio, equipo de video endoscopía, equipo de Hemodinamia, respirador.

8. TERAPIA INTENSIVA (adultos y niños)
Con cobertura del 100% hasta 10 (diez) días por evento, por cada titular, beneficiario y/o adherente en: pensión sanatorial, honorarios profesionales, servicio de enfermería, alimentación del paciente por vía oral, preparado y asistencia de nutricionista conforme a la indicación del médico tratante a cargo paciente, equipos propios o cualquier equipo médico necesario de la Unidad de Terapia Intensiva con colchones de agua y aire, fisioterapia de cualquier naturaleza (hasta 5 sesiones) por evento, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnósticos, servicios laboratoriales, radiológicos  (según Anexo), medicamentos, oxigeno, descartables, hasta guaraníes 10.000.000 millones (diez millones) por evento, por beneficiario. Se requerirá garantía o aval, ya sea personal o en efectivo al beneficiario, siempre y cuando la patología del paciente requiera más a cobertura (dependiendo de la patología del paciente) en ese caso el familiar responsable se hará cargo de la garantía solicitada por el prestador designados por la prestadora de servicios, puede ser antes de agotar las coberturas establecidas o que la estimación de los gastos supere los limites cubiertos por el pliego de bases y condiciones.
En todos los casos de internación clínica, quirúrgica, terapia intensiva queda a cargo paciente los materiales de aseo personal, pañal, termómetro, aerocámara.

En caso de exceder las coberturas establecidas en el contrato, que generen deudas a los titulares, su núcleo familiar y/o adherente, el Sanatorio podrá solicitar aval y pagos periódicos diarios, las deudas deben estar canceladas antes del alta del paciente. En ningún caso el Ministerio de Desarrollo Social será garante ni responsable de las deudas contraídas por el servicio prestado en forma particular por los titulares, adherentes y beneficiarios.

En el caso de que el paciente necesite sangre, plasma y/o derivados, el sanatorio deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al núcleo familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para el beneficiario, su núcleo familiar y adherentes, esto deberá incluir los honorarios del médico transfusionista, la cantidad de transfusiones, hasta 5 (cinco) por beneficiario por año de contrato, demás a cargo del paciente.

En el caso que no existan camas de terapia intensiva disponibles en los centros en convenio la prestadora del servicio deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel, a cargo de la prestadora del servicio.

9. TERAPIA INTERMEDIA:
Cobertura hasta el alta del paciente. Se entenderá que la cobertura es por persona, y se regirá en las mismas condiciones que la Terapia Intensiva.

10. MATERNIDAD, EXCLUSIVO PARA TITULAR O CÓNYUGE DEL TITULAR
•    La cobertura contempla:
•    Controles previos al parto, ecografías, análisis, etc. (cobertura total).
•    Honorarios médicos: Gineco obstetra, Pediatra, Anestesiólogo. En caso de Cesárea, ayudante, instrumentador, transfusionista, neonatólogo. (Cobertura total) o Internación de la madre, hasta el alta médica. (Cobertura total) Internación del recién nacido, hasta el alta médica. Cobertura de Medicamentos, descartables y oxigeno hasta GS. 5.000.000.- (guaraníes cinco millones) derecho a sala de Partos o Quirófano. (Cobertura total)
•    Las complicaciones del embarazo serán cubiertas conforme al ítem PREEXISTENCIAS COBERTURA PARA ENFERMEDADES-PATOLOGIAS CRÓNICAS.
•    El recién nacido será considerado como parte del núcleo familiar de forma automática y con todas las coberturas contempladas para el beneficiario.
•    Los niños nacidos en forma prematura, antes de las 37 semanas de gestación, tendrán una cobertura total en internaciones clínicas o de terapia intensiva, conforme a los límites del contrato este contrato incluyendo luminoterapia, carpa de oxígeno e incubadora, serán también cubiertos los honorarios de visita del médico tratante, terapista y servicios de enfermería. Cobertura del 100% en el equipo médico instrumental o humano que se necesite para el RN, medicamentos, descartables y oxigeno hasta 5.000.000.- (cinco millones) (Ítem OTROS SERVICIOS, CIRUGIAS Y PROCEDIMIENTOS.

11. SERVICIOS DE URGENCIA:
•    La COBERTURA TOTAL incluye: honorarios del médico de guardia y el médico con el que necesite interconsulta en caso de que el médico de guardia lo considere necesario, servicio de enfermería, derechos de sala de procedimiento/quirófano, estudios diagnósticos derivados de la consulta, radiólogo y ecógrafo permanente, todos los medios auxiliares de diagnóstico permanente y medicamentos, descartables y desechables hasta la suma de Gs. 600.000 (guaraníes seiscientos mil) que guarden relación con el evento.
•    Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, hasta el alta del paciente.
•    Servicio de ambulancias para traslado de pacientes al sanatorio, 24 (veinticuatro) horas en Asunción y Departamento Central.
•    Se tendrá hasta 1 (un) evento por año de contrato por núcleo familiar el traslado del paciente desde el interior del país a la capital departamental más próxima o hasta Asunción, en caso de eventos de alta complejidad o en casos de emergencias que no puedan ser solucionados en alguna localidad del interior.
•    En el servicio médico deberán estar disponible las 24 (veinticuatro) horas los médicos de guardia.
•    Si el médico de guardia considera necesaria la participación de otros profesionales, se deberá solicitar la concurrencia de profesionales en convenio, con cobertura total para el beneficiario.
•    Los procedimientos médicos definidos como ambulatorios, y que por su baja complejidad no conlleven a la internación del paciente, estarán cubiertos en su totalidad, siendo la cobertura la misma que la establecida para los tratamientos en urgencias. 
•    Inyecciones, nebulizaciones, oxigeno, servicio de enfermería, toma de presión arterial, medicamentos y otros necesarios que pueda necesitar el asegurado en este servicio, tanto para casos de accidente, como para cualquier requerimiento de atención en este Servicio, tendrá una cobertura total sin costo e inmediata.

12. ESTUDIOS DIAGNÓSTICOS
•    Laboratorio: la cobertura incluye atención de urgencias 24 (veinticuatro) horas, en Laboratorios, siendo necesaria la visación de la orden expedida por el médico tratante para la emisión de la cobertura. La prestadora deberá contar con un call center en la cual se podrá realizar dicha visación durante las 24 (veinticuatro) horas los 7 (siete) días a la semana. La visación de la orden de estudios, solo podrá obviarse en casos de suma urgencia.
•    Radiología simple: en el servicio médico contratado e Institutos en convenio, atención 24 (veinticuatro) horas con recargo por urgencias y/o fuera de horario.
•    Estudios Diagnósticos Especializados: La cobertura contemplara los medicamentos y contrastes utilizados hasta Gs. 500.000 (guaraníes quinientos mil) por estudio.
•    Ecografías Medicina Interna: servicio médico e Institutos en convenio, cobertura total según el Anexo y los topes correspondientes.
•    Estudios Perinatales: el servicio médico e Institutos en convenio, cobertura total según el Anexo y los topes correspondientes.
•    Las visaciones se pueden realizar vía mail, o directamente en las oficinas del servicio médico. Los estudios a ser realizados en los Centros que requieren visación previa.

13. TRATAMIENTOS DE FISIOTERAPIA
Estarán incluidos todos los tratamientos de fisioterapia motora y respiratoria, hasta 15 (quince) sesiones por año de contrato por beneficiario con cobertura total.
Las órdenes emitidas por el médico tratante deberán ser visadas previamente.

14. OTROS SERVICIOS, CIRUGÍAS Y PROCEDIMIENTOS:
•    Deben tener cobertura total los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas citadas en el presente contrato, así como costos de internaciones y servicios de enfermería para todos los eventos.
•    Uso de equipos en general en caso de estudios para diagnósticos, y/o tratamientos incluyendo la utilización de Rayos X, Ecógrafo, Colchones de aire agua, Carpa de Oxígeno, Cuna Térmica, Tomógrafo, Electrocardiógrafo, Ecocardiógrafo, Bomba de contrapulsación intraaórtica, Saturador de Oxígeno, Equipo de Video endoscopia, Equipo de Video laparoscopia, Equipo de artroscopia, , Monitor Fetal, Bomba de infusión, Radiología simple y contrastada, Estudios de medicina nuclear, Anatomía Patológica, incluye Biopsia extemporánea Gastos de traslados de equipos y recargos por fuera de hora, Litotriptor, Incubadora de transporte, Equipo de gastocardíaco, equipo de MAPA, Equipo de Ciclo Ergómetro, Equipo de Holter las 24 Horas, así como todos demás requerimientos en materia de equipamientos (mencionados en el PBC) que los profesionales tratantes consideren necesarios y que se encuentren arancelados por la sociedad científica correspondiente a la especialidad.
•    Nebulizaciones incluyendo servicio y medicamentos hasta 10 sesiones.
•    Examen médico preventivo anual, que incluya examen clínico, análisis de rutina, (Hemograma, Glicemia, Colesterol Total, Ac. Úrico, Urea, Creatinina, V.D.R.L, Orina Completa) rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, Ecografía Mamaria (mujeres menores de 40 años) Mamografía (mujeres mayores de 40 años), tendrá una cobertura total sin costo para el titular beneficiario Y/O Adherentes y medicamentos y descartables en un 100%, y estudios y control prostático para los hombres.
•    Monitoreo cardiológico intraoperatorio. A solicitud del cirujano tratante, con arancel preferencial.
•    Extirpación de Nevus, con cobertura total hasta 10 (diez) lesiones por año de contrato por beneficiario.
•    Honorarios por Diálisis y hemodiálisis en los casos agudos hasta 3 (tres) por beneficiario por grupo familiar. Casos crónicos sin cobertura.
•    Materiales de osteosíntesis en general, cargo paciente.
•    Test del piecito. (completo AMPLIADO)
•    Cirugía Oftalmológica, extracción de cuerpos extraños, cataratas y todos los materiales necesarios (lente intraocular, equipos y sustancias viscoelásticas a cargo del paciente). (incluye ejercicios ortópticos, (en número de 5 (cinco) sesiones por beneficiario por año de contrato. Curvas de presión, dilatación de pupila y fondo de ojo, con cobertura total. 

