Estimado convocante, a fin de aclarar dos cuestiones realizo las siguientes consultas:
1. ¿Es posible, para lo que convierne CPE y Concertina, remitir los documentos KMZ para seleccionar el area destinada la construcción del perimetral?
2. En la visita tecnica realizada para la construcción de la SE Carmelo Peralta y amplicación de la SE Vallemi II, los encargados mencionaron que NO SE SOLICITA CPE Y CONCERTINA PARA SE VALLEMI II, ¿podrian esclarecer esta situación? en vista que se remitieron EETT para CPE y concertina para subestacion VAllemí 2 y en la planilla de precios, figura presupuesto destinado a este Item.
Estimado convocante, a fin de aclarar dos cuestiones realizo las siguientes consultas:
1. ¿Es posible, para lo que convierne CPE y Concertina, remitir los documentos KMZ para seleccionar el area destinada la construcción del perimetral?
2. En la visita tecnica realizada para la construcción de la SE Carmelo Peralta y amplicación de la SE Vallemi II, los encargados mencionaron que NO SE SOLICITA CPE Y CONCERTINA PARA SE VALLEMI II, ¿podrian esclarecer esta situación? en vista que se remitieron EETT para CPE y concertina para subestacion VAllemí 2 y en la planilla de precios, figura presupuesto destinado a este Item.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo siguiente:
1) El ítem 3 de la EETT 32.07.238.55 R1A Cerca perimetral electrónica y concertina para la SE-CARMELO PERALTA y también el item 3 de la EETT 32.07.165.55 R1A Cerca perimetral electrónica y concertina para la SE-VALLEMI 2, cuyas copias obran en su poder.
2) Si es requerido conforme al item 5.11, de la EETT 32.1817.24 ALCANCE GENERAL DEL SUMINISTRO Y OBRAS ELECTRICAS, en su última revisión, cuya copia obra en su poder.
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Modelo de estructuras nacionales especificadas
La licitación de ANDE operativo Leasing, enmarcada en el Decreto N° 2522/2024, establece la exigencia de que las estructuras metálicas a proveer sean exclusivamente “estructuras metálicas reticuladas de acero galvanizado”, excluyendo otras alternativas comúnmente utilizadas en sistemas de transmisión eléctrica. Esta disposición genera un posible conflicto con principios jurídicos fundamentales en materia de contratación pública, libre competencia y fomento de la industria nacional.
1. Posible Restricción Injustificada de la Competencia
El principio de concurrencia y libre competencia en las contrataciones públicas, reconocido en la Ley N° 7021/2022, exige que los procedimientos de selección de proveedores permitan la mayor cantidad de oferentes posibles, sin restricciones indebidas. La exclusión de ciertas tecnologías o diseños estructurales sin una justificación técnica objetiva podría considerarse una barrera artificial a la competencia, lo que vulneraría:
El principio de igualdad y libre concurrencia (art. 24 de la Ley N° 7021/2022), que obliga a que las condiciones de la licitación sean proporcionales y no discriminatorias.
El principio de eficiencia y economía del gasto público, que exige que los criterios de contratación permitan obtener la mejor relación costo-beneficio para el Estado.
Limitar la licitación a torres reticuladas excluye postes metálicos tubulares, torres monopolo y estructuras de soporte para subestaciones, que son ampliamente utilizadas en proyectos de alta tensión y cuentan con normativas internacionales de referencia como IEEE, IEC y ASCE.
2. Potencial Incompatibilidad con el Marco Normativo de Promoción Industrial
El Decreto N° 2522/2024 tiene como objetivo fomentar la industria metalúrgica nacional, sin embargo, la licitación de ANDE podría generar el efecto contrario si su redacción restringe injustificadamente la participación de fabricantes nacionales que producen diferentes tipos de estructuras metálicas.
📌 Normas aplicables:
Ley N° 904/63 modificada por la Ley N° 2961/2006, que otorga al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la facultad de fomentar el desarrollo industrial nacional sin exclusiones innecesarias.
Decreto N° 2264/2024, que establece que las contrataciones públicas deben alinearse con el Plan Nacional de Desarrollo, asegurando la participación de sectores estratégicos sin generar restricciones contrarias al principio de competitividad.
Si bien es legítimo fomentar la industria local, el criterio de exclusión de tecnologías debe estar técnicamente justificado, para evitar que la medida sea considerada arbitraria o discriminatoria.
3. Propuesta de Ajuste Normativo
Para garantizar que la licitación de ANDE sea inclusiva y alineada con el marco jurídico vigente, se recomienda la modificación de la redacción del requerimiento técnico, pasando de:
"Estructuras metálicas reticuladas de acero galvanizado"
A:
"Estructuras metálicas utilizadas en líneas de transmisión de alta tensión, incluyendo torres reticuladas, postes metálicos tubulares, torres monopolo y estructuras de soporte para subestaciones, fabricadas en acero galvanizado, cumpliendo con las normas técnicas vigentes".
