Suministros y Especificaciones técnicas

Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:

  • Identificar el nombre,  cargo  y  la dependencia de la Institución de quien solicita el procedimiento de contratación a ser publicado.
  • Funcionario o técnico responsable:  Lic. José Diego Chaparro Fleitas, Director General

    Dependencia solicitante:  Direccion General de Gestión y Desarrollo de las Personas

  • Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: Este pedido se sustenta en normativas constitucionales puesto que la Constitución Nacional en sus Artículos 7, 57, 58, 61, 68, consagra a la salud como DERECHO FUNDAMENTAL DE LAS PERSONAS, y es menester de esta Convocante, generar las condiciones necesarias para la prevención, tratamiento y conservación de la salud de los funcionarios, sus beneficiarios y adherentes, y por tanto, como Institución, tenemos la obligación de velar por la salud de todos y cada uno de los funcionarios de esta institució.Se pretende satisfacer las necesidades imprescindibles del cuidado de la salud de los funcionarios de esta cartera de estado y de su grupo familiar básico
  • Justificación de la planificación, si se trata de un procedimiento de contratación periódico o sucesivo,  o si el mismo responde a una necesidad temporal: Es un llamado que se realiza de manera sucesiva teniendo en cuenta lo imprescindible de dicho servicio para nuestra institución.
  • Justificación de las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas se han realizado a fin de satisfacer las necesidades de los funcionarios y proteger la salud integral de los mismos.
  • Las EETT y las coberturas establecidas son en atencion a todos los servicios, consultas, urgencias y otras necesidades médicas que el personal de esta convocante ha venido requiriendo en contratos anteriores, por lo que las eett se encuentran plenamente justificadas.

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

 

BENEFICIARIOS: Funcionarios permanentes y contratados de la Gobernación del Departamento Central

Se entenderá por grupos familiares, al titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por matrimonio de hecho debidamente legalizado), sus hijos hasta los 18 años de edad. El divorcio vincular declarado podrá extinguir la calidad de BENEFICIARIO/A del cónyuge, a decisión del titular.

Asimismo, para los titulares solteros/as, divorciados y viudos sin hijos menores de 18 años, serán tomados como miembros y/o grupos familiar a un padre hasta los 65 años de edad y con los mismos privilegios y en caso de solteros, divorciados y viudos con hijos hasta los 18 años de edad estos serán sus beneficiarios directos.

El progenitor beneficiario, según decisión del titular, no podrá ser cambiado por el otro durante la vigencia del contrato, salvo en casos de fallecimiento.

 BENEFICIARIOS ADHERENTES

  • Personas mayores: se entenderá taxativamente a los padres y madres sin límite de edad los que abonarán al contratista una prima según la siguiente tabla:
  • Padres/madres hasta 50 años: 60 % de la cuota, por persona.
  • Padres/madres desde 51 años a 60 años: 70% de la cuota, por persona.
  • Padres/madres desde 61 en adelante: 85% de la cuota, por persona.

 

 

  • Hijos: se entenderá taxativamente a hijos solteros del titular desde los 19 años de edad, los que abonarán al contratista una prima según la siguiente tabla:

Desde los 19 años en adelante: 50% de la cuota, por persona.

 

Los Recién Nacidos, hijos del titular, tendrán cobertura inmediata desde que le fuera comunicado el advenimiento a la prestadora del servicio, será suficiente prueba el Certificado de Nacido Vivo para el efecto o en caso de la no entrega inmediata del documento, bastará con la comunicación expresa de los Administradores del Contrato.

 La distribución geográfica de los funcionarios es en ASUNCION Y GRAN ASUNCION:

El plazo para las incorporaciones de adherentes es de 30 (treinta) días desde la inclusión del beneficiario titular.

Los adherentes pagados deberán permanecer hasta la finalización del contrato o hasta que el titular sea desvinculado de la entidad (en caso de darse la misma antes de la finalización del contrato) y los titulares serán responsables del pago de las cuotas correspondientes por las cuales suscribirán un contrato totalmente independiente al contrato con la convocante, respetando los porcentajes establecidos en estas especificaciones técnicas.

La convocante no tendrá responsabilidad alguna por el pago mencionado en el párrafo anterior.

 

VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:

Se concede la VIGENCIA INMEDIATA, en todos los servicios, a partir de la firma del contrato. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para las coberturas requeridas en la presente Licitación.

La empresa adjudicada deberá dotar a los asegurados titulares, adherentes (pagos y no) un carnet de identificación sin costo alguno. En caso de que el beneficiario solicite una reimpresión, el costo de la misma será a cargo del mismo. Para ello, la contratante remitirá el listado respectivo; ínterin se cuenten con los carnets será suficiente la presentación de la Cédula de Identidad. Las tarjetas de identificación deberán entregarse en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles desde la comunicación de la inclusión del titular y sus beneficiarios.

 

COBERTURA:

Se incluirá la libre elección de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones), sin límite de veces salvo especificaciones en contrario.

Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables se aplica o se computa por evento, entendiéndose por tal a todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones hasta tanto no se hayan resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médicos quirúrgico. En caso de que un paciente sea tratado, en una misma internación, por varios diagnósticos, la cobertura de medicamentos y descartables se dará por el motivo principal de internación.

En cumplimiento de la Ley Nº 836/80 "Código sanitario" específicamente lo previsto en el TITULO II DE LOS RECURSOS FÍSICOS Y TERAPÉUTICOS, CAPÍTULO I DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Artículo 239 y 245, los oferentes que prestan servicios de salud mediante el sistema de atención médica prepaga y lo establecimientos de salud deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

 

INTERNACION:

Para las internaciones, el contratista deberá habilitar los centros asistenciales con las coberturas respectivas en los siguientes lugares:

 

Localidad

Cantidad de Centros Asistenciales Habilitados

 ASUNCIÓN

4 (CUATRO)

 SAN LORENZO

1 (UNO)

 FERNANDO DE LA MORA

1 (UNO)

 LUQUE

1 (UNO)

 LAMBARÉ

1 (UNO)

 

Para Asunción y Gran Asunción, cuatro (04) de los sanatorios ofrecidos deben contar con categorización de nivel 3 (tres) conforme a la calificación otorgada por la superintendencia de salud y tener UTI de niños y adultos dentro del mismo sanatorio por lo menos en dos de los mismos.

Al menos dos de los sanatorios con nivel 3 situado en Asunción, deberá contar con equipo de tomografía y resonancia magnética instalados y en funcionamiento y mínimamente uno deberá contar con Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia, Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria, Centro de Especialidades Cardiológicas todos ellos con su correspondiente habilitación del Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social.