15. SEGURO DE VIAJERO:
Cobertura en viajes para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, para casos de urgencias, durante viajes al exterior, al titular y sus acompañantes beneficiarios, hasta 10 (diez) días y por 25.000 (veinticinco) mil dólares.

16. MÉDICOS CONSULTORES:
Con especialistas a pedido del paciente, o del médico tratante 1 (una) vez por evento por beneficiario por grupo familiar, en las internaciones. Puede ser profesional que no pertenezca al plantel habilitado, pero deberá ser nacional o extranjero radicado en el país y los honorarios a cargo del proveedor.

17. INTERCONSULTAS CON MÉDICOS PARTICULARES:
Con especialistas a pedido del paciente, o del médico tratante hasta 5 (cinco) consultas/visitas por evento, demás consultas con arancel preferencial, con médicos que no pertenezcan al plantel y para médicos del plantel sin límite de consultas y sin costo para el beneficiario, en caso de internaciones y/o tratamientos.

18. MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD
HASTA GS. 5.000.000 (CINCO MILLONES) EN MEDICAMENTOS, OXIGENO, ítem con cobertura exclusiva para el titular y beneficiaros; adherentes cobertura de medicamentos, descartables y oxigeno hasta 3.500.000.- (guaraníes tres millones quinientos mil).

Cobertura de LA PRESTADORA en concepto de honorarios médicos, procedimientos y tratamientos, PARA EL TITULAR Y BENEFICIARIOS COBERTURA 50% y hasta 10 (diez) días en UTI. Cobertura para ADHERENTES (30% en honorarios médicos) internación en UTI hasta 5 (cinco) días.

Los medicamentos y materiales descartables y/o desechables. TITULAR y BENEFICIARIOS HASTA 5.000.000.- ADHERENTES 3.500.000.-ALIMENTACION ENTERAL, PARARENTERAL, HONORARIO NUTRISIONISTA 100 % A CARGO DEL TITULAR/BENEFIARIOS Y ADHERENTES.


•    Tratamiento de Quemaduras que superen el 30 % de la superficie corporal.
•    Cirugía cardiovascular en general congénitas (en niños nacidos bajo la vigencia del contrato) o adquiridas, incluye cardiología intervencionista.
•    Cirugía cardiovascular periférica.
•    Cirugía Neurológica S.N.C. (Cerebro).
•    Angioplastias coronarias y periféricas. NO INCLUYE STEND
•    Colocación de marcapasos. No incluye recambio, ni marcapaso.
•    Cirugía de columna (no incluye prótesis)
•    Cirugías oftalmológicas especializadas. (cirugías laser)

19. MEDICINA POR IMÁGENES
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso, magnético o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, medicamentos, materiales descartables, sustancias de contraste a cargo de la empresa prestadora de servicios hasta Gs. 500.000 (guaraníes quinientos mil). Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.

Debe contar con centros de diagnóstico de referencia en todo momento, en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la contratante con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación.

Se deberá establecer por lo menos tres (3) opciones de centros para asunción y gran asunción para la realización de los mismos, a libre elección del paciente y/o médico tratante.

ANEXO I 1 con el detalle de los mismos.

20. LABORATORIOS DE ANÁLISIS CLÍNICOS
Este servicio debe cubrir a los pacientes internados, a domicilio o que concurren al laboratorio, ya sea en forma programada o en casos de urgencias las 24 (veinticuatro) horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas.

Debe contar con tres (3) laboratorios en la localidad de Asunción y Gran Asunción. En caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 horas de anticipación.

Cobertura para estudios laboratoriales, de al menos cinco (5) laboratorios en el interior del país.

Se adjunta ANEXO I - 2 con el detalle de los mismos.

21. ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIAS
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo, personal médico y paramédico, medicamentos y material descartables), sin costo para el paciente. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante la vigencia del contrato para Asunción y Gran Asunción.

22. COBERTURA PARA ENFERMEDADES Y/O PATOLOGÍAS CRÓNICAS
Se contempla que la cobertura de enfermedades- patologías crónicas será brindada conforme a las siguientes condiciones:
-Internaciones, sean estas clínicas, terapia intensiva o intermedia: hasta cinco (5) días por año de contrato por beneficiario.
-Cobertura de medicamentos, descartables y oxigeno de hasta Gs. 5.000.000 (cinco millones) por año de contrato por beneficiario, sea por internaciones clínicas, terapia o en conjunto, para el beneficiario.
-Los eventos quirúrgicos serán a cargo del beneficiario, salvo los contemplados en el Anexo de Cirugías.
-Medios auxiliares de diagnósticos, servicios laboratoriales, radiológicos conforme al PBC.

23. EVENTOS SIN COBERTURA (CON ARANCELES PREFERENCIALES):
Se detallan a continuación:
-    Atención, internación y alimentación de los beneficiarios y su grupo familiar en caso de intento de autoeliminación y sus secuelas, ya sean físicas o mentales.
-    Malformaciones congénitas (salvo cardiocirugía que tendrá cobertura establecida para medicina de alta complejidad) cobertura del 50% Para el TITULAR Y BENEFICARIO. ADHERENTES 30%.
-    Tratamientos de quemaduras graves (de 2º y 3er grado) o quemaduras que superen el 30% de la superficie corporal.
-    Diálisis peritoneal, hemodiálisis en los casos crónicos, formolizaciones.
-    Tratamientos especializados en alergias y sus vacunas.
-    Afecciones Crónicas
-    Secuelas de quimioterapia y radioterapia.
-    El tratamiento recibido mientras se esté al servicio de una unidad militar, policial, otras instituciones oficiales o privadas (ej. guardia de seguridad, guardaespaldas).
-    Microcirugía de cualquier tipo o clase y en cualquier órgano o tejido del cuerpo humano.
-    Cualquier gasto relacionado a aquellas enfermedades, tratamientos y/o cualquier servicio que no estén mencionados en el presente Pliego de Bases y Condiciones.
-    Los medicamentos y materiales descartables cuyo valor exceda lo establecido en el presente contrato, así como los servicios que superen el tope de cobertura mencionado en el Plan de Salud.
-    Inmunoterapia, vacunas especiales, medicamentos, descartables y desechables. La provisión y aplicación de inyecciones con flebólogos.

Aclaración: Las demás entidades clínicas y tratamientos están cubiertos, como crisis hipertensivas, crisis asmáticas, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebro vascular, descompensaciones diabéticas.

24. COBERTURA FARMACÉUTICA AMBULATORIA
La cobertura en medicamento será del 30% (TREINTA POR CIENTO) de descuento sobre los precios de farmacias de todos tipos de medicamentos nacionales, y del 20% (VEINTE POR CIENTO) en medicamentos importados con cualquier medio de pago. Para la aplicación Cobertura se deberá presentar la receta a nombre del Asegurado con el número de Contrato. La PRESTADORA de SERVICIOS deberá presentar un listado con la certificación del convenio con la cadena de farmacias por los menos de una cadena de 5 o más locales debidamente habilitadas por el M.S.P.yB.S. con la cual la Prestadora de Servicios tiene relación dentro del Gran Asunción, periferias y/o interior del país.

