Esta sección constituye el detalle de los bienes y/o servicios con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
En este apartado la convocante deberá indicar los siguientes datos:
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUMINISTROS REQUERIDOS
Para la cotización del precio unitario por niño/a se deberá contemplar todos los costos relacionados a la provision de un completo y excelente servicio
Los padres solo se harán cargo de proveer la merienda ya sea de la mañana, tarde o para ambos turnos de sus hijos/as.
El horario requerido por la convocante se encuentra comprendido en el horario de 07:00 horas am hasta las 17:45 horas pm.
EL OBJETO
La Guardería es un espacio creado para prestar asistencia, guarda, educación y estimulación temprana a hijo/a/s de funcionarios y empleados de la Institución (Comisión Nacional de Telecomunicaciones - CONATEL), en Asunción en un radio no mayor a 3,6 Km de la Sede Central de la CONATEL, sito en Presidente Franco N° 780 entre O’Leary y Ayolas, Edificio AYFRA, a fin de que los mismos reciban una atención permanente, especializada, dentro de los horarios y en las condiciones previstas en el presente documento.
El Servicio de Guardería, solicitado para hijo/a/s de funcionarios y empleados de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), durante el tiempo en que los padres desarrollan sus actividades laborales, comprende la atención integral de los niño/a/s, con todos los insumos y servicios requeridos. En el horario de 7:00 horas am a 17:45 horas pm.
Las siguientes especificaciones técnicas comprenden las condiciones básicas a ser contempladas por el potencial oferente, para la prestación de los servicios, custodia integral para los hijo/a/s de funcionario/a/s y empleado/a/s de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), desde la edad de 4 (cuatro) meses de vida hasta los 6 (seis) años de edad.
En los meses de enero y julio se desarrollará actividades que corresponderán a Colonia de vacaciones y durante los demás meses, actividades relacionadas al desarrollo de planes educativos en conformidad a disposiciones emanadas por el Ministerio de Educación y Cultura en cuanto a Educación Inicial.
Infraestructura apropiada contemplando el suministro de alimentación adecuada, tiempo y espacios de sueño y descanso.
EL PROVEEDOR
Es la persona física o jurídica, quien suscribirá el contrato con la Institución (Comisión Nacional de Telecomunicaciones - CONATEL) a los efectos de prestar los Servicios de la Guardería. Los niños y niñas serán agrupados por edades:
OBJETIVOS Y METAS DEL SERVICIO
EDUCACIÓN:
PERSONALIZAR
INFRAESTRUCTURA APROPIADA
MATERIALES Y OTROS
ALIMENTACIÓN
El objetivo principal de la alimentación de lo/s niño/a/s es que al terminar el año lectivo puedan consumir cualquier tipo de alimentos sanos, es decir, que vayan adquiriendo pautas de alimentación saludable.
OBSERVACIÓN: Los productos envasados a ser proveídos deberán contar con lote de elaboración, fecha de elaboración y/o vencimiento impresos en los diferentes envases, los cuales deberán ser legibles a simple vista, además deberán ser conservados adecuadamente sin perder la cadena de frío, según requiera el caso a fin de garantizar la conservación de las propiedades nutritivas de los alimentos.
SALUD
Durante la estadía de los niños y niñas en el recinto de prestación de los servicios se deberá vigilar permanentemente su estado de salud y se contará indefectiblemente con un servicio tercerizado de ambulancia y respuesta rápida de emergencias.
La Contratista deberá contar con algún seguro de Servicio de Emergencias para el traslado inmediato de los niños y las niñas en caso de accidentes al Centro asistencial que será determinado previa consulta a los Padres o Encargados. Además la Empresa deberá proveer un botiquín de Primeros Auxilios el cual estará a disposición de los niños y las niñas.
Se deberá comunicar a los padres cualquier síntoma de enfermedad en la brevedad posible.
Es responsabilidad de los padres cumplir con el tratamiento y darle la medicación adecuada en la casa, en caso de cuadros gripales, febriles, gastrointestinales, enfermedades infecciosas, para evitar los contagios entre los compañero/a/s.
RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR
El personal deberá estar vestido acorde al tipo del servicio que prestará.
Es responsabilidad del adjudicado velar por la seguridad de los niños y las niñas, previendo y evitando que l/o/a/s mimo/a/s se expongan a situaciones de peligro durante el periodo de horas que los niños y las niñas se encuentren bajo su custodia.
Es obligatorio para el adjudicado presentar mensualmente a la Unidad de Bienestar Laboral Departamento de Administración Personal Gerencia de Capital Humano de la Institución, la planilla de control de asistencia de los niños y niñas, al igual que la Planilla de asistencia del personal que presta los servicios, la que deberá llevar la firma de los afectados, los cuales será rubricados con la firma de la Directora.
Recepción: El recibimiento de los niños en la hora de entrada de los mismos deberá ser recibidos por la Directora y/o profesoras, asistentes, al igual que la salida de los mismos encargándose de que éstos sean retirados por sus padres y/o responsables.
Recreación: Los responsables de cada área deberán custodiar permanentemente las zonas de juegos, parque, durante este periodo, asimismo durante la hora de descanso.