Todos los sanatorios de Asunción y Gran Asunción deberán estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y deberán presentar copia de la habilitación de los mismos con la oferta o en su defecto la mesa de entrada que certifique que se encuentra en trámites de renovación del mencionado documento.

Para la prestación del servicio de estudios laboratoriales, diagnósticos por imágenes, rehabilitación, estudios especializados y otros, la contratista deberá habilitar los mismos con las coberturas respectivas en los siguientes lugares, con las cantidades señaladas como mínimo y la utilización de los mismos estará a libre elección del asegurado.

 

 

Localidad

 

Locales habilitados para todos los servicios señalados

ASUNCIÓN

3 (TRES)

 SAN LORENZO

 1 (UNO)

FERNANDO DE LA MORA

 1 (UNO)

ITAUGUA

1 (UNO)

 

Antes de proceder a la adjudicación la convocante podrá realizar una visita a los sanatorios y centros habilitados a fin de verificar que los mismos cuenten con la infraestructura solicitada en los términos de referencia.

 

SUMINISTROS

A) INTERNACIONES:

Con cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en centros asistenciales, habilitados por el seguro, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. En habitación individual, sala de estar, baño privado, teléfono, televisión, dieta oral del paciente, ambiente climatizado, cama para el acompañante, atención médica de cualquier especialidad (excepto las excluidas) y de enfermería. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes hasta el alta del paciente. No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado deba internarse, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, independientemente del diagnóstico que las origina, salvo especificaciones taxativamente incluidas en este PBC.

Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA , que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.

Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 48 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) u cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.

En el caso de que el paciente necesite transfusión de sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos (según disponibilidad) hasta 10 volúmenes por año/abonado y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición obligatoria correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, y todos los descartables o medicamentos utilizados para el efecto, deberán ser cubiertos por la prepaga, para los 10 volúmenes cubiertos.

Cobertura de medicamentos y materiales descartables mientras el paciente permanezca internado (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, oxígeno o en cualquier presentación) por valor de G 30.000.000. - (treinta millones) por evento, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas para cada beneficiario (beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes) y siempre que guarden relación con el motivo de internación (no medicaciones de tratamiento

crónico).

 

B) HONORARIOS PROFESIONALES:

Cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en consultorios, internaciones y servicios de urgencias en todas las especialidades (excepto las excluidas) para enfermedades clínicas y quirúrgicas, sean accidentales o no, incluyendo los derivados de actividades deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo, etc.

Los honorarios del médico tratante en internación, así como los honorarios de los médicos especialistas de cualquier rama que sean necesarios consultar (excepto las especialidades excluidas), deben ser cubiertos por la aseguradora inclusive por dos visitas diarias, sin costo para el asegurado.

·         Clínica médica

·         Cirugía general menor y mayor (incluido derecho operatorio) Cateterismo cardíaco POR ALTA COMPLEJIDAD

·         Cirugía video laparoscópica (uso del video propiedad de los sanatorios sin cargo para el asegurado) para apéndice, vesícula y diagnóstica. En los demás casos la cobertura será hasta el monto de la cirugía convencional.

·         Cardiología clínica (adulta y pediátrica)

·         Pediatría y Neonatología. Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social en el vacunatorio habilitado por la prestadora.

·         Ginecología y Obstetricia

·         Otorrinolaringología: cirugías endoscópicas con cobertura del 100%. Traumatología y Ortopedia

·         Kinesioterapia, ejercicios, fisioterapias en general, fisioterapia pulmonar y masaje terapéutico, hasta 15 sesiones abonado /año

·         Hepatología

·         Urología: cubre uso de equipos e instrumentales hasta G 5.000.000.- Mastología

·         Nefrología incluyendo hemodiálisis en los casos agudos (hasta 10 diez) por año por beneficiario y su grupo familiar. Clínica neurológica. Cirugía del Sist. Nervioso Periférico incluyendo las de columna según alta complejidad.

·         Cirugías de ronquido o uvulopalatoplastia (tendrá cobertura luego de agotados todos los tratamientos no invasivos y según el resultado del estudio del sueño)

·         Neumología

·         Gastroenterología (pediátrica y adulta) Proctología

·         Anestesiología

·         Anatomía Patológica (incluyendo biopsia de todo tipo) Clínica Geriátrica

·         Analgesia en partos

·         Psiquiatría: hasta 10 consultas abonado año en consultorio Psicología clínica y laboral: hasta 3/mes/abonado

·         Psicología Pediátrica: hasta 3/mes/abonado Psicopedagogía: 3 /mes/abonado

·         Oncología: Cirugías con cobertura según alta complejidad Quimioterapia: honorarios hasta 2 ciclos por año/abonado Infectología hasta 5 consultas abonado año

·         Oftalmología: incluye ejercicios ortopticos hasta 10/años/beneficiario

·         Dermatología procedimientos quirúrgicos hasta 5 lesiones abonado año no incluye técnica de mosh Hematología

·         Reumatología: cubre hasta 5 consultas/año/asegurado Radiología

·         Transfusionista: En el caso de que el paciente necesite transfusión de sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos (según disponibilidad) hasta 10 volúmenes por año/abonado y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición obligatoria correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados y todos los descartables o medicamentos utilizados para el efecto, deberán ser cubiertos por la prepaga, para los 10 volúmenes cubiertos.

·         Endocrinología

·         Dietología Nutrición - consultas hasta 1 por mes abonado año. No incluye deportologia. Toxicología

·         Alergiología + Test Alérgicos

·         Cirugía plástica reparadora funcional en accidentes ocurridos durante la vigencia del presente contrato (no estética) Flebología

·         Monitoreo cardiológico intraoperatorio: pacientes ASA III y superiores y por pedido expreso del cirujano tratante.

El beneficiario y su grupo familiar, podrán consultar en consultorio, con un profesional médico que no se encuentre en el listado de médicos del seguro, no más de 2 vez por mes por grupo familiar y la cobertura se realizara por el sistema de rembolsos hasta un máximo de Gs. 250.000 (guaraníes ciento cincuenta mil) por consulta. El reembolso deberá realizarse a más tardar en 15 días hábiles posteriores a la solicitud.

 

C) TERAPIA INTENSIVA: (adultos y niños)

Tiempo de internación hasta, 30 días /beneficiario/año con cobertura total en honorarios profesionales habilitados, equipos, cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).

Cobertura de medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación) y descartables, hasta Gs. G 60.000.000 (sesenta millones), siempre que guarden relación al episodio tratado o cualquier afección adquirida durante la internación, incluyendo oxigeno terapia - Incluye igualmente alimentación parenteral hasta 6 días.

En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio hasta agotada la cobertura

Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada miembro del grupo familiar; es decir, el titular y cada uno de sus Adherentes.

Debe entenderse que la cobertura de medicamentos será por evento, sin límite de eventos durante el tiempo que dure el contrato.

Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 48 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) o cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.

En el caso de que el paciente necesite transfusión de sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos (según disponibilidad) hasta 10 volúmenes por año/abonado y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición obligatoria correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, y todos los descartables o medicamentos utilizados para el efecto, deberán ser cubiertos por la prepaga, para los 10 volúmenes cubiertos.

 

D) TERAPIA INTERMEDIA

Se entenderá que la cobertura es por persona, y se regirá en las mismas condiciones que el ítem anterior, siempre que el paciente ingrese y se retire de la unidad bajo esta modalidad. En ningún caso se sumará con el ítem anterior durante un mismo evento.

Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 48 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables (incluyendo termómetros) u cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.

En el caso de que el paciente necesite transfusión de sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos (según disponibilidad) hasta 10 volúmenes por año/abonado y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición obligatoria correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, y todos los descartables o medicamentos utilizados para el efecto, deberán ser cubiertos por la prepaga, para los 5 volúmenes cubiertos

Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables se aplica por evento y se computa desde cero, por cada vez que el paciente se interne por otro evento, sin importar la cantidad de eventos mientras dure el contrato.

 

E) INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA:

Luminoterapia en sala: sin límite de días

Incubadora y Luminoterapia en terapia: hasta el límite de días de UTI

Se entenderá que la cobertura es por persona, y se regirá en las mismas condiciones que el ítem anterior. Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables se aplica o se computa por evento.

 

F) SERVICIOS DE URGENCIAS:

Debe estar integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, compuesto de médicos clínicos, cirujanos, obstetras y pediatras, las 24 horas y todos los días, aún domingos y feriados.

Disponer ambulancias para todo tipo de traslado: alta, baja y mediana complejidad. Unidad coronaria móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia.

EL SANATORIO proveerá atención médico-quirúrgica derivada de cualquier clase de accidentes dentro de los límites establecidos, incluyendo los accidentes colectivos o quemaduras graves.

La cobertura de medicamentos y descartables, ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación, incluyendo antibióticos inyectables (1º dosis indicada por el médico de guardia), para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y habilitados por la Contratista y aplica igualmente para las cirugías realizadas en este servicio por urgencias y que no necesiten internación.

 

G) OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE

Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas (excepto las excluidas), así como en cirugías menores que no requieran internación y se realicen en consultorios, la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, monitoreo fetal, cuna térmica, video, entre otros.

En el servicio de urgencia tendrán cobertura total: inyecciones, vacunaciones, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial, medicamentos y descartables que pueda necesitar el asegurado en este servicio, tanto para casos de accidente, como para cualquier requerimiento de atención en este Servicio, tendrá una cobertura total sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO. Para estos casos no existirá limitaciones y la cobertura podrá ser bajo prescripción médica, excepto en los casos previstos en los servicios sin cobertura.

Examen médico preventivo solicitado por los pacientes, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, mamografía, colposcopía tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO. También deberá incluir para los casos de los niños en edad escolar, así como la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos con chicos con problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con dicho certificado expedido por el profesional médico.

Deberán estar cubiertos procedimientos diagnósticos endoscópicos y extracción de cuerpos extraños, con endoscopios rígidos (videolaparoscópios, uroscopios, etc.) flexibles (fibroscopios), incluyendo honorarios médicos y de anestesista, cada vez que el paciente lo necesite, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, independientemente del diagnóstico que las origina. En caso de procedimientos endoscópicos terapéuticos en las especialidades de gastroenterología, urología, neumología, ginecología, traumatología, laparoscopia y artroscopia la cobertura de honorarios será hasta el valor del procedimiento por vía convencional. Tendrán cobertura los instrumentales y equipos propiedad de los sanatorios habilitados (uso de endoscopios flexibles cargo al abonado). Los instrumentales y equipos descartables se incluirán dentro del límite de medicamentos y descartables.

Deben estar cubiertos con los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, (excepto las excluidas), la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, monitoreo fetal, cuna térmica, video.

TODA LA COBERTURA SEÑALADA EN ESTE ITEM (G) RIGE IGUALMENTE PARA LAS CIRUGIAS MENORES DE URGENCIA QUE NO NECESITEN INTERNACION.

 

H) VISITAS DOMICILIARIAS:

Visitas con carácter no urgente a cargo de un plantel provisto por la empresa de ambulancia habilitada, dentro de las tres

(3) horas de recibido el llamado (indefectiblemente) y hasta 2 por mes por grupo familiar. Estas visitas deberán realizarse en las ciudades de Asunción, San Lorenzo, Luque, Fernando de la Mora, Lambaré, Ñemby, Capiatá. Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas , con cobertura total, en caso de pacientes encamados crónicos y que no puedan ser trasladados.

En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes fehacientemente comprobados con incapacidad física de concurrir a los servicios.

 

I) CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR.

Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, en las ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales.

Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios, deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.

 

J) COBERTURA EN CIRUGIA ODONTOLOGICA.

Se contemplará con cobertura, en los casos de urgencias, la utilización de sala de operación e internación hasta 48 hs. para las cirugías odontológicas.

 

K) OTRAS ESPECIALIDADES.

Las consultas en especialidades que no figuren en el punto B, con un arancel preferencial a cargo del abonado.

 

L) MEDICOS CONSULTORES o INTERCONSULTAS CON MEDICOS DEL PLANTEL

Especialistas como interconsultores a pedido del paciente, o del médico tratante hasta 6 por internación, siempre que el mismo pertenezca al plantel habilitado.

 

M) MEDICOS CONSULTORES o INTERCONSULTAS CON MEDICOS QUE NO FORMEN PARTE DEL PLANTEL

En caso de que se trate de un profesional especialista a pedido del paciente o del médico tratante, que no pertenezca al plantel habilitado, los honorarios quedarán a cargo de la paciente y serán reintegradas hasta 02 (dos) por internación por un costo máximo de G. 250.000. Si fuesen necesarias más de 01 interconsulta los gastos de honorarios serán abonados por el paciente.