24. EXCLUSIONES Y RIESGOS NO CUBIERTOS:
a.    Toxicomanía e intoxicaciones auto provocadas.
b.    Lesiones que sobrevengan en estado de enajenamiento mental, ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes, alcaloides, alcoholismo con sus alteraciones agudas o secuelas crónicas.
c.    Tratamiento de lesiones provocadas voluntariamente por el beneficiario o que sean consecuencia de tentativas de suicidio, revolución, subversión, tumultos populares, guerra declarada o no, conflictos laborales o por crímenes u otros delitos o infracciones.
d.    Tratamientos homeopáticos y cualquier otra práctica considerada medicina natural.
e.    Tratamientos y operaciones que se hallen en etapa experimental aun cuando sean reconocidos por instituciones oficiales o científicas o tratamientos que no se realicen en territorio paraguayo.
f.    Cirugías electivas y tratamientos de cirugía plástica., bariátricas o estética, salvo la reparadora que pudiera ser necesaria a raíz de un accidente (ocurrido dentro del contrato).
g.    Lesiones causadas por fenómenos naturales como: sismos, inundaciones o cualquier otra catástrofe.
h.    Gastos extras dentro o fuera de internaciones no relacionadas con la atención médica del paciente, ejemplo: comunicaciones telefónicas, servicio de acompañante, boutique, enfermería privada, etc.
i.    Internación y honorarios médicos por curas de adelgazamiento, de rejuvenecimiento, de reposo, de sueño, cámara hiperbárica.
j.    Internaciones de pacientes psiquiátricos.
k.    Todas las pruebas relacionadas con Genética (Ej. prueba de paternidad y otros).
l.    Accidentes y/o enfermedades, relacionados con la práctica de deportes de alto riesgo, ejemplo: ala delta, vale todo, paracaidismo, automovilismo. Lesiones sufridas como consecuencia de la participación en competencias o demostraciones de pericia y/o velocidad de cualquier índole, artes marciales, rugby, etc. 
m.    Materiales y medicamentos, que no sean proveídos por farmacias u otros centros en convenio, en la República del Paraguay.
n.    Transporte aéreo de pacientes.
o.    Epidemias, pandemias, endemias y/o relacionadas, declaradas oficialmente o no, no tendrán cobertura. Excepcionalmente, tendrán cobertura los casos de diagnosticados como SARS COVID-19 Positivo, hasta un límite de 5 (cincos días) de internación y de hasta G. 3.000.000 (guaraníes tres millones) para medicamentos, descartables y oxígeno, por titular por vigencia de contrato. Adicionalmente, en estos casos, tendrá cobertura la realización de estudios de diagnósticos conforme a las limitaciones establecidas en el presente pliego de bases y condiciones.
p.    Cualquier gasto relacionado a tratamientos, procedimientos y/o cirugías odontológicas de cualquier clase, cirugía maxilofacial electiva aguda o crónica.
q.    Instrumentales o equipos propios de los especialistas médicos no arancelados por la sociedad científica reconocida del Paraguay.
r.    Casos de internaciones que conforme a los protocolos establecidos por el MSPyBS no se encuentren medicamente justificados.
s.    Tratamiento médico quirúrgico con fines de esterilidad, infertilidad, fecundación in vitro y procreación. Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
t.    Cualquier condición o tratamiento relacionado con el virus VIH positivo o del tratamiento del SIDA y enfermedades infectocontagiosas y de transmisión sexual.
u.    Materiales/insumos y/o medicamentos no considerados en la cobertura, tales como; contrastes, plasma, sangre y sus derivados, isotopos radioactivos, clips, trocares, preparados nutrición enteral y/o parenteral, marcapasos, material de osteosíntesis, gafas, lentes intraoculares, biomateriales, vacunas, stent, balón, prótesis de cualquier tipo, aparatos ortopédicos, sangre y/o sus derivados, lentes de contacto, cristales, lentes intraoculares, gastos de acompañantes en las internaciones.

25. CONSIDERACIONES GENERALES:
Todos los estudios deberán ser solicitados por un profesional médico.

Las órdenes de estudios de diagnóstico y tratamiento deberán contar con los siguientes requisitos: Apellido y Nombre del paciente, estudio solicitado, en relación con la patología investigada, salvo los exámenes de rutina y el chequeo médico anual, fecha de emisión, firma y sello del médico tratante.

Las visaciones de las órdenes de estudios de diagnóstico, son obligatorias, las cuales se deberán efectuar en la vía Call Center, en las oficinas de la Prestadora, vía correo electrónico, salvo las órdenes de estudios de carácter urgente.

Las órdenes de solicitud de estudios auxiliares de diagnóstico tendrán una validez de 30 (Treinta) días a partir de la fecha de expedición por parte del médico tratante; en caso de no contar con fecha de expedición la misma correrá a partir de la fecha de visación.

ANEXO I -1- MEDICINA POR IMÁGENES
Abdomen Simple
Angiotax con multisalide
Angiografía Carotidea H/8 Placas 2 Lados Angiografía Carotidea H/8 Placas C-Lado Angiografía De Miembro 1 Lado H/6
Placas 
Angiografía De Miembro 2 Lados H/6 Placas
Angiografía De Cualquier Miembro o Parte Del cuerpo h/4
Antebrazo En Todas Las Posiciones
Aortografía Lumbar o Abdominal H/5 Placas
Apéndice h/6
Árbol Urinario Simple
Arteriografía Cerebral h8 Pl. 2 Lados Arteriografía Cerebral H/8 Pl. C-Lado Arteriografía Selectiva (Abdominal O Torax)
Arteriografía Selectiva Dos Arterias
Angio RMN
Arteriografía
Arteriografía Selectiva Renal 1 Lado 
Arteriografía Selectiva Renal 2 Lados
Audiometría
Biligrafina o Colangiografía Endovenosa 
Brazo en todas las posiciones 
Broncografia 2 Lados
Broncografia C/Lado
Cadera o Pelvis en todas las posiciones
Campo visual
Campimetría computarizada 
Calculo Cefalometrito (1,2 y 3 análisis) 
Cacografia inferior o superior 
Cavum en todas las posiciones
Cavum Contrastado
Centellografía (en general) Hasta (4) por beneficiario, por año de contrato. 
Cepillado Endometrial.
Cistografía 
Cistomanometria 
Cistoscopia
Clavícula en todas las posiciones 
Codo en todas las posiciones
Colangiografia Endovenosa (Biligrafina)
Colangiografía Operatoria
Colangiografia Post-Operatoria
Colangiografía Retrograda Con Papilotomía 
Colangiografía Retrograda Simple 
Colangiografía Trans-Parietohepático
Colecistografia Oral
Colon Contrastado
Colon Doble Contraste
Colon enema opaca
Colon por Ingestión
Colonoscopia
Columna Cervical en todas las posiciones
Columna Cérvico Dorsal en todas las posiciones
Columna Dorsal o Lumbar en todas las posiciones
Columna Panorámica (Espinografia) en todas las posiciones 
Colposcopia
Control Radiológico en Maniobras Traumatológicas y de drenaje biliar. 
Costilla en todas las posiciones
Cráneo en todas las posiciones 
Cráneo para Ortodoncia
Cráneo para Ortodoncia y Ortopantomografía
Crioterapia
Dedo 2 Posiciones 
Defecografía 
Dental Oclusal
Dental en todas las placas
Dental Seriado y semi seriado
Doppler vascular periférico
Esófago
Esternón en todas las posiciones
Estómago y duodeno (doble contraste)
Ecocardiogramas: TODOS- con doppler color corazón y vasos sanguíneos prenatal y fetal, transesofágico, bidimensional.
Ecoencefalografía
Electrocardiograma
Electromiografía
Electroencefalograma Embarazo
Electroencefalograma/Video Electroencefalograma, hasta 2 (dos) procedimientos por año de contrato por beneficiario.
Embolización de tumores, malformaciones arterio venosas, varicocele y hemorragias digestivas. 
Endoscopía digestiva alta
Ergometría
Espleno portografía
Espirometría
Fistulografía H/2 Placas
Flebografía cada lado
Flebografía isotópica renal, espermática
Galactografía Bilateral Previa
Galactografía Bilateral sin placa simple
Galactografía C/Lado C/Prev.
Galactografía sin Placa Simple 1 Lado
Histerosalpingografía
Histerosalpingografía Cuando viene Espec.
Histerosalpingografia Radiol. C/Espec.
Hombro en todas las posiciones
Impedanciometría
Infusiónde citotóxicos selectiva, de vasocontrisctores
Intestino Delgado o Tránsito Intestinal
Laparoscopia
Laringografía Contrastada
Linfografia Cada Lado 
Linfografia Dos Lados 
Litotrisia por nefrostomia Litotripsia uretral
Litotripsia extracorporea
Mapeo cerebral
Mano en todas las posiciones
Marcadores cromosómicos. 
Mastoide en todas las posiciones
Maxilar Inferior en todas las posiciones
Maxilar Inferior C/Ortopantomografía
Medicina nuclear: todos los procedimientos del método
Mielografía 
Muñeca en todas las posiciones
Muslo o Fémur en todas las posiciones
Nasofibrolaringoscopia Nefrostomía percutania 
Orbitas en todas las posiciones
Ortopantomografía
PAP Y COLPOSCOPIA cobertura hasta 2 (dos) por año de contrato por beneficiario.
Papilografía Digital
Perfusión Miocádica (Spect) con talio, dipiridamol (a cargo del paciente) + ergometría 
Pie en todas las posiciones
Pielografía Ascendente y traslumbar
Pielografía Endovenosa o Riñón Contraste y minutado
Pielografía Endovenosa o Riñón Contrastado
Pierna en todas las posiciones
Placa Suplementaria
Polisomnografía
Punción espirativa de quistes con control 
RX Cardioresonancia
Recanalización de trompas uterinas
Retinografía digital 
Rodilla en todas las posiciones 
Saco Lagrimal (1 y 2 lados) 
Saco Lagrimal (Radio. como Especialista)
Sacro-Coxis en todas las posiciones
Scopia como complemento de Examen C/T.V.
Scopia Arco C Por 1 Hora 
Scopia Arco C Por más de 1 Hora 
Senos Faciales en todas las posiciones
Sialografía en todos los lados 
Tiltest y potenciales tardíos 
Timpanometría
Tomografía de Coherencia Óptica.
Tobillo en todas las posiciones
Tomografía de Laringe o Rodilla, Tobillo, Senos paranasales
Tomografía de Tórax o Abdomen
Tórax en todas las posiciones
Tránsito Intestinal o Intestino Delgado
Tránsito Intestinal - colónico con marcadores
Transparieto - Hepática 
Uretrocistografía 
Urograma de excreción Programa minutado 
Urodinamia
Ventriculograma isotópico 
Vesícula Simple