Salas: El Proveedor es el encargado del arreglo de las salas, estimulación y limpieza de los juguetes, así también de la decoración de las mismas.
Higiene: La asistencia de los niños por edades como el cambio de ropa, pañales y aseo del/a niño/a según necesidad además de ser responsables de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño provistos por los padres.
Limpieza: El Proveedor será responsable de las fumigaciones, especialmente luego de los problemas de salud y enfermedades contagiosas, asimismo como el mantenimiento del área al aire libre. Los insumos de limpieza para la correcta higiene y desinfección diaria de todas las áreas del lugar correrán por cuenta del adjudicado.
REQUISITOS PARA EL PERSONAL OFRECIDO POR LA EMPRESA CONTRATISTA
En cuanto al personal asignado al servicio:
DETALLES DE FUNCIONES MÍNIMAS DEL PERSONAL
DIRECTORA
MAESTRAS PARVULARIAS
ASISTENTE PARVULARIA
PSICÓLOGO/A
PSICOPEDAGOGO/A
NUTRICIONISTA
COCINERA/O
PERSONAL DEL SERVICIO
SUSTITUCION
En caso de que el Proveedor requiera sustituir a sus funcionarios, durante la Vigencia del contrato en primer lugar deberá comunicar a la Unidad de Bienestar Laboral Departamento de Administración Personal Gerencia de Capital Humano de la Institución, remitiendo el currículum propuesto y deberá cumplir con las exigencias originales del PBC.
OBSERVACIONES
El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:
- Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.
- En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.
- En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.
- Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.
- Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”. Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.
- Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados.
- Las EETT deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:
(a) Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.
(b) Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).
(c) Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.
(d) Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.
(e) Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.
- Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda. Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.
Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.
Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.
Los bienes y/o servicios deberán cumplir con las siguientes especificaciones técnicas y normas:
Ítem |
Descripción |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
SERVICIO DE GUARDERÍA PARA NIÑO/A/S DE LOS FUNCIONARIO/A/S Y EMPLEADO/A/S DE LA CONATEL |
1 |
Unidad |
La Guardería es un espacio creado para prestar asistencia, guarda, educación y estimulación temprana a hijo/a/s de funcionarios y empleados de la Institución (Comisión Nacional de Telecomunicaciones - CONATEL), en Asunción en un radio no mayor a 3,6 Km de la Sede Central de la CONATEL, sito en Presidente Franco N° 780 entre O’Leary y Ayolas, Edificio Ayfra, a fin de que los mismos reciban una atención permanente, especializada, dentro de los horarios y en las condiciones previstas en el presente documento |
Para los procedimientos de Menor Cuantía, este tipo de procedimiento de contratación estará preferentemente reservado a las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 inc b) de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas". Son consideradas Mipymes las unidades económicas que, según la dimensión en que organicen el trabajo y el capital, se encuentren dentro de las categorías establecidas en el Artículo 5° de la Ley N° 4457/2012 ‘’PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS’’, y se ocupen del trabajo artesanal, industrial, agroindustrial, agropecuario, forestal, comercial o de servicio
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo con el plan de prestaciòn, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Item |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
SERVICIO DE GUARDERÍA PARA NIÑO/A/S DE LOS FUNCIONARIO/A/S Y EMPLEADO/A/S DE LA CONATEL |
1 |
Unidad |
Local de la prestadora del Servicio de Guardería |
18 MESES A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
La supervisión y control del cumplimiento de las obligaciones del Centro Educativo Infantil estará a cargo de la Unidad de Bienestar Laboral Departamento de Administración de Personal Gerencia de Capital Humano. Las relaciones entre la Convocante y la Prestadora de Servicios se mantendrán a través de la Dependencia mencionada. El proveedor facilitará el ingreso de las personas designadas en cualquier momento, supervisará los alimentos a ser ingeridos por los niños/as y en caso que compruebe alguna irregularidad, vencimiento o peligro para la salud en caso de consumo de estos, dispondrá su retiro o desecho, sin responsabilidad alguna para la convocante. El proveedor deberá reponer en la brevedad los insumos o alimentos retirados del local.Debido al carácter independiente del proveedor, el mismo ejercerá las inspecciones, supervisión y control del personal que contrata para el cumplimiento de las prestaciones que asume en el presente contrato. El proveedor deberá organizar sus libros y registros en forma prescrita por las leyes, a modo de facilitar la exhibición de los mismos cuando la convocante lo solicite y/o la presentación inmediata de los informes que fueran requeridos en cualquier momento. El proveedor proveerá los registros necesarios para el control diario del trabajo de su personal, además de las obligaciones del Proveedor que se establecen en las Especificaciones Técnicas.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Informes mensuales / Informes
Frecuencia: mensual 18 (diez y ocho)
Planificación de indicadores de cumplimiento:
Descripción |
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Servicio de Guardería |
Nota de Emisión por parte del Administrador del Contrato/ INFORME MENSUAL |
Nota de Emisión por parte del Administrador del Contrato / INFORME DE CONFORMIDAD |
Desde la suscripción por un plazo de 18 (diez y ocho) meses informes mensuales |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.