 

N) REHABILITACIÓN CARDIOVASCULAR:

Abarca el tratamiento, hasta 10 sesiones, en concepto de honorarios médicos, aparatos y fisioterapias necesarias para lograr la rehabilitación Cardiovascular.

 

O) COBERTURA EN FARMACIAS, OPTICAS Y OTROS

La prestadora deberá presentar una cadena de farmacia con un plan de cobertura farmacéutica con descuento de hasta el 50% en compras, en medicamentos nacionales o importados durante la vigencia del contrato y por cada beneficiario (incluyendo el titular y cada miembro de su grupo familiar)

 

MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD

El criterio a ser empleado en este ítem es el de lograr una cobertura del 100% en concepto de honorarios (para la determinación de porcentajes se tendrá en cuenta lo establecido por las sociedades médicas).

·         Prótesis utilizadas en estos procedimientos con cobertura de hasta G 20.000.000.- excepto las excluidas taxativamente.

·         Quemaduras que superen el 30% de la superficie corporal. Cirugías cardiovasculares adquiridas

·         Cirugías torácicas

·         Cirugía neurológica S.N.C. (Cerebro) y periférico incluyendo las de columna Cateterismo cardíaco y angioplastia transluminal coronaria. Incluye costo de un stent

·         Colocación de marcapasos. Incluirá el costo del aparato Litotripsia extracorpórea y Litotripsia ultrasónica Artroplastias

·         Quimioterapia, hasta dos ciclos.

·         Radioterapia curativa: cobertura del 60% del 1° tratamiento completo.

·         Laserterapia oftalmológica exclusivamente para desprendimiento de retina, cataratas intra o extracapsular por facoemulsificación con implante de lente intraocular (no incluye costo de la lente ni sustancia viscolástica)

·         Equipo de contrapulsación intraaórtica: cobertura del 60%

·         Medicina nuclear diagnóstica (exámenes de tiroides y riñón) y ventriculograma isotópico: cobertura del 60% del estudio y de los materiales de contraste.

·         Inyección de Avastin (NR) y similares: cubre 60% honorarios y derecho operatorio. Medicamentos cargo paciente.

 

Serán considerados de alta complejidad, todos los procedimientos quirúrgicos que en forma única o por sumatoria superen los guaraníes 12.000.000 en concepto de honorarios del cirujano de cualquier especialidad.

Los derechos operatorios deberán estar cubiertos en su totalidad. Los medicamentos y materiales descartables utilizados serán cubiertos hasta la suma de Gs. 60.000.000 (Guaraníes sesenta millones) por todo el evento. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales, (según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).

En caso de vinculaciones o desvinculaciones de profesionales de la grilla médica propuesta luego de la firma del contrato, estas deberán comunicarse a la contratante por escrito en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde la modificación.

 

MEDICINA POR IMÁGENES

Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, medicamentos, materiales descartables, sustancias de contraste, a cargo de la empresa prestadora de servicios. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.

 

LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS

Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio forma programada o, en casos de urgencias, las 24:00 horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.

 

ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIAS

A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo de traslado (baja, mediana y alta complejidad), personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables, sin costo para el paciente. Este servicio debe efectuarse durante las 24:00 horas del día durante todo el año en zona de Asunción y ciudades circunvecinas.

 

SERVICIOS SIN COBERTURAS

Todos los gastos relacionados con los siguientes eventos, estudios diagnósticos relacionados y sus complicaciones o consecuencias.

Se detallan a continuación:

·         Equipos e instrumentales del profesional

·         Ex sanguíneo transfusión, aféresis y plasma rico en plaquetas.

·         Prótesis, ortesis, suplementos de marcha, audífonos, diábolo, Split nasales, etc.

·         Los casos congénitos, excepto en casos de nacidos durante la vigencia del presente contrato y que no sean de alta complejidad.

·         Mastología: remodelado glandular y similares

·         Várices por motivos estéticos o por láser y arañitas vasculares

·         Atención, internación y alimentación de los beneficiarios y su grupo familiar en caso de intento de autoeliminación, automedicación o autoagresión y sus secuelas, ya sean físicas o mentales.

·         Cirugía con fines estéticos (no reparadora). Cirugías de párpados u oculoplastia

·         Estudios y tratamiento médico-quirúrgico con fines de esterilidad o de procreación. Cerclaje

·         Láser oftálmico. Cirugías refractivas. Implantes de lentes multifocales. LIO y sustancia viscolástica Enfermos mentales ya sean depresivos o excitados (Sala hasta 72 hs.)

·         Alcohólicos agudos y crónicos y sus consecuencias. Diálisis peritoneal, hemodiálisis en los casos crónicos. Trasplantes

·         Cirrosis Formolizaciones.

·         Urología: no láser, no vaporización

·         Tratamientos especializados en alergias. Vacunas.

·         Acupunturas, homeopatía y quiropraxia y cualquier otro tratamiento no alopático. Cirugías bariátricas o metabólicas y sus consecuencias. Procedimientos para bajar de peso Lipoaspiración a cualquier fin

·         Ecoendoscopía diagnóstica o terapéutica

·         Asistencia del anatomopatólogo, estudios inmunohistoquímicos y receptores hormonales. Estudios genéticos. Secuelas de quimioterapia y radioterapia.

·         Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida. Tratamientos paliativos

·         Tratamientos domiciliarios excepto los prestados por el sistema de ambulancia Medicina del dolor

·         Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.

·         Todo lo no taxativamente cubierto.

Las demás entidades clínicas y tratamientos están cubiertos, como crisis hipertensivas, crisis asmática, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebro vascular, descompensaciones diabéticas.

Los casos preexistentes y crónicos no serán considerados como servicios sin cobertura.