Este ajuste aseguraría que:
✅ Se respete la libre concurrencia y competencia en el marco de la Ley N° 7021/2022.
✅ Se fomente efectivamente la industria metalúrgica nacional, sin limitar la participación de ciertos fabricantes.
✅ Se garantice el cumplimiento de estándares técnicos internacionales y la optimización de costos en el proceso de contratación.
La licitación de ANDE operativo Leasing, enmarcada en el Decreto N° 2522/2024, establece la exigencia de que las estructuras metálicas a proveer sean exclusivamente “estructuras metálicas reticuladas de acero galvanizado”, excluyendo otras alternativas comúnmente utilizadas en sistemas de transmisión eléctrica. Esta disposición genera un posible conflicto con principios jurídicos fundamentales en materia de contratación pública, libre competencia y fomento de la industria nacional.
1. Posible Restricción Injustificada de la Competencia
El principio de concurrencia y libre competencia en las contrataciones públicas, reconocido en la Ley N° 7021/2022, exige que los procedimientos de selección de proveedores permitan la mayor cantidad de oferentes posibles, sin restricciones indebidas. La exclusión de ciertas tecnologías o diseños estructurales sin una justificación técnica objetiva podría considerarse una barrera artificial a la competencia, lo que vulneraría:
El principio de igualdad y libre concurrencia (art. 24 de la Ley N° 7021/2022), que obliga a que las condiciones de la licitación sean proporcionales y no discriminatorias.
El principio de eficiencia y economía del gasto público, que exige que los criterios de contratación permitan obtener la mejor relación costo-beneficio para el Estado.
Limitar la licitación a torres reticuladas excluye postes metálicos tubulares, torres monopolo y estructuras de soporte para subestaciones, que son ampliamente utilizadas en proyectos de alta tensión y cuentan con normativas internacionales de referencia como IEEE, IEC y ASCE.
2. Potencial Incompatibilidad con el Marco Normativo de Promoción Industrial
El Decreto N° 2522/2024 tiene como objetivo fomentar la industria metalúrgica nacional, sin embargo, la licitación de ANDE podría generar el efecto contrario si su redacción restringe injustificadamente la participación de fabricantes nacionales que producen diferentes tipos de estructuras metálicas.
📌 Normas aplicables:
Ley N° 904/63 modificada por la Ley N° 2961/2006, que otorga al Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la facultad de fomentar el desarrollo industrial nacional sin exclusiones innecesarias.
Decreto N° 2264/2024, que establece que las contrataciones públicas deben alinearse con el Plan Nacional de Desarrollo, asegurando la participación de sectores estratégicos sin generar restricciones contrarias al principio de competitividad.
Si bien es legítimo fomentar la industria local, el criterio de exclusión de tecnologías debe estar técnicamente justificado, para evitar que la medida sea considerada arbitraria o discriminatoria.
3. Propuesta de Ajuste Normativo
Para garantizar que la licitación de ANDE sea inclusiva y alineada con el marco jurídico vigente, se recomienda la modificación de la redacción del requerimiento técnico, pasando de:
"Estructuras metálicas reticuladas de acero galvanizado"
A:
"Estructuras metálicas utilizadas en líneas de transmisión de alta tensión, incluyendo torres reticuladas, postes metálicos tubulares, torres monopolo y estructuras de soporte para subestaciones, fabricadas en acero galvanizado, cumpliendo con las normas técnicas vigentes".
Este ajuste aseguraría que:
✅ Se respete la libre concurrencia y competencia en el marco de la Ley N° 7021/2022.
✅ Se fomente efectivamente la industria metalúrgica nacional, sin limitar la participación de ciertos fabricantes.
✅ Se garantice el cumplimiento de estándares técnicos internacionales y la optimización de costos en el proceso de contratación.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las modificaciones remitidas a través de la Adenda N° 4, cuya copia obra en su poder.
Esta exigencia se da para "Estructuras Metálicas de acero galvanizado para Líneas de Transmisión y Subestaciones", en el contexto indicado en el artículo 2 del Decreto de la Presidencia de la República N° 2522/2024.
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Experiencia Proveedor de Estructuras Metálicas
Para la experiencia solicitada, se entiende que por "estructuras metálicas reticuladas de acero galvanizado" pueden considerarse tanto torres de líneas de transmisión, torres de telecomunicaciones, estructuras de iluminación hasta inclusive tinglados y otro tipo de estructuras metálicas construidas. ¿Es correcta nuestra interpretación?