ECOGRAFIA DOPPLER (SIN LÍMITE)
Ecografía doppler de Mamas, h/ dos
Ecografía doppler de Miembros,
Ecografía doppler de Tiroides.
Ecografía doppler Gíneo-Transvaginal
Ecografía Doppler Transrectal.
Ecografía doppler Renal
Ecografía doppler Hepática.
Ecografía doppler Aorta Abdominal
Ecografía doppler Aorta Cava.
Ecografía doppler Vasos cuello
Ecografía doppler Testicular

ECOGRAFIA SIMPLE (SIN LÍMITE)
Ecografía abdominal Total o Completa
Ecografía muscular
Ecografía de cadera 
Ecografía Osteoarticular
Ecografía Músculo Tendinosa
Ecografía Pilórica
Ecografía de rodilla
Ecografía de partes blandas
Ecografía Pediátrica
Ecografía Pélvica
Ecografía Submaxilar
Ecografía Carótida
Ecografía de mamas
Ecografía de Miembros
Ecografía de tiroides 
Ecografía de Tórax 
Ecografía de Vejiga
Ecografía del bazo
Ecografía ginecológica, obstétrica.
Ecografía ginecológica, obstétrica, morfológica y tridimensional.
Ecografía higado-vias biliares-vesícula
Ecografía intracavitaria c/residuo
Ecografía intra-operatoria
Ecografía oftálmica
Ecografía Pancreática
Ecografía pancefálica
Ecografía vesica-prostática
Doppler Color Carotidea y Vertebral 
Doppler Color Perifer. o Carotideo o Verteb
Ecografía de Cráneo
Ecografía prostática
Ecografía prostática intracavitaria
Ecografía Prostática Vía Supra Púbica
Ecografía renal
Ecografía testicular
Ecografía trasvaginal
Monitoreo Ovulatorio
Punciones con control ecográfico y vía intracavitaria.

SALUD FETAL 
Amniocentesis 
Flujometría Doppler
Cardiotocografía o Monitoreo Fetal 
Doppler Fetal
Ecocardiografía Fetal 
Ecografía Morfológica
Ecografía Morfológica (Marcadores Cromosómicos) 
Ecografía morfológica y tridimensional
Ecografía Transnucal
Perfil Biofísico Fetal 
Screening de Aneuploidias 
Ultrasonografía de 2º nivel 
Vellosidades Coriales

INVESTIGACIONES MAMARIAS 
Galactografía cada lado
Mama (pieza operatoria) 
Mama (Reperage p/Biopsia) 
Mamografía en todos los lados y posiciones 
Neumocistografía
Punción Biópsica (Core)
Punción Citológica

TOMOGRAFIA COMPUTADA (T.A.C.) HASTA 5 (CINCO) POR GRUPO FAMILIAR - MULTISLICE (TCMS) HASTA 3 (TRES) POR GRUPO FAMILIAR
Tomografía Computada Multidetector
Tomografía Computada Abdomen Total
Tomografía computada abdomen inferior
Tomografía computada abdomen superior
Tomografía Computada con Mielografía
Tomografía Computada de Cráneo o Cara u Oídos u Orbitas ocular, ortopantomografia
Tomografía computada miembros
Tomografía computada tórax
Tomografía computada pelvis
Tomografía computada columna cervical
Tomografía computada columna dorsal
Tomografía computada columna lumbar
Tomografía computada de senos paranasales
Tomografía Computada de Pequeñas Partes
Tomografía Computada de Ventana Ósea 
Tomografía Computada de ATM Angio-Tomografía
Biopsias Percutaneas bajo T.A.C
Drenaje Percutaneo bajo T.A.C.
Punción de Quistes bajo T.A.C.

ESTUDIOS CARDIACOS 
Ecocardiograma con Doppler color
Ecocardio con Doppler Bidimensional Pre-Natal 
Ecocardio sin doppler
Ecocardio Transesofágica 
Ecocardio con dobutamina
Ecocardiograma con Doppler Bidimensional 
Ecocardiograma Pediátrico con Doppler color 
Ecocardiograma con Transductor Transesofágico 
Eco Stress / Eco Esfuerzo
Eco Stress Cardiaco con Dubutamina 
Electrocardiograma
Ergometría Doppler Color Carotídeo y Vertebral Doppler Color Carotídeo o Vertebral 
Holter 24 horas - Corazón - arterial - cerebral
MAPA (monitoreo de la P.A.)

ESTUDIOS DE CITOLOGIA 
Aspirado Endometrial
Cepillado Endometrial 
Ciclo Hormonal seriado
PAP de cuello Colposcopía
PAP de Cuello + Colposcopía 
PAP de Endometrio
PAP de Mama 
PAP de Punción de Mamaicitante

DENSITOMETRIA OSEA 52
Análisis Mineral Óseo de cuerpo entero 
Columna
Cuello de fémur 
Muñeca

RESONANCIA MAGNETICA RMI - HASTA (6) SEIS ESTUDIOS POR BENEFICIARIO POR AÑO DE CONTRATO.
RMI de Abdomen
RMI de Articulación Témporo Maxilar (ATM) 
RMI de Cadera
RMI de Codo
RMI de Columna por segmento
RMI de dos Columnas
RMI de Encéfalo 
RMI de Mediastino 
RMI de Muñeca
RMI de Partes Blandas 
RMI de Pelvis
RMI de Pie 
RMI de Rodilla 
RMI de Tobillo
RMI de tres Columnas
RMI de Cráneo o Silla Turca o cara u orbitas ocularo u oído y senos paranasales 
RMI de Columna Total
RMI de Hombro 
RMI de Brazo
RMI de Muslo/Pierna 
Angioresonancia 
Colangioresonancia
Resonancia nuclear magnética.

MEDICINA NUCLEAR HASTA EL 60% DE COBERTURA.
Cámara - Gamma (Perfusión Miocárdica con Talio, Tecnecio, S.P.E.C.T.)
Perfusión Miocárdica Talio c/reinyección-Spect (Hasta el 60% de cobertura)
Perfusión Miocárdica Talio Dipiridamol-Spect (Hasta el 60% de cobertura) 
Perfusión Miocárdica Talio-Spect (Hasta el 60% de cobertura)
Centellografía glándula salivar
Centellografía Paratiroides
Centellografía sangrado intestinal
Centellografía cerebral
Centellografía de tiroides o mapeo
Centellografía hepática
Centellografía ósea (simple o de tres fases)
Centellografía Divertículo de Meckel
Centellografía pulmonar
Centellografía renal
Centellografía testicular
Estudio con Galio 67 (Hasta el 60% de cobertura) 
Médula Ósea

GASTROENTEROLOGIA / COLOPROCTOLOGIA
Estudios Endoscópicos:
Anoscopía
Endoscopia Digestiva Alta 
Rectosigmoidoscopía Flexible 
Colonoscopía
Laparoscopía
Procedimientos Terapéuticos: 
Extracción de Cuerpo Extraño 
Polipectomía Alta Baja
Esfinterotomía o Papilotomía Endoscópica 
Dilataciones Esofágicas
Esclerosis de Lesiones Sangrantes o Várices Esofágicas 
Gastrostomía Endoscópica Percutanea-PEG

NEUMOLOGÍA 
Espirometría 
Broncoscopía
Broncoscopía con Biopsia Transbronquial 
Broncoscopía con Biopsia Endobronquial 
Broncoscopía con Lavado Broncoalveolar 
Faringo-Laringoscopía 
Punción Pleural Diagnóstica 
Punción Pleural Evacuadora
Biopsia Pleural
Punción Pulmonar Transtorácica

NEUROFISIOLOGÍA 
Electroencefalograma
Electroencefalografia de hasta 1hr
Electromiografia 2 miembros
Electromiografía 4 miembros Potenciales Evocados Auditivos Potenciales Evocados Visuales 
Ecoencefalografía Transfontanelar 
Procedimientos: Infiltración Tronco Nervioso (Túnel Carpiano) Cobertura Alta Complejidad

OFTALMOLOGÍA:
Estudios Campimetría Computarizada 
Curva de Presión Intraocular 
Ecobiometría
Estudio de Glaucoma 
Mapeamiento de Retina
Tomografía de Nervio Óptico  
Tonometría
Papilografía

OTORRINOLARINGOLOGIA: 
Acufenometría
Audiometría
Emisiones otoacústicas
Endoscopía Nasal 
Impedanciometría 
Laringofibroscopía (estudios)
Rinofibroscopía   
Timpanometría Lavado de oídos

