Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.
La estructura mínima del desgloce de composición de los precios, será:
ítem |
Descripción |
Cantidad |
Costos Directos |
Costos Indirectos |
Costos Variables |
Costos Fijos |
Costos Semivariables |
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desgloce de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.
En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.]
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP.
8.1. Personas Físicas.
8.2. Personas Jurídicas.
8.3. Oferentes en Consorcio.
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Para contribuyente de IRACIS/IRE GENERAL, IRPC/IRE SIMPLE, IRP e IVA GENERAL. AÑOS 2021, 2022, 2023.
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 años
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 años
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los 3 años, no deberá ser negativo.
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2021, 2022, 2023.
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2021, 2022, 2023.
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los últimos (6) seis meses.
En caso de Oferentes en Consorcio el análisis se realizará al oferente Líder del Consorcio de acuerdo al tipo de contribuyente el cual deberá cumplir con los parámetros establecidos.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Las empresas deberán demostrar la experiencia en la prestación remunerada de servicios de limpieza integral en el mercado nacional, demostrados con la presentación de constancias y certificados de los mismos equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación de los 3 (tres) años. (últimos años 2022; 2023; 2024).
Las Constancias, Certificados y Contratos deberán cumplir con las siguientes condiciones:
El oferente deberá demostrar existencia legal mínima de 5 años, comprobable con la constancia RUC, en la cual deberá evidenciar como actividad principal el Servicio de Limpieza.
En caso de Oferentes en Consorcio se considerará los contratos de todos los miembros integrantes del consorcio. El Líder deberá cubrir el 60 % y los demás integrantes del 40 % de los requisitos.
1. Copia de facturaciones, Contratos acompañados de sus Certificados de Cumplimiento y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.
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2. Constancia de RUC emitida por la DNIT.
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Infraestructura, equipos e insumos:
El oferente deberá contar con los Equipos y Herramientas requeridos para la realización de los servicios. Deberá presentar Declaración Jurada, mediante las cuales se garantiza el cumplimiento del contrato.
El oferente deberá contar mínimamente con el listado de equipos y herramientas requeridos en el PBC detallando marca, procedencia, y si el mismo es propio o alquilado conforme al listado establecido en las EETT. Los equipos podrán ser propios o arrendados.
En caso de consorcios se considerará los equipos y herramientas de todos los miembros integrantes del consorcio.
El Ministerio de Industria y Comercio se reserva el derecho de realizar las visitas a la oficina del oferente a los efectos de verificar que la misma cuente con todas las herramientas e insumos conforme al listado establecido en las EETT.
El oferente deberá cotizar insumos que cumplan con las especificaciones técnicas. Deberá presentar Declaración Jurada del Listado de insumos a ser utilizados para la prestación del servicio, indicando marca y procedencia y características principales conforme al listado establecido en las EETT.
El oferente deberá contar con Reglamento interno de la empresa de condiciones de trabajo, homologado, legalizado y registrado por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
El oferente deberá presentar, constancia de Visita técnica a los Edificios o declaración jurada de que conocen los sitios de los servicios y que cuentan con la información necesaria relativa a dichas zonas para preparar la oferta y celebrar el contrato.
Recursos Humanos:
El oferente deberá contar con recursos humanos especializados para el Servicio de Limpieza. Para el efecto deberá presentar bajo Declaración Jurada el Listado de personales propuestos y de remplazo para el cumplimiento de los objetivos de la licitación conforme al formato establecido en la Sección Formularios.
Visita Técnica a los Edificios del MIC:
El proveedor deberá presentar junto con su oferta la (Constancia de Visita Técnica emitida por la Convocante) o la (Declaración Jurada en la cual manifiesta conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato).
El oferente deberá tener bajo su responsabilidad un técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional.
El oferente deberá contar con el plantel de operarios estables capacitados para la limpieza de los vidrios en altura (como mínimo 3 (tres) operarios) con una antigüedad mínima de 1 año en la empresa comprobables mediante copia autenticada de la Constancia de la entrada en el instituto de Previsión Social.