 

 

 

ANEXO DE MEDICINAS POR IMÁGENES

Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante

Estudios radiológicos:

·         Abdomen simple

·         Angiofluresceinografia (ojos)

·         Angiografía carótida h/8 placas 2 lados

·         Angiografía carótida h/8 placas c-lado

·         Angiografía de miembro 1 lado h/6 placas

·         Angiografía de miembro 2 lados h/6 placas

·         Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo

·         Antebrazo en todas las posiciones

·         Aortografía lumbar o abdominal h/5 placas

·         Apéndice

·         Árbol urinario simple

·         Arteriografía cerebral h/8 pl. 2 lados

·         Arteriografía cerebral h/8 pl. c-lado

·         Arteriografía selectiva (abdominal o tórax)

·         Arteriografía selectiva dos arterias

·         Arteriografía selectiva renal 1 lado

·         Arteriografía selectiva renal 2 lados

·         Biligrafina o colongiografía endovenosa

·         Brazo en todas las posiciones

·         Broncografía 2 lados

·         Broncografía c/lado

·         Cadera o pelvis en todas las posiciones

·         Campo visual computarizado

·         Cavum

·         Cavum contrastado

·         Cistografía

·         Clavícula en todas las posiciones

·         Codo en todas las posiciones

·         Colangiografía endovenosa (biligrafina)

·         Colangiografía operatoria

·         Colangiografía pos-operatoria

·         Colangiografía retrograda con papilotomía

·         Colangiografía retrograda simple

·         Colangiografíatrans-parientohepático

·         Colangio resonancia magnética nuclear

·         Colecistografía oral

·         Colon contrastado

·         Colon doble contraste

·         Colon por ingestión

·         Columna cervical en todas las posiciones

·         Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones

·         Columna panorámica (espinografía) en todas las posiciones

·         Control radiológico en maniobras traumatológicas

·         Costilla en todas las posiciones

·         Cráneo en todas las posiciones

·         Cráneo para ortodoncia

·         Dedo 2 posiciones

·         Esófago

·         Esternón en todas las posiciones

·         Fistulografía h/2 placas

·         Flebografía cada lado

·         Galactografía bilateral previa mamografía

·         Galactografía bilateral sin placa simple

·         Galactografía c/lado c/previa mamografía

·         Galactografía sin placa simple 1 lado

·         Gonioscopia

·         Hombro en todas las posiciones

·         Intestino delgado o tránsito intestinal

·         Laringografía contrastada

·         Linfografía cada lado

·         Linfografía dos lados

·         Mama (pieza operatoria) p/placa

·         Mama (reperage para biopsia) p/placa

·         Mamografía en todos los lados

·         Mano en todas las posiciones

·         Mapeamiento de retina

·         Mastoide en todas las posiciones

·         Maxilar inferior en todas las posiciones

·         Maxilar inferior c/ortopantomografía

·         Mielografía s/ contraste ni especialista

·         Muñeca en todas las posiciones

·         Muslo o fémur en todas las posiciones

·         Densitometría

·         Orbitas c/posición

·         Ortopantomografía

·         Pie en todas las posiciones

·         Pielografía ascendente

·         Pielografía endovenosa o riñón contraste

·         Pierna en todas las posiciones

·         Placa suplementaria

·         Rodilla en todas las posiciones

·         Saco lagrimal

·         Saco lagrimal (radio como especialista)

·         Sacro-coxis en todas las posiciones

·         Scopia como complemento de examen c/T.V.

·         Scopia arco c por 1 hora

·         Scopia arco c por más de 1 hora Senos faciales en todas las posiciones

·         Sialografía en todos los lados

·         Tobillo en todas las posiciones Tórax en todas las posiciones

·         Tránsito intestinal o intestino delgado

·         Transparieto-hepática

·         Uretrocistografía

·         Urograma de excreción

·         Vesícula simple

Otros estudios de diagnóstico

·         Curva tensional

·         Doppler en general

·         Electroencefalograma

·         Electromiograma (de miembros superiores e inferiores) en general

·         Espirometría Computarizada

·         Holter de latidos

·         MAPA

·         Otomicroscopía

·         OCT para Nervio Óptico

·         Paquimetría corneal

·         Perfil biofísico

·         Pruebas vestibulares en general (Electronistagmografía, Prueba calórica, Prueba rotatoria, Posturografía dinámica computarizada).

·         Potenciales auditivos evocados

·         Resonancia Magnética (hasta 3 por año). Incluye 1 angioresonancia

·         Somnografía o Estudio del Sueño

·         Spect perfusión Miocárdica: cobertura del 60%

·         Topografia corneal

Ecocardiograma

·         Ecocardio c/doppler bidimensional

·         Ecocardiograma sin doppler

·         Eco-stress

·         Eco-stress con dobutamina

El listado es meramente indicativo y no limitativo, deberá incluir todos los tipos de ecocardiogramas y/o ecocardiografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna)

Ecografía

·         Ecografía abdominal

·         Ecografía de mamas

·         Ecografía de tiroides

·         Ecografía del bazo

·         Ecografía ginecológica y obstetricia

·         Ecografía morfológica

·         Ecografía hígado-vías biliares-vesícula

·         Ecografía intracavitaria c/residuo

·         Ecografía intra-operatoria

·         Ecografía oftálmica

·         Ecografía pan encefálica

·         Ecografía prostática

·         Ecografía prostática intracavitaria

·         Ecografía renal

·         Ecografía testicular

·         Ecografía trasvaginal

·         Ecografía tridimensional

·         Ecografía de tejidos blandos

·         Ecografía 3D y 4D

·         Punciones con control ecográfico

(El listado es meramente indicativo y no limitativo, deberá incluir todos los tipos de ecografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna, para todo el cuerpo)

Tomografía computada/multislice (hasta 5 por paciente por contrato)

·         Tomografías MultiSlice (TCMS)

·         Tomografía computada cráneo

·         Tomografía computada miembros

·         Tomografía computada tórax

·         Tomografía computada abdomen inferior

·         Tomografía computada abdomen superior

·         Tomografía computada pelvis

·         Tomografía computada columna cervical

·         Tomografía computada columna dorsal

·         Tomografía computada columna lumbar

·         Tomografía computada de las vías urinarias

·         Tomografías en general

·         (El listado es meramente indicativo y no limitativo deberá incluir todos los tipos de tomografías posibles con sus diferentes variantes, sin exclusión alguna, para cualquier parte del cuerpo)

Medicina Nuclear

·         Camara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.)

·         Centellografía glandula salivar

·         Centellografía sangrado intestinal

·         Centellografía cerebral

·         Centellografía de tiroides o mapeo

·         Centellografía hepática

·         Centellografía ósea

·         Centellografía pulmonar

·         Centellografía renal

·         Centellografía testicular

·         Angiomas radiot. sup. d.t. 10 irrad. p/campo

·         Ca. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo

·         Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo

·         Carc. de lengua lesión gang. anexo

·         Carc. mamario b cobalto s/op. c/cad.gang.

·         Carc. mamario cobalto solo tumor s/cicat.