TERAPIA COBALTO (con 60%de descuento)
Angiomas radiot. Sup. D.t. 10 irrad. P/campo Ca. Cuello-cuerpo uter.lesión sola p/campo Ca. Cuello - cuerpo uter. Mas anexo
Carc. De lengua lesion gang. Anexo 
Carc. Mamario b cobalto s/op. C/cad.gang.
Carc. Mamario cobalto solo tumor s/cicat.
Carc. Pene lesión sola co. Irrad. P/campo Carc. Pene más campo anexo r. Gang.
Carc. Vejiga cobalto irrad. P/campo 
Carcinoma cutáneo epit.d.t. 25 p/campo 
Carcinoma esofágico más campo anexo 
Carcinoma esofágico lesión sola cobalto 
Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto 
Carcinoma laríngeo más campo anexo
Carcinoma oral lesión gang. Irrad. P/campo 
Carcinoma oral más campo anexo 
Carcinoma pulmonar cobalto 
Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto 
Carcinoma s/maxilar más campo anexo Cicatriz queloide s/aplicación Huesos (tumores) co. Irrad. Por campo Linfomas co. Irrad. Nodal infodiaf.
Linfomas co. Irrad. Nodal supradiaf.
Linfomas co. Irrad. Nodal total
Linfomas co. Irrad. Una región ganglionar
Radioterapia antiinflamat. Prom. C/aplic.
Seminoma co. Rad. Prof. D.t. 50 irrad. Nod. Tot.
Tumores cerebrales en general co. Irrad. Camp.

ESTUDIOS Y PROCEDIMIENTOS TERAPÉUTICOS DE VIDEOENDOSCOPIA: Incluyendo: Honorarios profesionales del especialista y anestesista, medicamentos y materiales descartables, uso de equipos, uso de sala de procedimientos e internación en caso necesario, se realizarán en centros designados por LA PRESTADORA DE SERVICIOS:
-    Endoscopia Digestiva (Gastroscopia, Colonoscopia).
-    Endoscopia Terapéutica.
-    Broncoscopia Diagnóstica y Terapéutica.
-    Cistoscopia.
-    Extracción de cuerpos extraños tubo digestivo.
-    Esclerosis de lesiones sangrantes tubo digestivo.
-    Papilotomía.
-    Colangiopancreatografía retrógrada.
-    Electrocoagulación.
-    Polipectomía.
-    Otras especialidades que utilizan métodos endoscópicos.


ANEXO I 2 ESTUDIOS LABORATORIALES 
ANALISIS DE LABORATORIO hasta 10 (diez) determinaciones por beneficiario por año de contrato, conforme al siguiente listado:

