Datos de la Verificación
Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
30-04-2025 - 07:59
Fecha de Fin
05-05-2025 - 16:27
Estado
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Se requiere que el oferente cuente con un numero determinado de empleados en IPS como condición de participación.
Descripción
El requerimiento establecido correspondiente a que el oferente cuente con cierta cantidad de personas inscriptas en IPS
como condición de participación, se constituye en un requerimiento para la ejecución. Se solicita explicación del por qué
el requisito resulta técnicamente indispensable para participar en el procedimiento de contratación
Comentario
Donde se indica: "Planilla de Instituto de Previsión Social correspondiente al mes anterior vencido a la fecha de apertura de ofertas, donde figure el técnico propuesto".//
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA EXPERIENCIA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la experiencia podria resultar limitante/excluyente.
Comentario
Donde se indica: "opias de Contratos ejecutados y/o facturas de ventas tanto de empresas públicas como privadas correspondientes a SERVICIO DE IMPRESIÓN, COPIADO Y ESCANEO, acompañados de las documentaciones que acrediten el desempeño satisfactorio" en especifico lo que corresponde a "desempeño satisfactorio" podría ser limitante/excluyente.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Comentario
1) Dictamen Técnico de EETT: Solicitamos ampliar el dictamen técnico remitido ya que recordamos que el mismo debe sustentar las especificaciones del proceso.//
2) Teniendo en cuenta que el proceso reviste de carácter Plurianual, se deberá indicar en la proforma de contrato, específicamente en cláusula que hace referencia a la vigencia del contrato y en el pliego referente a pagos que la validez o continuidad de la contratación quedará supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignación del Plan Financiero en los Ejercicios Fiscales siguientes (Artículo 44 de la Ley N° 7021/22).//
3) Clausula de "Identificación de la unidad solicitante y justificaciones" del PBC el nombre de quien solicita el llamado a ser publicado difiere del indicado en el dictamen técnico de EETT.//
4) Con respecto a las máquinas (multifunción-impresora-escáner) se consultan si las mismas serían otorgadas en comodato.//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No remite constancia plurianual
Descripción
Se solicita remitir la constancia plurianual FG04 actualizada, conforme a la reglamentación vigente.
Comentario
1) Sí bien se toma conocimiento de la nota N° 615/2025 solicitamos remitir la constancia plurianual o anexo fg04 correspondiente o caso contrato la Acción de Inconstitucionalidad (A.I.).//
2) Teniendo en cuenta que el presente proceso se ejecutaría hasta el ejercicio 2028 solicitamos remitir la constancia de autorización del MEF considerando el Art. 386 del Decreto PGN 3248/25: "Contrataciones Plurianuales: Las solicitudes de contrataciones plurianuales del Ejercicio Fiscal 2025, correspondientes a los Ejercicios Fiscales 2026 y 2027 deberán
estar acompañadas por la o las copias de reportes impresos del Módulo Plurianual del SIPP (FG04) autenticadas por la Unidad de Administración y Finanzas y/o Subunidad de Administración y Finanzas (UAFs) y/o (SUAFs) u oficina encargada de la gestión presupuestaria o financiera de la Institución. Si el contrato objeto de aprobación no está incluido en el Presupuesto Plurianual, deberán remitir la constancia expresa de autorización emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas".//
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta Constancia Ad Referendum
Descripción
Solicitamos a la convocante que remita la Constancia Ad Referéndum de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente.
Comentario
Sí bien se toma conocimiento de la nota N° 615/2025 solicitamos remitir la constancia Ad referéndum correspondiente o caso contrato la Acción de Inconstitucionalidad (A.I.).//
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.