Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL (LPN) PARA LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA PERSONAS PARA EL HOSPITAL PSIQUIÁTRICO - PLURIANUAL 2025-2026
ID. N.º 462.799
ADENDA N.º 01
El HOSPITAL PSIQUIÁTRICO mediante la Sub Unidad Operativa de Contrataciones N.º 35, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de conformidad al Art. 48 - Modificaciones a la convocatoria y a los pliegos de bases y condiciones del Capítulo VII de la Ley N.º 7021/22 De Suministro y Contrataciones Públicas y el Art. 46 - Modificaciones de las Bases de la Contratación del Decreto Reglamentario N.º 9823/23, Artículo 124. Obligatoriedad de la Resolución DNCP N.º 2301/2025, y en uso de sus atribuciones, emite la siguiente Adenda, a fin de modificar el siguiente punto:
MODIFICACIONES:
Se realiza modificaciones a la Sección de Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones atendiendo lo establecido en la Resolución DNCP N.º 2301/2025 Por la cual se reglamentan los procedimientos de contratación regidos por la Ley N.º 7027/22 "De Suministro y Contrataciones Públicas", en su Capitulo II - Convenio Marco - Artículo 124. Obligatoriedad: Los organismos, entidades y sociedades anónimas en las que el Estado sea socio mayoritario deberán realizar a través de la Tienda Virtual, la contratación de los productos y servicios disponibles en la misma, según su necesidad y conforme a su presupuesto aprobado. Excepcionalmente, se podrá realizar un procedimiento de contratación para satisfacer sus necesidades, cuando: a) No se encuentre activo en la tienda más de un proveedor; b) No se encuentren disponibles los bienes o servicios requeridos en la tienda virtual; c) El sistema de adjudicación no sea por ítem y el porcentaje de incidencia del monto de los ítems que se encuentran en la tienda y componen el Lote/Total del procedimiento de contratación, sea menor al 7O% del monto del Lote/Total; d) No se reciban tres (03) cotizaciones sucesivas en un mismo ítem o; e) Si en tres (03) cotizaciones sucesivas, las mismas superen el presupuesto de la convocante. En tales casos, la convocante deberá remitir junto con el Pliego de Bases y Condiciones, una Declaración Jurada que contenga una explicación detallada de la situación de hecho e individualización del inciso en el que se subsume el procedimiento de contratación a ser comunicado, a los efectos de acreditar la pertinencia para la realización del mismo. Las Municipalidades podrán realizar la contratación de los productos y servicios disponibles en la Tienda Virtual, cuando lo estimen pertinente, salvo que la DNCP disponga su obligatoriedad
Se modifica el listado de Suministros Requeridos en cuanto al Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, modificándose el listado de los Ítems de los insumos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones, para los ítems N.º 03,04,05 y 31. Se excluyen estos ítems atendiendo a que los mismos están disponibles en la Tienda Virtual de la DNCP. Por lo tanto y en cumplimiento de la normativa éstos ya no forman parte de la presente licitación y serán adquiridos por medio de un proceso de Convenio Marco.
Se modifica además la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, prorrogándose la misma según corresponde de acuerdo a la normativa legal vigente.
Los demás puntos que no hayan sido modificados por la presente Adenda, siguen invariables y con plena vigencia.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Especificaciones técnicas - CPS
- Detalle de los bienes y/o servicios
- Plan de entrega de los bienes
Sección: Modelo de contrato
- Modelo de Contrato
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/462799-adquisicion-alimentos-personas-hospital-psiquiatrico-plurianual-2025-2026/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL (LPN) PARA LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA PERSONAS PARA EL HOSPITAL PSIQUIÁTRICO - PLURIANUAL 2025-2026
ID. N.º 462.799
ADENDA N.º 01
El HOSPITAL PSIQUIÁTRICO mediante la Sub Unidad Operativa de Contrataciones N.º 35, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de conformidad al Art. 48 - Modificaciones a la convocatoria y a los pliegos de bases y condiciones del Capítulo VII de la Ley N.º 7021/22 De Suministro y Contrataciones Públicas y el Art. 46 - Modificaciones de las Bases de la Contratación del Decreto Reglamentario N.º 9823/23, Artículo 124. Obligatoriedad de la Resolución DNCP N.º 2301/2025, y en uso de sus atribuciones, emite la siguiente Adenda, a fin de modificar el siguiente punto:
MODIFICACIONES:
Se realiza modificaciones a la Sección de Suministros Requeridos - Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones atendiendo lo establecido en la Resolución DNCP N.º 2301/2025 Por la cual se reglamentan los procedimientos de contratación regidos por la Ley N.º 7027/22 "De Suministro y Contrataciones Públicas", en su Capitulo II - Convenio Marco - Artículo 124. Obligatoriedad: Los organismos, entidades y sociedades anónimas en las que el Estado sea socio mayoritario deberán realizar a través de la Tienda Virtual, la contratación de los productos y servicios disponibles en la misma, según su necesidad y conforme a su presupuesto aprobado. Excepcionalmente, se podrá realizar un procedimiento de contratación para satisfacer sus necesidades, cuando: a) No se encuentre activo en la tienda más de un proveedor; b) No se encuentren disponibles los bienes o servicios requeridos en la tienda virtual; c) El sistema de adjudicación no sea por ítem y el porcentaje de incidencia del monto de los ítems que se encuentran en la tienda y componen el Lote/Total del procedimiento de contratación, sea menor al 7O% del monto del Lote/Total; d) No se reciban tres (03) cotizaciones sucesivas en un mismo ítem o; e) Si en tres (03) cotizaciones sucesivas, las mismas superen el presupuesto de la convocante. En tales casos, la convocante deberá remitir junto con el Pliego de Bases y Condiciones, una Declaración Jurada que contenga una explicación detallada de la situación de hecho e individualización del inciso en el que se subsume el procedimiento de contratación a ser comunicado, a los efectos de acreditar la pertinencia para la realización del mismo. Las Municipalidades podrán realizar la contratación de los productos y servicios disponibles en la Tienda Virtual, cuando lo estimen pertinente, salvo que la DNCP disponga su obligatoriedad
Se modifica el listado de Suministros Requeridos en cuanto al Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas, modificándose el listado de los Ítems de los insumos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones, para los ítems N.º 03,04,05 y 31. Se excluyen estos ítems atendiendo a que los mismos están disponibles en la Tienda Virtual de la DNCP. Por lo tanto y en cumplimiento de la normativa éstos ya no forman parte de la presente licitación y serán adquiridos por medio de un proceso de Convenio Marco.
Se modifica además la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, prorrogándose la misma según corresponde de acuerdo a la normativa legal vigente.
Los demás puntos que no hayan sido modificados por la presente Adenda, siguen invariables y con plena vigencia.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Especificaciones técnicas - CPS
- Detalle de los bienes y/o servicios
- Plan de entrega de los bienes
Sección: Modelo de contrato
- Modelo de Contrato
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/462799-adquisicion-alimentos-personas-hospital-psiquiatrico-plurianual-2025-2026/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