·         Carc. pene lesión sola co. irrad. p/campo

·         Carc. Pene más campo anexo r. gang

·         Carc. vejiga cobalto irrad. p/campo

·         Carcinoma cutáneoepitel. d.t. 25 p/campo

·         Carcinoma esofágico más campo anexo

·         Carcinoma esofágico lesión sola cobalto

·         Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto

·         Carcinoma laríngeo más campo anexo

·         Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/campo

·         Carcinoma oral más campo anexo

·         Carcinoma pulmonar cobalto

·         Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto

·         Carcinoma s/maxilar más campo anexo

·         Huesos (tumores) co. irrad. por campo

·         Linfomas co. irrad. nodalinfodiaf.

·         Linfomas co. irrad. nodalsupradiaf.

·         Linfomas co. irrad. nodal total

·         Linfomas co. una región ganglionar

·         Rodioterapia antiimflam. prom. c/aplic.

·         Seminoma co. rad. prof. d.t. 50 irrad.nod. tot.

·         Tumores cerebrales en general co. irrad. camp.

TODOS LOS ESTUDIOS CITADOS EN EL LISTADO DE ANEXO DE MEDICINAS POR IMÁGENES, DEBEN SER REALIZADOS CON COBERTURA TOTAL Y SIN LIMITES DE CANTIDAD, EXCEPTO LOS TAXATIVAMENTE LIMITADOS

 

ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES:

Todos los estudios laboratoriales serán sin límites y por persona

·         A.F.P.

·         A/G

·         Ac. Anti Microsomales

·         Ac. Anti Mitocondriales

·         Ac. Anti Musculo Liso (ASMA)

·         Ac. Anti nDNA

·         Ac. Anti Nucleares

·         Ac. Anti Tiroglobulinas

·         Ac. Anti Tiroides

·         Ac. Anti Toxoplasma IgG

·         Ac. Anti Tripanosoma IgG

·         Ac. Anti Tripanosoma IgM

·         Ac. Anti Virus Sinciciall Respiratorio (VSR)

·         Ac. Heterofilos

·         Ácido cítrico

·         Ácido fenilPiruvico

·         Ácido Láctico

·         Ácido úrico

·         Ácido vanilMandelico (AVN)

·         ACTH

·         Addis. Recuento de

·         Adenovisrus Antígeno, Secreciones Respiratorias

·         Aglutinación de partículas de látex para: Escherichiacoli Ki

·         Aglutinas Anti a

·         Aglutinas Anti b

·         AIDS-ac

·         Albúmina

·         Alcohol

·         Aldolasa

·         Aldosterona

·         Alergía-Tests: Ver RAST

·         Alfa 1 antitripsina

·         Alfafetoproteina (APF)

·         Amilasa

·         Amonio

·         ANA

·         Análisis para detección de avitaminosis, hipervitaminosis, o control

·         Androstenediona

·         Anti Endomisio ac IgA

·         Anti Endomisio ac IgG

·         Anti SM

·         Antibiogramas para gérmenes aeróbicos

·         Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos

·         Anticuerpo Antidengue IgM e IgG

·         Anticuerpos Anti-Tiroides

·         Antígeno AG Antidengue (test Rápido)

·         Antígeno Carcinoembrionario (CEA)

·         Antígeno Prostático específico (PAS)

·         Antígenos Febriles

·         Antitrombina III

·         Anti-tTG, IgA - IgA total- anti-tTG, IgG- AGA, IgG (Pruebas de la enteropatía sensible a gluten)

·         Apolipoproteina b

·         Artritest

·         Aspegillus

·         ASTO

·         Autovacunas

·         Azucares reductores

·         BAAR

·         Barbitúricos

·         Bence-Jones

·         Benedict, Reacción de

·         Bicarbonato

·         Bilis, cultivo

·         Billirubina total, directa e indirecta

·         Bioperfil fisiológico

·         Bioquímica de plasma Seminal

·         C 3

·         C 4

·         CA 123

·         CA 15-3

·         CA-125

·         Calcio

·         Calcitonina

·         Calculo Urinario

·         Campo oscuro

·         Campylobacter

·         Cannabinoides

·         Capacidad de fijación de hierro (TIBC)

·         Cardiolipina IGG - IGM

·         CCP (PEPTIDO CITRULINADO ANTICUERPOS IGG)

·         CEA

·         Células LE

·         Cetoferoides 17

·         Cetonemia

·         Cetonuria

·         CH 50

·         Chagas (Ac. Anti Trypanosoma IgG e IgM

·         Chlamydia

·         Citomegalovirus-ac-IgG

·         Citomegalovirus-ac-IgM

·         Ck

·         Ck-mb

·         Clearance de Creatinina

·         Cloruros

·         CMV-ac-IgG

·         CMV-ac-IgM

·         Coagulograma

·         Cobre

·         Cocaína

·         Coccidioidina

·         Colesterol esterificado

·         Colesterol HDL

·         Colesterol total

·         Colesterol VLDL

·         Colesterol-LDL

·         Colinesterasa

·         Coloración de Giemsa

·         Coloración de Gram

·         Coloración de Ziehl

·         Complemento hemolítico (CH 50)

·         Coombs Directo

·         Coombs Indirecto

·         Coprocultivo

·         Coprología Funcional

·         Coproporfirinas

·         Cortisol

·         Creatinina

·         Crioglobulinas

·         Crioglutininas

·         Criptococus

·         Cristales-Identificación

·         Cuerpos Cetonicos

·         Cultivo en Aerobiosis

·         Cultivo en Anaerobiosis

·         Cultivo en Thayer-Martin

·         Cultivo para BAAR

·         Cultivo para GC

·         Cultivo para hongos

·         Cultivo para listeria

·         Cultivo para Mycoplasma

·         Curva de tolerancia oral a la glucosa

·         Dehidroepitandrostenediona (DHEA-S04)

·         Dehidrostestosterona

·         Densidad

·         Difteria, Cultivo

·         Digoxina

·         Dióxido de carbono (CO2)

·         DNA-ac

·         D-Xilosa

·         EBV-EA-ac

·         EBV-VCA-ac

·         Electroforesis de hemoglobina

·         Electroforesis de lipoproteínas

·         Electroforesis de proteínas

·         Electrólitos

·         Eosinófilos

·         Epstein-Barr Virus-ac

·         Eritrosedimentación

·         Escherichia coli k 1

·         Escherichiacoli enteropatogeno

·         EscherichiacolikI. Látex

·         Esperma, cultivo Espermograma

·         Esputo. Coloración para BAAR

·         Esputo. Cultivo para gérmenes comunes

·         Esputo. Eosinofilos y mastocitos

·         Estradiol

·         Estriol libre

·         Estrógenos totales

·         Estudio capilar. Investigación de hongos

·         Estudio Macro metabólico

·         Exceso de base

·         Factor reumatoideo

·         Fenilhidantoina

·         Ferritina

·         Fibrinogeno

·         Fibrinolisis

·         Formula leucocucocitaria

·         Fosfatasa acida prostática (PAP)