Para la experiencia solicitada, se entiende que por "estructuras metálicas reticuladas de acero galvanizado" pueden considerarse tanto torres de líneas de transmisión, torres de telecomunicaciones, estructuras de iluminación hasta inclusive tinglados y otro tipo de estructuras metálicas construidas. ¿Es correcta nuestra interpretación?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las modificaciones remitidas a través de la Adenda N° 4, cuya copia obra en su poder.
Esta exigencia se da para "Estructuras Metálicas de acero galvanizado para Líneas de Transmisión y Subestaciones", en el contexto indicado en el artículo 2 del Decreto de la Presidencia de la República N° 2522/2024.
54
Polígono Terreno
Solicitamos tengan a bien ampliar el polígono planteado para la SE Carmelo Peralta, de manera a contar con mas opciones de terrenos para ser adquiridos.
Solicitamos tengan a bien ampliar el polígono planteado para la SE Carmelo Peralta, de manera a contar con mas opciones de terrenos para ser adquiridos.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, la respuesta a la Consulta N° 37, del presente proceso licitatorio y publicada en el Portal de Contrataciones Públicas.
55
SUMINISTROS
Solicitamos que sean aceptadas mas de una marca o fabricante para cada ítem ofertado , siempre y cuando cumplan con las EETTT y criterios de evaluación.
Solicitamos que sean aceptadas mas de una marca o fabricante para cada ítem ofertado , siempre y cuando cumplan con las EETTT y criterios de evaluación.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo indicado actualmente en los Documentos de Licitación.
56
Prórroga
Solicitamos una prórroga de 45 días contados desde la fecha actual de presentación de ofertas 08/04/25, esto debido al pedido de los fabricantes de suministros que necesitan de mas tiempo para el análisis de EETTs y planos, además que la modalidad requiere mayores análisis y negociaciones para la financiación del proyecto.
Solicitamos una prórroga de 45 días contados desde la fecha actual de presentación de ofertas 08/04/25, esto debido al pedido de los fabricantes de suministros que necesitan de mas tiempo para el análisis de EETTs y planos, además que la modalidad requiere mayores análisis y negociaciones para la financiación del proyecto.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las flechas establecidas y publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas.
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LISTA 1
Las listas de materiales a proveer (Lista 1) es muy precisa en cuanto a cantidades.
Sin embargo, la forma de pago, por un monto global a ser abonado en cuotas con valor total inamovible según el PB&C, aunque sea que esas cantidades no sean suficientes para la total culminación de las Obras.
En el mismo sentido, y ante una situación inversa: ¿Exigirá ANDE la entrega de los materiales cuyas cantidades detalladas fueran excesivas con relación a las cantidades realmente necesarias?
Las listas de materiales a proveer (Lista 1) es muy precisa en cuanto a cantidades.
Sin embargo, la forma de pago, por un monto global a ser abonado en cuotas con valor total inamovible según el PB&C, aunque sea que esas cantidades no sean suficientes para la total culminación de las Obras.
En el mismo sentido, y ante una situación inversa: ¿Exigirá ANDE la entrega de los materiales cuyas cantidades detalladas fueran excesivas con relación a las cantidades realmente necesarias?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que la Lista de Cantidades es referencial y su objetivo es establecer una cotización en esta etapa. En dichos términos, se solicita un precio por el conjunto de obras y suministros que conformarán una infraestructura a ser alquilada por la Convocante, por el plazo indicado en los Documentos de Licitación.
58
OPGW – DIAMETRO
Solicitamos a la convocante aclarar el diámetro requerido para los cables OPGW. Según el listado en Excel del llamado se requiere el diámetro de 11 mm para VMI-CPE. Sin embargo, en el anexo adjunto para dicho tramo se especifica un diámetro de 14mm idéntico al necesario para el tramo HOR-VMI.
Solicitamos a la convocante aclarar el diámetro requerido para los cables OPGW. Según el listado en Excel del llamado se requiere el diámetro de 11 mm para VMI-CPE. Sin embargo, en el anexo adjunto para dicho tramo se especifica un diámetro de 14mm idéntico al necesario para el tramo HOR-VMI.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las documentaciones remitidas a través de la Adenda N° 4, cuya copia obra en su poder.
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Pedido de Prorroga
Solicitamos una prórroga de al menos 30 días en la fecha de presentación de las ofertas, teniendo la envergadura del proyecto y la cantidad de documentos a ser analizados.
Solicitamos una prórroga de al menos 30 días en la fecha de presentación de las ofertas, teniendo la envergadura del proyecto y la cantidad de documentos a ser analizados.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, el referido formulario, remitido a través de la Adenda N° 4, cuya copia obra en su poder.