Para acreditar este requisito deberá presentar el currículo del personal técnico propuesto, acompañado del certificado que demuestre que ha aprobado satisfactoriamente un curso de capacitación en Seguridad e Higiene en el ámbito laboral, dicho curso debe tener una carga horaria mínima de 70 hs, también deberá demostrar que dicho personal ha trabajado de manera continua en ese rol durante al menos un año antes de la apertura del sobre; esta experiencia deberá ser respaldada por la fecha del certificado de capacitación del personal y la planilla de declaración jurada de salarios del IPS correspondiente a la empresa oferente.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a. Declaración Jurada mediante el cual garantiza el cumplimiento del contrato. |
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b. Declaración Jurada del Listado de Equipos y Maquinarias requeridos en las especificaciones técnicas detallando marca, procedencia y si el mismo es propio o alquilado conforme al listado establecido en las EETT. Deberá ir acompañada de la copia autenticada de las facturas de compra y/o documentos que acrediten la propiedad de los equipos. |
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c. En el caso de que los equipos y herramientas sean arrendadas, deberá presentar Declaración jurada del propietario en cual manifiesta que los equipos, herramientas se encuentran en buen estado y disponibles para su uso exclusivo en todo el periodo de vigencia del contrato. Deberá ir acompañada de la copia autenticada del contrato de arrendamiento. |
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d. Declaración Jurada del Listado de Insumos con su marca, procedencia y características principales que proveerá el oferente en caso de ser adjudicado conforme al listado establecido en las EETT. |
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e. Declaración Jurada del Listado de Personales propuestos disponibles y eventualmente a ser contratados, conforme al formato establecido en la Sección Formularios. |
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f. Declaración Jurada del listado del personal inscripto en el I.P.S. durante los últimos 6 (seis) meses por una cantidad mínima del 50% del personal requerido en la presente licitación. Deberá ir acompañada de la planilla de I.P.S. correspondiente. |
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g. Declaración Jurada en donde el oferente se compromete, de ser adjudicado, a la presentación de las Constancias de Inscripción en el I.P.S. del total de empleados a ser contratados para la presente licitación. |
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h. El oferente deberá presentar, constancia de Visita técnica a los Edificios o Declaración Jurada de que conocen los sitios de los servicios y que cuentan con la información necesaria relativa a dichas zonas para preparar la oferta y celebrar el contrato. |
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i. Reglamento interno de la empresa de condiciones de trabajo, homologado, legalizado y registrado por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social. |
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j. Constancia de Visita Técnica emitida por la Convocante o Declaración Jurada en la cual manifiesta conocer el sitio y que cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato. |
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k. El Oferente deberá contar con un técnico profesional en Seguridad y Salud Ocupacional, mínimamente de categoría B y/o C, habilitado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, quien será parte del personal de la empresa. El oferente deberá demostrar la vinculación con dicho técnico mediante una Declaración Jurada (presentada con su oferta), así como la presentación del registro correspondiente al momento de la firma del contrato. |
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l. Currículo del personal técnico propuesto, acompañado del certificado que demuestre que ha aprobado satisfactoriamente un curso de capacitación en Seguridad e Higiene en el ámbito laboral, dicho curso debe tener una carga horaria mínima de 70 hs, también deberá demostrar que dicho personal ha trabajado de manera continua en ese rol durante al menos un año antes de la apertura del sobre; esta experiencia deberá ser respaldada por la fecha del certificado de capacitación del personal y la planilla de declaración jurada de salarios del IPS correspondiente a la empresa oferente. |
1) Presentar, muestra de los siguientes productos, conforme a las Especificaciones Técnicas, acompañados de sus Registros Sanitarios vigentes y/o ensayos de INTN según corresponda:
- Detergente concentrado
- Hipoclorito de Sodio
- Desodorante de ambiente líquido
- Jabón líquido para manos
- Limpia vidrio con atomizador
- Cera liquida concentrada para piso
Para las muestras solicitadas: Las muestras deberán ser presentadas junto con la oferta teniendo en cuenta fecha y hora tope de presentación de la misma. La no presentación de las muestras en el periodo señalado será causal de descalificación.
Cantidad de muestra: 1 (una) unidad por cada producto requerido más arriba.
Lugar de Entrega y devolución de muestras: Dirección de Contrataciones, Tercer piso del Edificio Central del Ministerio de Industria y Comercio.
Los oferentes deberán presentar muestras de los productos solicitados conforme a las condiciones establecidas en las especificaciones técnicas.
Las muestras deberán llevar impresa: marca, origen, fabricante, N° de Lote, procedencia y vencimiento. Se requiere que las muestras entregadas de los productos solicitados, estén identificadas y rotuladas, con los siguientes datos:
NOMBRE DEL LLAMADO: NOMBRE DE LA EMPRESA: MUESTRAS PRESENTADAS: CANTIDAD DESCRIPCIÓN MARCA ORIGEN PROCEDENCIA
Método de evaluación: Las muestras presentadas serán analizadas por el Comité de Evaluación, se verificará si estas corresponden al producto solicitado, corroborando el cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas en el PBC. Deberán contar con la marca, origen, presentación, concentración, procedencia y fabricante de acuerdo a sus Registros Sanitarios vigentes y/o ensayos de INTN respectivamente, los cuales deberán estar impresas en el embalaje primario correspondiente a cada muestra. En caso de no reunir las condiciones establecidas y/o de detectarse alguna discrepancia en estos, la oferta correspondiente será descalificada.
Devolución de las muestras: Las muestras serán devueltas a solicitud del oferente una vez culminado el proceso licitatorio, dentro de los 20 (veinte) días hábiles posteriores a la NOTIFICACIÓN de la Resolución del Acto Administrativo que aprueba el Resultado de la Evaluación de Ofertas.
Toda documentación e información sobre la muestra presentada, deberá estar en idioma español.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
En el caso de que el comité de evaluación lo requiera: Se podrá realizar la visita a la oficina del oferente a los efectos de verificar que cuenta con todos los equipos y herramientas requeridos conforme a la Declaración Jurada de Equipos y Herramientas presentada. En la inspección se verificará, la cantidad y las especificaciones técnicas de los equipos. Esta inspección podrá ser realizada sin la presencia del representante legal de la firma. Cualquier discrepancia o incumplimiento de los equipos y herramientas con la declaración jurada presentada significará la descalificación de la oferta presentada. El Ministerio de Industria y Comercio notificará al oferente 1 (un) día hábil antes de la realización de la visita de inspección. Se labrará el Acta de Inspección.
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritméticos.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido.
b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total.
c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo.
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.