·         Fosfatasa Acida total y prostática

·         Fosfatasa alcalina

·         Fosfatidil-gilierol en liq. amniótico

·         Fosfolipidos

·         Fósforo

·         Fragilidad osmótica de los hematíes

·         Frotis de sangre periférica

·         Fructosa

·         FSH

·         FTA-abs-IgG

·         FTA-abs-IgM

·         FTI

·         Gamma Globulinas

·         Gamma GT

·         Ganadotrofina Coriónica (hCG)

·         Garganta. Cultivo

·         Gases arteriales Gastrina

·         GC. Cultivo

·         GH (Hormona de crecimiento)

·         Globulina

·         Glóbulos blancos

·         Glóbulos rojos

·         Glucohemoglobina

·         Glucosa

·         Glucosa pre y posprandial

·         Glucosa. Curva de tolerancia

·         Glucosuria

·         GOT

·         Gota gruesa

·         GPT

·         Graham-Test

·         Grupo Sanguíneo

·         Guayaco

·         H.G.H.

·         Hamber

·         Ham-test

·         Haptoglobina

·         HAV-ac

·         HAV-ac-IgM

·         HbA 1c

·         HBc-ac

·         HBc-ac-IgM

·         HBDH

·         HBe-ac

·         HBe-Ag

·         HBs-ac

·         HBs-Ag

·         hCG-sub-unidad beta

·         Hdelta

·         HDL-Colesterol

·         Heces. Benedict

·         Heces. Examen parasitológico

·         Heces. Flora microbiana

·         Heces. Frotis

·         Heces. Hongos

·         Heces. Microscopia Funcional

·         Helicobacter Pylori en sangre

·         Hematrocrito

·         Hemocultivo en aerobiosis

·         Hemocultivo en anaerobiosis

·         Hemoglobina

·         Hemoglobina fetal

·         Hemoglobina glicosilada (Hb A 1c)

·         Hemoglobina. Electroforesis

·         Hemograma

·         Hemoparásitos

·         Hemophilus influenzae tipo b. látex

·         Hemo-philusinfluenzae tipo b

·         Hepatitis (ac y Ag) ver HAV y HB

·         Herpes

·         Hidatidosis-ac

·         Hidroxicorticosteroides 17

·         Hidroxi-Indol-Acetico 5 (5HIAA)

·         Hierro sérico

·         Hisopado faríngeo

·         Hisopado Faríngeo

·         Histoplamina

·         HIV-ac

·         Hmburger-test

·         Hongos. Cultivo e identificación

·         Hongos. Examen en fresco

·         Hormona de crecimiento (hGh)

·         Hormona Folículo Estimulante (FSH)

·         Hormona Lactógeno Placentaria (hP)

·         Hormona Luteinizante (LH)

·         IgA

·         IgD

·         IgE

·         IgG

·         IgM

·         Inclusiones citomegalicas

·         Índice de Tiroxina Libre

·         Índices hematimétricos

·         Influenza tipo A

·         Influenza tipo A H1N1

·         Influenza tipo B

·         Inmunoelectroforesis

·         Inmunoglobinas

·         Insulina

·         Klesbsiella pneumoniae

·         L. Haemophilus influenzaetipo b

·         L. Neisseria meningitidis grupo B

·         L. Neisseria meningitidis grupo C

·         L. Neusseria meningitidis grupo A

·         L. Streptococcus beta hemoliticos grupo

·         L. Streptococcus grupo B

·         L. Strptococcus pneumonias

·         Lactosa

·         LAP

·         Larvas de vermes

·         Látex para:

·         Lavado gástrico

·         LCR. Citoquímico

·         LCR. Cultivo

·         LDH

·         LDL-Colesterol

·         LE

·         Lecitina en líquido amniótico

·         Legionella Pheumiphila. Látex

·         Legionella pneumofila

·         Lesión de uñas. Cultivo para hongos

·         Lesión en la piel. Cultivo para hongos

·         Lesión genital. Coloración de fontana

·         Lesión genital. Coloración de gram

·         Lesión genital. Estudio microbiológico

·         LH

·         Linfa cutánea. Coloración de Ziehl

·         Lipasa

·         Lípidos totales

·         Líquido amniótico. Cultivo

·         Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol

·         Liquido articular. Cito químico

·         Liquido articular. Cristales

·         Liquido articular. Cultivo

·         Liquido ascítico. Cultivo

·         Liquido gástrico-duodenal. Parásitos

·         Liquido peritoneal. Cultivo

·         Liquido pleural. Cultivo

·         Listeria

·         Litio

·         Madurez Fetal (fosfatydil glicerol)

·         Magnesio

·         Magnesio eritrocitario

·         Marihuana

·         Mastocitos

·         Metahemoglobina

·         Metotrexate

·         Micoplasma Hominis

·         Micosis oportunistas

·         Micosis profundas

·         Micosis subcutáneas

·         Micosis superficiales

·         Microalbuminuria

·         Mioglobina

·         Moco cervical

·         Monotest

·         Mucoproteínas

·         Mycobacterium Tuberculosis

·         Mycoplasma en secreción vaginal

·         N. 5 Nucleotidasa

·         Neiseriae Gonorrea

·         Neiseriae Meninigitidis. Grupo A. latex

·         Neiseriae Meninigitidis. Grupo B. latex

·         Neiseriae Meninigitidis. Grupo C. latex

·         Nesseria meningitidis grupo a

·         Nesseria meningitidis grupo b

·         Nesseria meningitidis grupo c

·         NTX

·         Oído cultivo

·         Orina cultivo

·         Orina, físico-químico y del sedimento

·         Oxalato

·         Oxiurius

·         Parásitos. Investigación e identificación

·         Parathormona (PTH)

·         PAS (Antígeno prostático específico)

·         Paul-Bunell (presuntivo)

