Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

Asunción, 24 de marzo del 2025.-

 

MENOR CUANTIA NACIONAL Nº 02/2025

 CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE LIMPIEZA DE ÁREAS VERDES EN LA ESTACIÓN RADAR MRA AD REFERENDUM

ID. N° 460.887

 

                                                                                                                                                                                                            

ADENDA N° 1

 

La DINAC de conformidad al Art. 65 del Decreto Reglamentario N° 2.264/24 de la Ley Nº 7021/22 DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS y en uso de sus atribuciones, emite la siguiente Adenda, a fin de modificar los siguientes puntos:

 

MODIFICACIONES:

 

 

REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Experiencia Requerida

 

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

  • Demostrar la experiencia en la prestación de servicio de limpieza en áreas verdes que incluya actividades específicas como desbrozado, desmalezado, corte de césped o grama, podas, relección y transporte de residuos vegetales, con facturaciones de venta o contratos cualquiera de ellas con sus respectivas recepciones finales realizadas con entidades públicas y/o privadas por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total del llamado, se tendrá en cuenta el promedio de los últimos 3 (tres) años 2021, 2022 y 2023 para el cumplimiento de este requisito.

 

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

 

  1. Experiencia en el la prestación de servicio de limpieza en áreas verdes que incluya actividades específicas como desbrozado, desmalezado, corte de césped o grama, podas, relección y transporte de residuos vegetales, la misma podrá ser demostrada a través de copias de facturas o contratos, cualquiera de ellas con sus respectivas recepciones finales realizadas con entidades públicas y/o privadas equivalentes al 50% del monto total a contratar, se tendrá en cuenta el promedio de los últimos 3 (tres) años 2021, 2022 y 2023 para el cumplimiento de este requisito.

 

 

 

Capacidad Técnica

 

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

 

 

 

 

e) Los oferentes deberán contar en su plantel con por lo menos un (01) Técnico en Seguridad ocupacional categoría B vigente, que será el responsable de elaborar un plan básico de condiciones seguras de trabajo e identificar los peligros en materia de higiene y seguridad para la aplicación de medidas de intervención acorde al sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo (SG-SST). El mismo deberá contar con capacitación en actividades de alto riesgo y una antigüedad de por lo menos seis (06) meses como parte del plantel permanente de la empresa.

 

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

 

e) Presentar Título de grado del Técnico en Seguridad ocupacional emitido por la institución correspondiente, con categoría B vigente, registro habilitante emitido por la autoridad competente y Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social, emitido por el Instituto de Previsión Social (IPS) que permita verificar la antigüedad requerida. Registro emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y certificado o constancia de la capacitación en actividades laborales de alto riesgo.

 

Los puntos que no hayan sido modificados por la presente Adenda, siguen invariables y con plena vigencia.

 

 

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de participación y criterios de evaluación
  • Experiencia requerida
  • Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
  • Capacidad Técnica
  • Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/460887-contratacion-servicio-limpieza-areas-verdes-estacion-radar-mra-ad-referendum/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda