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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
dareco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
24-02-2025 - 16:05
Fecha de Fin
27-02-2025 - 09:38
Estado

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta la remisión de la Autorización de la MITIC
Descripción
Verificado el llamado de referencia, se observa que se ha omitido la remisión de la Autorización de la MITIC, establecida en el Decreto Reglamentario de la Ley del Presupuesto General de la Nacional, como requisito para la difusión en el SICP, de procedimientos licitatorios vinculados a campañas de comunicación, informativas y de publicidad. Se solicita la remisión del mencionado documento
Comentario
Reiteración: "Se verifica que se ha remitido la autorización MITIC correspondiente al año 2024. Solicitamos la remitir la autorización MITIC actualizada y correspondiente al presente año". Se reitera la observación teniendo en cuenta el artículo 3 de la Res. MITIC 275 "La presente resolución es aplicable a las contrataciones públicas en el marco de la Ley 7021/22 “DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS” y a los procesos mencionados en la Ley 7228 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024" y en relación al artículo 1 de la Res. MITIC 048 "Reglamentar, los artículos 397 y 398 del Decreto Nº 3248 de fecha 27 de enero de 2025 «POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY Nº 7408/24 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025” y teniendo en cuenta que el presente proceso corresponde al presente ejercicio solicitamos remitir la autorización MITIC y el dictamen/informe del mismo actualizado.//

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.

Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones). Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.