·         PCR ULTRASENSIBLE

·         pDF

·         Péptido C

·         Perfil Celiaco

·         pH

·         Phenistix

·         Plaquetas

·         Plasma seminal

·         po2

·         pOO2

·         Porfobilinogeno

·         Potasio

·         PPD

·         Preparación de células LE

·         Productos de degradación de la fibrina

·         Progesterona

·         Prolactina

·         Proteínas C reactiva

·         Proteínas de Bence-Jones

·         Proteínas Electroforesis

·         Proteínas S

·         Proteínas totales

·         Protozoarios

·         Prueba de concentración

·         Prueba de dilución

·         Prueba de lazo

·         Prueba de tolerancia a la lactosa

·         Prueba de tolerancia oral a la glucosa

·         Prueba de Tzanck

·         PTH

·         Punta de catéter Cultivo

·         Pus. Cultivo

·         Quimiotripsina

·         Quistes de protozoos

·         Raspado de lengua. Cultivo para hongos

·         Reacción de Huddleson

·         Reacción de Widal

·         Recuento de Addis

·         Relación A/B

·         Relación calcio/creatinina

·         Reticulocitos

·         Retracción del coágulo

·         Rh

·         Rotavirus

·         Rubeola IgG

·         Rubeola IgM

·         Sangre oculta

·         Saturación de oxígeno

·         Secreción bulbar. Cultivo

·         Secreción conjuntival. Cultivo

·         Secreción endocervical. Cultivo

·         Secreción faríngea. Cultivo

·         Secreción genital. Cultivo

·         Secreción nasal. Cultivo

·         Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos

·         Secreción prostática. Cultivo

·         Secreción purulenta. Cultivo

·         Secreción traqueal. Cultivo

·         Secreción uretral. Cultivo

·         Shigella. Cultivo

·         Sida-ac

·         Sífilis

·         Simis-Hunner - test

·         SO2

·         Sodio

·         Somatomedina - c

·         Staphylcoccus aureus

·         Streptococcus. Beta hemolitico gr. A. latex

·         Streptococcus. Cultivo

·         Streptococcus. Grupo B. latex

·         Streptococcus. pneumoniae

·         Streptonasa B

·         Streptozima

·         Stroptocicu sgrupo b

·         Stroptococus beta hemolítico grupo a

·         Stroptococus Pheumoniae

·         Swin up

·         T.* con ejercicios* con L-Dopa

·         T3 libre

·         T3 total

·         T3 uptake

·         T4 libre

·         T4 total

·         Test de absorción a la xilosa

·         Test de Coombs Directo

·         Test de Coombs Indirecto

·         Test de estimulación con LH/RH

·         Test de estimulación con TRH

·         Test de Ham

·         Test de Sims-Huner

·         Test de supresión con dexametosona

·         Testosterona libre

·         TIBC (Capacidad de fijación del hierro)

·         Tiempo de coagulación sangría

·         Tiempo de Protrombina y coagulación

·         Tiempo de tromboplastina parcial activada

·         Timol

·         Tine test

·         Tipificación

·         Tiroglubina

·         Toxoplasmosis- ac IgG, IgM

·         Transferrina

·         Transglutaminosa Tisular IgA IgG

·         Trichomonas vaginalis

·         Triglicéridos

·         Trypanosoma cruzi-ac

·         TSH

·         tTG

·         TTPa

·         Tzanck - Prueba de

·         Ulcera genital. Cultivo

·         Urea

·         Ureaplasma Urealyticum

·         Urobilina

·         Urobilinogeno

·         Van de Kamer

·         Vandil - Mandelic - Acid (AVM)

·         VDRL

·         Vermes

·         Vicent's Angina. Frotisri

·         VIH-ac

·         Virocitos

·         VLDL Colesterol

·         VSR - ac

·         Widal. Reacción de

·         Xilosa. Test de absorción

 

TODOS LOS ANALISIS CITADOS EN EL LISTADO DE ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES, DEBEN SER REALIZADOS CON COBERTURA TOTAL Y SIN LÍMITES DE CANTIDAD. TODOS LOS ESTUDIOS NO CITADOS EN EL ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES, DEBEN SER REALIZADOS CON UNA COBERTURA DEL 50 %.

EL SANATORIO DEBERÁ DESIGNAR DOS (2) PERSONAS CON CAPACIDAD DE DECISION PARA ATENDER LOS CASOS PLANTEADOS POR LOS ADMINISTRADORES DEL CONTRATO Y DEBERAN ESTAR DISPONIBLES LAS 24 HORAS, LOS 7 DIAS DE LA SEMANA. PARA EL EFECTO LA ADJUDICADA DEBERA PROVEER EL NUMERO DE CELULAR DEL PERSONAL CORRESPONDIENTE.

CON   RESPECTO    AL CORTE   DE   SERVICIO:    UNA COBERTURA   DE   SALA   Y   HONORARIOS   PARA   PACIENTES I NTERNADOS Y QUE NO PUEDAN SER TRASLADADOS POR LA GRAVEDAD DE SU CUADRO Y HASTA UN MÁXIMO DE 3 (TRES) DÍAS.

 

 

 

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Detalle de los bienes y/o servicios

Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:

No. De Artículo Nombre de los Bienes o Servicios Especificaciones Técnicas y Normas
1 Seguro Medico por 20 meses las establecidas en el apartado ESPECIFICACIONES TECNICAS - CPS

 

 

De las MIPYMES

Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio

Plan de prestación de los servicios

La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

 

Ítem

Descripción del servicio

   

Unidad de medida de los servicios

Lugar donde los servicios serán prestados

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

1

Seguro Médico por 20 meses (aprox)    

mes 

Instalaciones del Proveedor 

Cobertura Inmediata en todos los servicios a la firma del contrato.

Hsta el 31 de diciembre de 2026

 

 

 

 

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR                                    

TIPO                                 

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (Se indica la fecha que debe  presentar según el PBC)

Informe 1 Informe Mayo 2025
Informe 2 Informe Junio 2025
Informe 3 Informe Julio 2025
Informe 4 Informe Agosto 2025
Informe 5 Informe Setiembre 2025
Informe 6 Informe Octubre 2025
Informe 7 Informe Noviembre 2025
Informe 8 Informe Diciembre 2025
Informe 9 Informe Enero 2026
Informe 10 Informe Febrero 2026
Informe 11 Informe Marzo 2026
Informe 12 Informe Abril 2026
Informe 13 Informe Mayo 2026
Informe 14 Informe Junio 2026
Informe 15 Informe Julio 2026
Informe 16 Informe Agosto 2026
Informe 17 Informe Setirmbre 2026
Informe 18 Informe Octubre 2026
Informe 19 Informe Noviembre 2026
Informe 20 Informe Diciembre 2026