% de Saturación de Hierro
17 beta estradiol
Análisis 17 cestoteroides
Análisis 17 hidroxicorticosteroides
17 OH Progesterona
5 Hidroxi-Indol Acético
Análisis Ácido Salicílico
Ácido Cítrico
Ácido Cítrico (o)
Ácido Cítrico (semen)
Ácido Fenil Pirúvico (Fenilcetonuria)
Ácido fólico 
Acido Hipúrico
Ácido Láctico
Ácido Metilhipúrico
Acido Pirúvico
Ácido Úrico 
Ácido Úrico (O)
Ácido Valproico
Ácido Vanil Mandelico (Avm) 
A.C.T.H.
ADA
Adenovirus IgG/IgM 
Adenovirus-AG
Addis, Recuento De Aglutinación de Partículas de Látex Para: A. Escherichia Coli Ki
A. Hemo-Philus Influenze Tipo A
A. Hemo-Philus Influenze Tipo B A. Legionella Pneumofila
A. Neisseria Meningitidis Grupo A
A. Neisseria Memingitidis Grupo B A. Neisseria Meningitidis Grupo C A. Streptococcus Pheumoniae
A. Streptococcus Beta Hemolitico Grupo A A. Streptococcus Grupo B
Aglutininas Anti A.
Aglutininas Anti B. 
Agua - Análisis Bacteriológico
Agua - Est. Físico Químico y Bacteriológico
Alatop
AMH (HORMONA ANTIMULERIANA Y DERIVADOS)
Anti Cardiolipina IgG 
Anti Cardiolipina IgM
Anti CCP
Anti DNA 
Anti LA 
Anti RNP
Anti RO 
Anti SM
Anti Trypanosoma IgG
Aids-Ac
Albúmina
Alcohol 
Alcotest 
Aldolasa 
Aldosterona
Alergia - Tests: Ver Rast (hasta dos veces por grupo familiar por año de contrato)
Alfa 1 
Antitripsina 
Alfafetoproteina (Afp)
A/G Amilasa 
Amilasa (O) 
Amonio
Ana
Androstenediona
Anfetamina
Ant. Anticitomegalovirus IgG 
Ant. Anticitomegalovirus IgM 
Antibiogramas Para Gérmenes Aeróbicos
Antibiogramas Para Gérmenes Anaeróbicos
Ac. Anti NDNA
Antic. Anti DNA 
Antic. Anti HIV
Ac. Anti Microsomales
Ac. Anti Mitocondriales
Ac. Anti músculo Liso (Asma)
Antic. Anti Músculo Liso
Ac. Antinucleares
Antic. Antinucleares (ANA)
Antic. Antireticulina
Ac. Anti Tiroglobulinas
Ac. Anti Tiroides
Antic. JO 1
Anticoagulante Lúpico
Anticuerpos Irregulares
Anti-GBM IgG 
Anti-GBM IgM
Ac. Anti Toxoplasma IgG
Ac. Anti Toxoplasma IgM
Antic. Antiendomisio IgA 
Antic. Antiendomisio IgG
Antic. Antigliadina IgA 
Antic. Antigliadina IgG
Ant. Core IgG HBC-ac
Ant. Core IgM HBC-ac
Ant. LA Ant. RO Ant. SM
Ac. Anti Tripanosoma IgG
Ac. Anti Tripanosoma IgM
Antic. Anti D.N.A
Antic. Influenza A
Antic. Influenza B 
Antic. Parainfluenza 1
Antic. Parainfluenza 2
Antic. Parainfluenza 3
Antic. Parainfluenza IGG
Antic. Parainfluenza IGM Isopado nasal.
Antic. Adenovirus Antic.
Anti Hidatídico Antic.
Anti idatílico Antic. HIV
Antic. Anti Rubeola IgG
Antic. Anti Rubeola IgM
Antic. Anti SCL-70
Antic. Antigliadina
Antic. Anti Listeria
Antic. Antimicrosomales
Antic. Antimitocondriales
Antic. Antitiroglobulinas
Antic. Antitiroides
Ac. Anti Virus Sinciciall Respiratorio (Vsr)
Ac. Heterófilos
Antic. De otras determinaciones no especificadas en esta lista 
Apolipoproteínas B
Antibiograma (ATB) 
Anticardiolipina IgG 
Anticardiolipina IgM 
A.F.P.
Antígeno para Cryptococcus Cobre CoccidiodinaIntraderm.
Antígeno Carcino Embrionario (Cea)
Antígenos Febriles 
Artritest (factor reumatoideo) 
Antígeno Prostético Especifico (Pas)
Apolipoproteina B 
Aspecto del suero 
Aspegillus 
Asto
Autovacunas 
Azucares Reductores 
Baar
Barbitúricos
Beta HCG Cuantitativo
Bence-Jones Benedict, Reacción de Bicarbonato
Bilirrubina Total, Directa E Indirecta Bilis. Cultivo y ATB Bioquímica De Plasma Seminal C3 C4
Calcio
Calcio (o)
Calcio Ionico 
Calcio en orina
Calcitonina 
Calculo Urinario 
Campylobacter - cultivo
Compo Oscuro - Campylobacter Cannabinoides
Carbamazepina 
Carboxihemoglobina 
Cariotipo
Catecolamina
C3
C4 Ca12.5
Ca15.3 
Ca 19. 
CD4 
CD8
CEA
CEA 19.9
Capacidad de Fijación de Hierro (Tibc) CEA
Células LE
Celuloplasmina 
Centrómero 
Cetonemia 
Cetonuria
CH100 (Complemento Hemolítico)
Cetoácidosis 
Cetofteroides 17 Ch 50
Chagas (Ac. Anti Trypanosoma Igg E Igm) 
Chlamydia
Chlamydia AC 
Chlamydias Ac. IgG
Chlamydias Ac. IgM
Chlamydia orina
Chlamydia Trachomatis en secreción nasal
Chlamydias Pneumoniae (secreción 
nasal)
Chlamydia sec. Conjuntival
Chlamydia genital 
Chlamydias Secreción Genital
CIM (Concentración Inhibitoria Mínima)
Citrato
Cim p/aminoplucidol
Cim p/aminoglucidol Cim p/carbenicilina
Cim p/cefoperazona
Cim p/ciprofloxacina
Cim p/colestina
Cim p/Impenem
Cim p/canamicina
Cim p/mezlocilina
Cim p/piperacilina
Cim p/ticarlicina
Cim p/tobramicina
Citomegalovirus col. Giemsa
Citomegalovirus Igg Anticuerpo 
Citomegalovirus Igm Anticuerpo 
Ck total
Ck Mb
CMV-AC-IgG
CMV-AC-IgM 
Creatinina 
Coagulograma Cobre
Cocaína 
Coccidioidina 
Colesterol Esterificado
Colesterol Hdl 
Colesterol Ldl 
Colesterol Total
Colesterol Vldl
Colinesterasa
Coloración con tinta china 
Coloración De Giemsa 
Coloración De Gram
Coloración De Ziehl Neelsen
Coloración de Kinyoun
Complemento Hemolítico (Ch 50) 
Concent. de Hemoglobina Corpuscular Med
Coombs Directo
Coombs Indirecto
Coombs Indirecto Cuantitativo
Coprocultivo 
Coprología funcional
Coprofuncional 
Coproporfirinas 
Cortisol
Cortisol AM 
Cortisol PM
Cortisol urinario
IgM Cortisol Plasmático
Coxiella Burnetti IgG 
Coxiella Burnetti IgM 
Coxsaquie A IgG
Coxsaquie A IgM 
Coxsaquie B IgG  
Coxsaquie B IgM
Clearence de Creatinina 
Clearence de Urea
Cloro
Cloruros 
Cloruros (o) 
Cloruros LCR
Clostridium Difficile 
Clotest
CO2 Total 
Cristosporidyum
Crasis Sanguínea Completa
Creatinina
Creatinina (O) 
Creatorrea 
Crioaglobulinas 
Crioaglutininas 
Criptococus
Cristales Identificación
Cuerpos Cetónicos
Cuerpos Cetónicos (o)
Cultivo En Aerobiosis 
Cultivo En Anaerobiosis 
Cultivo En Thayer-Martin 
Cultivo Para Baar
Cultivo Para Gc
Cultivo para Gérmenes Comunes
Curva de Glucosa (3 horas) 
Curva de Glucosa (4 horas) 
Curva de Glucosa (5 horas)
Curva de Glucosa embarazo 
Cultivo Para Hongos
Cultivo Para Hongos de Biopsia 
Cultivo de glicemia (embarazo)
Curva de glicemia 3 horas
Curva de glicemia 4 horas
Curva de glicemia 5 horas
Cultivo para listeria
Cultivo Para Micoplasma
Curva De Tolerancia Oral A La Glucosa
Dehidroepitandrostenediona (DHEA-SO4) 
Dehidrogenosa alfa-hidroxibutirica HBDH
Dehidrostestosterona
Densidad
Difteria, Cultivo Digitoxina Digoxina
Dna - Ac
Dioxido De Carbono (Co2)
Detección de cristales 
DHEA Sulfato 
DHEA-SO4
Digitoxina 
Digoxina Dimero D
Dimero D cuantitativo 
Dopamina
Dopamina (o) 
Dosaje de NTX 
Dosaje de Renina
Dosaje para Digitálicos
D-Xilosa 
Ebv-Ea-Ac Ebv-Vca-Ac E BV-VCA-IgG E BV-VCA-IgM ECR (50%)
EBV - EA 
EBV - VCA IgG
EBV - VCA IgM
Eco-Virus IgG 
Eco-Virus IgM 
Efedrina
Electroforesis De Hemoglobina
Electroforesis De Lipoproteínas
Electroforesis De Proteínas 
Electroforesis de Proteínas (LCR) 
Electrolitos
Electrolitos (Sodio, Potasio, Cloro)
Electrolitos (O) (Sodio, Potasio, Cloro) en orina.
Enzimas cardiacas
Eosinofilos
Epstein-Barr Virus Ac 
Eritrosedimentación 
Escherichia Coli
Enteropatogeno 
Escherichia Coli Kl. Látex
Esperma Cultivo y ATB 
Espermograma
Esputo Coloración de Ziehl
Esputo Coloración Para Baar
Esputo Cultivo P/Germ. Comunes
Esputo Eosinofilos Y Mastocitos
Esputo Cultivo y ATB
Esputo frotis
Esteatocritos Estradiol
Esteatorrea 
Estriol Estradiol 
Estriol Libre 
Estrógenos Totales
Estudio Capilar Investigación De Hongos 
Exceso De Base
Excreción de Creatinina
Factor IX
Factor Reumatoídeo (Artritest) 
Factor ReumatoídeoIsotipos IgA
Factor ReumatoídeoIsotipos IgG 
Factor ReumatoídeoIsotipos IgM 
Factor V Leyden
Factor VIII
Fenil Alanina 
Fenil Cetonuria 
Fenil Hidantoina
Fenitoína 
Fenobarbital 
Fenoles
Ferritina 
Fibrinógeno 
Fibrinolisis
Formula Leucocitaria 
Fórmula Leucocitaria Diferencial
Fosfatasa Acida Prostética (Pap)
Fosfatasa Acida Prostática
Fosfatasa Acida Total y Prostética
Fosfatasa Alcalina
Fosfatidil - Glicerol en Liq. Amniótico
Fosfolipidos 
Fósforo 
Fósforo (O)
Fragilidad Osmótica De Los Hematíes
Fragilidad de los Hematíes 
Fragilidad Osmótica
Frotis De Sangre Periférica
Fructosa
Fructosamina
FSH
FSH Seriado
FT3 (T3 libre) 
FT3 (T4 libre)
FT3
FT4
FTA-ABS en L.C.R FTA ABS - IgG FTA ABS IgM
F.T.A. - ABS en L.C.R. IgG F.T.A. - ABS en L.C.R. IgM
F.T.A. - ABS IgG Ac.
F.T.A. - ABS IgM Ac.
FTI
GH (hormona de crecimiento) 
Gamma Globulinas 
Gamma GT
Garganta Cultivo 
Gases Arteriales y venoso
Gasometría venosa 
Gastrina 
Gentamicina
Glicemia 
Glicemia(O)
Glicemia Pre y Post-Prandial 
GC. Cultivo
Globulina
Glóbulos Blancos
Glóbulos Rojos 
Glucohemoglobina 
Glucosa
Glucosa (o)
Glucosa. Curva De Tolerancia 
Glucosa Pre Y Post Prandial 
Glucosuria
Granulaciones Tóxicas
Gonadotrofina Corionica (Hcg) 
Gota Gruesa
GOT 
GPT
Graham-Test
Gravindex
Grupo Sanguíneo
Guayaco
Ham-Test
Hamburger
Hamburger-Test
Hanger
Hamber
Hanta Virus IgG 
Hanta Virus IgM 
Heptoglobulina 
Haptoglobina 
Hba 1c
H delta 
HAV 
HAV-Ac
HAV-AC-IgG
HAV-AC-IgM 
HAV - IgG (Antic. Hepatitis A)
HAV - IgM (Antic. Hepatitis A)
HBC-AC
HBC-AC-IgM
HBC - ac - IgG (Anti Core) 
HBC - ac - IgM (Anti Core)
HBDH 
HBE-AC 
HBE-AG 
HBS-AC 
HBS-AG
HBS - Ag (Antígeno de Superficie-Hepatitis B
HCG Cualitativo 
HCG Cuantitativo 
HCG Cuantitativo Tumoral (marc. tumoral)
HCG libre 
HCO3
HCG-Sub Unidad Beta
H.C.G. Sub Unidad Beta Cuantitativa Directa
HCV - Ac (Antic. Hepatitis C)
HDL - Colesterol
Helicobacter pilori 
Heces Ex. Parasicológico Seriado
Heces - Examen Parasitológico 
Heces - Examen Parasitológico   Seriado
Heces - Benedict
Heces simple y seriada
Heces Flora Microbiana
Heces Frotis
Heces Hongos
Heces Esteatocrito
Heces Microsc. Funcional
Helicobacter Pylori IgG 
Helicobacter Pylori IgM 
Herpes - AC
Hepatitis Delta ac
Herpes - Secreción Genital
Herpes 1 IgG 
Herpes 1 IgM 
Herpes 2 IgG 
Herpes 2 IgM Oxirius 
Hematocrito
Hemocultivo En Aerobiosis
Hemocultivo En Anaerobiosis 
Hemoglobina
Hemoglobina. Electroforesis 
Hemoglobina Corpuscular Media 
Hemoglobina Fetal 
Hemoglobina glucosilada (Hba 1c)
Hemoglobina Glicosilada
Hemograma
Hemograma c/eritosedimentación 
Hemoparásitos
Hemoparásitos - Gota Gruesa
Hemoparásitos Observación
Hemophilus Influenza Tipo A y B. Látex Hepatitis (Ac. Y Ag) Ver Hav Y Hb y HC Herpes
HEV AC
HEV-Ac (Antic. Hepatitis E)
HIV-P 24
HLA-27
H.G.H.
Hidatidosis - Ac Hidroxicorticosteroides 17 
Hidatosis (ant. Antihidatídico)
Hidroxi-Indol-Acetico 5 (5hiaa) 
Hierro
Hierro Hepático (determinación cuantitativa)
Hierro Sérico 
Hierro % saturación 
Histoplasmina Intraderm.
Histoplasmosis
Hisopado Influenza A y B hasta tres (3) por grupo familiar por año de contrato.
Faringeo Histoplasmina HIV-Ac
Hongos Cultivo E Identificación 
Hongos Examen En Fresco Identificación de parásitos 
Hormona De Crecimiento (HGH)
HTLV1 - 2
Hormona Folículo Estimulante (FSH) 
Hormona Lactogeno Placentaria (HP) 
Homocistenia
Homocistina en orina
Homocysteina
Hormona Luteinizante (LH)
Identificación de Parásitos 
IgA
IgA secretoria 
IgA Secretoria en Saliva
IgD
IgD secretoría 
IgE Total 
IgG
IgM
Inclusiones Citomegalicas
Índices de riesgos
Índices Hematimetricos
Influenza A (sec. Nasal) Influenza A IgG Influenza A IgM
Influenza B (sec. Nasal) 
Influenza B IgG 
Influenza B IgM
Índice De Tiroxina Libre
Inmunoelectroforesis
Inmunoglobulinas
Inmunoglobulinas en LCR
Insulina
Insulinemia
Klebsiella Pneumoniae
Lactosa
LAP
Larvas De Vermes
Látex en L.C.R.
Látex para Gérmenes
Látex en líquido biológico
Látex en Líquido Pleural 
Látex en orina
Látex para Legionella Pneumofila 
Látex para Streptococcus Grupo A 
Látex para Streptococcus Grupo B
L. Haemophilus Influenzae Tipo B L. Neisseria Meningiditis Grupo A
L. Neisseria Meningiditis Grupo B L. Neisseria Meningidits Grupo C L. Streptococcus Pneumonias
L. Streptococcus Beta Hemoliticos Grupo A
L. Streptococcus Grupo B 
L.C.R. - Cultivo y Antibiograma
LCR Citoquímico
LCR Cultivo para BAAR 
LCR Cultivo para hongo 
LCR Cultivo y ATB
Lavado en broncoalveolar cultivo y ATB
Lavado en broncoalveolar p/B.A.A.R 
Lavado en broncoalveolar p/hongos
Lavado Gástrico
Lavado Gástrico Parásitos
LDH
L.D.H. ESTUDIOS LABORAL .H.
LDL - Colesterol LE
Leishmania IgG 
Leishmania IgM
Leptospirosis
Lecitina En Líquido Amniótico Legionella Pheumiphila Látex
Lesión Genital Coloración De Gram
Lesión genital campo oscuro
Lesión Genital Coloración De Fontana
Lesión Genital - Coloración de Gram
Lesión Genital Estudio Microbiológico
Lesión De Piel Cultivo Para Hongos
Lesión De Uñas Cultivo Para Hongos
Licobacter pilori LH
Linfa Cutánea. Coloración De Ziehl Lipasa
Lípidos Totales
Líquido Amniótico Cultivo y ATB
Líquido Amniótico Fosfaditil-Glicerol
Liquido Articular Citoquímico
Liquido Articular Cristales
Liquido Articular Cultivo y ATB
Líquido Ascítico - Cristales
Liquido Ascítico Cultivo y ATB
Líquido Cefalorraquideo Citoquímico
Liquido Ascético, anaerobios
Liquido Ascético, cultivo para hongos
Liquido Duodenal
Liquido Gástrico, Cultivo y ATB
Liquido Gástrico-Duodenal Parásitos
Liquido Peritoneal Cultivo y ATB
Liquido Pleural Cultivo y ATB
Líquido Pleural Citoquímico
Listeria 
Litio
Madurez Fetal (Fosfatydil Glicerol) 
Magnesio
Magnesio (O) 
Magnesio Eritrocitario
Mar Test IgG
Marihuana
Mastocitos
Metahemoglobina
Metanefrinas
Metotrexate
Micoplasma Pneumoniae IgM
Micosis Oportunistas 
Micosis Profundas 
Micosis Subcutáneas
Micosis Superficiales
Microalbuminuria 
Mielocultivo 
Mielocultivo Aerobios 
Mielocultivo Anaerobios
Miyoplasma, cultivo e identificación
Mioglobina
Moco Cervical 
Monotest 
Morfina
Morfina (o)
Mucoproteinas
Mycobacterium Tuberculosis
Mycoplasma HOMINIS
Mycoplasma HOMINIS (SEC vaginal)
Mycoplasma HOMINIS SEC URETRAL
Mycoplasma PNEUMONIAE (SEC.NASAL)
Mycoplasma PNEUMONIAE IGG NTX (Osteoporosis)
Myoplasma Pneumoniae IgG N DNA Ds-Ac.
Neisseria 
Neisseria Gonorrea
Neisseria Meningiditis Grupo A Látex
Neisseria Meningiditis Grupo B Látex
Neisseria Meningiditis Grupo C Látex N. 5 
Nitrógeno Ureico
Nucleotidasa
Oído Cultivo
Opiáceos
Orina, Físico-Químico Y Del Sedimento
Orina Cultivo y Antibiograma 
Orina 1er. Chorro Cultivo y Antibiograma
Orina Chorro Medio Cultivo y Antibiog.
Orina Cultivo - Antibiograma (Urocultivo) 
Osmolaridad urinaria
Osteocalcina
Oxalato 
Oxirius
Parásitos Investigación E Identificación Parathormona (Pth)
PAS
PAS (Antígeno Prostático Específico)
PAS libre total
Panel Viral hasta uno (1) por grupo familiar por año de contrato.
Paul Bunnel
Paul Bunnel (Presuntivo) 
Pco2
PCR Cardioespecífica
PCR (cualitativo y cuantitativo) hasta dos (2) por beneficiario por grupo familiar por año de contrato.
Po2
P.D.F. 
Péptido C 
Ph
Phenistix
Perfil Renal 
Perfil Reumático pH pH - Heces pH - Orina 
Perfil Gonadal
Perfil Hepático 
Perfil Lipídico 
Perfil Miocardio
Perfil Pre-Natal
Perfil Pre-Operatorio 
Perfil Químico
Perfil Marcadores Tumorales 
Perfil Acido-Básico
Perfil de Coagulación
Perfil de la Función Adrenal 
Perfil de las Anemias
Perfil de las Transfusiones 
Perfil de Pancreatitis 
Perfil de Tiroides
Perfil Electrolítico 
Perfil ENA
Plaquetas
Plasma Seminal Bioquímica
Plasma Seminal
Plomo
PM-1
Pneumocystitis Carinii 
Pneumonía Atipica 
PO2
Porfobilinogeno 
Potasio
Potasio (o)
PPD
P.S.A. 
PAP 
PAPP-A
Parainfluenza 1
Parainfluenza 2
Parainfluenza 3
Parainfluenza IgG 
Parainfluenza IgM
Parathormona
Parotiditis IgG 
Parotiditis IgM 
Parvovirus
Preparación De Células L.E.
Productos De Degradación De La Fibrina
Progesterona
Prolactina
Proteína C
Proteína C Reactiva
Proteína C Reactiva Cuantitativa 
Proteína C Reactiva Ultrasensible
Proteínas De Bence Jones
Proteína S
Proteínas Electroforesis
Proteínas - Relación A/G
Proteínas Totales
Proteínas Totales (O) - A/G
Protoporfirina
Proteinuría
Protomorfinas
Protozoarios
Prueba Cruzada Mayor y Menor
Prueba De Concentración
Prueba De Dilución
Prueba De Lazo
Prueba De Tolerancia Oral A La Glucosa
Prueba De Tolerancia A La Lactosa
Prueba De Tzanck PTH Pus Cultivo
Punta De Cateter Cultivo
Quimiotripsina
Quilomicrones
Quiste De Protozoos
Raspado De Lengua Cultivo Para Hongos
Rast F76 Alfalactoalbúmina y Gram con arancel preferencial
Rast F76 Caseína
Rast F77 Betalactoglobulina 
Rast., Abeja
Rast., Avispa con arancel preferencial. 
Rast., Chocolate con arancel preferencial
Rast., Clara de Huevo con arancel preferencial 
Rast., Epitelio de Gato con arancel preferencial 
Rast., Epitelio de Perro con arancel preferencial 
Rast., Frutilla con arancel preferencial
Rast., Leche de Vaca con arancel preferencial 
Rast., Penicilina con arancel preferencial 
Rast., Pescado con arancel preferencial 
Rast., Polvo de Casa con arancel preferencial 
Rast., Trigo con arancel preferencial
Rast. alérgenos 
Razón PAS
Razón PSA
Receptores Estrogénicos con arancel preferencial
Reacción De Huddleson
Reacción de Widal
Reacción De Nidal
Recuento De Addis
Recuento Glóbulos rojos
Recuento Glóbulos blancos 
Recuento de Hamburger
Recuento de Plaquetas
Relación A/B 
Relación A/G
Relación Calcio/Creatinina
Relación Calcio/Creatinina Meticulositos
Resistencia Osmótica Eritrocitaria
Reticulocitos
Retracción del Coágulo 
Retracción Del Coagulo Rh
Rotavirus
Rubeola IgG 
Rubeola IgM 
Salicilato
Sangre Oculta
Sarampión IgM
Saturación De Oxigeno Secreción Bucal
Secreción Faríngea - Cultivo y Antibiograma 
Secreción Genital - Cultivo y Antibiograma 
Secreción Nasal Citología
Secreción Nasal - Cultivo y Antibiograma
Secreción Nasal. Cultivo y ATB Eoinofilos Y Pastositos
Secreción Prostática.
Secreción Prostática - Frotis
Secreción Purulenta Cultivo
Secreción Conjuntival. Cultivo y ATB
Secreción Endocervical
Secreción Vaginal PH
Secreción Vaginal, Frotis
Secreción Vaginal Cultivo y ATB
Secreción Vaginal - Examen Fresco
Secreción Vaginal, Fresco y GRAM Cultivo y ATB 
Secreción Vulvo Vaginal Cultivo
Secreción Bulbar. Cultivo 
Sida-Ac Sífilis
Secreción Traqueal. Cultivo y ATB 
Secreción Uretral. Cultivo y ATB 
Secreción Uretral - Cultivo Thayer-Martin
Secreción Uretral Frotis 
Serología para Papera IgG
Serología para Papera IgM 
SHBG
Sims Hunner 
Sims-Hunner Test Shigella. Cultivo So2
Sn
Sodio LABORATORIALES
Sodio - Sodio (o) 
Somatomedina CSSA
SSB
Streptozima
Sub-clases IgG
SVG
Sorbitol
Staphylococcus Aureus
Streptococcus. Cultivo
Streptococcus. Beta Hemolitico Gr. A. Latex
Streptococcus Grupo B Látex
Streptococcus Pneumoniae
Streptonasa B 
Swin Up
T.P.
TTPA
T3 Libre
T3 Total
T3 Uptake
T4 Libre
T4 Neonatal
T4 Total
T4 Uptake
Teofilina
Test De Absorción a la Xilosa
Test De Absorción Reacción De Xilosa
Test de APT
Test de Arborización
Test de OSullvan
Test De Coombs Directo
Test De Coombs Indirecto
Test de estimulación (LH-RH)
Test De Estimulación Con ACTH
Test de estimulación con Glucagon
Test de estimulación con HGH
Test de estimulación con Metoclopramida
Test De Estimulación Con TRH (todas las estimulaciones y Test De Ham 50%) 
Test de Inhibición con Dexametasona
Test de Difusión de Monóxido de Carbono (DLCO) 
Test De Estimulación Hormona De Crecimiento (50%) T. *Con Ejercicios* Con L-Dopa
Test De Supresión Con Dexametasona
Test In Vitro De Penetración Espermática En T. Moco Cervical 
Test Post-Coital 
Test De Sims-Huner 
Test de Quilomicrones 
Test de Tzanck
Test Del Sudor
Test para Dengue 
Test para HIV
TIBC (Capacidad De Fijación Del Hierro) 
Tiempo De Coagulación 
Tiempo De Sangría
Tiempo De Protrombina Y Coagulación
Tiempo De Tromboplastina Parcial Activada
Timol
Tine Test
Test Tzanck-Prueba De Tipificación
Tipificación
Tipificación del Donante y Receptor
Tiroglobulina 
Test Rápido para COVID, hasta tres (3) por grupo familiar por año de contrato.
Testosterona Libre 
Testosterona Total 
Test del Piecito
TOXOPLASMOSIS - AC Igg, Igm
Toxina para Clostridium Difficile
Transaminasa
Transferrina 
Transglutaminasa
Tisular
Transferían
Tricomonas Vaginalis
Triglicéridos
Troponina I 
Troponina T 
Trypanosoma Cruzi-Ac 
Trypanosoma IgM
Trypanosoma IgG
TSH
TSH Neonatal
Ulcera Genital Cultivo y ATB 
Urea
Urea (o)
Ureplasma
Ureaplasma - Urealiticum
Urobilina
Urobilinogeno
Uroporfirina
Van De Kamer
Vanil Mandelic Acid (Avm) 
Varicela IgM
Vermes
V.D.R.L.
V.D.R.L. Cuantitativa
V.D.R.L. en L.C.R.
Virocitos
Virus Sinscicial Ag
Virus Sinscicial IgG y T-M  
Virus Sinscicial IgM
Vitamina B-12 
Vitamina B6
VIH-Ac
Vicent's Angina Frotis Virocitos
Vitamina D hasta dos (2) por beneficiario por grupo familiar por año de contrato. Diferencia a cargo paciente.
VLDL Colesterol
VLDL - Colesterol VSR - Ac Widal.
Volumen Corpuscular Medio 
Waler Rose
Yersenia Cultivo
Zinc

OBSERVACIONES GENERALES:
En caso de discrepancia entre las EE.TT. solicitadas y prestadas deberá ser canalizada por la dependencia Administradora del Contrato.
Se designará por lo menos 1 (un) representante cada uno del Ministerio de Desarrollo Social y 1 (un) representante de la prestadora de servicios, a fin de coordinar y controlar los servicios de cobertura médica, a través de los cuales se podrá:
•    Confeccionar el listado de médicos que no figuren dentro del plantel de la prestadora, a fin de incluirlos dentro de la nómina de profesionales en razón de la demanda que los mismos pudieran tener por parte de los funcionarios y arbitrar los mecanismos para la sustitución de los profesionales médicos cuyos servicios no resultaren satisfactorios para la contratante.
•    De no lograr acuerdo en un profesional en particular, se podrá en su reemplazo, optar por otro que resultare de una terna, proveído por la prestadora.
•    Recoger las quejas y sugerencias que permitan mejorar la calidad de los servicios y la conducta de los beneficiarios.
•    En general resolver los asuntos emergentes de la ejecución del contrato a ser suscripto.
La Prestadora de Servicios se compromete a proveer a la convocante mensualmente o cuando este lo solicite, la nómina actualizada de los titulares, grupo familiar y adherentes, datos estadísticos respecto a las consultas, internaciones, análisis clínicos, intervenciones, estudios por imágenes u otros ítems necesarios.
La Prestadora de Servicios no podrá suspender la cobertura contratada por la falta de pago por parte del Ministerio de Desarrollo Social y se procederá conforme lo establece la Ley Nº 7021/22 de DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS

INSTRUCTIVO DE COTIZACIÓN EN LA PLANILLA DE PRECIOS DEL (SICP)
El siguiente ejemplo es la forma de cotización que se utilizará en la Planilla de Precios del (SICP) - Sistema de Información de las Contrataciones Públicas a fin de cotizar en el presente proceso licitatorio.
Aclaración: El monto del precio por funcionario=Grupo Familiar es ficticio, es solo a modo de ejemplo.
EJEMPLO:
Un funcionario=Grupo Familiar 100.000 Gs.
Cantidad de meses (periodo de cobertura) x 24
Precio total por funcionario (grupo familiar) por 24 meses (ESTE ES EL PRECIO QUE SE DEBE CARGAR COMO PRECIO UNITARIO EN LA PLANILLA DE PRECIOS) = 2.400.000 Gs.
Cantidad Máxima de funcionarios (grupo familiar) x 570
Precio Total Máximo = 1.368.000.000 Gs.

 

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

Ítem Descripción del Servicio Unidad de Medida Presentación 
1 Seguro Médico para Funcionarios de Planta y Unidad Técnica de Gabinete Social del Ministerio de Desarrollo Social - Plurianual Mes Evento

•    Observación: Los funcionarios de la Unidad Técnica del Gabinete Social (UTGS), fueron incorporados al Ministerio de Desarrollo Social por Decreto N.° 357/2023, que reorganiza el Gabinete Social de la Presidencia de la República, dispone la incorporación de nuevos organismos y entidades, y establece la coordinación a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.
Los mismos, serán beneficiarios del presente seguro médico a partir del 14 de junio de 2025; fecha a partir de cual correrán los plazos para las incorporaciones de beneficiarios, grupos familiares y adherentes, así como para la entrega de los carnets identificadores.

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

Ítem

Descripción del servicio

Unidad de medida de los servicios

Lugar donde los servicios serán prestados

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

1

 

Seguro Médico para Funcionarios de Planta y Unidad Técnica de Gabinete Social del Ministerio de Desarrollo Social - Plurianual

mes

Conforme a lo indicado en el apartado de Especificaciones Técnicas.

El Plazo de entrega
de lo adjudicado
será en forma
inmediata a partir
de la firma del
contrato
por 24 (veinte y cuatro) meses.

 Observación: Los funcionarios de la Unidad Técnica del Gabinete Social (UTGS), fueron incorporados al Ministerio de Desarrollo Social por Decreto N.° 357/2023, que reorganiza el Gabinete Social de la Presidencia de la República, dispone la incorporación de nuevos organismos y entidades, y establece la coordinación a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.

Los mismos, serán beneficiarios del presente seguro médico a partir del 14 de junio de 2025; fecha a partir de cual correrán los plazos para las incorporaciones de beneficiarios, grupos familiares y adherentes, así como para la entrega de los carnets identificadores. 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA.

Orden de Servicio

Informe o Acta de recepción.

Junio 2025

Orden de Servicio

Informe o Acta de recepción.

"

Orden de Servicio

Informe o Acta de recepción.

Diciembre 2025

Orden de Servicio

Informe o Acta de recepción.

Enero 2026

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